jueves, 27 de septiembre de 2012

Una nota interesante "indicadores y evidencias"


La Presente nota fue publicada y compartida por el señor Guillermo Giacosa en su cuenta de facebook, tuve la suerte de leerla y pretendí opinar, el sistema informa de errores, incluso no pude copiarla, así que he recurrido al maravilloso mundo de la información virtual y la rescaté y me permito opinar sobre la misma, la fuente es "La voz --rompiendo cadenas"

Indicadores y evidencias

[27/09/2012 | 07:59 ] - El autor se interna en la polémica sobre los indicadores sociales y toma dos estudios ajenos al Gobierno, de la UCA y Cippec, para verificar si se han consolidado los avances después de 2007.



Por Alejandro Rofman *

El proceso de recomposición del tejido social en la Argentina contemporánea sigue teniendo versiones e interpretaciones variadas. El descenso de todos los índices de insatisfacción social en el período 2003-2007 no ha sido cuestionado por ningún observador objetivo y sus evidencias forman parte de los análisis tanto de los que apoyan el modelo vigente como de quienes lo discuten. Pero el estudio de lo acaecido desde el año 2007 ha instalado una polémica que permanece abierta, impidiendo (hasta hace muy poco) alcanzar un juicio certero, aceptado por todos, acerca de la evolución de la situación social en este último tramo.

Esa polémica se fundamenta en el cuestionamiento a los valores de los principales indicadores sociales, cuya certeza se supone afectada en su cálculo. En particular, la severa crítica a los datos del Indec sobre la variación de los precios al consumidor pone en tela de juicio la versión oficial de que la mejoría de la situación social persiste y se ha ido consolidando.

Dos recientes estudios colaboran decididamente en saldar esa polémica.

El primero de ellos fue publicado por la Universidad Católica Argentina, en julio de este año. Resume una investigación de su Observatorio de la Deuda Social Argentina y se denomina “Asimetrías en el desarrollo humano y social (2007-2010/11)”. El documento, prologado por el presbítero doctor Víctor Manuel Fernández, rector de la universidad citada, menciona entre otros agradecimientos, a “la gerencia de responsabilidad social del Banco Galicia y a la Fundación Diario La Nación”, por “la confianza y el permanente apoyo brindado al desarrollo de las investigaciones que hicieron posible la elaboración del presente documento”, así como la valiosa colaboración del área de responsabilidad social de la empresa Cablevisión.

El otro documento es fruto de un estudio realizado por el Cippec (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento). Su actividad, según los logos que se insertan en la carátula y en la página final del informe “100 políticas para potenciar el desarrollo”, exhibe como auspiciantes a empresas de capital nacional o extranjero, como Mapfre, Nobleza Piccardo, Vale y Telefónica, entre otras.

Queda totalmente claro, entonces, que ambos informes están redactados y sostenidos económicamente por sectores sociales totalmente desconectados del aparato oficial y de sus seguidores.

Las informaciones que se pueden extraer de ambos documentos son de muy alto valor testimonial sobre la más reciente evolución de los principales procesos sociales en la Argentina. El documento de la UCA afirma que “durante el segundo año del Bicentenario (se refiere al año 2011, nota mía) tuvo lugar una rápida recuperación del terreno perdido en materia económica después de los embates de la crisis internacional de 2009 y 2010 (...). Según la mayor parte de los especialistas, el año 2007 fue el mejor momento del modelo político-económico postdevaluación a lo largo de la primera década del siglo XXI. Esto hace que dicho año se constituya en un parámetro ideal a partir del cual evaluar los eventuales logros o retrocesos durante los años 2010-2011”.

El documento reconoce que el tramo 2003/2007 fue apreciado por quienes analizan la evolución económica y social de la Argentina como el de más alto desempeño de toda la década. La pregunta, entonces, es si entre 2007 y 2011, la declinación económica acaecida en los dos años de crisis mundial y su impacto en la Argentina logró ser superado o continuó prevaleciendo. Veamos los datos que el instituto de la UCA consigna en su informe para dar respuesta a este interrogante.

“Son bien conocidos los avances que tuvieron lugar en la última década en la ampliación de los derechos sociales, el importante crecimiento que experimentó la economía, la extensión de la asistencia pública y el mayor esfuerzo laboral emprendido en función de aprovechar las nuevas oportunidades de movilidad social” (página 17). El texto no merece demasiado comentario dado que es concluyente en afirmar que, desmintiendo opiniones en contrario, se experimentó un apreciado avance económico y social singular en toda la década inicial de este siglo al amparo del modelo político-económico vigente.

Por supuesto, no se detiene en ese juicio laudatorio, pues agrega que los problemas de marginalidad, pobreza, indigencia, entre otros, siguen “siendo debilidades de una sociedad que crece, consume y progresa (...). A pesar de las mejoras alcanzadas durante casi una década de continuado y extraordinario crecimiento socioeconómico, queda mucho por hacer en materia de desarrollo humano, integración social, justicia social (...) para el alcance de una ciudadanía plena en derechos para todos”. Estas conclusiones son similares a las que se escuchan de importantes dirigentes políticos y sociales que acompañan al gobierno actual, incluyendo repetidas observaciones incluidas en recientes discursos de la señora presidenta de la Nación.

Veamos, entonces, los datos estadísticos básicos para definir la trayectoria del proceso económico y particularmente social entre el mejor año de la década, 2007, y el 2011. Nos centraremos en dos datos estratégicos. El primero se refiere al ingreso per cápita familiar, es decir, el que corresponde a cada integrante de un hogar cualquiera sea el tamaño del mismo en cantidad de personas que lo integran. Esta información, que surge de los registros del Observatorio Social de la UCA, se la estima de dos maneras: con el índice oficial de precios del Indec o con el promedio ponderado de crecimiento de los índices de las siete provincias que llevaban, entre los años 2007 al 2011, registros mensuales de variación de los precios al consumidor.

La media de los ingresos anuales de los hogares a precios constantes, deflacionados según el índice de precios combinados de siete provincias, ascendió a 4768 pesos. Si se coteja este dato con los de los años 2007 y 2010, calculados también en base a la metodología de la UCA, resulta que la variación de los ingresos familiares entre 2007 y 2010 resulta positiva en un 1,2 por ciento, y entre 2007 y 2011 en un 11,9 por ciento. Es decir, que, pese a los efectos negativos de la crisis mundial en 2008 y 2009, prosiguió la expansión de este indicador fundamental del bienestar familiar.

Los datos de Pobreza e Indigencia acompañan el sesgo favorable de la evolución del ingreso familiar arriba comentado. El estudio del Observatorio utiliza canastas básicas totales y canastas de alimentos imprescindibles basadas en los índices de precios de las siete provincias, descartando totalmente los del Indec, pues impugna estos últimos por “manipulación política”. Estos valores de canastas básicas son sustancialmente mayores a los que se calculan por el Indec. Pese a este cambio de medición, el Observatorio Social de la UCA reconoce que la pobreza calculada por ingresos retrocedió desde el 26,9 por ciento en el año 2007 al 26,6 en 2010, y al 21,9 en el año 2011. Debemos recordar que el índice de regresión social en el año 2003 superó el 53 por ciento, por lo que la reducción total entre el inicio del período constitucional bajo la presidencia del doctor Kirchner y el cierre del último año (nueve años de extensión) supuso una disminución de la pobreza en un 60 por ciento, lo que da cuenta de un significativo avance de la equidad social.

En cuanto a la indigencia (que indica la situación específica de un habitante que, con sus ingresos, no está en condiciones de adquirir una canasta básica de alimentos) los datos del Observatorio de la UCA revelan que la tasa respectiva estaba en el 8,1 por ciento de la población en el año 2007 (3 millones de habitantes), subió en el año 2010 al 9,2 y se redujo en el año 2011 al 5,4 por ciento de toda la población (dos millones 100 mil habitantes). Ello indica que la disminución de la indigencia fue entre 2003, cuando afectaba al 27 por ciento de la población del país, y el año 2011, de 22 puntos porcentuales, lo que implica que cayó en nada menos que un 80 por ciento (UCA, página 58).

El documento de la UCA aporta un párrafo muy ilustrativo: “En términos dinámicos, cabe destacar que la caída de la indigencia y de la pobreza exhibida durante el último año (2010-2011) fue particularmente intensa en el estrato social socioeconómico más bajo (25 por ciento inferior) y, asimismo, en villas y asentamientos precarios y en los barrios de sectores populares dentro de la traza urbana formal”.

La información sobre la dinámica social que aporta el estudio del Cippec se refiere a la pobreza por región del país entre los años 2001 y 2010. Esta información ofrece datos sobre pobreza más reducidos, en el año final, que los que consigna el informe de la UCA-Observatorio Social. Así, para el Nordeste, la región con peor situación social, el mapa de la pobreza indica un descenso significativo: era del 57,2 en 2001 y cayó al 18,5 en 2010. En el Noroeste, el descenso fue del 48,3 por ciento de sus habitantes en el año 2001 a 11,8 en 2010. Para la región Cuyo, del 39,6 por ciento de pobres en el 2001 se pasó en el año 2010 a sólo el 9,8. En la región pampeana, los datos consignan un 37,1 de pobreza en 2001 y un 9,6 en 2010. En la poblada área del Gran Buenos Aires, los índices de pobreza caen del 37,1 al 9,6. Y en la región patagónica, donde la situación social es la mejor de todo el país, los índices de pobreza total son del 23,2 en el año 2001 y se repliegan al 5,8 en 2010 (Cippec, cap. 3, página 58).

Como conclusión de este recorrido relevante de datos, entre el cierre de la convertibilidad y los tiempos que corren, sólo cabe agregar que los mismos son impactantes en cuanto al progresivo y firme horizonte de progreso social y justicia distributiva que ha tenido lugar en esta nueva etapa. La fuente de las estadísticas que corroboran esta información es de procedencia insospechada y no se la puede acusar de ser cercana o afín a las ideas de quienes han conducido el país en los últimos nueve años. Es posible afirmar, entonces, que el debate en torno de la bondad del proyecto de desarrollo vigente desde el año 2003 ha sido definitivamente cerrado con los datos transcriptos, que puntualizan los evidentes beneficios que para los sectores sociales que menos recursos e ingresos tienen ha venido deparando la política económica del desarrollo con inclusión y equidad social aplicada en la reciente década.

* Investigador principal del Conicet.


MI OPINIÓN

Debo expresarles amigos que  mi pensamiento está sujeto a todas las críticas posibles, especialmente porque, tratándose del poder, siempre pienso que algo se está cocinando.

Guillermo Anderson Anderson Interesante. Como quiera que resultaría un atrevimiento opinar sobre lo que sucede en Argentina pues mis conocimientos, muy pocos, no pasan de leer de cuando en cuando el Diario "El Clarín" y con menor frecuencia "Página 12", hablaré del Perú e imaginando que es gobernado por un grupo progresista que, lentamente pero sin pausa, está reduciendo la atroz desigualdad heredada;, lo que debemos entender como cierto siguiendo la petición del señor Giacosa de pensar por nuestra cuenta, que se evidencia en mejoras en la educación, la salud, transporte, calidad de vida en general. Corolario de esos pequeños e individualizados avances termiknan más temprano que tarde en un importante desarrollo de las masas secularmente desprotegidas, es decir mejor educadas y demás beneficios, por lo tanto un potencial interlocutor para los intereses que los mantuvieron postrados; ojo, hago un alto, el nivel educativo de los argentinos (de las masas) en mi opinión es superior al nuestro, en consecuencia habrán de pensar los ricos en frenar tantos logros, naturalmente, no pueden decir que !hasta aquí no más!, si fuera rico y poderoso, lo que haría es evitar que sigan mejorando ¿Cómo?, pues sosteniendo que el País se encuentra en su mejor momento y debería seguir así, mientras por lo bajo busco pactar con el Gobierno a ver de que manera me devuelven el favor para que no vea amenazada mi haciendo y todo lo que ella contiene, no sé, puede ser un disparate lo que estoy escribiendo, pero dudo mucho que los ricos se queden sin hacer nada cuando es probable que la enorme tajada de la torta corre peligro de reducirse.
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Devolución aportes del FONAVI

Como abogado, estoy espantado de como se viene manejando la devolución de los aportes del título de esta entrada. El Gobierno de manera muy pero muy tibia ha puesto en conocimiento de la ciudadanía que el único ente para calificar las solicitudes de devolución es una comisión constituida para el efecto y que la conforman, entre otros, un miembro de la Asociación de Fonavistas, luego aparecieron una serie de dimes y diretes en las que los que manejan la mencionada Asociación cuestionaban y reclamaban  para que sus padrones fueran respetados, asunto que no tengo idea de como terminó, pues NO he leído norma alguna que consagre tal petición, particularmente pienso que aceptarla significaría que existirían dos entes con igualdad de derechos, uno oficial y el otro un pirata interesado en enriquecerse  a costillas de los viejos que a su edad todavía creen que los chanchos vuelan, esta improbable serpiente de dos cabezas -si existiera- va a terminar por mandar al rincón del olvido la todavía no clara devolución a cargo del Estado, imagínense ustedes que del padrón presentado por el grupo pirata CON DERECHO A DEVOLUCIÓN (ojo estamos hablando de plata y el humano hasta que no cierra los ojos para siempre, seguirá alimentando la esperanza de que la suerte le sea favorable) según sus propias "investigaciones", una aberración en términos jurídicos, destinada EXCLUSIVAMENTE a alimentar sueños imposibles NO es aceptada por el grupo oficial, los pobres viejos que saben de sobra las mecidas a las que fueron sometidos durante su existencia  por los diferentes gobiernos que vieron pasar, creen en el pirata -total, gracias a ellos se ganó el juicio y se convocó a referendum, olvidan los pobres que fueron sangreados durante varios años antes del RELATIVO   éxito que han obtenido y que SOLO SE CONFIRMARÁ cuando, este escribidor, por ejemplo, tenga la plata de sus aportes en las manos.

¿Tendrá algún pacto el grupo pirata con el poder de turno?, no lo sé pero ciertamente es una muy buena pregunta, les explicaré porqué:

He estado hace muy poco en el local de la Asociación de Fonavistas que se ubica en lo que fue la Cooperativa Santa Elisa, que, dicho sea de paso, esta en el más absoluto abandono, quise ver de cerca su funcionamiento:

Primero.- Existe un cartelito que dice "para la inscripción a la Asociación se requiere realizar un aporte VOLUNTARIO de S/. 26.00 (Veintiseis Nuevos Soles)", como era VOLUNTARIO, me acerqué a inscribirme y pregunté si debía pagar la suma exigida, me dijeron que sí (una señorita que se ubica en el lado izquierdo que linda con la pared) pero es VOLUNTARIO, no señor es OBLIGATORIO  hay gastos que hacer. Algo más que revela la idiotización del humano cuando de plata se habla, junto al cartelito de los veintiséis Nuevos Soles existe otro un poco más grande y en letras rojas, ULTIMA FECHA PARA LA INSCRIPCIÓN 06 de JUNIO, me gustaría saber ¿porque siguen cobrando y porqué el Gobierno NO pone freno a una estafa que se da EN PLENO CENTRO DE LIMA .

Han creado una "Academia de Formación de Líderes Democráticos" , bueno, ya lo saben, no nos dejemos sorprender en el 2016, lastimosamente los viejitos no tendrán la menor oportunidad de leer esta opinión y muchos (tal vez yo) habrán muerto para ese año.


martes, 25 de septiembre de 2012

¿Creer en Dios?

Solía escuchar de niño y aun de joven a mis ancestros decir: "extraños son los caminos del señor". Un no creyente, mi posición antes de pasar tres meses y una semana en la Capital, era de un agnóstico y pedía !pruebas de la existencia de Dios!, pues bien, fui complacido, ¿se me presentó Dios cómo a Moisés?, !NO!,  recibí señales de que alguien deseaba conversar conmigo; veamos, he discutido con predicadores de todos los linajes y a todos en su momento rebatí o pensaba haberlo hecho.  ¿Que sucedió para que un humano contestatario de lo que no vemos y que reconocemos como FE, de pronto piense diferente: 

Primera señal: Me encontraba frente al Módulo de Justicia de El Agustino (distrito limeño) esperando el ómnibus que me llevaría al Centro de la Capital, de pronto un joven ciego apareció y yo era la única persona que podía ayudarlo, me acerqué y le pregunté si deseaba cruzar la calle, ¿conoce la Universidad Villareal me respondió?, por aquí no, dije, pasemos al frente de pronto el huachimán del módulo nos informa, en efecto, existía a pocas calles una dependencia de dicha Universidad pero había que tomar un motocarro; mejor regresemos al frente amigo, manifesté. En esos breves instantes, el joven me preguntó si era de por ahí, le dije que no, había llegado recientemente de la Selva. Perdí la vista en un accidente  cuando estaba estudiando (no recuerdo la profesión) pucha cuanto lo lamento, pienso que dije, ya no lo recuerdo y hablamos contados segundos sobre Dios,  bueno contesté, yo no creo en Dios, pero si me lo dices tú no sé que responder. En ese instante, el joven sacó un papelito y me lo entregó añadiendo, por algo lo puso Dios en mi camino; paramos el motocarro y el joven ciego se marchó, ¿que decía el papelito? "Cinco razones para creer en Dios".

Segunda señal, fue en un evento al que fui llevado de los cabellos por mi hijita y mi esposa. Era un encuentro religioso en el Colegio San Agustín. Hubo un descanso para almorzar (con nuestra plata, los curas no invitan nada), poco antes de volver al Auditorio, tres señoras  escuchaba con atención los que decía mi yerno, me acerqué y les dije que no creía en Dios, una de las damas, todas pasaban las 5 décadas, me ilutró sobre lo que debíamos hacer para combatir el mal, fue tal su explicación que con gran esfuerzo evité derramar unas lágrimas.

Tercera señal, hoy 25 de setiembre de 2012, en el Despacho del Dr. Marcos Lanatta Lanatta, Director del Hospital I de La Molina (finalmente resolvimos el problema de mi esposa),  esta persona a quien no conocía y la reputaba culpable -por lo menos en parte del tema de mi gordita- nos dedicó dos horas de su valioso  tiempo para explicarnos como se podrá curar sin el auxilio de los medicamentos que durante 40 años ha estado tomando  y que sólo controlan la enfermedad y empezó a hablarnos del contenido de la Biblia (tenía una en su escritorio llena de subrayados), NO pude cuestionar nada de lo que decía (no era porque estaba cumpliendo su trabajo en el caso de mi esposa, que quede eso bien clarito) !yo! el gran cuestionador,  al punto que tomé de la mano a mi esposa y derramando algunas lágrimas que también derramó ella, le pedí que nos perdonáramos que sólo con amor y el deseo de ser mejores tendríamos la paz que nos ha sido esquiva por 40 años.

Por ello amigos quiero elevar una oración al creador, no por mi ni por mi esposa, sino para que  a los líderes del mundo a los que detentan el poder los ilumine y comprendan que con dinero NO se compra felicidad, con dinero y poder lo único que se ha logrado hasta el momento es que mueran  once millones de niños al año DE HAMBRE, le pido a nuestro creador y salvador que NO MUERA un niño más y que todos nos unamos en el amor a Cristo para que nuestro Planeta tenga una nueva oportunidad. Amen.

jueves, 20 de septiembre de 2012

Este es el Seguro Social - con o sin Alvaro Vidal !y lo seguirá siendo!

Buenos días amigos, todos los que han seguido las tribulaciones de mi Esposa con el Seguro Social y el abandono en que la dejaron cuando vivíamos en Yurimaguas que, en su momento denuncié sin éxito, debido a la corrupción que se vive en la ciudad y la actuación de un Fiscal inepto, un individuo de apellido Estela.

Pues bien, la huelga de los médicos del Seguro Social impidió que mi esposa se atendiera y lentamente se le fueron agotando las medicinas, razón más que suficiente para que me preocupe y la angustia le gane a los buenos modales.

Como en la actualidad vivimos en Cieneguilla ERA PRIORITARIO que la acreditarla en el Hospital I "C. Alcántara" de La Molina e inmediatamente solicité una cita para que mi esposa fuera atendida por Medicina General y, como quiera que, el mencionado nosocomio NO cuenta con la especialidad, realizaran la referencia al Hospital Rebagliatti o al más cercano que la tuviera si fuese el caso; para ello y luego de solicitar hablar con el Director del Hospital "C.Alcántara" Dr. Marcos Lanatta Lanatta, quien no quiso recibirme, pero dispuso que mi esposa fuera atendida en el Consultorio de Asistencia Inmediata (CAI), donde al comprobar la enfermedad la Dra. procedió a realizar la Referencia y que me acercara al "Módulo 3", cuestión que hice y se me informó que en cinco días regresara si es que no me llamaban, como no me llamaron me acerqué el día de ayer miércoles 19 de setiembre; En la ventanilla correspondiente se me entregó un documento que el mismo empleado imprimió en ese momento y me dijo que fuera a la ventanilla 28 del Rebagliatti pues sin el VºBª de esa ventanilla la referencia dormiría el "sueño de los justos", pues mi esposa estaba "acreditada" al Policlínico Chincha Y NO SE HABÍA CUMPLIDO UNA SEMANA DE HABERLA ACREDITADO EN !EL HOSPITAL ALCÁNTARA!.

Antes de ir a la oficina sugerida, fui directamente a Salud Mental -donde mi esposa ha sido atendida desde hace por lo menos 4 décadas, se me dijo -tampoco el Jefe quiso recibirme porque tenía una reunión- que fuera al Policlínico Chincha y que previamente me acercara a emergencia de la especialidad para que le proporcionen medicinas por siete días, en ventanilla de la emergencia de Salud Mental, me pidieron el DNI de mi esposa (no lo había llevado Y NO PODÍAN atenderla, bueno monté en cólera y pedí hablar con el Jefe del área, mi protesta fue recogida por el Jefe de Guardia quien dictó la receta, al llegar a Farmacia y ya con los medicamentos en a punto de ser entregados, le piden el DNI a mi esposa !NO se le pueden entregar hasta que presente su DNI!, tuve nuevamente con mucha brusquedad pedir un poco de sentido común y finalmente entregaron las medicinas, había perdido toda la mañana así que postergué para hoy jueves 20  de setiembre  de 2012 mi visita al Policlínico Chincha.

Como estaba muy molesto y que un insignificante no me haría explotar, me dirigí al sexto piso  y hablé con la encargada del Servicio Social, pues además de tener tiempo para realizar su labor escucharía el problema con atención; pues bien, subimos al 7º piso donde el Jefe de Acreditación al que entraría sola, acepté, esperamos unos minutos y la Asistente Social me entrega un papelito recién impreso QUE CUALQUIER CIUDADANO PUEDE OBTENER EN UNA CABINA DE INTERNET entrando a la página de ESSALUD digitando el DNI de la persona cuya información se necesita, el nombre del empleado y Jefe de Acreditaciones es Javier Cubas.

En ese papelito decía que mi esposa estaba acreditada en el Hospital I "C. Alcántara" y que ahí NO me podía atender, bueno perdí totalmente el control, me fui directamente a hablar con el Director quien al escuchar mis gritos me pidió que me serenara y le explicara el problema, hecho esto fue a su despacho y ordeno que venga una persona de la "defensoría del asegurado" de tan triste recordación para mí, por su ineptitud, insensibilidad y nula capacidad de iniciativa, cuando tuve los problemas en Yurimaguas que, son en esencia exactamente los mismos, cuando delante del Director le dije a esa persona que NO tenía nada que conversar con ella, el Dr. Orlando Aliaga me dijo que mi esposa pertenecía al Hospital Alcántara y que tenía que ir para que me dieran la referencia (en el Policlínico Chincha ya cuentan con el servicio de siquiatría), le manifesté que debía existir una vía de comunicación con el Dr. Lanatta para efectos de solucionar el impase, el Dr. Orellana profesional e inteligente (tal vez me equivoco en lo de inteligente) que el no era Jefe del Dr. Lanatta y no podía decirle lo que debe hacer, que vaya y hable con él para ver si me hace el servicio, semejante respuesta me dejó atónito, MI ESPOSA RECLAMA UN DERECHO no estaba pidiendo un favor y además, una respuesta tan absurda me hace pensar que la desconcentración del Hospital sólo ha servido para crear islas de "petit poder", algo inaudito que me resisto a aceptar.

El Dr. Aliaga se molestó y terminó la conversación diciendo que si derechos hablamos el NO podía hacer nada que me vaya donde Lanatta.

Iré pues donde el Dr. Lanatta el día lunes y ya les informaré.

jueves, 6 de septiembre de 2012

Normas legales de interés 06-09-2012, Un Decreto Supremo Inconstitucional.


Hoy se publica el Decreto Supremo Nº 174-2012-EF, mediante el cual se reglamenta la Ley Nº 29878, Ley que establece medidas de protección y supervisión de las condiciones generales de las pólizas de seguros médicos, de salud o asistencia médica y modifica la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Entre las novedades encontramos  el Derecho de Renovación al que se contrae el artículo 3º; también la información que debe estar IMPRESA en toda póliza de seguro médico, asistencia médica o de salud.

Finalmente, se  ha dispuesto la supervisión de cláusulas abusivas en los seguro médicos, asistencia médica o de salud., es importante sean conocidas por abogados las modificaciones expuestas. 

Por  otro lado, NO entiendo como un Decreto Supremo puede "modificar" una Ley, en todo caso, pienso, que en los próximos días se publicará una fe de erratas, sino veamos: el inciso 18 del  artículo 349º, que se invoca es parte del Título II, Capítulo I DE LAS ATRIBUCIONES que copio enseguida


18.   Identificar las cláusulas abusivas en las pólizas de seguros médicos, de salud o de asistencia médica. Dichas cláusulas quedan prohibidas de ser utilizadas en las pólizas. (este numeral y con el texto trascrito fue modificado por la Ley Nº 29878).

La modificación consiste, como podrán leerlo en restringir las cláusulas abusivas a lo previsto por la Ley Nº 28770 dictada el 03 de julio de 2006 y está referida exclusivamente a enfermedades preexistentes cubiertas por una póliza de seguro en el período inmediatamente anterior. Considero que es INCORRECTA la restricción a una sola causal, los contratos y las pólizas de seguros, cualquiera sea su  objeto son eso, CONTRATOS no  deberían firmarse por adhesión y el sólo hecho de que la Superintendencia los regule le quita esa condición jurídica, en consecuencia cláusulas abusivas pueden existir más  allá de la prevista en el Decreto que estamos comentando, por  lo tanto, siendo que, NINGÚN DECRETO SUPREMO PUEDE MODIFICAR UNA LEY (en este caso la Ley Nº 29878) que, además, DEROGÓ tácitamente la Ley Nº 28770.




miércoles, 5 de septiembre de 2012

El "negacionismo"

Hace unos días un buen amigo virtual me pidió opinara sobre el proyecto de ley que crearía un nuevo delito: "el negacionismo", me alcanzó incluso el enlace siguiente:  http://palabraliberada.blogspot.com/2012/08/ley-del-negacionismo-y-persecucion.html  que, como es obvio leí, el esfuerzo del autor al analizar el proyecto es demasiado para una iniciativa que no lo merece.

"La democracia es la menos mala de las formas de gobierno" esta letanía ha hecho carne en todo  ciudadano y, desde luego, es el arma de los que manejan los hilos del poder como si no existieran ideales e ideas que cuestionan los cimientos de la "democracia".

Pilar fundamental del sistema democrático es, como dudarlo, la libertad de expresión, concepto consagrado por nuestra Constitución, que agrega además: "no existe persecución de las ideas".

No interesa en lo más mínimo lo que señale la exposición de motivos para disfrazar el menoscabo a la capacidad de pensar y fundamentar nuestras ideas e ideales.

Lo que se pretende en buen cristiano es que todos aceptemos sin remilgos que las atrocidades cometidas por quienes cuestionaron con violencia el sistema "democrático" y fueron combatidos con la misma violencia y resultados enlutando a miles de familias peruanas, no son más que  viles traidores y delincuentes despreciables.

Estoy en condiciones de debatir con ustedes estimados amigos este tema; dudo mucho que en el Parlamento (tan venido a menos y de muy escaso nivel académico) este proyecto prospere. Si lo que  desea o pretende el actual gobierno es minimizar su responsabilidad y por ende reducir las compensaciones a las víctimas causadas por aquellos y por sus propias fuerzas  combatientes, que tengan la entereza de presentar una reforma de la Constitución que permita la presentación de proyectos como el que comento, mientras ello no suceda, él (proyecto) ES INCONSTITUCIONAL.






martes, 4 de septiembre de 2012

Delitos Aduaneros y el Nuevo Código Procesal Penal


En la Edición del 29 de agosto de 2012, se publica el Decreto Supremo 164-2012-EF mediante el cual se modifican los artículos 6º, 7º.8º,10º, 11º, 14º  y el  primer párrafo del artículo 22º del Reglamento de la Ley  Nº 28008,  aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, en los términos que en breve comentario resalto.


Artículo 6.- Reglas para establecer la valoración
La determinación del valor de las mercancías a que se refiere el Artículo 16 de la Ley, se expresará en dólares de los Estados Unidos de América, de acuerdo a las siguientes reglas, aplicadas en forma sucesiva y excluyente:

a) Mercancías referidas en el literal a) del Artículo 16 de la Ley:

(i) El valor más alto de una mercancía idéntica o, en su defecto, similar a la que es objeto de avalúo, registrada en el Banco de Datos de la Administración Aduaneraen otras fuentes disponibles.
(ii) Valores en aduana mínimos determinados por la Administración Aduanera.
(iii) El precio más alto de venta al público minorista de una mercancía idéntica o similar comercializada en el mercado interno de la jurisdicción de la Intendencia de Aduana donde se incautó la mercancía, o de la Intendencia de Aduana más cercana.
Tratándose del Delito de Defraudación de Rentas de Aduana, si la Administración Aduanera detecta la existencia de dos o más facturas, comprobantes de pago o contratos de venta sobre la misma transacción, podrá estimar el valor tomando el más alto consignado en los indicados documentos, siempre que dicho valor sea mayor o igual que el estimado en aplicación de las reglas previstas anteriormente.
La determinación del valor final de las mercancías referidas en el literal a) del Artículo 16 de la Ley, deberá contener los gastos de flete y seguro pagados por el traslado de las mercancías a nuestro país; en caso no se conozca el valor de estos conceptos, se aplicará las tarifas de flete normalmente aplicables y la Tabla Porcentaje Promedio de Seguro. Cuando no se conozcan las tarifas de fletes mencionadas, para su cálculo se aplicará el 10% del valor estimado de la mercancía, de acuerdo con las reglas establecidas en el presente literal.
Para efectos del literal a) del Artículo 16 de la Ley se considerará como base imponible el valor CIF.
b) Mercancías referidas en el literal b) del Artículo 16 de la Ley:
(i) El valor de exportación más alto de una mercancía idéntica o, en su defecto, similar a la que es objeto de avalúo, registrada en el Sistema de la Administración Aduanera o en otras fuentes con las que cuente.
(ii) El valor más alto de una mercancía idéntica o similar nacional o nacionalizada comercializada en el mercado interno, al que debe agregarse los conceptos que normalmente incluye un valor FOB.
Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, se entiende por mercancía similar aquella que tenga características, finalidad, función o aplicación más coincidente, y que puede ser identificada como sustituto o intercambiable de la mercancía objeto de delito o infracción administrativa.

Bueno, en mi opinión la modificación es saludable en la medida que establece la modalidad delictiva con lo cual prácticamente uniformiza la valoración de los bienes incautados, precisando además el concepto de  semejanza entre bienes similares.

Artículo 7.- Fecha de constatación
La fecha de constatación de la comisión del delito o de la infracción administrativa a que se refieren los Artículos 15, 17 y 18 de la Ley, será la fecha de la formulación del Acta de Incautación correspondiente.

Agrega la fecha de inmovilización, lo cual pienso es muy prudente atendiendo a las facultades de la Policía en el Nuevo Código Procesal Penal.

Artículo 8.- Base imponible y tipo de cambio
La base imponible será expresada en dólares de los Estados Unidos de América y se determinará conforme a las reglas señaladas en el presente Reglamento.
El tipo de cambio será el de venta vigente a la fecha de la comisión del delito o de la infracción administrativa. En caso de no poder precisarse ésta, se considerará la fecha de su constatación.

Se incorpora la restitución de Derechos Arancelarios y los derechos antidumping y beneficios liberatorios

Artículo 10.- Acciones administrativas en el delito de Defraudación de Rentas
de Aduana
Para efecto de lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 19 de la Leycuando la Administración Aduanera detecte indicios sustentados del delito previsto en los Artículos 4 y 5 de la Ley, detendrá el despacho de las mercancías, realizará las acciones administrativas correspondientes y el cálculo del posible perjuicio fiscal, de acuerdo a las reglas de determinación del valor establecidas en el Artículo 6 según corresponda.

Necesaria modificación considerando las facultades del Ministerio Públ.ico en el Nuevo Código Procesal Penal. 

Artículo 11.- Prueba pericial
Los Informes técnicos o contables emitidos por los funcionarios de la Administración Aduanera se sustentan en las acciones administrativas realizadas sobre la base de las facultades conferidas en la legislación aduanera y el Código Tributario y tienen valor probatorio de pericia de parte.

Se modifica el concepto "pericia de parte" por el de "pericia institucional", que pienso es la denominación correcta.

Artículo 14.- Adjudicación de Mercancías
La Administración Aduanera adjudicará las mercancías a que se refiere el Artículo 25 de la Ley una vez dictado el auto apertorio de juzgamiento, dando cuenta al Fiscal y al Juez Penal que conoce la causa y al Contralor General de la República.

La modificación responde a su adecuación a las disposiciones del Nuevo Código Procesal Penal, NO estoy de acuerdo con ellas, como no lo hubiera estado con la redacción original porqué lesiona el derecho a la defensa, más aun cuando nuestro novísimo Código Procesal Penal a diferencia del derogado privilegia la garantía a los justiciables en cada una de las etapas del proceso.

Artículo 22.- Internamiento del medio de transporte
Los vehículos de las personas incursas en las sanciones señaladas en el Artículo 41 de la Ley, serán remitidos por la autoridad interviniente a los depósitos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asimismo pondrá dicho acto en conocimiento del Intendente de Aduana de la jurisdicción, a efecto del procedimiento y registros aplicables.

La incorporación del Procedimiento Especial de allanamiento de descerraje, es en puridad una modificación al Nuevo Código Procesal Penal, no sé, me parece impráctico haberlo legislado así, por las mismas razones que preciso al comentar la modificación al artículo 14º.








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