viernes, 31 de octubre de 2014

Deroguemos el Sistema Privado de Pensiones


Aprovechando que los varones deben estar enfrascados en discutir las proyecciones del negocio futbolero al que contribuyen de manera especial diarios como El Comercio que, si algo bueno tiene, es mostrarnos el piso de cristal que sostiene la podredumbre que habita en la mayor adormidera de nuestra sociedad y que si nos eliminan de la fifa, los beneficios serán múltiples, el primero dejar de vender y comprar humanos como si estuviéramos en la Roma A/C y dedicar el talento que posee cada quién en beneficio del País. Aprovechando digo, esta circunstancia la señora Del Río ha publicado el día de hoy 31 de octubre de 2014 en el diario El Comercio, un cuento al estilo de las lloronas películas mexicanas donde sitúa los hechos. He aquí su inspiración:



  • Patricia del Río
  • Periodista
Fela es una mujer ayacuchana que llegó a Lima hace más de 40 años con sus cuatro hijos a cuestas. Había enviudado, la agricultura no le proporcionaba lo suficiente para vivir y los pleitos por el agua en la provincia de Parinacochas la hicieron buscarse un futuro en la capital. 
Acá encontró trabajo como empleada del hogar y logró que sus hijos terminaran el colegio y consiguieran sus propias chambas. Fela trabajó toda su vida y ahorró cada centavo que pudo. Se compró su cocina, su refrigeradora, pagó con paciencia las cuotas del terreno que se estaba comprando en La Molina. Ahí construyó una casa de más de 200 metros gracias a un préstamo del Banco de Materiales, que también pagó puntualmente. A sus más de 80 años, Felita recibe una pensión de hambre de la ONP, a la que aportó toda su vida. Hace uso del seguro social y tiene una vida digna gracias a las rentas que consiguió con la venta de su casita. Si dependiera de la pensión que le otorga el Estado, sería una indigente.
Al igual que su mamá, Leonor trabajó para asegurarse un futuro y darles mejores condiciones de vida a sus niños. Como madre sola de dos criaturitas, supo desde siempre que de ella, y de nadie más, dependía su sobrevivencia. Leonor no solo realizó múltiples trabajos, sino que invadió un terreno en La Molina, muy cerca del que pagaba Fela, se instaló como pudo con esteras y palos, y desarrolló ahí un negocio de comida. 
Leonor empezó como informal, pero hoy, sobre el terreno que finalmente le fue adjudicado, tiene un edificio de tres pisos. Tiene, además, varias bodegas y negocios formales, y con licencia sobre los que paga impuestos mensualmente. Cuando Fela vendió su casa para contar con un capital que le diera una vida más digna, fue su hija, Leonor, quien la acogió en su edificio de tres pisos en Las Viñas de La Molina.
Ambas son el perfecto ejemplo de un Perú que hace años se las arregla como puede. Son mujeres que se han roto el alma por dar a sus hijos salud, alimentación, educación y seguridad. Han, además, trabajado pensando en su futuro. Han ahorrado, han invertido, han planificado y han tomado decisiones que les permiten vivir sin molestar a nadie. Y menos mal, porque a Fela le falló un sistema nacional quebrado que otorga pensiones irrisorias. Leonor, en cambio, ni siquiera existe para el esquema actual. La tildan de informal, de irresponsable, de ociosa. Y no se han dado cuenta de que es una mujer que viene pensando en su futuro desde siempre, porque nadie más lo ha hecho ni lo va a hacer. 
Leonor y Fela siempre han estado ahí. Las AFP también, pero entre ellas no hay un solo vínculo. No hay una sola posibilidad de encuentro, porque nuestros sistemas de pensiones no están pensados para ese peruano de verdad, ese emprendedor, ese que se rompe el alma todos los días y que ha sacado adelante con su chamba no solo a su familia, sino a su país. Para ese peruano, que sí ahorra, sí planifica, nadie ha pensado en una opción atractiva ni creativa. La única oferta es obligarlo a pagar comisiones altísimas para pensiones mediocres, porque, claro pues, ¿cómo lo vas a dejar que él solo se ocupe de su futuro, acaso no te has dado cuenta de que es un irresponsable?

MI OPINIÓN

 Es interesante como algunas personas, muy bien remuneradas, nos quieren vender cuentos aprovechando la adormidera que generan los problemas de un negro y vomitivo negocio.

Antes de opinar sobre el artículo, precisemos: en 1974, menos de un año después que se creo el Sistema Nacional de Pensiones, NO existía, obligación alguna de asegurar a las trabajadoras del hogar, derecho que aun está en construcción para que efectivamente sea un derecho que todos respetemos. Además, el asegurarse sin estar en planilla NO era una opción, derecho también de muy reciente data.

Segundo, los independientes como "fela", "Fela trabajó toda su vida y ahorró cada centavo que pudo" para reproducir lo escrito por la autora de este cuento melodramático con sabor a película mexicana de aquella época, NO pagaba seguro y el día que por ventura comenzó a hacerlo aportaba el mínimo exigido por el IPSS hoy ONP, por tanto, la famosa "fela" NO pudo aportar ni siquiera 20 años, es posible y por probar, que se jubilara sólo con cinco años de aportes, derecho que se consagró en el gobierno de AGP y derogado por el chinito preso.

Tercero, las AFP (la estafa mejor planeada contra el trabajador) empezaron a funcionar en 1992, dieciocho años pasaron desde la llegada de la protagonista de un cuento MUY BIEN remunerado, si "fela" se hubiera hecho cliente de ese negocio hoy en día NO cobraría ni la pensión de hambre que paga la ONP.

Finalmente como han podido darse cuenta, el lacrimógeno cuento está destinado a seguir engatuzando a los peruanos ¡compatriotas de la autora!, para favorecer a las transnacionales dueñas o accionistas de las AFP, porque al menos ellos pagan "pensiones mediocres", jejeje!!!

El mayor problema del Perú son los peruanos, no tienen miramiento alguno si de su beneficio personal se trata aun cuando ello pueda significar la destrucción de miles.

" Leonor no solo realizó múltiples trabajos, sino que invadió un terreno en La Molina, muy cerca del que pagaba Fela", 

"fela" según el cuento tiene más de 80 años, podrían ser 100 o 81, digamos que optamos por la última, luego, en 1974 tenía 41 años y cuatro hijos menores (hijos a cuestas), para que Leonor invadiera el terreno adyacente al que estaba pagando "fela" debía tener cuando menos 18 años y si Leonor llegó a Lima de 08 años de edad, al cumplir los 18 "fela" tenía 51 y simplemente no aportaba NADA a la ONP porque estaba construyendo su casa, no puedo más que reirme.

Para la próxima, señora Del Río, antes de vendernos piltrafas por lomo fino, infórmese y más aun cruce datos con las leyes existentes en la época en que sitúa su "obra", va a perder cualquier concurso en el que se anime a participar si lo que escriba no tiene credibilidad alguna, jejejej!!!!.



miércoles, 29 de octubre de 2014

Deroguemos el Sistema Privado de Pensiones

Antes de la aparición de las computadoras personales, la creación de  Internet que cambiaron el Mundo  para siempre, era imposible  manifestar mi discrepancia respecto de temas no sólo con los que NO estaba de acuerdo, sino que eran escandalosas mentiras. Gracias a los blogs, hoy en día puedo opinar. Consciente soy de su limitada capacidad de difundir el pensamiento comparada con la que tiene el más humilde diario publicado en el Perú, especialmente si se trata de temas complejos y de muy larga maduración.

Hoy he leído el Blog de la AFP "Habitat" que tiene en el Diario Gestión, deseo compartirlo con ustedes y darles mi opinión:

La oportunidad de los Jóvenes Talentos
28/10/2014
04:31

Son pocas las oportunidades que tengo de tomar contacto con jóvenes profesionales del futuro, pero ese momento me enriquece por su talento, energía y entusiasmo, pero también surgen la típica pregunta “¿qué pasa con las AFP? Parece que no sirven”. Esto me da paso para explicarles algunos de los beneficios que el Sistema Privado de Pensiones (SPP) ofrece, sobre todo a los jóvenes de hoy y profesionales del futuro.
Empiezo por explicarle al joven que el dinero que ahorra mes a mes es de su propiedad. Él directamente puede decidir en qué tipo de fondo invertirlo y, al terminar su vida laboral, tendrá una pensión o se llevará su dinero dado, que es propio. De inmediato, surge una nueva pregunta: ¿y cuando aporto a la ONP, no es mi dinero? “Efectivamente, no es tu dinero”, es mi respuesta. Es  como poner dinero para organizar una fiesta. Tú puedes poner más, otros menos y finalmente todos van a gozar de la fiesta por igual, pero si no vas a la fiesta, entonces perdiste tu dinero.  En el SPP el trabajador siempre tiene el dinero para él mismo, sea como pensión o, si el fondo no es suficientemente grande, lo llevas completo.
Además, si pasa algo inesperado al trabajador, el SPP cubre a través de un seguro de sobrevivencia o invalidez parte de tu pensión.  Las AFP nunca se quedan con tu dinero, siempre estará para uno mismo o para sus beneficiarios.
Es normal que las personas pensemos en proteger a nuestros familiares, y es entonces cuando señalo que el SPP ofrece justamente este beneficio.  “¿Y en qué consiste el seguro?”  Con el aporte continuo proteges a tus beneficiarios: cónyuge, hijos, padres. Lo interesante es que la empresa de seguro aporta al fondo del trabajador el dinero requerido para cubrir la pensión de invalidez o sobrevivencia por todos los años a futuro que corresponden.
“Pero las pensiones no son buenas”. Es obvio que los jóvenes tengan esa idea debido a los comentarios sobre las pensiones de hoy. La oportunidad que tienen los jóvenes es ahorrar por los 40 años de vida laboral activa, a diferencia de los pensionistas de hoy quienes aportaron solo 20 años de su vida laboral. Por matemática simple, en promedio tendrán la oportunidad de crear un fondo mayor que les permita tener una mejor pensión.
El otro elemento a tomar en cuenta es la continuidad de aportes y esto no depende de las AFP, tampoco depende de la gestión de inversión, solo depende del mismo trabajador y de su compromiso en aportar para obtener una pensión adecuada.
Finalmente termino diciéndoles que, todos los trabajadores afiliados al SPP son accionistas de las principales empresas del Perú. Con su fondo son participantes importantes de las mejoras en infraestructura que vienen desarrollándose pero además, están invirtiendo en el extranjero. Las AFP son solo las administradoras de los fondos de todos los trabajadores afiliados al SPP, el dinero no es de las AFP, el fondo es de los trabajadores peruanos y justamente esta situación, entre otras, sustenta con sólidamente la continuidad de este sistema; sin embargo, viendo a futuro el SPP, queda comprobado que por el modelo aplicado, es autosostenible, no requiere aportes de parte del Estado, no genera incremento de impuestos ni movilización de fondos para cubrir la pensión de los trabajadores.
Es claro que el fondo depende de los ahorros personales y que el fondo debería crecer con los aportes de la persona, sea como trabajador dependiente y como independiente.
 MI  OPINIÓN
La nota distorsiona y miente, por ello RETO al autor de la misma para que nos diga:
PRIMERO.- Si es verdad el siguiente párrafo: "

Empiezo por explicarle al joven que el dinero que ahorra mes a mes es de su propiedad. Él directamente puede decidir en qué tipo de fondo invertirlo y, al terminar su vida laboral, tendrá una pensión o se llevará su dinero dado, que es propio. 


Que nos diga:  en que artículo de la Ley se establece que, llegados a la edad de jubilación (tengo 66 años y seis meses, hace un año y seis meses inicié los trámites de mi jubilación) puedo pedir la devolución de lo "ahorrado".

SEGUNDO.- Si es verdad el mismo párrafo, que nos explique por qué en el que ahora extraigo del artículo, se precisa:
 "En el SPP el trabajador siempre tiene el dinero para él mismo, sea como pensión o, si el fondo no es suficientemente grande, lo llevas completo".

¿Cual es la verdad?

a) ¿Si el "ahorro" me pertenece?, como se entiende el último párrafo transcrito, pues, NO es lo mismo llevarme mi dinero porque es propio, que llevármelo si NO es lo suficientemente grande.

b) ¿Que se entiende NO suficientemente grande?

c) ¿No será que lo único que puedo retirar son S/. 5,810.00 (Cinco mil ochocientos diez y 00/100 Nuevos Soles).

TERCERO.- Si es verdad el párrafo siguiente: " ..no requiere aportes de parte del Estado, no genera incremento de impuestos ni movilización de fondos para cubrir la pensión de los trabajadores".

Que el autor nos explique, cual es el concepto del BONO COMPLEMENTARIO que paga El Estado a los clientes de las AFP, cubriendo la diferencia existente entre la porquería que pagan y  la Pensión Mínima establecida para la ONP.

Seguro estoy que NO van a responder, porque es MENTIRA lo sostenido en los párrafos extraídos de la nota principal.

El autor celebra el talento de los jóvenes, apelo a ese "talento" a efectos que, siempre que su "talento" lo permita, analizar lo expuesto en la nota y verificar si lo que digo es cierto.




martes, 28 de octubre de 2014

Deroguemos el Sistema Privado de Pensiones

http://elcomercio.pe/opinion/mirada-de-fondo/6-datos-incomodos-sobre-afp-y-onp-enrique-pasquel-noticia-1766819

MARTES 28 DE OCTUBRE DEL 2014 | 06:00
6 datos incómodos sobre las AFP y la ONP, por Enrique Pasquel
Los economistas conductuales presumen que la gente es tonta e irresponsable y no ahorra para su vejez. 

Enrique Pasquel
Editor adjunto de Opinión

Querido lector, usted es un tonto. Pero no lo digo yo. Lo dicen los políticos que nos han impuesto un sistema de ahorro previsional forzoso en la AFP o en la ONP. Ellos (y los economistas conductuales con vocación de planificador soviético edulcorado) presumen que la gente es tonta e irresponsable y no ahorra para su vejez, por lo que papito gobierno debe obligarla a ahorrar. Hay, sin embargo, seis datos que usted debe conocer sobre este tema.
1. La gente sí ahorra: Como ha señalado Richard Webb en esta página, la información del INEI muestra que afiliados y no afiliados ahorran casi el mismo porcentaje de sus ingresos. Incluso, en ciertos estratos económicos, los no afiliados ahorran más. La premisa del sistema obligatorio, entonces, es falsa. El Estado, como indicó Richard, solo estaría reorientando el ahorro hacia las AFP o hacia las ONP. 
2. El ahorro forzoso lleva a malas inversiones: El año pasado la mayoría de los 12 fondos que manejan las AFP rindieron menos que una cuenta a plazo fijo. En otras palabras, sus afiliados perdieron plata. Adicionalmente, como ha apuntado Juan Mendoza, las comisiones de este sistema oligopólico e hiperregulado son tan elevadas que la rentabilidad de las AFP es más de cuatro veces que las de los fondos que administran desde el 2000. Si nosotros, en vez de la burocracia, decidiéramos dónde colocar nuestros ahorros, podríamos realizar mejores inversiones.
El caso de la ONP, por su parte, es más dramático: miles de aportantes no llegan a recibir una pensión y la que reciben los que lo hacen es una miseria.
3. La ONP es insostenible: De 1974 al 2003 los contribuyentes nos vimos forzados a desembolsar casi US$37 mil millones (3,5 veces lo aportado por los afiliados) para que la ONP pudiese cumplir con sus obligaciones. Y el hueco cada vez será más grande conforme envejezca la población.
4. El sistema forzoso nos amarra al riesgo político: Como no son libremente disponibles, nadie nos asegura que mañana no llegará una Cristina Kirchner peruana que expropie los fondos privados o que dilapide los de la ONP.
5. El ahorro forzoso fomenta la informalidad: Al ser un sobrecosto adicional, contribuye a que siete de cada diez peruanos trabaje al margen de la ley, lo que a su vez restringe su productividad y sus posibilidades de aumentar sus ingresos y estar más protegidos en su vejez.
6. El ahorro forzoso es inmoral: Si los burócratas tienen derecho a decidir por nosotros sobre nuestras finanzas, ¿por qué deberían limitarse al ahorro previsional? ¿Por qué no podrían también elegir qué porcentaje de nuestros ingresos destinar, digamos, a educación y cuál a diversión? ¿Y por qué detenerse en las decisiones financieras? ¿Por qué no forzarnos, por ejemplo, a tener los mejores hábitos sexuales y dietéticos, ya que siempre podemos tomar malas decisiones en estos y otros campos?

MI OPINIÓN

Les ruego lean el artículo completo, de los famosos seis puntos, EL ÚNICO que habla de cifras y mete miedo hasta el más ignorante de los peruanos es el punto 3), los otros se relacionan directamente con el libre arbitrio de cada quién pero orientados a no pensar en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que paga "pensiones míseras" y que simplemente colapsara más temprano que tarde.

El otro punto que mete miedo, es el citar la desaparición de las AFP, LA ONP JAMÁS DESAPARECERÁ, puede cambiar de nombre según el estado de ánimo del gobernante de turno luego de derogar la Ley de creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP). ¿por qué mete miedo que deroguen el SPP?, porqué para los clientes de las AFP, el dinero que hayan "ahorrado" les pertenece, jejeje!!.

Amigos, sus "ahorros" NO son sus "ahorros" pertenecen a los dueños de las AFP, ¿que no?, Les propongo a los que desean jubilarse adelantadamente o los que cumplida la edad de jubilación, se acerquen al negocio del cual son clientes y le digan, bueno señores AFP, deseo que me entreguen mis ahorros porque NO quiero recibirlos mensualmente, menos si el monto que percibiré, (en el mejor de los casos S/. 1,100.00 mensuales) SI y sólo SI, durante el tiempo que haya aportado, digamos 30 años, NO se dio ningún cambio brusco en el Mercado Financiero Mundial o local, por tanto una rentabilidad aceptable, su remuneración se ha mantenido de manera uniforme, especialmente en los últimos diez años anteriores a la fecha de solicitar su jubilación; 

Puede también recibir pensiones "míseras" mucho más vergonzosa que las "míseras" que paga la ONP y éstas también se las entregan mensualmente.

No obstante que en las oficinas de la AFP le refriegan hasta el cansancio la hermosa vida que pasará cuando se jubile y QUE SUS AHORROS LE PERTENECEN, mientras se mantenga el SPP tal como está o se derogue que, para este Abogado, es la única alternativa posible, NUNCA reitero NUNCA les devolverán sus ahorros, salvo que estos no superen los S/. 5800.00 (Cinco mil ochocientos y 00/100 Nuevos Soles)..

Corolario, sino tienen materia gris que les permita pensar y me refiero a los jóvenes, los viejos no sólo no cuentan sino que, además, carecen de la fuerza de coacción necesaria para impulsar algún cambio, entonces se deben quedar en las AFP y REZAR durante TREINTA años para que la economía no se desplome.

¿Les ha quedado claro?.

jueves, 23 de octubre de 2014

¡DEROGUEMOS EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES!

ONP no debe recibir nuevos afiliados, advierten especialistas

Sistema Nacional de Pensiones ONP Jubilación Carlos Adrianzén Ricardo Escudero

Martes 21 de octubre del 2014 | 01:16

Sistema estatal solo debe atender a las personas que están aportando, ya que el 60% de aportantes no recibirá pensión en los próximos 15 años.


DECISIONES. Medidas deben ser a favor de los jubilados. (David Vexelman)

En muchas ocasiones se ha hablado de que el Sistema Nacional de Pensiones, a través de la ONP, no tiene los recursos para mantenerse. Al respecto, el decano de la Facultad de Economía de la UPC, Carlos Adrianzén, señaló que no se debería permitir que nuevos afiliados se incorporen a esta entidad.

“La ONP no les va a dar la jubilación por la cual aportaron. Es una estafa previsional”, afirmó el experto.

Para beneficio de quienes están aportando actualmente al sistema estatal, el especialista sugirió que el Gobierno consiga fondos para que paguen las pensiones que los afiliados merecen. “Se pueden vender algunas empresas públicas o darlas en concesión y así recapitalizar a la ONP. A largo plazo, la institución estatal desaparecería”, dijo.

El director del Instituto del Ahorro, Ricardo Escudero, coincidió con Adrianzén en que el sistema estatal no debe recibir nuevos afiliados y agregó que más del 60% de las personas que aportan no tendrán pensión en los siguientes 15 años.

“Es importante tener en cuenta que la ONP está en una situación crítica que va entre una quiebra y un desfinanciamiento incontrolable”, refirió.

SIN PENSIÓN
Por otro lado, Adrianzén manifestó que hay que incentivar a más personas para que se incorporen al Sistema Privado de Pensiones, donde cada uno tiene su cuenta independiente.

“En el caso de las AFP hay una falla regulatoria. Ahora lo que se debería hacer es abrir las puertas a más competencia para que las personas tengan otras opciones de dónde destinar el dinero para su jubilación”, destacó.

DATOS

- Debate
En la Comisión de Economía del Congreso está pendiente un debate sobre posibles cambios a la reforma del sistema de pensiones.

- Privado
En el Sistema Privado de Pensiones, hay más de 5.6 millones de afiliados, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

- Administración
La cartera administrada por las AFP se situó en S/.108,817 millones, al 10 de octubre. Esta cifra es menor a los S/.110,734 millones del 3 del mismo mes.


MI OPINIÓN

 Muy bien, dentro de 15 años los jubilados de la ONP no recibirán ni un centavo porqué la institución está quebrada y es UNA ESTAFA, ¿estafa? veamos:

Los "jubilados", es decir aquellos que en la actualidad tienen más de 65 años sin considerar a los que se jubilaron en forma adelantada por ser una fracción pequeña, en consecuencia, dentro de 15 años la menor edad de un jubilado será de 80, la máxima es difícil estimarla, no obstante podríamos estimarla entre los 81 y los 90 años. Me suena a burla, en principio tan ridícula afirmación de dos personas que, sin duda alguna trabajan para el gran Capital, es más, acabo de compartir la opinión de la señora Lorena Masías aparecida hoy 23 de octubre de 2014 en el Diario Gestión, esta señora, como lo dijera anteriormente, NO tiene cara de avivata, quien muy suelta de huesos pide que los "clientes" NO "afiliados" que es el concepto en el Sistema Nacional de Pensiones deben APORTAR como mínimo un 1% adicional al "ahorro" que viene haciendo porqué así aumentaría en 20% la pensión futura que podrían percibir, agregando que, con el actual esquema "mixto" de "ahorro" recibirán 20% menos de pensión; A mi juicio una absoluta torpeza en el manejo de los números para mí que sólo entiendo las operaciones elementales, ¿porqué?, si en el actual sistema de "ahorro" se calcula que un "cliente" a la edad de jubilarse recibirá 20% MENOS de pensión, con el 1% adicional a su "ahorro", simplemente recuperaría lo que ya está perdiendo. Entonces, la señora Masías apela a la escasa "materia gris" de los "clientes" de las AFP para venderles pollo por chancho, típico proceder de los avivatos, aunque muchos podrían decir que es sólo una percepción.

Volviendo a la declaraciones de Adrianzen y Escudero, permítanme reproducir lo que el señor Luis Aparicio (colaborador o ex colaborador del Diario El País de España) en su libro Ahorra para la Vejez - Editorial ESPASA Práctico"-, En la contratapa de ésta obra,publicada hace más de 20 años para introducir el negocio privado de las pensiones en España:

"El Estado del Bienestar, tal y como se concebía hasta ahora ha entrado en crisis. En un futuro inmediato (los expertos dicen que diez años) no habrá dinero para garantizar las pensiones de los jubilados en los niveles y las cuantías actuales. La tendencia imparable en los países más desarrollados es la de que cada trabajador ahorre con el fin de garantizarse una jubilación.

Con un lenguaje sencillo y al alcance de todos, Luis Aparicio, reconocido experto en temas económicos, nos da a conocer todas las posibilidades que existen para que el ahorrador conozca todas las opciones y así poder elegir en el tiempo la que más le convenga".

Comentando la nota que precede, "ESTADO DE BIENESTAR" situación de la que estamos muy lejos, añadiendo NO que el jubilado se quedará abandonado, sino que las pensiones se reducirán drásticamente.

Veinte años después sucedió lo que se vaticinaba sucedería en la mitad de ese tiempo, ¡¡NO!!!, el Sistema Nacional de Pensiones en la hora< actual conserva una vida espléndida y ojo que en toda Europa los gobiernos buscan reducir muchos de los beneficios que disfrutan los jubilados, pero a NINGUNO se le ocurrió admonizar del Sistema y presentar a los ciudadanos el más negro de los futuros si persistían en el mismo.

El libro también, al analizar el sistema privado de AHORRO entre las alternativas desarrolladas contemplaba la de que el ahorrista, llegado a la edad de jubilarse PODÍA RETIRAR TODO LO AHORRADO, era su responsabilidad su administración, cuestión no sólo lógica sino justa pues quien ahorra durante 30 años para un fin determinado, NO le dará a ese dinero un fin distinto que no sea, en el peor de los casos, mejorar el nivel adquisitivo de sus ahorros.

En el Perú gente como Adrianzen a quien sólo le interesa el dinero que cobra, no guarda miramiento alguno si de los peruanos con menor poder adquisitivo se trata con tal de defender lo que el dinero le dice que debe defender.

miércoles, 22 de octubre de 2014

DEROGUEMOS LA LEY DE CREACIÓN DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

Voy a compartir una noticia a la que NO puedo agregar ni una coma.

Caso Cascadas y las AFP
Las pérdidas que generó el Caso Cascadas, para los fondos de pensiones, varían entre los 31 y 44 millones de dólares. Estas cifras las dio a conocer la superintendenta del ramo, Tamara Agnic, a través de la información emitida por la Superintendencia de Pensiones.

ANGELA BARRAZA RISSO· HOY 13:10
CHILEPOLÍTICAPORTADA

Descripción: AFP caso cascadas
En septiembre del año pasado, el Caso Cascadas salió a la luz al ser reveladas las transacciones irregulares realizadas por las sociedades controladas por Julio Ponce Lerou.
Las llamadas cascadas fueron acusadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) de infringir la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Mercado de Valores.
Según indicó emol, las pérdidas en los fondos de pensiones se calculó a partir de las pérdidas que informaron las propias AFP y de la información que obtuvo la Superintendencia de Pensiones en procesos de fiscalización.
“La Superintendencia de Pensiones velará porque las AFP emprendan efectivamente todas las acciones legales que se requieran para indemnizar a los chilenos que hayan sido afectados por el caso Cascada, pues la ley establece que tienen un deber fiduciario que las obliga a realizar las gestiones que sean necesarias para cautelar que las inversiones de los fondos de pensiones obtengan una adecuada rentabilidad y seguridad”, dijo la superintendenta del ramo, Tamara Angic.
“El rango que hemos estimado se levantó sobre los criterios que consideramos más razonables en términos financieros y legales. No obstante, debe tenerse en cuenta que es una cifra absolutamente referencial, pues son los Tribunales de Justicia los que, en definitiva, deberán determinar si hubo efectivamente perjuicios, su cuantía y las indemnizaciones que procedan”, sostuvo Angic.
Hace un mes y medio aproximadamente, la Superintendencia ofició a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y a las AFP Provida, Planvital, Habitat, Cuprum y Capital para que cuantificaran los perjuicios provocados por tener participación accionaria en las cascadas de Soquimich (SQM) y para que dieran cuenta de las acciones legales que van a seguir para cautelar la rentabilidad y seguridad de los fondos de pensiones de los trabajadores.
La autoridad subrayó que “la Superintendencia de Pensiones velará porque las AFP emprendan efectivamente todas las acciones legales que se requieran para indemnizar a los chilenos que hayan sido afectados por el caso Cascada, pues la ley establece que tienen un deber fiduciario que las obliga a realizar las gestiones que sean necesarias para cautelar que las inversiones de los fondos de pensiones obtengan una adecuada rentabilidad y seguridad”.
Hasta hoy, podemos decir que, de las AFP mencionadas, Provida inició una acción civil contra Leonidas Vial Echeverría y dos de sus sociedades.
Habitat ya interpuso una acción criminal contra los responsables por los perjuicios. Por su parte, AFP Capital presentó una acción civil, persiguiendo el mismo objetivo.
AFP Cuprum ha manifestado publicamente su intención de iniciar acciones civiles, pero en términos concretos, aún no hace nada.
Por otro lado, AFP Planvital y la AFC, luego de cuantificar los fondos que administran, determinaron que no sufrieron ningún perjuicio como efecto de las operaciones del caso Cascada.
Por su parte, la integrante de la comisión de Trabajo del Senado, Carolina Goic señaló que es fundamental concretar importantes cambios regulatorios para que los fondos de los trabajadores no sea afectado y asegura que la AFP estatal es un primer paso: “Tras lo que hemos visto en el caso Cascada es necesario revisar cómo protegemos a los cotizantes de las AFP que están obligados a emplear el sistema previsional y se ven perjudicados en sus fondos o ahorros previsionales.”
En términos concretos y más allá de las acciones legales que las AFP están cursando, nadie se ha pronunciado respecto de la reposición a los fondos de pensiones de miles de chilenos que se vieron afectados por este caso de corrupción en el que personeros de nuestra política se han visto involucrados, al igual en que en el Caso Penta.
Angela Barraza RissoEl Ciudadano

 

lunes, 20 de octubre de 2014

MENTIR Y APROPIARSE DE LO AJENO SON PRÁCTICAS CONSTANTES EN EL PERÚ. ¡¡¡DEROGUEMOS EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES!!!.

El día de ayer domingo 19 de octubre de 2014, en el Programa Político “CUARTO PODER” del Canal de señal abierta “América Televisión”, visualizamos un reportaje sobre la Oficina de Normalización Previsional (ONP)  presentando el lado más oscuro de esta institución.
No existe, en tanto humanos, la perfección, en consecuencia, la ONP que actualmente cuenta con 450 mil pensionistas, no escapa a esta  sentencia, pues humanos son quienes las dirigen.
¿Cuál era el principal cuestionamiento del reportaje?:
Que los “viejos” no pueden jubilarse porque NO pueden demostrar sus aportes, que la información tecnológica se remontaba al año 1999 para adelante el problema era con las aportaciones anteriores a ese año: también hicieron hincapié que debía aportarse   20 años porqué sino se tenían esa cantidad de años se perdía todo lo aportado, esto último nos lo recuerdan permanent5ement5e las AFP cuando tenemos que visitar sus oficinas.
Muy bien, el Decreto Ley N° 19990 dictado por el General Juan Velazco Alvarado en setiembre de 1973, creó el  Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y para demostrar la grosera mentira que el  reportaje mostró a su teleaudiencia, copiaré lo que prescribía el Decreto Ley N° 19990 en cuanto a la validación de los aportes y cómo se modificó para favorecer a la AFP;

Artículo 70°. Para los asegurados obligatorios son períodos de aportación los meses, semanas o días en que presten o hayan prestado servicios que generen la obligación de abonar las aportaciones a que se refieren los artículos 7° al 13°, aun cuando el empleador, o empresa de propiedad social, cooperativa o similar, no hubiese efectuado el pago de las aportaciones. Son también períodos de aportación los de licencia con goce de remuneración otorgados por enfermedad o maternidad a los trabajadores del Sector Público Nacional regidos por la Ley N° 11377.
Se consideran períodos de aportación los siguientes:
 a) Los períodos durante los cuales el asegurado haya estado en goce de subsidios de enfermedad-maternidad y,
b) Los períodos durante los cuales el asegurado haya estado en goce de subsidios diarios por incapacidad temporal otorgados de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 18846.

Por Ley 28991 del 26 de marzo del año 2007, que aprobó “La libre Desafiliación Informada” el artículo 70° quedó redactado de la siguiente manera:

Artículo 70°. Para los asegurados obligatorios son períodos de aportación los meses, semanas o días en que presten o hayan prestado servicios que generen la obligación de abonar las aportaciones a que se refieren los artículos 7° al 13°. Son también períodos de aportación las licencia con goce de remuneraciones otorgados por ley o por el empleador, así como los períodos durante los cuales el asegurado haya estado en goce de subsidio. Corresponde al empleador cumplir con efectuar la retención y el pago correspondiente por concepto de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones de sus trabajadores. La ONP, para el otorgamiento al derecho a pensión, deberá verificar el aporte efectivo, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento para dichos efectos. 

Como comprenderán, en la modificación se cercena el reconocimiento del aporte pues, desde esta nefasta Ley, “La ONP, para el otorgamiento del derecho a pensión, deberá verificar el aporte efectivo…. El trabajador no tenía, antes de esta modificación, problema alguno, bastaba que probara la relación laboral y el aporte aun no depositado se validaba, correspondía a la ONP cobrar al empleador.

Esta ley NO tuvo reglamento, en el tema puntual de los aportes.

Posteriormente,  se dictó la Ley N° 29711 del    16 de junio de 2011,  que lo modificó nuevamente y el texto es el siguiente:

“Artículo 70. Los aportes, períodos de aportaciones y obligaciones del empleador

Para los asegurados obligatorios, son períodos de aportaciones los meses, semanas o días que presten o hayan prestado servicios que generen la obligación de abonar las aportaciones a que se refieren los artículos 7 al 13. Son también períodos de aportaciones las licencias con goce de remuneraciones otorgadas por ley o por el empleador, así como los períodos durante los que el asegurado haya estado en goce de subsidio.

Corresponde al empleador cumplir con efectuar la retención y el pago correspondiente por concepto de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de sus trabajadores. Sin embargo, es suficiente que el trabajador pruebe adecuadamente su período de labores para considerar dicho lapso como período de aportaciones efectivas al SNP. De la misma forma, las aportaciones retenidas que no hayan sido pagadas al SNP por el empleador son consideradas por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en el cómputo del total de años de aportación, independientemente de las acciones que realice la ONP para el cobro de las mismas, conforme a ley.

El Reglamento de esta Ley, clarificó las cosas:

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29711

Artículo 1º.- Acreditación de periodos de aportación al Sistema Nacional de Pensiones.

La acreditación de periodos de aportación al Sistema Nacional de Pensiones deberá seguir
las siguientes reglas:

1.1   Para la acreditación de periodos de aportaciones, son medios probatorios idóneos y suficientes los siguientes:

a) Certificados de trabajo.
b) Boletas de pago de remuneraciones.
c) Liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales.
d) Constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (ORCINEA), del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o de EsSalud.
e) Cualquier documento público conforme al artículo 235º del Código Procesal Civil.

1.2 En concordancia con el inciso e) del numeral 1.1 precedente, se consideran documentos públicos para la acreditación de periodos de aportaciones, los siguientes:

a) Informe de verificación de libros de planillas del empleador, emitido por la Oficina de Normalización Previsional - ONP. Para el caso de las planillas de pago de empresas que ya no estén operando, sólo se considerarán los libros de planillas en la medida que la información contenida en éstos no hubiera sido adulterada.
b) Informe de aportaciones extractados del Sistema de Cuenta Individual de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, o del Sistema de Cuenta Individual de Empleadores y Asegurados (SCIEA), o de la Constancia de Aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores y Asegurados (ORCINEA), o de los registros complementarios que establezca la ONP y que formen parte de las labores de verificación; emitidos por la ONP.
c) Otros informes emitidos por entidad pública, que prueben adecuadamente los periodos
de aportación efectuados.
1.3 Los documentos mencionados en el numeral 1.1 del presente artículo, deberán constar en original, copia legalizada o copia fedateada.
Asimismo, deberán ser legibles y contar con la identificación fehaciente del firmante.
1.4 Los solicitantes podrán presentar otros documentos, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 41.4 del artículo 41º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que prueben adecuadamente los periodos de aportación efectuados.

Artículo 2º.- Valoración conjunta
Todos los medios probatorios que obren en el expediente deberán ser evaluados de manera conjunta con la finalidad de acreditar los periodos de aportación declarados por el solicitante, de conformidad con la motivación que deben contener los actos administrativos que en materia pensionaria emite la ONP.

Artículo 3º.- Reconocimiento de periodos de aportación en caso de acreditación de vínculo laboral

3.1 Excepcionalmente, cuando no se contase con los documentos mencionados en el artículo 1º del presente Reglamento, los asegurados obligatorios que hayan podido acreditar adecuadamente la existencia del vínculo laboral con su empleador o sus empleadores, pero no el periodo de aportación suficiente para acceder a una prestación económica en el Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 19990, podrán tener derecho al reconocimiento de un periodo máximo de cuatro (4) años completos de aportes, para cuyo efecto se tendrá en cuenta la solicitud de prestaciones y/o declaraciones juradas presentadas por el asegurado.

3.2 Los años de aportación que se reconozcan en virtud a lo señalado en el numeral precedente no podrán ser aquéllos que se tomen en cuenta para calcular la remuneración de referencia, a menos que el asegurado cuente con una cantidad igual al 30% de las boletas de pago correspondientes a dicho periodo, dentro de las cuales deberá encontrarse necesariamente la del último mes de labores.

3.3 En el supuesto previsto en el numeral precedente, sólo se reconocerá los años anteriores a aquéllos que se tomen en cuenta para calcular la remuneración de referencia, en tanto no excedan el periodo máximo de reconocimiento de aportes señalado en el primer párrafo del presente artículo.

Artículo 4º.- Acreditación de periodos de aportaciones en supuestos específicos

Lo dispuesto en el presente Reglamento será de aplicación para acreditar los periodos de aportación realizados en el Sistema Nacional de Pensiones, entre ellos los referidos a la emisión de los Bonos de Reconocimiento, Bonos Complementarios, Pensiones Complementarias, y los beneficios creados mediante la Ley Nº 28991, Ley de libre desafiliación informada, pensiones mínima y complementarias, y régimen especial de jubilación anticipada.

Termino señalando que, LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL SNP, NO PIERDEN SUS APORTES, pues siempre podrán completarlos si, llegados a los 65 años les faltara “X” números de años. En lo que sí se perjudica es  en cuanto a la percepción de su jubilación que se retrasará tantos años como años le falten para cumplir 20 años aportando.

Naturalmente,  si el trabajador muere antes de completar los 20 años de aportes, en ese caso si se pierden y NO puede ser de otra manera mientras el gobierno no modifique ese número de años, además, el mayor problema NO es la falta de aportes cuya inexistencia no puede cargársele a la ONP,  SINO DE LOS EMPLEADORES QUE RETUVIERON Y JAMÁS DEPÓSITARON LO RETENIDO, actitud que desde 1999 ha disminuido, NO DESAPARECERÁ mientras exista tanta informalidad, tanto abuso y explotación de los llamados emprendedores.

¡¡DEROGUEMOS EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES!!!

miércoles, 8 de octubre de 2014

DEROGUEMOS EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

La jubilación no es un negocio, es la justa retribución para quienes hemos contribuido con el Estado, por ello deseo compartir con ustedes la Carta que el día de ayer recibí en mi domicilio, REQUISITOS para probar que uno vive.

Este documento es insultante, ridículo e inhumano.




¿Saben cómo lo realiza la ONP?, les diré:

PRIMERO.- La sobrevivencia se efectúa UNA VEZ al año, no dos.
SEGUNDO.- Generalmente mi esposa, que lleva CATORCE años de jubilada, se olvida de certificar que vive, ¿Qué sucede entonces?, el día que le toca cobrar, sólo en el Cajero, este no la atiende y le pide que se acerque la Agencia más cercana del Banco de la Nación (la institución en la que deposita la ONP las pensiones de sus jubilados) y asunto arreglado.
TERCERO.- ¿Qué sucede si se enferma?, en una ocasión, cuando vivía en Tarapoto, mi gordita enfermó y tuve que internarla en el Hospital Almanzor Aguinaga  Asenjo de Chiclayo; El día de paga de mi esposa (seguía internada), fui al Cajero y no pude retirar su pago –estando yo en Tarapoto-,   me acerque entonces  a la Agencia, expliqué que estaba enferma, que pena me dijeron pero si no viene ella no le podemos pagar.
Llamé entonces a la ONP y les expliqué el problema, ¿saben que hizo la ONP?, pues comprobó que estaba interna y que estaba viva, no la visitaron ni tampoco le reventaron cuetes, al día siguiente pude retirar del Cajero su pensión.

Esa es la diferencia entre un negocio y una institución solidaria.

Imaginemos ahora, que, la AFP Prima, dentro de un tiempo me envía otra cartita con el siguiente texto:

Nuestra AFP siempre con el deseo de atenderlo y servirlo mejor y para evitar trámites engorrosos que sólo lo perjudican, le ofrecemos certificar que sigue viviendo en su domicilio por una modestísima suma de S/. 10.00 (con seguridad pondrán S/. 50.00, habida cuenta de los gastos en que debo incurrir para demostrar que estoy vivo), previamente le haremos saber la fecha de nuestra visita.
¿Qué les parece?.

Hablando de negociados, ¿Cuántos años lleva el Perú de crecimiento? TRECE, ¿no es verdad?, bien salvo la crisis del 2008 al 2009 que aun hoy todavía se sienten sus efectos, cuestión que se puede agravar si China, como todos vaticinan no crece al 7.5% sino sólo 7%, la crisis del Medio Oriente, un posible recrudecimiento del conflicto entre judíos y  palestinos, el ébola en España, no olviden que Europa se puede recorrer en Tren y si sólo aparece otro caso en Nación distinta la situación podría tornarse color de hormiga o con consecuencias como las Sierra Leona (aislada del Mundo) y con vecinos como Liberia en la que explotó o recrudeció el ébola) aunemos a ello que producto de lo anterior nuestra economía está flaqueando, es posible que los clientes de las AFP no pensionistas, los  pensionistas (Retiro Programado) y  los que están tramitando su pensión y recibiendo una “provisional”, como es mi caso, terminarán viendo desaparecer su fondo lentamente.

Bien, pero este asunto, no queda allí, debo demostrarlo, no hay mejor ejemplo que la crisis de los años 2008 y 2009, pensemos amigos:
Al inicio del 2008 teníamos en nuestra Cuenta Individual de Capitalización S/. 150.00 (S/. 100.00 por aportes y S/. 50.00 en rendimiento.

A comienzos del 2010, los fascinerosos de las AFP declararon que lo que había perdido sus clientes (los del fondo tres fueron los mayores perjudicados perdieron casi todo lo ganado) ya estaba recuperado, sin embargo ELLO NO ES CIERTO, ¿por qué? Pues si no hubiera existido crisis, los S/. 150.00 hubieran obtenido la rentabilidad correspondiente, en cristiano, dos años después, ustedes tienen el mismo dinero de enero del 2009 y pero aun afectado por la inflación que, aun siendo  baja, le restaba poder adquisitivo a su dinero.

Ahora bien, aprendí de un amigo que en épocas de crisis económicas lo que uno pierde lo gana otro, por tanto, les pregunto a los clientes y a los pensionistas que esté en capacidad de pensar:

¿saben ustedes en que invirtió la AFP?, ¿pudieron prever el descalabro de las Hipotecas basura?,
¿les explicaron con puntos y señales el camino andado y el resultado no esperado?.

¿Cuánto milloncitos no se habrán perdido pero se dice que lo perdieron, verdad?.

No se olviden que NO tenemos asegurada una rentabilidad mínima y que hoy la SBS ha autorizado pasar de 40 a 42% de nuestra plata para invertirla en el exterior, ¿se tirarán en el 2015 nuevamente nuestra plata?.

DEROGUEMOS EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES ES LA ÚNICA Y NECESARIA OPCIÓN.





EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...