sábado, 16 de agosto de 2014

Ampliando la idea anterior señor Luís Castilla

A lo expuesto, garantizar una pensión mínima o la devolución de lo aportado cuando el cliente cumple los 65 años, es necesario incorporar dos temas que, no son idea de este Abogado, sin mandato de la Ley, ¿Cuales?, veamos:
 
1) Garantizar una rentabilidad mínima que no sea inferior en ningún caso a un punto por encima de la inflación anual o anualizada, ¿Por qué? , es la única manera que los clientes tengan la seguridad que sus fondos no desaparecerán por efecto de crisis financieras globales o interna.
 
2) Que se nombre ya, los Directores en cada AFP que representen a los clientes, que debe ser obligatoriamente independiente sin vínculo alguna con los dueños de las AFP o cualquiera de sus miembros, tanto ejecutivo como de operación.
 
Si las AFP, como hasta ahora se niegan a realizar estos cambios, TAMPOCO deben tener derecho a solicitarle al gobierno que los autorice a invertir el dinero que ADMINISTRAN en los Mercados globales que por su alta volatilidad, pues si las inversiones no son las adecuadas los únicos que pierden SON LOS DUEÑOS de ese dinero, es decir los clientes. Las AFP dejarán de ganar, pero jamás perderán porque NO es su plata y sus gerentes y colaboradores tampoco dejarán de cobrar.
 
Si tampoco le gusta la idea señor Luís Castilla, existen dos alternativas más:
 
a) Derogar la Ley de creación de las AFP, que el Estado asuma el control total de las inversiones actuales, que de inmediato DUPLIQUE las pensiones en la ONP y ajuste a los nuevos montos a los jubilados de las AFP.
 
Que se cree un Banco de Pensiones, donde cualquier ciudadano podrá aportar libremente NO pudiendo retirar ese dinero BAJO NINGÚN CONCEPTO hasta que cumpla los 65 años, momento en el que puede optar por retirarlo todo o sólo cobrar los intereses dejando el Capital para cuando lo  necesite. Este Banco DEBERÁ pagar como interés Pasivo un punto más que el promedio de la Banca paga para sus cuentas de ahorros, ajustándose el interés cada vez que los bancos lo hagan, salvo que reduzcan los mismos. Naturalmente este Banco velará por las inversiones recibidas de las AFP y propondrá y ejecutará otras.
 
 
b) Que se dicte una ley sencilla para sustituir a la maraña actual, que no se le diga a los potenciales clientes que cuando se jubilen podrán ir de Crucero por el Caribe y cuando se pide que la pensión lo asegure, le dicen, "en efecto no hemos mentido, pero si usted lee la resolución tal de la SBS que modifica la número que a su vez se dictó por mandato del DS tal que modificó el DS cual, reglamento de la Ley tal que modificó la Ley de creación de las AFP o Sistema Privado de Pensiones, lo sentimos pero no tiene usted derecho a lo que le ofrecimos".
 
Amigos, es absolutamente cierto lo que he escrito y entrecomillado, para entender la trampa actual se debe seguir un curso especializado. 

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