domingo, 31 de julio de 2016

LAS DECLARACIONES DEL CARDENAL CIPRIANI Y LAS MUJERES PROVOCADORAS

No es la primera vez que estoy en favor de las declaraciones del Cardenal Cipriani pero sin ánimo de defenderlo y no soy "devoto" de ningún sacerdote, he sufrido en carne propia su indiferencia.


Ningún político o personaje público dirá nada a favor del Cardenal e incluso este debe "retractarse" de sus declaraciones, pero este abogado NO es ni lo uno ni lo otro, luego no tengo porqué estar con el sentimiento de la mayoría.

Por lo anterior y luego de leer las dos primeras líneas de su declaración opiné sobre el tema e inmediatamente encontré  respuestas que he tenido el placer a su vez de contestar.



He aquí el desarrollo del debate en facebook:


"A ver, "no existe palabra mal dicha sino mal entendida" dice un viejo aforismo, traslademos tal dicho al pensamiento y tendremos, según mi opinión, lo siguiente:

En el reino animal del cual la especie humana ocupa el primer lugar, el macho es un "perseguidor" natural de la hembra, así por ejemplo, las ,leonas sólo se dejarán cubrir por el León después que este se deshizo de sus competidores TODOS la perseguían.

La mujer naturalmente, por ser un ser superior conjuntamente con el hombre le agrada ser cortejada es su esencia, NO estoy descubriendo nada a la sazón sea dicho y el hombre intenta "conquistarla", bueno eso era en la época de mis abuelos cuando la ropa de baño parecía una pijama.
Con el tiempo la mujer se fue sofisticando al impulso de la moda, cada vez fueron más pequeños los trajes de baño y hoy lo único que les falta mostrar es lo poco que queda por enseñar de su intimidad.
Ahora bien, hay mujeres -de ninguna manera pocas- que por imponerlo "la moda" se consideran "poco atractivas" sino tienen un gran busto o provocadores glúteos, fatalmente la naturaleza no las dotó de la exuberancia natural de otras, SOLUCIÓN ayudar a la naturaleza para que puedan tener de lo que carecen, ¿pero cual es el objetivo de ese afán? SER MÁS ATRACTIVAS a los ojos del hombre, como si lo que Dios les dio fuera insuficiente. ¿Que supone ello? que el hombre encantando con cortejar a la dama de sus sueños, NO necesariamente una mujer de turgentes senos y de un talento inapreciable en sus glúteos, de pronto se queda bizco al ver el monumento que tiene delante que ya no es la dama de sus sueños sino un apetecible "bocatto di cardinale" Y SE TRANSFORMA ya no en el galante caballero que debiera ser sino en un perseguidor salvaje que desea hacer suyo ese apetitoso pedazo de carne que cruza coqueto o con el ceño fruncido, más ni los senos ni los glúteos se enteran de tal seriedad.

Así las cosas, NO anda descaminado el Cardenal Cipriani, las mujeres exigen respeto pero no se respetan a si mismas, si un salvaje perseguidor la dice una grosería o toma la vía de los hechos la mujer huye temerosa o denuncia al salvaje y este si es capturado se presenta a la sociedad como un ser repugnante, mañoso, depravado y cuantos epítetos se le puedan endilgar si toca la exhuberancia trasera o delantera de la "agraviada" o le dice un horrendo piropo que resalta las bondades implantadas en su cuerpo en el peor de los casos.

Corolario: "No hay que escupir al cielo porqué en la cara nos cae",una mujer que por naturaleza le gusta que le digan que es hermosa, bellísima, con su profana actitud de lucir lo que no tiene, tampoco tiene derecho a cuestionar a un salvaje al que se ha reducido el hombre por los estímulos femeninos.


 El señor Edgardo Ganoza Cisneros, contesta: TE INVITO VUELVAS A ESCUCHAR EL VÍDEO Y TE DES CUENTA QUE SACASTE DE TODO CONCEPTO LO EXPRESADO POR EL CARDENAL EL CUAL SE REFIRIÓ AL TEMA DE GENERO EN QUE SE HABÍA CONVERTIDO LA SOCIEDAD. Aun así expreso que es una lástima el repugnante criterio o concepto que tienes de las mujeres porque escribes irresponsablemente. Si el Cardenal Cipriani dijo un dislate ( o disparate) ya nadie toma en cuenta sus comentarios acá el tema es que lo escrito en este repugnante comentario denigrando a la mujer e indicando que por hacerse cambios en el físico -lo cual es su opción y nadie se lo puede prohibir ni impedir- se convierta en un "bocado di carnale" y que no tiene derecho a denunciar a un salvaje que la viola porque la ve como un objeto sexual. Yo creo que en vez de denunciarlo tomaría la justicia con mis propias manos porque nací de una mujer y tengo hermana, esposa e hijas y daría la vida por ellas NADIE ABSOLUTAMENTE NADIE TIENE EL DERECHO DE VIOLENTARLAS solo un malnacido que no quiere a su madre y a las mujeres que le rodean puede avalar semejante salvajada.

Guillermo Anderson Anderson "sino porqué muchas veces la mujer se pone como en un....", no tenía que leer más.

Ahora, usted señor Ganoza Cisneros se permite darme clases de decencia cómo sí, a diferencia suya, no hubiera nacido de una mujer con la participación ineludible de mi padre y adorna su comentario con insultos propios de su linaje y me acusa de denigrar a la mujer porqué sostengo, por ejemplo: "hoy lo único que les falta mostrar es lo poco que queda por enseñar de su intimidad". o el párrafo final de mi OPINIÓN, (si no le gusta vaya usted con toda su patética defensa, a llorar al Muro de los Lamentos) tampoco comparte, como es obvio, esta otra ",una mujer que por naturaleza le gusta que le digan que es hermosa, bellísima, con su profana actitud de lucir lo que no tiene, tampoco tiene derecho a cuestionar a un salvaje al que se ha reducido el hombre por los estímulos femeninos", NO he escrito de violación alguna, sino de "tocamientos" (está mal sí, NO puedo negarlo), pero se olvida usted en su pobre alegato de la naturaleza humana a la que con énfasis me he referido, por tanto, no pretenda tapar con un dedo el sol, todos podemos hacer con nuestro cuerpo lo que deseemos, también podemos robar si nos dicen "ahí tiene la plata" e incluso matar para completar el delito, mas ningún ser humano es una isla y se debe conducir asumiendo los riesgos de una sociedad putrefacta en todos los órdenes de la vida, si me da la gana de entrar desnudo a la Plaza de Toros me van a arrestar, si una mujer camina media vestida en esta época en la que se protege la unión entre personas del mismo sexo, donde hombres se visten de mujer porqué es lo que desea ser u homosexuales barbados que se fotografían como si fuera la noticia del momento o lo que se ha hecho costumbre últimamente, ciertas personas mediáticas confiesan que fueron víctima de violación, DEBE ASUMIR LOS RIESGOS que la libertad que tiene de vestir y andar como le da la gana origina. 

Vaya usted con su estúpida hipocresía a la Polinesia y cuénteles a los naturales lo abochornado que está, incluso podría matarme por quitarle la venda de los ojos.


César Peralta Guillermo, gran abogado, ahora estás ejerciendo gratuitamente a favor de Cipriani. (Es un caso difícil y perdedor.) Y para hacerlo has dicho sofisticadamente lo mismo que dijo este polémico Cardenal que tal vez le hubiera ido bien como mecánico de coches. En ese caso, con menos prensa, hubiera soltado sus perlas sin la trascendencia que tienen las que ahora suelta y que de inmediato lo llevan a decir que no dijo lo que dijo, que la culpa de lo que dijo está en quienes lo esucharon decirlo, y si dijo niña no se refería a una niña, que si dijo mujer no se refería a todas las mujeres sino a una que representaba a todas las mujeres. De esos casos que nos lleva a decirle que mejor se defiende callado.

Pero lo que dice la Ministra sigue estando ahí: la víctima no puede asumir la responsabilidad del delito. Si te asaltaron, te pegaron y te quitaron tu dinero, las autoridades te pueden decir que fuiste tonto por llevar el dinero contigo y por no tomar un taxi en lugar de caminar


Guillermo Anderson Anderson. No, no defiendo al Cardenal. Dejemos un momento el tema de acoso o tocamientos indebidos, repasemos la publicidad especialmente la de la televisión, un altísimo porcentaje está destinado a la mujer en variadisimas formas y, si hay un negocio en el consumismo la lidera sin lugar a dudas la mujer quién, además, participa activamente en la propaganda exhibiendo su figura y la capacidad de vender lo que se ofrece.

Ello estimado César contradice en su esencia la reclamación del acoso, no soy un puritano pero a mi edad ni soñaría con decirle una sandez a una chica medio vestida o medio desnuda según sea la óptica del observador, pero de ahí a ser un hipócrita me separa una distancia sideral, si las mujeres no quieren ver ello nada se puede hacer, son libres de vestirse como lo prefieran, usar toda clase de menjunges que pronostican que no van envejecer, se arreglan los ojos para que se vean más grandes, la nariz para que se parezca a la de tal o cual referente al que aspiran y los consabidos implantes, todo ello, como ya lo he señalado es con el objeto de verse más atractivas, despertar la envidia de sus semejantes y provocar EXPRESAMENTE al hombre a perseguirla, la cuestión amigo es el pecado de no comprender el mandato natural al que distorsionan con apetitosos cuerpor, ah..soy viejo pero todavía funciono y nada que provoque lujuria me es ajeno, menos si se trata de una joven; en consecuencia, al haber perdido la perspectiva respecto de su atractivo natural para convertirlo en un pedazo de carne (la señora Mercedes Araoz declaró recientemente que son mucho más que un pedazo de carne, siendo ella misma un ejemplo de esa declaración sin dejar de mencionar que es hermosa y de muchos talentos físicos)elevan la temperatura de por si caliente de los hombres y del cortejo de la época de nuestros abuelos con "Pierrot y Colombina incluidos, se ha pasado a la agresión verbal y física sin sonrojo alguno, pero las mujeres siguen hipócritamente exigiendo un respeto que han ido perdiendo por si mismas sin prisa pero también sin pausa.

Empecemos por prohibir calatas promocionando lo que sea, que las mujeres recuperen el respeto perdido, no estoy pidiendo que usen una "burka" pero al menos que reconozcan lo insensato que es andar "medio vestida" en un sociedad que se ha corrompido tanto.



César Peralta.  Lo equilibrado es sostener dos cosas: 
a)una RECOMENDACIÓN a vestir con prudencia de parte de las mujeres, a la vez que respetando su derecho a vestir como deseen vestirse.
b) Castigar sin ninguna duda e independiente de la supuesta justificación de como se vistan las mujeres, a todo tocamiento, acoso y ultraje a las mujeres de todas las edades y mucho más si se hace una niña.

Criticar como se vistan las mujeres, en un contexto de violaciones, de hecho transfiere la responsabilidad del hecho a las víctimas y esto es absurdo. Y este es el tema principal. Por lo tanto el Cardenal debió haber hecho un llamado a los tocadores y acosadores a no ver a las mujeres que no son nuestra pareja como fuente de su placer, con independencia de su opinión. Claro, el llamado no servirá para nada, pero es lo que se supone debe hacer este Cardenal en lugar de ir al otro lado del mostrador.


Guillermo Anderson Anderson En un proceso judicial la "sentencia castigar sin ninguna duda" no es admisible por mucho que las apariencias nos lo aconseje, No debemos olvidar que vivimos en una sociedad donde prácticamente todo está permitido y discusiones recientes así lo confirman. La perversión parece ser el signo de los tiempos de la velocidad y el frenesí.

Jeannot Mavhier CG . Hay una obsesión enfermiza por decirle a la mujer cómo debe vestirse. Como si fuese una niña. Unos que si llevar escote o shorts cortos es de puta, otros que si enseñar poco es de monja, otros que si las gordas no deberían poder llevar leggins o prendas cortas en verano (¿deben entonces morirse de calor?).

Pues bien, el feminismo combate toda esta basura. Toda esta sociedad machista asquerosa, a la que nos hemos acostumbrado y que ya percibimos como natural, se basa en gran medida en no dejar que la mujer decida.

Vale, entonces tenemos que uno de los fundamentos del feminismo es que la mujer tenga libertad de elección. Esto queda claro. Lo que no está tan claro es hasta dónde llega esta libertad de elección. 

En primer lugar, ¿las mujeres pueden ser realmente libres? A primera vista la respuesta es un sí rotundo. Pero si nos paramos a mirar nuestra sociedad, nos daremos cuenta de que ni las mujeres ni los hombres somos totalmente libres. Hay usos sociales, costumbres, formas de pensar... que nos coaccionan a la hora de actuar. Por ejemplo, es difícil que una mujer, por muy empoderada que esté, vaya por ahí con los sobacos sin depilar. O que se deje bigote. Estaría haciendo un acto libre y feminista, pero choca tanto con los estándares de belleza socialmente aceptados que es poco probable que lo haga.

O, ¿podemos dejar que una mujer machista lo sea? ¿Podemos recriminarla por ello? ¿o eso sería caer en el paternalismo? Imaginemos una mujer que nos dice que a ella le gusta pasarse el día encerrada en casa mientras su marido trabaja, que comprende que este último sea posesivo y celoso. Aunque le digamos que eso es machismo y es malo, quizás a ella le importe una mierda. Muchas veces les he comentado a amigas cosas machistas y me han dicho sin tapujos que no les importaban lo más mínimo, que son "tonterías". ¿Qué hacemos? ¿dentro de la libertad de elección está el elegir aceptar el machismo?


Guillermo Anderson Anderson Es un problema mayor el que refiere amigo Mavhier en una sociedad MUNDIAL que ha llegado a consagrar aberraciones en homenaje a la libertad.


jueves, 28 de julio de 2016

INDULTO A LA SEÑORA: SILVANA BUSCAGLIA

No puedo estar en desacuerdo con el indulto a la señora Buscaglia, sin embargo, la redacción de la Resolución que lo contiene, no parece la adecuada. A continuación el texto íntegro de la misma en la que he resaltado con negritas la frase que en mi concepto no es correcta, veamos la Resolución y luego expondré mis razones:

Conceden indulto común a interna de establecimiento penitenciario
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 108-2016-JUS
Lima, 27 de julio de 2016
VISTA, la solicitud de indulto común, presentada por BUSCAGLIA ZAPLER, SILVANA, interna del
Establecimiento Penitenciario Virgen de Fátima, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales;

CONSIDERANDO:
Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú señalan que corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas;

Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de la interna solicitante, corroborada con los informes emitidos por los profesionales competentes, en los cuales se concluye que reúne las condiciones favorables para reincorporarse satisfactoriamente a su medio familiar y social, al haber adquirido actitudes reflexivas positivas con relación a su conducta pasada, deteniéndose a pensar antes de actuar, así como el certificado trabajo respectivo y conforme a los requisitos establecidos en los artículos 26 y 30 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de indulto común;

Que, de la documentación presentada por la solicitante se advierte el cumplimiento de los requisitos formales, así como también que es la primera vez que comete un delito en donde el bien jurídico protegido es de mínima lesividad y la pena que se le impuso es desproporcional en comparación con otros delitos que vulneran bienes jurídicos de mayor valor, conllevando penas menores, asimismo que tiene carga familiar que atender, por lo que resulta conveniente coadyuvar a su debida protección y atención mediante el indulto común;
Que, la Comisión de Gracias Presidenciales, mediante el Informe del Expediente Nº 00007-2016-JUS/CGP, de fecha 25 de julio de 2016 ha recomendado el otorgamiento del indulto común;
De conformidad con los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales y la Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conceder la gracia de indulto común a la interna BUSCAGLIA ZAPLER, SILVANA quien se encuentra recluida en Establecimiento Penitenciario Virgen de Fátima.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALDO VÁSQUEZ RÍOS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos


MIS RAZONES

"ASÍ COMO TAMBIÉN QUE ES LA PRIMERA VEZ QUE COMETE UN DELITO EN DONDE EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO ES DE MÍNIMA LESIVIDAD"

El "bien jurídico protegido" en nuestro caso es el RESPETO A LA AUTORIDAD, según esta resolución es de "mínima lesividad", NO puede indicarse que el "RESPETO A LA AUTORIDAD" es de mínima lesividad, el acto que atenta contra el "bien jurídico protegido" SI es de mínima lesividad, pensar lo contrario sería aceptar que de ahora en adelante el "RESPETO A LA AUTORIDAD" en castellano castizo y duro es una cojudez POR LA CUAL NO SE PUEDE SANCIONAR A NADIE. ergo, carece de objeto la "Ley de flagrancia" cada vez que un energúmeno, como el nieto del señor Delgado Parker le aplique un par de golpes a un Policía. Salvo mejor parecer.

martes, 26 de julio de 2016

Los viejos izquierdistas en el Perú deben retirarse de la política

Nunca he leído a Marx, lo he escrito muchas veces ni a ningún pensador, por brillante que sea su carrera y los reconocimientos obtenidos, pues no existe pensador que nos ilustre sobre los marcianos.

En el enlace que compartiré -incluido mi comentario inicial- he leído un análisis de la coyuntura actual analizada de manera general pero afincada no en la ideología sino en el quehacer cotidiano, retos y futuro de la izquierda en el viejo Continente, pero podemos pensarlo en función de la realidad latinoamericana.

https://marxismocritico.com/2016/04/04/la-izquierda-tiene-que-repensar-su-aparato-teorico-y-tactico/

COMENTARIO

Si en el Perú existe gente de izquierda pensante no viejos que dicen ser de izquierda pero defienden el consumismo y atizan el miedo del que se sacuden cuando los eventos que demandan su participación terminó, lean este artículo.

Léanlo sin apasionamiento, un tema que puede unir y concentrar el descontento popular es el punto inicial de la transformación.

¿Porqué no la derogación del Sistema Privado de Pensiones y una reforma integral del sistema pensionario donde la participación del trabajador activo o pensionistas sean la columna vertebral de la fiscalización en el proceso de inversiones?.

Mientras sigamos alentando el consumismo y pensemos en la pequeña cuota de poder que se pueda alcanzar explotando el descontento popular nada cambiará.

“La izquierda tiene que repensar su aparato teórico y táctico”: David Harvey

David Harvey, uno de los pensadores marxistas más prominentes de nuestro tiempo, se sentó con el activista colectivo AK Malabocas a discutir las transformaciones en el modo de acumulación capitalista, la centralidad del terreno urbano en las luchas de clase contemporáneas, y las implicancias de todo esto para la organización anti-capitalista.

AK Malabocas: En los últimos 40 años, el modo de acumulación capitalista ha cambiado globalmente. ¿Qué significan estos cambios para la lucha contra el capitalismo?
DH: Desde una perspectiva macro, cualquier modo de producción tiende a generar un tipo distintivo de oposición, la cual es un espejo curioso de sí mismo. Si miras atrás, en los ’60 o ’70, cuando el capital estaba organizado en grandes formas corporativas, jerárquicas, tenías estructuras de oposición que eran corporativas, tipos sindicalistas de aparatos políticos. En otras palabras, un sistema fordista generaba una oposición de tipo fordista.

Con el quiebre de esta forma de organización industrial, particularmente en los países capitalistas avanzados, se terminaba con una configuración del capital mucho más descentralizada: más fluida sobre el espacio y el tiempo que lo pensado previamente. Al mismo tiempo veíamos el surgimiento de una oposición que está ligada a las redes, a la descentralización y a la que no le gusta la jerarquía y las formas previas de oposición de tipo fordista.
Así, que de una manera curiosa, las y los militantes de izquierda se reorganizan a sí mismos en el mismo modo en el que la acumulación del capital se reorganiza. Si entendemos que la izquierda es una imagen en espejo de lo que estamos criticando, entonces tal vez lo que debamos hacer es romper el espejo y salir de esta relación simbiótica con aquello que estamos criticando.

MK: ¿En la era fordista, la fábrica era el principal sitio de resistencia. Dónde podemos encontrarla ahora que el capital se ha movido lejos del piso fabril hacia el terreno urbano?

DH: Antes que nada, la forma fabril no ha desaparecido. Todavía encuentras fábricas en Bangladesh o en China. Lo que es interesante es cómo el modo de producción en las ciudades centrales cambió. Por ejemplo, el sector logístico se ha expandido: UPS, DHL y todos sus trabajadores y trabajadoras están produciendo valores enormes hoy en día.
En las últimas décadas, un gran cambio tuvo lugar en el sector servicios también: los más grandes empleadores de mano de obra en la década de 1970 en los Estados Unidos eran General Motors, Ford y US Steel. Los más grandes empleadores de mano de obra hoy son Mc Donalds, Kentucky Fried Chicken y Walmart. Antes, la fábrica era el centro de la clase obrera, pero hoy encontramos a la clase obrera más que nada en el sector servicios. ¿Por qué diríamos que producir autos es más importante que producir hamburguesas?
Desafortunadamente la izquierda no se siente cómoda con la idea de organizar a los trabajadores y trabajadoras de la comida rápida. Su imagen de la tradicional clase obrera no encaja con la producción de valor de los trabajadores y trabajadoras de servicios, los de distribución, de restaurants, de los supermercados.
El proletariado no desapareció, pero hay un nuevo proletariado que tiene características diferentes del que tradicionalmente la izquierda solía identificar como la vanguardia de la clase trabajadora. En este sentido, las y los trabajadores de Mc Donalds se convirtieron en las y los trabajadores metalúrgicos del siglo XX.

MK: ¿Si esto es lo que es el nuevo proletariado, cuáles son los lugares desde organizar la resistencia hoy?

DH: Es muy difícil de organizar en los lugares de trabajo. Por ejemplo, las y los trabajadorss de la distribución se mueven de un lado a otro. Así que esta población tal vez podría organizarse mejor fuera del lugar de trabajo, quiero decir, en sus estructuras barriales.
Hay una frase interesante en el trabajo de Gramsci de 1919 que dice que organizarse en el lugar de trabajo y tener concejos fabriles está muy bien, pero que deberíamos tener también concejos en los barrios también. Y los concejos de los barrios, dijo, tienen un mejor entendimiento de lo que son las condiciones de toda la clase trabajadora, comparado con el entendimiento sectorial de la organización en el lugar de trabajo.
Las organizadoras y organizadores fabriles solían saber muy bien lo que un trabajador metalúrgico era, pero no entendían lo que el proletariado era como un todo. La organización barrial habría incluido, por ejemplo, a los trabajadores y trabajadoras de la limpieza urbana, de la distribución y las trabajadoras doméstica. Gramsci nunca tomó esto y dijo: “Vamos! el Partido Comunista debería organizar asambleas barriales”
No obstante, hay algunas excepciones en el contexto europeo donde los partidos comunistas organizaron, de hecho, concejos barriales, porque no podían organizarlos en las fábricas, por ejemplo en España. En la década de 1960 esta era una forma de organización muy poderosa. Por ello, como he discutido por un largo tiempo, deberíamos ver la organización barrial como una forma de organización de la clase. Gramsci sólo lo mencionó una vez en sus escritos y nunca lo desarrolló más en profundidad.
En Gran Bretaña en los ’80, hacía formas de organización laboral en plataformas a lo largo de la ciudad, sobre la base de concejos de oficios, que estaban haciendo lo que Gramsci sugirió. Pero dentro del movimiento sindical, estos concejos siempre fueron mirados como formas inferiores de organización laboral. Nunca se los trató como un componente fundacional de cómo el movimiento sindical debería operar.
De hecho, ocurrió que los concejos de oficios fueron a menudo mucho más radicales que los gremios tradicionales y eso era porque estaban basados en las condiciones de toda la clase trabajadora, no sólo de los sectores más privilegiados de la clase. Así, al punto de que estos tenían una definición mucho más amplia de la clase, los concejos tendieron a darse políticas mucho más radicales. Pero esto nunca fue valorado por el movimiento sindical en general, siempre fue mirado como un espacio en el que lxs radicales podían actuar.
Las ventajas de esta forma de organización son obvias: supera la brecha entre organizarse de manera sectorial, incluye todas las formas de trabajo “desterritorializado” y es muy adaptable a nuevas formas de organizaciones comunitarias y de base asamblearia, como Murray Boockchin planteó, por ejemplo.

MK: En las recientes oleadas de protesta -en España y Grecia, por ejemplo, o el movimiento Occupy- puedes encontrar esta idea de “localizar la resistencia”. Pareciera que estos movimientos tienden a organizarse alrededor de cuestiones de la vida cotidiana, más que en torno a grandes cuestiones ideológicas en las que la izquierda tradicional solía enfocarse.

DH: Por qué dirías que organizarse alrededor de la vida cotidiana no es una de las grandes cuestiones. Yo creo que es una de las grandes cuestiones. Más de la mitad de la población mundial vive en ciudades, y la vida cotidiana urbana es a lo que la gente está expuesta y en lo que encuentra dificultades. Estas dificultades residen tanto en la esfera de realización del valor como en la esfera de la producción del valor.
Este es uno de mis más importantes argumentos teóricos: todo el mundo lee el Volumen I del Capital y nadie lee el Volumen II. El Vol I es acerca de la producción del valor, el II es sobre la realización del valor. Al enfocarse en el Vol II, puedes ver claramente que las condiciones de realización son tan importantes como las de producción.
Marx a menudo hablaba de la necesidad de ver al capital como la unidad contradictoria entre la producción y la realización. Donde el valor es producido y donde es realizado son dos cosas diferentes. Por ejemplo, mucho valor es producido en China y, de hecho, es realizado por Apple o por Walmart en los Estados Unidos. Y, por supuesto, la realización del valor trata de la realización del valor por medio de costoso consumo de la clase obrera.
El capital puede conceder salarios más altos en el punto de la producción, pero luego los recupera en el punto de la realización por el hecho de que los trabajadores y trabajadoras tienen que pagar alquileres y gastos de vivienda más elevados, costos de teléfono, tarjetas de crédito y así sucesivamente. Así que las luchas de clase en torno a la realización, alrededor de viviendas más baratas por ejemplo, son tan significativas para la clase trabajadora como las luchas acerca de salarios y condiciones de trabajo. Cuál es el punto de tener un salario más alto si te es inmediatamente extraído en términos de gastos más elevados para tener un techo?
En su relación con la clase trabajadora, los capitalistas han aprendido hace mucho que pueden hacer un montón de dinero recuperando lo que antes habían entregado. Y, al punto que -particularmente en los 60 y 70- lxs trabajadorxs se empoderaron de manera creciente en la esfera del consumo, así que el capital comienza a concentrar mucho más en extraer valor a través del consumo.
Así que las luchas en la esfera de la realización, que no eran tan fuertes en los tiempos de Marx, y el hecho de que nadie lea el maldito libro (Vol II), es un problema para la izquierda convencional. Cuando vos me decís: “¿cuál es el problema macro aquí?”- bueno, ¡esto es un problema macro! La concepción del capital y la relación entre producción y realización. Si no ves la unidad contradictoria entre ambos entonces no vas a tener la imagen completa. Tiene lucha de clases escrita todo alrededor y no puedo entender por qué un montón de marxistas no logran ver cuán importante es esto.
El problema es cómo entendemos a Marx en el 2015. En los tiempos de Marx, la extensión de la urbanización era relativamente conveniente y el consumo de la clase trabajadora era casi inexistente, así que de lo único que Marx tenía que hablar era acerca de la clase trabajadora arreglándoselas para sobrevivir con un salario magro y cómo eran bastante sofisticados para hacerlo. El capital los dejaba hacer con sus propios dispositivos lo que les gustaba.
Pero hoy en día, vivimos en un mundo en el que el consumo es responsable de casi el 30 % de la dinámica de la economía global; en EE UU llega al 70 %. Así que ¿por qué estamos aquí sentados y diciendo que el consumo es casi irrelevante, pegándonos al Volúmen I y hablando acerca de la producción en lugar del consumo?
Lo que hace la urbanización es forzarnos a cierto tipo de consumo, por ejemplo: tienes que tener un auto. Y tu estilo de vida está dictado en muchos sentidos por la forma que toma la urbanización. Y de nuevo, en los tiempos de Marx esto no era significativo, pero en nuestros días es crucial. Tenemos que amigarnos con formas de organización que de hecho reconozcan este cambio en la dinámica de la lucha de clases.
Los grupos que marcaron los recientes movimientos con su estilo, viniendo de tradiciones anarquistas y autonomistas, están mucho más metidos en la política de la vida cotidiana, mucho más que las y los marxistas tradicionales.
Les tengo mucha simpatía a las y los anarquistas, tienen una mucha mejor línea en este tema, precisamente al lidiar con la política del consumo y su crítica acerca de lo que el consumo es. Parte de su objetivo es cambiar y reorganizar la vida cotidiana alrededor de nuevos y diferentes principios. Así que creo que esto es un punto crucial hacia el cual mucha de la acción política debería ser dirigida en estos días. Pero desacuerdo con vos cuando decís que esta no es una “gran cuestión”.

MK: Así que, mirando ejemplos de Europa del Sur -redes de solidaridad en Grecia, auto-organización en España o Turquía- parece ser muy crucial para construir movimientos sociales alrededor de la vida cotidiana y las necesidades básicas en estos días. ¿Ves esto como un acercamiento promisorio?

DH: Creo que es muy promisorio, pero hay una clara limitación ahí, lo que es un problema para mí. La propia limitación es la reticencia para tomar el poder en algún punto. Bookchin, en su último libro, dice que el problema con las y los anarquistas es su negación del significado del poder y su inhabilidad para tomarlo. Bookchin no va tan lejos, pero yo creo que es su rechazo a ver al Estado como un posible aliado hacia la transformación radical.
Hay una tendencia a considerar al Estado como enemigo, el enemigo al 100 %. Y hay muchos ejemplos de estados represivos fuera del control público en el que este es el caso. No hay duda: el estado capitalista debe ser combatido, pero sin dominar el poder del estado y sin tomarlo, pronto vuelves a la historia de lo que pasó por ejemplo en 1936 y 1937 en Barcelona y luego en toda España. Al rechazar tomar el Estado en un momento en el que tenían el poder para hacerlo, los revolucionarios y revolucionarias de España permitieron que el estado volviera a caer en las manos de la burguesía y del ala estalinista del movimiento comunista. Y el estado se reorganizó y aplastó la resistencia.

MK: Eso puede ser cierto para el estado español en la década de 1930, pero si miramos al estado neoliberal contemporáneo y el retroceso del estado de bienestar, ¿que queda de estado para conquistar, para aprovechar?

DH: Para empezar, la izquierda no es muy buena para responder la pregunta de cómo construimos infraestructura masiva. ¿Como construirá la izquierda el puente de Brooklyn, por ejemplo? Toda sociedad reposa sobre grandes infraestructuras, infraestructuras para toda una ciudad, como el suministro de agua, electricidad, etc. Yo creo que hay una gran reticencia dentro de la izquierda para reconocer que necesitamos diferentes formas de organización.

Hay áreas del aparato de estado, aún del aparato de estado neoliberal, que son terriblemente importantes; el centro de control de enfermedades, por ejemplo. ¿Cómo respondemos a epidemias globales como el Ébola o similares? No puedes hacerlo al modo anarquista del “hazlo tu mismo o tú misma”. Hay muchas instancias en las que necesitas alguna forma de infraestructura de tipo estatal. No podemos confrontar el problema del calentamiento global a través de formas descentralizadas de confrontación y actividades solamente.

Un ejemplo que es frecuentemente mencionado, a pesar de sus muchos inconvenientes, es el Protocolo de Montreal para enfrentar el uso de clorofuorocarbono en heladeras para limitar la afectación de la capa de ozono. Fue reforzada de manera exitosa en los ’90 pero necesitó de un tipo de organización que es muy diferente a aquella que proviene de una política basada en asambleas.

MK: Desde una perspectiva anarquista, yo diría que es posible reemplazar aún instituciones supranacionales como la OMS con organizaciones confederales que serían construidas de abajo hacia arriba y que eventualmente arribarían a una toma de decisiones global.

DH: Quizás a un cierto grado, pero tenemos que ser conscientes de que siempre habrá algún tipo de jerarquías y de que siempre enfrentaremos problemas como la responsabilidad o el recurso correcto. Siempre habrá relaciones complicadas entre, por ejemplo, gente lidiando con el problema del calentamiento global desde el punto de vista del mundo como un todo y desde el punto de vista de un grupo que está en el territorio, digamos, en Hanover o similar, y que se pregunta, por qué debería escuchar lo que ellxs están diciendo?

MK: Entonces, ¿crees que esto requeriría alguna forma de autoridad?

DH: No, va a haber estructuras de autoridad de cualquier modo, siempre las habrá. Nunca he estado en una reunión anarquista en la que no hubiera una estructura de autoridad secreta. Está siempre esa fantasía de todo siendo horizontal, pero me siento, miro y pienso, “oh dios, hay toda una estructura jerárquica acá pero está encubierta”

MK: Volviendo a las protestas recientes alrededor del Mediterráneo, muchos movimientos se han concentrado en luchas locales. ¿Cuál es el siguiente paso hacia la transformación social?

DH: En algún punto tenemos que crear organizaciones que sean capaces de ensamblar y reforzar el cambio social en una escala más amplia. Por ejemplo, será ¿Podemos en España capaz de hacer eso? En una situación caótica como la crisis económicas de los últimos años, es importante que la izquierda actúe. Si la izquierda no lo hace, entonces la derecha será la siguiente opción. Yo pienso -y odio decirlo- que la izquierda tiene que ser más pragmática en relación a las dinámicas que están ocurriendo ahora.

MK: ¿Más pragmática en qué sentido?

DH: Bueno, ¿por qué apoyé a SYRIZA aunque este no fuera un partido revolucionario? Porque abría un espacio en el que algo diferente podía pasar y eso era una movida progresiva para mí.
Es un poco como Marx diciendo: el primer paso hacia la libertad es la limitación de la duración de la jornada de trabajo. Demandas muy estrechas abren un espacio para resultados más revolucionarios, y aún cuando no hay ninguna posibilidad para ningún resultado revolucionario, tenemos que buscar soluciones de compromiso que sin embargo se apartan del sinsentido de la austeridad neoliberal y abren el espacio en el que nuevas formas de organización pueden tener lugar.
Por ejemplo, sería interesante si Podemos buscara organizar formas de confederalismo democrático, porque en cierto modo Podemos surgió de un montón de reuniones de tipo asambleario teniendo lugar a lo largo de España, así que tienen mucha experiencia con ese tipo de estructura.
La cuestión es cómo conectarán la forma asamblearia a formas más permanentes de organización, en relación a su creciente posición como un partido fuerte en el parlamento. Esto también vuelve a la pregunta de la consolidación del poder: tienes que encontrar maneras de hacerlo, porque si no la burguesía y el capitalismo corporativo van a encontrar modos de reafirmarse y tomar nuevamente el poder.

MK: ¿Qué piensas acerca del dilema de las redes de solidaridad llenando el vacío que dejó la retirada del estado de bienestar e indirectamente convirtiéndose en un aliado del neoliberalismo en ese sentido?

DH: Hay dos formas de organizarse. Una es el vasto crecimiento del sector ONG, pero mucho de eso está financiado de manera externa, no son organizaciones de base, y eso no se acerca a la cuestión de los grandes donantes que marcan la agenda, la cual no será una agenda radical. Aquí nos acercamos a la privatización del Estado de bienestar. Esto me parece que es muy diferente políticamente a las organizaciones de base en las que la gente dice “Ok, el estado no se ocupa de nada, así que vamos a tener que hacernos cargo de nosotros y nosotras mismas” Esto me parece que tiende a formas de organizaciones de base con un status político muy diferente.

MK: Pero ¿cómo evitar llenar esa brecha al ayudar, por ejemplo, a gente desempleada para que no sean exprimidos por el estado neoliberal?

DH: Bueno, tiene que haber una agenda anti-capitalista, para que cuando el grupo trabaje con gente todo el mundo sepa que no se trata sólo de ayudarla a arreglárselas sino que hay todo un intento organizado de tratar de cambiar políticamente el sistema en su integralidad. Esto quiere decir tener un proyecto político muy claro, lo cual es problemático con tipos de movimientos no centralizados, no homogéneos, donde alguna gente trabaja de un modo, otra trabajan de manera diferente y no hay ningún proyecto colectivo en común.
Y esto se conecta con la primera pregunta que hiciste: no hay coordinación acerca de lo que son los objetivos políticos. Y el peligro es que sólo estes ayudando a la gente a arreglárselas y que no haya política saliendo de ahí. Por ejemplo, Occupy Sandy ayudó a la gente a volver a sus casa e hizo un maravilloso trabajo, pero en última instancia, hicieron lo que la Cruz Roja y los servicios de emergencia federales deberían haber hecho.

MK: El fin de la historia parece haber pasado de largo. Mirando las condiciones actuales y los ejemplos concretos de lucha anti capitalista, ¿piensas que “ganar” es todavía una opción?

DH: Definitivamente; y más aún, tienes fábricas ocupadas en Grecia, economías solidarias a través de cadenas productivas siendo forjadas, instituciones de democracia radical en España y muchas cosas hermosas ocurriendo en muchos otros lugares. Hay un crecimiento saludable del reconocimiento de que necesitamos ser mucho más amplios y amplias en lo que concierne a la política en todas esas iniciativas.
La izquierda marxista tiende a desdeñar un poco estas cosas y creo que está equivocada. Pero al mismo tiempo no creo que ninguna de estas cuestiones sea lo suficientemente grande en sí misma como para lidiar con las estructuras fundamentales de poder que necesitan ser desafiadas. Aquí hablamos de nada menos que del Estado. Así que la izquierda debe repensar su aparato teórico y táctico.
Original inglés: ROAR magazine
Traducción: de Gabriela Mitidieri para Democracia Socialista, editado por VIENTO SUR
Fuente: Rebelión

sábado, 23 de julio de 2016

PROYECTO DE DEROGACIÓN DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES - EN CHILE



 REFORMA CONSTITUCIONAL


Proyecto de reforma constitucional que establece una nueva regulación del derecho a la seguridad social, creando un nuevo sistema, basado en los principios reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo, con un régimen administrado por el Estado y por corporaciones sin fines de lucro, con libertad de elección del sistema, con cotizaciones obligatorias aportadas en forma tripartita por el Estado, empleadores y trabajadores y que garantice pensiones básicas solidarias.


ANÁLISIS HISTÓRICO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL CHILENO.

Conceptualmente sobre que se entiende por seguridad social, la doctrina distingue dos sentidos: en el primero,  se considera un concepto amplio según el cual la seguridad social busca “la eliminación de todos los estados de necesidad de la población y lograr una mayor distribución de los ingresos”. Este concepto tuvo acogida en la definición de seguridad social que elaboró la Comisión de la seguridad social chilena en 1964, conocido como Informe Prat, en el se definía como “la rama de la política socio-económica de un país por la cual la comunidad protege a sus miembros asegurándoles condiciones de vida, salud y trabajo, socialmente suficientes, a fin de lograr mejor productividad, mayor progreso y más bienestar común”. El concepto restringido , por su parte , señala que la seguridad social esta integrada fundamentalmente “por los seguros sociales y la asistencia social” (LANATA, Gabriela “Manual de legislación previsional”, Editorial jurídica Conosur, 2001: pp. 10 y ss.).
En el segundo sentido, como disciplina jurídica, se puede definir a la seguridad social como “el conjunto de principios y normas que regulan la administración y gestión del sistema de cobertura de los estados de necesidad, la constitución y funcionamiento de estos sistemas y los medios de acción que le son propios”.
Chile fue unos de los primeros países en América Latina en establecer un Sistema de Seguridad Social Integral. Este sistema, creado en 1924, incorporó a los trabajadores dependientes a un régimen de Cajas de Previsión segmentado en empleados y profesionales, de carácter semi-público y que incluían directorios con participación social. Las cotizaciones tenían carácter obligatorio y eran efectuadas por trabajadores y empleadores -incluido el Estado-, y permitían asegurar a los beneficiarios del sistema atención médica y pensiones de invalidez y jubilación.

En materia de pensiones, el régimen se basaba en un sistema de reparto y ofrecía beneficios similares, cualquier fuese la Caja de Previsión a la cual se estuviese afiliado. El sistema llegó a sostener más de un millón de pensiones, con un registro de 1,7 millones de contribuyentes, alcanzado una cobertura cercana al 75 % de los ocupados. Los requisitos para acceder a dichas pensiones variaban según cada Caja, así como las edades para jubilar y los períodos de cotización. Asimismo, las tasas de cotización eran superiores a las actuales.
En síntesis ,como explica la doctrina , “el sistema de Seguridad Social que operó en Chile desde mediados de la década de 1920 hasta fines de los años 70 estaba fundamentado en el compromiso de la colectividad de enfrentar de manera conjunta, la acción destinada a eliminar las necesidades temporales o permanentes derivadas de la presentación de una gama de riesgos demográficos o del trabajo que afectan las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias. Reconocía el sistema que las personas de más bajos ingresis están, por este mismo hecho, expuestas a sufrir más y mayores adversidades, tanto con relación a su estado de salud, pérdida de trabajo por invalidez, cesantía o supresión de empleo, muerte prematura y otros riesgos, ante los cuales la institucionalidad de la Seguridad Social otroga una solución paliativa solidaria” (cf. Miranda, Eduardo; Rodríguez Eduardo. Análisis del Sistema de Fondo de Pensiones. Perspectivas e Interrogantes. Editorial Jurídica de Chile, 1997: p. 21).

En los primeros años del Régimen Militar se realizaron algunas reformas. En 1974 se unificó el régimen de pensiones mínimas de las diferentes Cajas de Previsión y se redujeron las cotizaciones. En 1979 se uniformaron los requisitos de edad de jubilación, estableciendo la edad de 65 años para los hombres y de 60 años para las mujeres.

En 1981, el Régimen Militar instauró en Chile, mediante el Decreto Ley N° 3.500, un nuevo régimen de pensiones, bajo el influjo de la doctrina neoliberal, que cambió el sistema de reparto por uno de capitalización individual, con una contribución definida y obligatoria para los trabajadores dependientes en calidad de nuevos afiliados, suprimiendo la libertad para decidir el sistema previsional, con excepción de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, que fueron excluidas de la reforma, manteniendo un régimen de reparto que hasta la fecha es financiado en un 91% por el Estado y el 9% restante por imposiciones para pensiones provenientes del personal activo y pasivo.

 En este contexto, el principio de solidaridad, inspirador del Sistema de seguridad social anterior, “fue entendido por la nueva economía como distorsionador de la realidad ecnómico social, pues obligaba a las personas de altos ingresos a recibir beneficios de cuantía y calidad promedio más bien bajos, debido a que el conjunto de los pobres era muchísimo mayor que el de mejores remuneraciones”. (cf. Miranda, Eduardo; Rodríguez Eduardo. Análisis del Sistema de Fondo de Pensiones. Perspectivas e Interrogantes. Editorial Jurídica de Chile, 1997: p. 21).
  
En el sistema de capitalización individual, las cotizaciones previsionales se efectúan con cargo al trabajador, con excepción de aquellas relativas al seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, que siguen siendo de cargo del empleador. La administración de los fondos previsionales se efectúa por entidades privadas de giro único, constituidas como sociedades anónimas, denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y que están sujetas a una regulación por parte del Estado. Para su funcionamiento, cobran comisiones que incluyen gastos administrativos y la prima de un seguro de invalidez y sobrevivencia. Cabe destacar que en este sistema, los trabajadores no tienen injerencia alguna en la administración de los fondos, debiendo asumir las pérdidas eventuales, a diferencia de las AFP, que tienen garantizados sus ingresos por administración y rentabilidad a todo evento.

La ley N° 20.255, de 2008, introdujo la modificación más sustantiva al D.L. 3.500. Dicha normativa recogió las recomendaciones del Concejo Asesor para la Reforma previsional (Comisión Marcel). Entre otras medidas, estableció un Sistema de Pensiones Solidarias integrado al régimen de capitalización individual, financiado con recursos fiscales, que otorga beneficios de vejez e invalidez. En este sentido, se instituye la Pensión Básica Solidaria (PBS), a la que pueden acceder aquellas personas que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, y el Aporte Previsional Solidario (APS), que constituye un monto mensual que complementa las pensiones autofinanciadas inferiores a la pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS).

En el inicio del segundo mandato presidencial de S.E. la Presidenta de la República Michelle Bachelet, se conformó una nueva comisión destinada a estudiar posibles reformas al sistema de pensiones (Comisión Bravo), cuyo informe final fue entregado a fines de 2015 y que da cuenta de las fallas del actual sistema, y que dicen relación, fundamentalmente, con el bajo monto de las pensiones que generan las AFP.

Las cifras, que dan cuenta del fracaso del sistema, son demoledoras (1):

1.- Contrariamente a lo sostenido por sus fundadores, el gasto público no ha disminuido desde el establecimiento de este sistema. El Estado debe destinar el 6% del Producto Interno Bruto al financiamiento de las pensiones, representando un tercio del presupuesto de la nación.

2.- El sistema presenta una alta concentración de capitales y falta de competencia. Actualmente, existen seis AFP. Al año 2010, tres de ellas poseían el 87% de los afiliados y el 75% de los activos de los fondos de pensiones y sólo dos instituciones concentraban el 54,6% de todos los activos del mercado.

3.- Respecto a la cobertura de la población económicamente activa ésta se redujo de 73% en 1973 a 64% en 1980 y el año 2013, la cobertura de cotizantes alcanzó sólo el 63,7 %. Por otro lado, los afiliados que cotizan disminuyeron de 70,7% en 1990 a 56,1% en 2013. 

4.- A mayo de 2016, el sistema privado chileno pagó 1.133.160 pensiones y el monto promedio (sin incluir APS) fue de $205.920 (82,3% del salario mínimo). En el caso de las pensiones de vejez que pagan las AFP (modalidad retiro programado), el 94,18% son menores a $182.000 (7 UF), lo que significa que 9 de cada 10 pensionados bajo esta modalidad reciben una pensión menor a 72,8% del salario mínimo nacional. En el caso de las mujeres, la situación es aún más apremiante, ya que el 95,5% de las mujeres recibe menos de esta cifra.(Fuente de las cifras: Voto político PPD fin a la AFP Reforma al Sistema Previsional, Por un Sistema de Seguridad Social Universal, Solidario y con aportes tripartitos. Senador Eugenio Tuma.)

5.- Mientras el Estado gasta más de 2.300 millones de dólares, casi un punto del PIB, para financiar 300 mil pensiones de las fuerzas armadas, debe destinar 1.700 millones de dólares para cubrir un millón trescientas mil pensiones del sistema privado.

Hoy, transcurridos 35 años desde su implementación, la percepción ciudadana es mayoritariamente negativa respecto de este sistema. Las encuestas de opinión que realizó la Comisión Bravo determinaron que un 72% de las personas consideraban necesario un cambio total del sistema.

CONCEPTOS Y PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

El ex senador Ricardo Hormazábal publicó en la Revista Chilena de Administración Pública, en su edición N° 9, de junio de 2009, un artículo sobre el sistema previsional chileno, titulado “El sistema de AFP Chileno: Una visión crítica”, en el que explica los conceptos esenciales y principios de la Seguridad Social, los factores que explican el descrédito del sistema de capitalización individual y formula una serie de propuestas para una reforma previsional.

En cuanto a los conceptos y principios, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), define a la seguridad social como “la protección que ofrece una sociedad a personas y hogares, destinada a garantizar el acceso a la asistencia sanitaria y la seguridad de los ingresos, particularmente en situaciones de edad avanzada, desempleo, enfermedad, discapacidad, lesión profesional, maternidad o pérdida del sostén de la familia”.

La Conferencia de la OIT del año 2001 declaró que los sistemas de seguridad social “deberían administrarse de forma sana y transparente, con costos administrativos tan bajos como sea factible y una fuerte participación de los interlocutores sociales” (OIT, 2002). Para el autor, “dicha definición deja en evidencia que las políticas de seguridad social tienen que ver con una visión solidaria de la sociedad y que buscan la satisfacción de las necesidades en casos de producirse la contingencia que la genera, favoreciendo además el enfoque redistributivo.”

 Patricio Novoa, en su obra “Derecho de la Seguridad Social” (Editorial Jurídica de Che, 1977) señala que la mayor parte de los autores consideran que son principios inherentes a la Seguridad Social los siguientes:
a)      Universalidad: La Seguridad Social debe proteger a todas las personas de todos los riesgos y contingencias sociales.
b)      Integralidad: La Seguridad Social debe otorgar todo tipo de prestaciones destinadas a satisfacer todos y cada uno de los estados de necesidad.
c)      Solidaridad: La Seguridad Social es un esfuerzo de toda la comunidad, al cual deben contribuir todos sus componentes y cada uno según sus capacidades y posibilidades.
d)     Uniformidad: La Seguridad Social implica que un mismo estado de necesidad debe cubrirse con una prestación similar, existiendo iguales requisitos.
e)       Subsidiariedad: El individuo es el primer responsable de su seguridad y la de su grupo familiar, en tanto que el Estado actúa sólo cuando el individuo no puede darse cobertura. Este principio es propio de la ideología neoliberal.
f)       Internacionalidad: La protección del individuo debe otorgarse independientemente del país en que se encuentre residiendo.
Para la OIT, de acuerdo a las conclusiones de la Conferencia de 2001, los principios que deben regir la seguridad social, son los siguientes:
a)      No existe un modelo idóneo único de seguridad social, pero el Estado debe tener la función prioritaria para facilitar, promover y extender la cobertura.
b)      Los sistemas de seguridad social no solamente deben ofrecer trato igual para hombres y mujeres sino también asegurar resultados equitativos para las mujeres.
c)      Los sistemas de cuentas de ahorro individuales, donde las propias personas asumen el riesgo, no deberían debilitar los sistemas de solidaridad.
d)     Los sistemas de pensiones obligatorias deben garantizar beneficios adecuados y asegurar la solidaridad nacional.
e)      Todo proceso de reforma, más aún cuando se hace en democracia, exige un diálogo social.
 REGULACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL.

En nuestro país, el primer texto constitucional que contempló una norma en relación con la seguridad social fue la Constitución Política de 1925. Esta primigenia norma implicó la irrupción del denominado “constitucionalismo social”, que buscaba dar respuesta a la “cuestión social”.

El artículo 10 numeral 14 de la Constitución Política de 1925, señalaba lo siguiente:

“Art. 10.- La Constitución asegura a todos los habitantes de la República:

 14º La protección al trabajo, a la industria, y a las obras de previsión social, especialmente en cuanto se refieren a la habitación sana y a las condiciones económicas de la vida, en forma de proporcionar a cada habitante un mínimo de bienestar, adecuado a la satisfacción de sus necesidades personales y a las de su familia. La ley regulará esta organización.

El Estado propenderá a la conveniente división de la propiedad y a la constitución de la propiedad familiar.

 Ninguna clase de trabajo o industria puede ser prohibida, a menos que se oponga a las buenas costumbres, a la seguridad o a la salubridad pública, o que lo exija el interés nacional y una ley lo declare así.

Es deber del Estado velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país. Deberá destinarse casa año una cantidad suficiente para mantener un servicio nacional de salubridad, y […]”

Sin embargo, el derecho a la seguridad social recién fue reconocido como tal en 1970, al aprobarse la reforma del “Estatuto de Garantías Constitucionales”. Su redacción se basó en los principios de universalidad, solidaridad y exclusividad legal.

El artículo 10 numeral 16 de la Constitución Política de 1925, con la reforma constitucional introducida en 1970, quedó redactado en los siguientes términos:

“Art. 10.- La Constitución asegura a todos los habitantes de la República:

16º- El derecho a la seguridad social.

El Estado adoptará todas las medidas que tiendan a la satisfacción de los derechos sociales, económicos y culturales necesarios para el libre desenvolvimiento de la personalidad y de la dignidad humana, para la protección integral de la colectividad y para propender a una equitativa redistribución de la renta nacional.

La ley deberá cubrir, especialmente, los riesgos de pérdida, suspensión o disminución involuntaria de la capacidad de trabajo individual, muerte del jefe de familia o de cesantía involuntaria, así como el derecho a la atención médica; preventiva, curativa y de rehabilitación en caso de accidente, enfermedad o maternidad y el derecho a prestaciones familiares a los jefes de hogares.

El Estado mantendrá un seguro social de accidentes para asegurar el riesgo profesional de los trabajadores.

Es deber del Estado velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país. Deberá destinarse cada año una cantidad de dinero suficiente para mantener un servicio nacional de salud, y […]”.

Con el golpe militar y la posterior aprobación de la Constitución Política de 1980, se produjo un cambio radical en la conceptualización de los derechos sociales, merced a la influencia de la ideología neoliberal. El derecho a la seguridad social se definió en base al principio de subsidiariedad, en virtud del cual el Estado pasaba a tener un rol pasivo en el ejercicio de este derecho.

El artículo 19 numeral 18 de la Constitución Política de 1980, señala lo siguiente:

Artículo 19. La Constitución asegura a todas las personas:

18. El derecho a la seguridad social.

Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado.

La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas.

 La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.

El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social;”.

REGULACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL DERECHO COMPARADO.

En el derecho comparado podemos observar diversas regulaciones en la materia. Así en Portugal el art. 63 de la Constitución, dispone: 1. Todos tendrán derecho a la seguridad social (seguranca social); 2. Corresponde al Estado organizar, coordinar y subvencionar (subsidiar) un sistema de seguridad social unificado y descentralizado, de acuerdo con las asociaciones sindicales y demás organizaciones de las clases trabajadoras y con la participación de las mismas; 3. La organización del sistema de seguridad social se entiende sin perjuicio de que existan instituciones privadas de solidaridad social no lucrativas, que serán permitidas, si bien estarán reguladas por la ley y sometidas a la fiscalización del Estado; 4. El sistema de seguridad social protegerá a los ciudadanos en la enfermedad (doencal vejez (velhice), invalidez, viudedad (viuvez) y orfandad, así como en el desempleo (desemprego) y en las demás situaciones de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo”.
Por su parte en España la Constitucion de 1978 dispone en el art. 41: “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres”.
En un sentido puramente formal Francia en la Carta de 1958 señala en su art. 34: ”Las leyes de financiación de la seguridad social determinarán las condiciones generales de su equilibrio financiero y, teniendo en cuenta sus previsiones de ingresos, fijarán sus objetivos de gastos del modo y con los límites previstos en una ley orgánica”.
En la Constitución de Perú, mediante su art. 10 el Estado reconoce: “el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida”.
En Argentina, el inciso tercero del art. 14bis dispone: El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.
 Mas recientemente en Ecuador su art. 34 dispone: El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas. El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo”.


 FACTORES QUE EXPLICAN EL DESCRÉDITO DEL SISTEMA DE AFP Y NECESIDAD DE REFORMAR EL ACTUAL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Cabe hacer presente que la OIT ha emitido diversas resoluciones condenatorias, instando al gobierno chileno a evitar que el sistema de pensiones sea administrado por entidades con fines de lucro.

Hormazábal explica que el descrédito del sistema de capitalización individual radica en tres factores: 1) El sistema previsional de AFP no surgió para superar las deficiencias del antiguo sistema de reparto sino por razones puramente políticas; 2) El sistema de AFP ha fracasado en sus fines de entregar pensiones dignas para la mayoría de los afiliados y no cumple con las disposiciones internacionales y nacionales sobre la materia, y 3) El sistema de AFP ha colaborado con la concentración de la riqueza y la desigual distribución del ingreso.

Este autor propone una serie de medidas tendientes a establecer una reforma profunda al actual sistema, entre las cuales, destacan a nuestro parecer, por representar un sistema con mayor justicia social, el implementar un régimen administrado por el Estado y por Corporaciones sin fines de lucro, formado con aportaciones del Estado, empleadores y trabajadores, lo que permitiría estimular el trabajo formal, las cotizaciones periódicas y, por sobre todo, pensiones sustancialmente más altas que las actuales. El autor señala que dichos fondos, al ser administrados por entidades sin fines de lucro especializadas en ahorro previsional, como Cajas de Compensación o Mutuales de Seguridad, podría significar una reducción a la mitad del abusivo cobro actual de las AFP con respecto a los costos de administración.

REFORMA CONSTITUCIONAL

Desde el punto de vista normativo, establecer un nuevo Sistema de Seguridad Social, acorde con los principios reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo, que consagre un régimen administrado por el Estado y por corporaciones sin fines de lucro, con liberta de elección del sistema, con cotizaciones obligatorias aportadas en forma tripartita por el Estado, empleadores y trabajadores y que garantice pensiones básicas solidarias, requiere de una completa reforma al artículo 19 numeral 18° de la Constitución Política.

 En efecto, dicha norma es la piedra angular que sostiene el actual sistema, basado en el principio neoliberal de la subsidiariedad, que consagra un régimen de capitalización individual y de pensiones administrado por entidades con fines de lucro, que ha demostrado en el tiempo ser ineficaz en el mejoramiento de las pensiones de miles de chilenas y chilenos y que, por el contrario, ha contribuido a la concentración de la riqueza y la desigual distribución del ingreso.

Por lo anteriormente expuesto, venimos en proponer el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Proyecto de reforma constitucional que establece una nueva regulación universal y progresiva del derecho a la seguridad social, creando un nuevo sistema basado en los principios reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo, con un régimen administrado por el Estado y por corporaciones sin fines de lucro, con libertad de elección del sistema, con cotizaciones obligatorias aportadas en forma tripartita por el Estado, empleadores y trabajadores y que garantice pensiones básicas solidarias.

Artículo único: Sustitúyase el numeral 18° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por el siguiente:

18º.- El derecho a la seguridad social. 

Para asegurar el ejercicio de este derecho existirá un Sistema de Seguridad Social, basado en los principios de universalidad, integralidad, solidaridad, uniformidad e internacionalidad.

El Sistema de Seguridad Social se basará en un régimen administrado por el Estado y por corporaciones sin fines de lucro. Las personas tendrán el derecho de elegir la entidad que administre sus fondos previsionales.

Las cotizaciones tendrán carácter obligatorio y serán efectuadas, en forma tripartita, por el Estado, los trabajadores y los empleadores, las cuales se destinarán a asegurar pensiones de invalidez o jubilación, las cuales no podrán, en ningún caso, ser inferiores a un sueldo mínimo mensual.

El Estado garantizará una pensión básica solidaria de invalidez o jubilación, a quienes no coticen o lo hagan irregularmente.

  
 
 


 Rodrigo González Torres
 Diputado

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