jueves, 31 de agosto de 2017

Señor Presidente Constitucional del Perú

Señor Presidente Constitucional del Perú
http://www.expreso.com.pe/politica/ppk-maestros-peleense-la-calidad-la-educacion/

Pienso que olvida usted en su pedido que, la educación se sostiene en tres pilares, el Estado que, a través de sus sucesivas administraciones debe  trabajar para dotar de infraestrucrtura, caminos viales, comunicación telefónica, Internet, y plantear una curricula escolar capaz de aglutinar en la enseñanza a las diversas manifestaciones culturales, costumbres, aspiraciones y desarrollar la industria en nuestras regiones más deprimidas, de nada valdría el esfuerzo gubernamental si los jóvenes tienen que emigrar a las Capitales de nuestras regiones en busca de porvenir saturando la oferta de mano de obra y convirtiendo al trabajo en un medio de sobrevivencia y no de futuro, escenario en el que la violencia se incrementa, los jóvenes se rebelan, aumenta la delincuencia y aparecen los "sicarios".

El segundo pilar es el educando, tiene que estar en condiciones muy buenas para aprovechar esta etapa de su vida, la desnutrición, el raquitismo, la anemia, NO SOLO en los departamentos deprimidos, en las diversas capitales de las regiones de la Nación, sino se soluciona ello tendremos como hoy al "cholo barato" no está calificado para asumir responsabilidades de producción compleja, los torneros o fresadores por ejemplo.

Finalmente el tercer pilar es el Maestro pero tal como está tratado, vilipendiado, anatemizado y etiquetado como "terrorista", con sueldo de hambre y múltiples problemas de subsistencia no puede dedicarse como debiera a transmitir los conocimientos que el quehacer humano demanda y para lo cual ha obtenido el Título que lo acredita a NOMBRE DE LA NACIÓN.

Mientras se siga parametrando las ideas como si quien piensa diferente a usted, SOY UNO DE ELLOS, no merece la mínima atención y sus ideas deben ser condenadas y lanzadas al infierno, le aseguro que más temprano de lo que usted imagina el Perú cambiará.

Permita usted que las ideas se debatan o ¿se siente usted dios?, deje que el pueblo elija su destino, sino le gusta el resultado, como muchos ricos puede hacer sus maletas y dirigirse al País en el que las ideas que le gustan se han impuesto, esa OPORTUNIDAD no la tienen los pobres subyugados por el sistema del que forma parte usted señor Presidente Constitucional del Perú.

Finalmente recuerde usted que los ricos en el Perú son muy pocos pero se reputan amos del destino y de la vida de los pobres.



LA EXCUSA DE QUE EXISTEN 40 AÑOS DE OLVIDO, NO LIMITA AL GOBIERNO, POR EL CONTRARIO LO OBLIGA A TOMAR DECISIONES TRASCENDENTES, no hacerlo sólo confirmaría que la "democracia" es tan pero tan débil que NO merece ninguna oportunidad, ha calcinado a lo largo de la historia las aspiraciones y bienestar de la inmensa mayoría de peruanos.


Pueden estar en juego muchas cosas señor Presidente Constitucional (a pedido expreso de su parte siempre reitero lo de "constitucional") pero si por algo debe pelear usted ES POR UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD, no repita argumentaciones que se aniquilan así mismas, NO TIENE USTED DERECHO y los maestros se lo harán saber. JG Anderson.

miércoles, 30 de agosto de 2017

Decreto de Urgencia Nº 012-2017

Las personas que no tienen claras sus ideas pero si poder hasta hoy han utilizado  amenazas, agresión, el vituperio cuando no el menosprecio por aquellos que no se amilanan contra el abuso. Pero también debido a esa debilidad (no tener claras las ideas) hacen uso de las normas jurídicas que reglan la vida en sociedad a las que recurren como fundamento de arbitrarias decisiones.

Muy bien, en mi opinión, el DU que a continuación trascribo tiene un muy importante fundamento que TODO EL PUEBLO DEBE CONOCER, el interés superior del niño y el derecho a tener una educación de calidad, lean los considerandos que en negritas he resaltado.

Por otro lado deseo que analicen profesores la diferencias entre éste Decreto de Urgencia y el Decreto de Urgencia Nº 011-2017.

Aquí el termino autorizar consolida una ORDEN del  Ejecutivo que debe ser cumplida por la Ministra de Educación, en el anterior, la autorización sólo podría eventualmente concretarse en una norma  A PROPUESTA de la titular de Educación vía el Decreto Supremo correspondiente,

No existe en todo el texto de éste Decreto de Urgencia Nº 012-2017,  que la autorización para su cumplimiento está sujeta a la evaluación que debe hacer de su sector la responsable de la cartera, DEBE LIMITARSE A CUMPLIRLAS.

Finalmente y en esta parte, hasta el momento NO se ha publicado el Decreto Supremo que consagra el aumento que hayan acordado.

Este DU 012-2017, es una torpeza más del gobierno y no puedo creer que hayan personas dispuestas a enseñar por un día, un mes o una semana o por el tiempo que fuere y que NO sean Maestros de profesión de acuerdo con su contenido.

Por otro lado la educación en el Perú y en cualquier lugar del mundo tiene tres componentes sea pública o privada, en la pública Gobierno, Maestros y alumnos, NO es lógico ningunear a uno, demonizarlo y atropellarlo para que el gobierno pretenda con ese autoritarismo obtener para el alumno una educación de CALIDAD, mucho menos al invocar el interés superior del niño; En el País la desnutrición, raquitismo y anemia crónica especialmente en sus zonas más deprimidas es un atentado al futuro de esas criaturas y del País, mal pagar a los Maestros y decir que no se puede arreglar porque existen por los menos 40 años de olvido, es tan estúpido que no merece comentario alguno pues dentro de cinco años la nueva administración ante una nueva paralización de labores, dirán que existen 45 años de olvido y que NO se pueden solucionar de la noche a la mañana.

NO SE PREOCUPEN PROFESORES ESTE DECRETO DE URGENCIA ES IMPRACTICABLE POR SUS PROPIOS FUNDAMENTOS.

LA HUELGA DEBE CONTINUAR HASTA SUS ÚLTIMAS CONSECUENCIAS.

DECRETO DE URGENCIA
Nº 012-2017
DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS
PARA EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO A NIVEL NACIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 4 que es deber del Estado, proteger especialmente al niño, lo cual se encuentra acorde a lo señalado en el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Código de los Niños y Adolescentes, que establece que en toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través del Poder Ejecutivo, entre otros, se considerará prioritario el principio del interés superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos; en este marco, el artículo 17 de la Constitución Política establece que la educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias;

Que, el Tribunal Constitucional ha señalado en la sentencia recaída en el Expediente Nº 02079-2009-PHC/TC que constituye un deber el velar por la vigencia de los derechos del niño y la preferencia de sus intereses, resultando que ante cualquier situación en la que colisione o se vea en riesgo el interés superior del niño, indudablemente, este debe ser preferido antes que cualquier otro interés. Y es que la niñez constituye un grupo de personas de interés y de protección prioritaria del Estado y de toda la comunidad, por lo que las políticas estatales le deben dispensar una atención preferente. En consecuencia, en la eventualidad de un conflicto frente al presunto interés del adulto sobre el del niño, prevalece el de este último;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad, y que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica;

Que, adicionalmente, mediante Ley Nº 28988, se declara a la educación básica regular como servicio público esencial, a fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la educación, derecho reconocido en la Constitución Política del Perú, en la Ley General de Educación y en los Pactos Internacionales suscritos por el Estado peruano. De igual modo, se dispone que la administración dispondrá las acciones orientadas a asegurar los servicios correspondientes;

Que, en ese sentido, el Tribunal Constitucional ha señalado en la sentencia recaída en el Expediente Nº 4232-2004-AA/TC que la educación posee un carácter binario: no solo se constituye en derecho fundamental sino también en servicio público; razón por la cual la intervención del Estado no es más que la garantía de ese derecho y aval de que el servicio público que brindan las instituciones de nivel terciario se presta en la cantidad y calidad necesaria;

Que, asimismo, el artículo 12 de la Ley General de Educación dispone que para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales;

Que, de acuerdo al artículo 79 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación, es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación en concordancia con la política general del Estado; por consiguiente constituye responsabilidad del Ministerio de Educación adoptar acciones que garanticen el ejercicio del derecho a la educación;

Que, las paralizaciones de labores de los profesores del Sector Educación, vienen afectando la prestación del servicio público esencial de la Educación Básica Regular; situación que perjudica la convivencia pacífica de las personas y en especial el aprendizaje de la niñez en etapa escolar;

Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 351-2017-MINEDU, 399-2017-MINEDU, 400-2017- MINEDU, 404-2017-MINEDU, 411-2017-MINEDU, 427-2017-MINEDU y 450-2017-MINEDU, se declaran improcedentes: i) la Huelga Nacional indefinida convocada a partir del 15 de junio de 2017 en las regiones Cusco, Pasco, Tumbes, Lambayeque, Cajamarca y Lima Provincias; comunicadas por los Secretarios Generales del SUTE regional Cusco y SUTEP Pasco; ii) la Huelga Nacional indefinida convocada a partir del 12 de julio de 2017, comunicada por la Secretaria Generales del SUTEP Regional de Tacna; iii) la Huelga Nacional indefinida convocada a partir del 12 de julio de 2017, comunicada por el presidente de Comité de Lucha Nacional de las Bases Regionales del SUTEP; vi) la Huelga Nacional de 24 horas, convocada para el 13 de julio de 2017, comunicada por el Secretario General y el Secretario de Defensa del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú-CEN SUTEP; y, v) la Huelga Nacional indefinida, convocada para el 14 de julio de 2017, comunicada por el Presidente del Comité Nacional de Lucha del SUTEP;

Que, en el caso de las niñas, niños y adolescentes, es fundamental la restitución plena del derecho a la educación establecido en los artículos 14 y 15 del Código de los Niños y Adolescentes;

Que, mediante Ley Nº 29944 se aprobó la Ley de Reforma Magisterial, la misma que regula las remuneraciones y los estímulos e incentivos de la Carrera Magisterial; y, asimismo, mediante Ley Nº 30328 se reguló el contrato de servicio docente;

Que, es de interés nacional dictar medidas económico financieras de carácter urgente y extraordinario para asegurar la prestación del servicio educativo en la etapa de educación básica y salvaguardar el adecuado uso de los recursos públicos evitándose la realización de un doble pago destinado a una sola plaza docente, con el objeto que el gasto público responda a los objetivos y metas institucionales vinculadas al servicio educativo;

De conformidad con lo establecido en el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República:

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto dictar medidas extraordinarias que debe observar el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales a fin de restablecer la prestación del servicio educativo en las instituciones educativas públicas que impartan Educación Básica.

Artículo 2.- Pago de remuneraciones
2.1 El pago de remuneraciones y asignaciones temporales sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado estando prohibido el pago de remuneraciones por horas y días no laborados, salvo disposición de Ley expresa en contrario o por aplicación de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente.

2.2 Entiéndase por trabajo efectivamente realizado al dictado efectivo y real de clases, conforme a los programas y calendarios académicos de Educación Básica. La sola asistencia, con registro o sin él, del profesorado a su institución educativa, no da derecho al pago de remuneraciones.

2.3 Producida la interrupción del servicio educativo, bajo cualquier modalidad, el Director de la Institución Educativa debe remitir en un plazo no mayor de 24 horas, bajo responsabilidad, a la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación, según corresponda, la relación del personal que haya incurrido en modalidades de interrupción del servicio educativo, para que se hagan efectivos los descuentos de remuneraciones en la planilla del mes que corresponda. La omisión al cumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral genera responsabilidad civil, penal y/o administrativa conforme a ley.

Artículo 3.- Descuento de remuneraciones
3.1 El Director de la Unidad de Gestión Educativa Local o de la Dirección Regional de Educación, con la participación como veedor de un representante del Órgano de Control Institucional de la entidad en el marco de la Ley Nº 27785, aplica a través de la Oficina de Personal o la que haga sus veces en la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada respectiva, el descuento de las remuneraciones por los días no laborados hasta la fecha de cierre de la Planilla Única de Pagos del mes que corresponda. De forma complementaria, la Oficina de Tesorería o la que haga sus veces en la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada respectiva, registra en el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF el monto total del descuento por huelga, a fin que sea revertido al Tesoro Público. Para efectos del descuento de los días no laborados posteriores al cierre de la planilla, el descuento se aplica en la Planilla Única de Pagos del mes siguiente, bajo responsabilidad.
3.2 La medida a que se refiere el numeral anterior se ejecuta independientemente de las medidas disciplinarias a que hubiere lugar como consecuencia del abandono de cargo por parte del referido personal conforme a Ley.

3.3 En el supuesto que el Gobierno Regional no realice las acciones conducentes a efectivizar los descuentos respectivos, el Ministerio de Educación, podrá solicitar las acciones previstas en el artículo 53 del Texto Único Ordenado de la Ley No 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo No 126-2017-EF, a través de cualquiera de las entidades señaladas en dicho artículo.
3.4 Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de Educación, en el marco de sus competencias y según corresponda, para que, de ser necesario, aprueben medidas complementarias para la aplicación de lo establecido en el numeral 3.1 del presente artículo.

Artículo 4.- Del Control
Corresponde a la Contraloría General de la República, a través de los Órganos de Control de las entidades comprendidas en el presente Decreto de Urgencia, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y Contraloría General de la República, la verificación del descuento efectivo en las planillas del personal por los días no laborados, dentro de los cinco (05) días siguientes de finalizado el mes: así como la determinación de responsabilidades por la no aplicación de los referidos descuentos y recomendaciones de las acciones a que hubiera lugar. Al vencimiento del indicado plazo, la Contraloría General de la República publicará en su página web los resultados de la mencionada verificación.

Artículo 5.- De la Restitución del servicio educativo
5.1 La Dirección Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local, aprueba el Plan de Recuperación de Horas Efectivas y su implementación en las instituciones educativas de su jurisdicción en un plazo no mayor a 48 horas de publicado el presente dispositivo, bajo responsabilidad, debiendo informar al Ministerio de Educación dentro del plazo máximo de 24 horas de aprobado dicho plan.

5.2 Para la implementación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas, autorízase a la Dirección Regional de Educación o la Unidad de Gestión Educativa Local, según corresponda, en caso de requerirlo, a suscribir directamente contrato de servicio docente excepcional, dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobado el Plan de Recuperación de Horas Efectivas utilizando el cuadro de mérito de proceso de contratación docente 2017, y solo en su defecto, contratar bajo dicha modalidad, docentes o profesionales de otras disciplinas o personas con experiencia práctica en docencia. La duración de dichos contratos se encuentra supeditada a la culminación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas. La Dirección Regional de Educación respectiva informa al Ministerio de Educación sobre la implementación del Plan, dentro del plazo máximo de 24 horas del inicio de su ejecución, bajo responsabilidad.

5.3 Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral precedente, autorízase al Ministerio de Educación, con independencia de su ámbito de competencia, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar mayores recursos al Tesoro Público, a la contratación temporal de servicios y de personal para brindar el servicio educativo; a fin de asegurar la recuperación y continuidad del mismo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica a nivel nacional, que hayan sido afectadas por las Huelgas declaradas improcedentes o ilegales.

5.4 Para efectos de la implementación de lo dispuesto en el numeral 5.3 del presente artículo, la contratación de personal que se efectúe al amparo del Decreto Legislativo Nº 1057, queda exceptuada de la aplicación de lo establecido en el artículo 8 y último párrafo del artículo 10 del mencionado Decreto Legislativo Nº 1057.

5.5 El Ministerio de Educación, de ser necesario, mediante Resolución Ministerial aprueba las disposiciones complementarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo.

Artículo 6.- Participación de las APAFAs
Los padres de familia individualmente o a través de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones Educativas Públicas y, a nivel nacional y regional, pueden solicitar a las instancias de gestión educativa descentralizadas del Sector Educación, en ejercicio del derecho constitucional de participar en el proceso educativo de sus hijos, la información del cumplimiento de la presente norma legal, y realizar las acciones correspondientes ante los órganos competentes.

Artículo 7.- Destino de los descuentos
7.1 Los recursos provenientes del descuento por la inasistencia de los trabajadores al centro de labores a que se refiere el artículo 3 de la presente norma, se destinan al financiamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fines, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar.
7.2 Para efectos del financiamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última, se incorpora en el presupuesto institucional de los pliegos respectivos, los descuentos a los que se refiere el numeral precedente.

7.3 Para la continuidad del financiamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas en el año fiscal 2018, los recursos provenientes de los descuentos que no fueron incorporados en el año fiscal 2017, pueden ser incorporados en el presupuesto institucional de los pliegos respectivos, en el ejercicio 2018, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última.
Para tal efecto, exceptúase de lo dispuesto en el literal a) del artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 1276 Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, disponiéndose, asimismo, que los recursos bajo el alcance de la presente disposición no pueden ser utilizados en la Reserva Secundaria de Liquidez (RSL) a que se refiere el literal q) del artículo 6 de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería.

7.4 Queda suspendida cualquier disposición legal y reglamentaria que se oponga al presente artículo.

Artículo 8.- Ejecución de acciones para la continuidad del servicio educativo
8.1 Autorízase excepcionalmente al Ministerio de Educación, con independencia de su ámbito de competencia, a contratar directamente servicios que sean estrictamente necesarios para garantizar la recuperación y continuidad del servicio educativo en favor de los estudiantes de Educación Básica de las Instituciones Educativas Públicas afectadas por las huelgas, independiente del nivel de gobierno.

8.2 Para dicho efecto, tales contrataciones constituyen un supuesto de contratación directa por situación de emergencia, resultándole aplicable las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes al supuesto a que se refiere el literal b) del artículo 27 de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

Artículo 9.- Recursos Educativos
9.1 Autorízase al Ministerio de Educación a adoptar las disposiciones que resulten pertinentes a fin de transmitir a los estudiantes afectados por las huelgas, los contenidos educativos calendarizados para el año escolar 2017, pudiendo emplear para tal efecto, los recursos educativos que estime adecuados, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-ED.
9.2 Los recursos educativos utilizados y las disposiciones que dicte el Ministerio de Educación para la evaluación de los aprendizajes alcanzados, son de obligatoria observancia por parte de las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica afectadas por las huelgas.

Artículo 10.- Difusión de contenido educativo a través del IRTP
10.1 Dispónese que el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, difunde gratuitamente a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, los contenidos educativos que le proporcione el Ministerio de Educación.

10.2 En caso se generen costos por la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo, autorízase al Ministerio de Educación con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del IRTP, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Cultura y la Ministra de Educación, a solicitud de esta última.

Artículo 11.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos que se transfieren o incorporan en el marco del presente Decreto de Urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos o incorporados.

Artículo 12.- Vigencia
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia por el tiempo que duren las huelgas, el restablecimiento del servicio educativo, la culminación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas o más tardar hasta el 31 de marzo del 2018.

Artículo 13.- Refrendo
El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Educación y el Ministro de Cultura.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA.- La huelga puede ser declarada ilegal por el Ministerio de Educación, cuando se suspenda el servicio educativo a nivel regional y la Dirección Regional de Educación no emita pronunciamiento sobre la ilegalidad de la huelga, conforme a la normatividad aplicable. La huelga puede ser declarada ilegal mientras se encuentre suspendido el servicio educativo.
El Ministerio de Educación puede verificar la suspensión del servicio educativo a nivel regional, en el marco de la supervisión de las actividades en materia educativa, conforme al literal c) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, debiendo obtener las constataciones respectivas, y comunica al Órgano de Control Institucional la inacción de la Dirección Regional de Educación o del Gobierno Regional para preservar la continuidad del servicio educativo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI

Presidente del Consejo de Ministros y

Ministro de Economía y Finanzas

MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS

Ministra de Educación

SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE

Ministro de Cultura

1559600-2



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¡Que tal sorpresa!, se murió un paciente en Emergencia de EsSalud por falta de atención

http://elcomercio.pe/lima/sucesos/ana-jara-respuesta-medico-atendio-madre-ex-ministra-noticia-454298


SE MURIÓ, ¿acaso no entienden? SE MURIÓ y no hay ser en esta tierra que pueda revertir el hecho, las lágrimas, las explicaciones, la conducta torpe e inhumana de trabajadores administrativos, que sólo piensan cuando tiene que ir al baño a descargar su cerebro, inhumanidad que se extiende a los médicos Y A NADIE SE LE PASA POR LA CABEZA  evaluar a estos profesionales en  ejercicio.

Asuman sus responsabilidades y que los que disfrutan de una tribuna para expresar toda su hipocresía que si está durando tanto es por que la muerta es madre de una ex Ministra de Estado, por que si hubiera sido un cristiano común y decente no hubiera pasado de dos líneas en los medios televisivos, radiales y escritos.

Felizmente que la ex Ministra tiene mucho dinero, QUE SE ENCARGUE que EsSalud pague el daño IRREPARABLE que le han causado.

Las "auditorías médicas" son como la OCMA en el poder judicial, "un leproso no puede ajusticiar a otro leproso".

¿Este es el sistema que quieren conservar compatriotas?

QUE SIGA LA HUELGA DE LOS MAESTROS HASTA LAS ÚLTIMAS CONSECUENCIAS.

martes, 29 de agosto de 2017

Augusto Álvarez Rodrich y las inversiones en las fronteras



“Es una decisión absurda que usa una prohibición constitucional que  tenía sentido hace un siglo, pero que hoy carece de lógica y que  sirve, más bien, como biombo para los intereses de empresarios inescrupulosos interesados solo en su beneficio particular. Es algo que se debe corregir, asegurando, sin duda, un trato similar a las inversiones peruanas en Arica.”

Vamos a ver, los amos del Perú quieren que inversionistas extranjeros compren por cualquier título, terrenos, fuentes de energía (hidrocarburos), concesiones mineras, bajo el manto protector e inicial de un inofensivo “Centro Comercial” –en realidad varios-  si se aprobara mediante Decreto Supremos que, LA CONSTRUCCIÓN DE UNO O MÁS CENTROS COMERCIALES es de NECESIDAD PÚBLICA. Sin analizar el tema del desarrollo del Perú y de nuestras regiones más deprimidas donde la inversión es una superestrella que ni al lucero de la mañana llega, salvo para empobrecerla o generar desarrollo minero absolutamente diferenciado en la misma región, concentrémonos en la NECESIDAD PÚBLICA, veamos:

En esta primera parte les daré mi opinión personal luego insertaré lo que piensan los maestros doctrinarios.

NECESIDAD: se identifica con la carencia de algo que si no es satisfecha puede colapsar el hogar, los clubes, las instituciones privadas; por ejemplo: En el hogar es NECESIDAD contar por lo menos con un ingreso que permita su sostenimiento, si no hay trabajo el hogar colapsa, en un Club o instituciones deportivas, culturales y otras, es NECESIDAD de contar con, por lo menos un local con el que sus miembros se puedan identificar, no la Casa de Andrés o Maquiavelo, un local donde desarrolle sus actividades, si no e satisfecha, estas organizaciones desaparecerán.

Entonces NECESIDAD no satisfecha igual a fracaso.

PÚBLICA: El Estado y los servicios que presta al ciudadano, por ejemplo, es NECESIDAD que una oficina de la Contraloría o de la SUNAT se constituyan en Tacna para los fines que dichas instituciones “defensoras” de la inversión gubernamental y control o sanción de la evasión o elusión tributaria pues el desarrollo industrial lo exige, su ausencia determinará posibilidad de corrupción o privar al Estado de los recursos para el beneficio de sus ciudadanos y servicios que les brinda, ..per…desde la Capital se pueden dirigir las acciones y controles que he expuesto, si,…es verdad….pero la ausencia de una oficina aleja al ciudadano de sus obligaciones.

Construir un “Centro Comercial” NO es una Necesidad Pública, el articulista, un judío y los judíos no tienen bandera, han invadido Palestina y no pararán hasta desaparecer a los primeros habitantes de lo que hoy es Israel, nos dice que la creación de un Centro Comercial generará una inversión de cien millones de Dólares y creará cinco mil puestos de trabajo, primero es su apreciación (del columnista) y si fuera cierta –lo que dudo- un Centro Comercial se construye en no más de seis meses, en cuanto al número de empleos, un Centro Comercial no demanda mano de obra del nivel mencionado por Álvarez Rodrich ni sumados los empleos indirectos, se incrementará el comercio y se generarán “necesidades” en la población QUE EN LA ACTUALIDAD NO TIENE.

Lo que realmente puede estar pasando es que se hayan descubierto algunas riquezas en el sub suelo y necesitan que el camino no esté lleno de obstáculos, la tecnología lo permite y es posible que ni el Estado esté enterado de tal riqueza.

No se trata de demonizar la prohibición de obsoleta o anacrónica o de una estupidez supina, se trata de probar cual es la NECESIDAD PÚBLICA para construir un Centro Comercial y sólo en Tacna.
QUE NOS DICEN LOS DOCTRINARIOS

Me tendré que disculpar porqué de la revisión hecha en Google haya muchísimas apreciaciones del concepto de NECESIDAD PÚBLICA, en lo económico, jurídico y subclases dentro de la necesidad mayor, por ejemplo, si necesito tomar una taza de café, las derivadas de esta necesidad son el azúcar, la cuchara y sabrá Dios que otra exigencia complementa el tomar café, por ejemplo,  el lugar donde se consume.
Nada de lo que he leído me satisface para poder presentarlas a ustedes, en consecuencia, quine pretendan promover  -como lo hace Carlos Bruce- la venta de terrenos y otros bienes dentro de los 50 kms de frontera DEBERÁ PROBAR que esas ventas DEBEN REALIZARSE POR NECESIDAD PÚBLICA.







Mabel Huertas - El Comercio y el DU Nº 011-2017


“Vaya usted a saber qué dirá mañana, porque la plataforma de lucha de esta huelga –que se volvió abusiva– ya no existe; el decreto de urgencia que reconoce el aumento salarial, entre otros beneficios, se la tumbó”.

¡¡Dios mío!!, que esta señora tenga la gentileza y sabiduría para explicarnos en que parte del Decreto Urgencia Nº 011-2017 se dispone el aumento del que habla y el reconocimiento  de todos los reclamos del Magisterio.

Si nos va a contar algún cuento por favor primero revise el significado de autorizar (hacer algo y en el caso de los profesores  además cumplir con  ciertos requisitos).

Que nos explique cómo se aumentará a los maestros sin exigir mayores recursos al Tesoro Público.


Fatalmente la manipulación y la desinformación en el “sistema democrático” es PERVERSA y ES VERGONZOSO QUE UNA PERSONA CON MUY LIMITADAS CAPACIDADES INTELECTUALES, SE ATREVA A MENTIR DESCARADAMENTE AL PUEBLO PERUANO, NO SÓLO A LOS MAESTROS.

lunes, 28 de agosto de 2017

Resolución Ministerial Nº 470-2017-MINEDU del 25-08-2017

Por Resolución Ministerial Nº 470-2017-MINEDU del 25-08-2017 se aprobó el PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE REVALORACIÓN DOCENTE, que contiene TRES anexos que deben estar publicados en el Portal del MINEDU.

He revisado dicho portal y NO ubico los anexos, debo recordarles que esta disposición es una Resolución Ministerial y no un Decreto Supremo y está destinada a la recuperación de horas perdidas de las clases por el paro de los maestros, su seguimiento, además un anexo que trata el tema de la revaloración del maestro.

Tengan profesores la diligencia de revisar el portal, de pronto por deficiencias propias de mi desconocimiento de algunas herramientas informáticas no ubico los anexos.

EL MINEDU en su Portal insiste que se ha aumentado a S/. 2000.00 el piso salarial para los Profesores, PERO ESO NO ES CIERTO hasta el día de hoy y NO LO SERÁ sino lo propone la Ministra "sonrisitas" Martens al Ejecutivo y este lo aprueba y SE PUBLICA EN EL PERUANO, mientras una norma NO se publique en el Diario Oficial NO rigen sus posibles efectos.

Editorial El Comercio - 27-08-2017 - ¡ORO E HIDROCARBUROS EN ZONAS DE FRONTERA!

Editorial El Comercio 28-08-2017


Cuando los dueños del Perú toman una decisión utilizan la manipulación para descalificar a quienes se oponen a la iniciativa que piensan ejecutar , así, hoy,  el decano de la prensa nacional se suma al coro de la desinformación, desoyendo curiosamente el comentario de uno de sus columnistas, por si fuera poco miembro de una de las más acaudaladas familias limeñas, el señor Fernando Berckemeyer quien se queja de la inacción de Mr. Kuczynski al no impulsar la inversión privada para el desarrollo nacional, refiriéndose esencialmente a los inversores nacionales y, como no a la apertura necesaria a la inversión extranjera.

El decano en su editorial no se explica-según su punto de vista- la retrógrada disposición constitucional que impide la inversión extranjera “dentro de 50 kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, por título alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad”. La misma Constitución permite exonerar esta limitación en “caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros”.

Tal pareciera que crear “centros comerciales” en las zonas de frontera sólo la pueden realizar los extranjeros  que los tacneños, en particular, reclaman esta presencia para tener su “centro comercial” como el alfa y omega de su desarrollo y del Perú por extensión.

Curiosa la reflexión del Editorial, pues los dueños del Perú realizan inversiones en sectores estratégicos solos o acompañados en los sectores minería e hidrocarburos amen de la agroindustria que demandan grandes capitales,  imagino que si se encontrarán minerales en las zonas de frontera estas deberían ser explotadas únicamente por extranjeros, particularmente en Tacna pues los amo de nuestra patria, no estarían en condiciones de invertir solos y están poniendo el parche antes que salga la llaga, ¿No será que algo de esto podría estar ocurriendo? Y que los “centros comerciales” son la excusa perfecta-total, para los dueños del País e incluso para la población en general, los Centros Comerciales son sencillos negocios que lejos están de constituirse en amenazas para la seguridad y soberanía nacional, de suerte que, descubierta una veta de mineral precioso o hidrocarburos,  no habría –derogado el artículo correspondiente de la Constitución- razón para oponerse. ¿Qué les parece?

Saque usted estimado lector y amigo sus propias conclusiones, además, el Editorial menciona que declarada la necesidad pública vía decreto supremo se puede autorizar la inversión extranjera, ¿Cuál puede ser la necesidad pública para ordenar que los extranjeros puedan construir su Centro Comercial que, en puridad serían más y todos. Como hasta el momento, salvo Plaza Vea que, tengo entendido es de capitales peruanos, los demás corresponden a inversores  chilenos.

Finalmente el Editorial  menciona que los ciudadanos de Arica están felices que así sea, jejejejej!!!, cuando las autoridades de Arica permitan la inversión peruana en su territorio dentro de los 50 Km. de su frontera con el Perú podría pensarse en derogar, la retrógrada –para los señores del Perú- disposición que impide invertir a los chilenos en su frontera con el Perú o cualquier otro de darse el caso. ESTA ES LA RAZÓN POR LA QUE OPONEN A LA INICIATIVA DEL GENERAL DONAYRE QUE, DE DARSE LA NECESIDAD PÚBLICA, LA INVERSIÓN EXTRANJERA SEA APROBADA POR LEY DEL ESTADO.





domingo, 27 de agosto de 2017

Fernando Berckemeyer y las inversiones

El señor Berckemeyer nos ilustra Y MUY BIEN sobre los gastos en que incurre el Estado en "elefantes blancos", en lo único que no estoy de acuerdo es en el  gasto que se destinará a los Juegos Panamericanos, no es orgullo ni dignidad ni nada de eso ES COMPROMISO, el no hacerlo significaría que el concurso en el que participó el Perú para elegir al organizador y ganar,  nos importa un piojo en la barriga de un elefante, ¿Podemos acaso, argumentar la economía no nos ha ido bien y bueno, que lo haga otro. Ejemplos para demostrar el valor de la palabra y el compromiso sobran y no hace falta mencionarlos.

Deseo compartir del artículo -lo pueden leer en el El Comercio de hoy 27 de agosto de 2017- el siguiente párrafo que no sólo lo hago mío sino que lo traslado al señor Alfredo Ferrero y Carlos Bruce empeñados en vender terrenos a extranjeros dentro de los 50 km de la frontera en cualquiera de sus orientaciones.

Hace poco el presidente dijo que el mayor fracaso de su primer año ha sido no lograr reactivar la economía. Es cierto, pero más preciso es decir que su mayor fracaso ha sido no haber podido reactivar la inversión privada, que no solo es la autora del 80% de la reducción de pobreza, sino que es la mejor colocada para generar crecimiento real. Y falta todavía que el presidente diga cómo piensa revertir este fracaso de su primer año, para que no se vuelva el de su gobierno entero.


Luz Salgado en la oscuridad del infierno

Cuando se trata de Humala/Heredia, los ciudadanos "destacados" señalan como un despropósito la "Prisión Preventiva", después que este par fue encerrado, se han dado otras medidas similares pero NADIE, menos los ciudadanos "destacados" han expresado su preocupación o pena por los hijos de ellos.

En el caso de dos terroristas que han cumplido la totalidad de su condena se les mantiene encerrados bajo la medida de PRISIÓN PREVENTIVA por supuestos delitos en los que no se sabe si son o no culpables


No tenía intención de escribir, pero es inevitable ante las sandeces de la persona de la nota cuya foto no la honra pero sí al grupo de facinerosos del partido al que pertenece, una especie de “perro buldog” listo para morder.

Las declaraciones de esta persona la encuentran en “Expreso” de hoy 27 de agosto de 2017.

ANTE PRÓXIMA SALIDA DE MÁS SENTENCIADOS POR TERRORISMO

La extitular del Congreso de la República dice que no se puede tener una democracia “boba”.

La extitular del Parlamento Nacional Luz Salgado (FP) invocó al Ejecutivo a efectuar un trabajo serio de inteligencia ya que dentro de poco un total de nueve connotados terroristas serán excarcelados y podrían reintegrarse a las filas de Sendero Luminoso (SL).

“Estamos a pocos días de que gente vinculada a Sendero Luminoso, y que muchos de ellos no se han arrepentido, van a estar en las calles. Yo invoco que agilicen (las acciones) dentro del Ministerio del Interior y del Servicio de Inteligencia, a que hagamos un trabajo delicado y serio como conviene”, sostuvo.

COMENTARIO
Cuando se tiene un rabo de paja tan grande sostener que alguien no se ha arrepentido por el o los delitos que cometió, es un boomerang que le explota en su poca fotogénica cara.

La parlamentaria, quien también se desempeñó como integrante de la Comisión de Inteligencia en el anterior Parlamento Nacional, dijo que el objetivo no es el de perseguir a los excarcelados por terrorismo, pues ya cumplieron su condena, pero tampoco se puede tener una democracia “boba” cuyas principales instituciones se dejen avasallar.

COMENTARIO
Esta pobre persona lejos de reconocer las múltiples deficiencias del gobierno, es lo que hacen la mayoría de sus compinches y secuaces para luego desacreditar la protesta argumentado razones políticas cuando no terroristas, indica, precisa, dice,  que las instituciones del Estado se están dejando avasallar, bueno, idiotas con poder hay muchos pero mujeres idiotas y con poder son un verdadero peligro, ¡¡las instituciones del Estado han puesto contra la pared a sus trabajadores, sus servicios de salud aumentan en ineficiencia y “sonrisitas” Martens pretende tirarse abajo la huelga de los maestros amenazándolos!!,  que pretende esta repulsiva mujer que sigamos (me incluyo) soportando los vejámenes del gobierno, SEPA USTED SEÑORA LUZ SALGADO QUE ESTOY DISPUESTO A MORIR LUCHANDO DESDE ESTA TRINCHERA PORQUE NADA PUEDO PERDER, pues gente pusilánime como usted han extirpado las esperanzas de los pobres y piensa, bueno, como es una idiota, no piensa,  que va a intimidar al pueblo no a cuatro o cinco terroristas ¡¡AL PUEBLO!! Con su torpe recomendación.

“Nuestra democracia va a aparecer como una democracia boba, que no se defiende. Estos grupos pretenden utilizar la democracia para cumplir sus fines políticos y así como el Grupo Especial de Inteligencia (Gein) hizo su trabajo en su momento, nosotros tenemos que hacer el nuestro”, añadió la fujimorista.

Luz Salgado recomendó a la clase política y al Ejecutivo a no temer a estos grupos subversivos que aún se encuentran presentes en nuestra sociedad, sino a enfrentarlos en todos los frentes.

COMENTARIO
La “democracia” es utilizada por usted, sus iguales y Mr. Kuczynski para enriquecerse con el dolor y la miseria del pueblo, pedazo de Satanás con falda.

“Nosotros tenemos que hacer nuestro trabajo no callándonos, no teniendo miedo, no teniendo temor, porque si (los terroristas) notan nuestro temor, van avanzando más con sus estrategias”, indicó.

COMENTARIO
Jajajaja!!!!, no digo, es ¡¡una idiota!! Porque si los terroristas “notan nuestro temor”, jajajaj!!! piense antes de declarar estupideces.
La congresista dijo sentirse satisfecha al haber escuchado a los representantes de izquierda de las bancadas del Frente Amplio y del bloque autodenominado Nuevo Perú, reconociendo el esfuerzo que efectuó el Gein en la lucha contrasubversiva.
Estos son…

Como es público, las sentenciadas por terrorismo Maritza Garrido-Lecca y la abogada Martha Huatay saldrán en libertad en septiembre y octubre, respectivamente. La bailarina Garrido-Lecca, que alquiló su inmueble para proteger a Abimael Guzmán, tras cumplir condena de 25 años en prisión, saldrá libre el 11 de septiembre. Y Martha Huatay, que fue ligada al grupo sedicioso “Abogados democráticos” y a Socorro Popular de Sendero Luminoso, dejará la prisión el 16 de octubre. Los terroristas Margot Liendo, Osmán Morote y Victoria Trujillo ya cumplieron sus condenas, pero siguen detenidos bajo la figura de la prisión preventiva por nuevos procesos

sábado, 26 de agosto de 2017

Alfonso Grados y el empleo al 2021



Este personaje, el Ministro de Trabajo, es “El Zorro”, aquel héroe que cada cierto tiempo renace para  permitir que los esclavos mueran en su casa y no en el trabajo, jodería el negocio tener que gastar en enterrarlos.

Voy a comentar  la nota, la  reproduzco íntegramente,  debe ser un resumen de lo que este zorro  que se pone “nervioso” cada vez que Mr. Kuczynski se abanica, ha dicho sobre el empleo al 2021.

26/8/2017
Raúl Gastulo Palacios
cgastulo@editoraperu.com.pe

Informe. El eje de cualquier cambio en este tema es el trabajador peruano. También permitirá generar 1.5 millones de empleos en el quinquenio, con lo cual se cumpliría uno de los ofrecimientos del presidente Pedro Pablo Kuczynski.
COMENTARIO
Primero es bueno recordar que en el Plan de Gobierno de Mr. Kuczynski se precisaba que 300 mil jóvenes ingresan cada año al mercado laboral. 

En la página 145 podemos leer:

“La política económica ha sido exitosa en la reducción de la pobreza y el control de la inflación, pero sigue siendo muy deficiente en la creación de empleos con protección social. Nuestro objetivo es la creación de 3 millones de empleos formales durante los cinco años de gobierno, de los cuales la mitad serán nuevos empleos, mientras que el resto se derivará de la creciente incorporación de trabajadores informales al sistema. No es casual que con estos niveles de desprotección social, los niveles de evasión tributaria sean tan altos. Necesitamos hacer cada vez más atractiva la formalidad. Ofrecer una protección social adecuada y moderna será uno de estos alicientes.

Muy bien, pero el “zorro” ahora habla de un millón quinientos mil en cinco años, jejeje! Se le olvido descontar el primer año, en consecuencia nos ofrece el “zorro” más o menos trescientos setenta mil empleo por año y ya pasaron dos meses del segundo año de gestión, debemos suponer que este número de empleos considera a los jóvenes, en cuyo caso son EMPLEOS NUEVOS y si consideramos que más del 60 o 70% de las empresas que dan empleo formal se ubican en Lima, es razonable pensar que el “zorro” ha sido instruido por Mr. Kuczynski para no decir que sector de esas empresas absorberán tal oferta de mano de obra, el sector textil como producto del recambio generacional obviamente captará un porcentaje que NO son empleos nuevos en primer lugar, el sector industrial es muy pequeño para considerarlo, el de la construcción sí es importante pero tampoco son empleos nuevos. Finalmente el sector público por recambio generacional y mayor demanda de servicios por el natural envejecimiento de la población  que puede ser el mayor captador de esa  oferta de mano de obra.

El “zorro” no explica nada sólo es bueno para que lo cacen o cazar alimañas idénticas por su comportamiento. Esta afirmación del “zorro” no vale ni las pezuñas de un puerco.
Ofreció Mr. Kuczynski crear El régimen laboral que elabora el Gobierno y que a su vez se discute con los gremios sindicales, empresariales y civiles permitirá que el sueldo promedio de los peruanos crezca 30% al 2021, proyectó el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE), Alfonso Grados.

“Lo más importante es que en este régimen laboral el trabajador peruano ganará 30% más en promedio al final del presente quinquenio. El eje de cualquier reforma de este tipo son los trabajadores, no las empresas ni los sindicatos”, recalcó durante su participación en el 2° Foro Diálogos para el Desarrollo, organizado por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) y Seminarium.

COMENTARIO
Treinta por ciento en tres años y diez meses sin descontar la inflación que por ahora se ubica entre el 3 y 4% anual, pensemos en un trabajador que al día de hoy gana S/. 1,500.00 el 30 por ciento de promedio elevaría esa remuneración a S/. 1950.00, ESTE ES UN CLARÍSIMO MENSAJE A LOS MAESTROS y a TODO EL SECTOR PÚBLICO, así que NO se ilusionen con ganar más de dos mil soles mensuales al año 2021.
Mayor demanda
Dijo que si el Gobierno hace una buena reforma, las empresas crecerán y demandarán mayor mano de obra, con lo cual el trabajador optimizará su productividad en un ámbito de mejor desarrollo y, además, tendrá una mayor remuneración. “Allí estará la gran reforma laboral que queremos, que el trabajador peruano gane más dinero en virtud de que todas las otras variables sumen para ese propósito”.

COMENTARIO
Ya llevamos catorce meses del gobierno de Mr. Kuczynski y la verdad que de reformas no se ve nada, Mr. Kuczynski al ver “nerviosos” a sus socios no se atreve a hacer nada que los incomode muchísimo menos ponerlos nerviosos.
Explicó que este aumento se generaría por un mejor sistema laboral, que además sería “proempleo”. “Con más empleo, tengo más posibilidades de obtener mejores remuneraciones”.
Agregó que otro factor que elevará el sueldo promedio será la mayor formalidad que impulsaría el Gobierno, toda vez que en el terreno legal las remuneraciones son mayores. “La diferencia de un empleo en la informalidad frente al de la formalidad es de 1 a 3. Son 850 soles en promedio dentro de la informalidad y 2,400 en la formalidad”
.
COMENTARIO:

En su plan Mr. Kuczynski nos decía que la diferencia era dos veces, jejej!!! , aquí si Mr. Kuczynski debe haber instruido bien al “zorro” porque los sobrecostos –jajajaj!!!- se van a eliminar
Más empleo
El ministro Grados subrayó que la reforma laboral también generaría 1.5 millones de empleos en el quinquenio, con lo cual se cumpliría uno de los ofrecimientos del presidente Pedro Pablo Kuczynski en su primer mensaje a la Nación.
Indicó también que estas mejoras propiciarán que se eleve la formalidad de 26% a 52%. “Hablamos de niveles de 60%, pero los primeros 12 meses fueron difíciles por los factores conocidos por todos; por eso ajustamos la meta”, refirió.
Señaló asimismo que la reforma generará un crecimiento de la productividad laboral, dependiendo del sector, de entre 15% y 18% en términos reales, es decir, por encima de la expansión del producto bruto interno (PBI).

COMENTARIO
Lean su plan de gobierno, el “zorro” sólo hace lo que Mr. Kuczynski le ordena, muchos economistas han analizado la productividad laboral NINIGUNO  es independiente y difieren en su apreciación. El pobre “zorro” seguro que no permitió preguntas en este y en ningún otro punta de su paporreteo, jejejejej!!!!.ñ}

Contratos temporales
Grados reveló que su portafolio discute la creación de un contrato temporal sin causa, en el que se pongan de acuerdo el empleador y el trabajador. “Eso puede dinamizar el mercado de trabajo”.
En la actualidad, un trabajador a medio tiempo es aquel que labora en una jornada inferior a las cuatro horas diarias o 20 horas semanales y que no tiene derecho a beneficios laborales como la compensación por tiempo de servicios (CTS), vacaciones, indemnización por falta de descanso vacacional ni la indemnización por despido arbitrario.

“En el Perú, el trabajo a tiempo parcial está completamente dormido. No tiene lógica que sea menos de cuatro horas. Pone obstáculos a que jóvenes que estudian puedan trabajar los fines de semana en sectores que tienen demanda esos días”, manifestó.

COMENTARIO
Si el Gerente General de Saga Fallabella estaba “nervioso” porque el Estado no le venderá los terrenos de frontera con esta propuesta puede haber mejorado de ánimo. Un trabajador  para tener derecho a los beneficios laborales debe trabajar un  promedio de veinticuatro horas semanales, con esta propuesta los jóvenes podrán ser explotados hasta 22 horas entre sábado y domingo, Mr. Kuczynski las sabe todas.
Puntualizó que para generar este escenario, el Gobierno pondrá en debate la iniciativa en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción de Empleo. “Esperemos que en septiembre de este año podamos volver a debatir la reforma en mención”.

Mejor inspección laboral para abordar informalidad

El ministro Grados destacó que el Gobierno trabaja para reformar la agencia de inspección laboral, con el fin de abordar la informalidad y otras faltas en los centros de trabajo. Esto incluye duplicar el número de inspectores a alrededor de 900, desde 450, para finales del 2019.
Indicó que su cartera seguirá insistiendo en el fortalecimiento de la formalización laboral para evitar que los ciudadanos tengan que trabajar en regímenes abusivos que perjudican su seguridad.
Para cumplir con ese objetivo, detalló, es necesario cambiar la normatividad vigente.
Precisó que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) proyecta duplicar el número de inspectores y aseguró que la fiscalización a las empresas subirá de 7% a 30%.
Por otro lado, aseveró que el Ejecutivo también tendría intenciones de modificar el régimen de seguridad y salud en el trabajo sin desproteger al trabajador.
“Tenemos cinco proyectos en la agenda de la Comisión de Trabajo del Congreso que no salen. Las grandes transformaciones requieren de un mayor consenso”.

Remuneraciones
Entre julio de 2016 y junio de 2017, el ingreso promedio mensual por trabajo se ubicó en 1,365.2 soles, es decir, un incremento de 2.5% (33.4 soles) en comparación con similar período del 2015-2016, según el Instituto Nacional de Estadística e informática.
El ingreso promedio del área urbana se incrementó en 2.4% (36 soles), mientras que en la zona rural fue de 1.2% .
El incrementó en el grupo de 45 y más años de edad fue de 5.2%, y en el de 14 a 24 años llegó a 3.2% (30 soles).
QUE CADA QUIEN VALORE ESTAS DECLARACIONES, EN ESPECIAL LOS PROFESORES.
NO SE DEJEN INTIMIDAR, LA HUELGA MAGISTERIAL DEBE CONTINUAR HASTA LAS ÚLTIMAS CONSECUENCIAS.

Alexander Huerta y un excelente artículo sobre el lenguaje


http://elcomercio.pe/opinion/columnistas/abra-palabra-alexander-huerta-mercado-noticia-453320

El lenguaje maravilloso instrumento de comunicación que hoy, atendiendo y haciendo mío el párrafo que comparto con ustedes, lo relaciono de inmediato con los artículos de Carmen Mc Evoy y Alfredo Bullard que ustedes amigos pueden leer en el Decano hoy 26 de agosto de 2017.

La señora Mc Evoy resume con absoluta brillantez la decisiva importancia de la formación de nuestros niños, en los que el lenguaje y la apertura a las ideas son necesarios,  fatalmente, en mi opinión, no cumplieron los que nos antecedieron con la apertura y la posibilidad de discutirlas,   estigmatizó todo aquello que no coincidía con las ideas fuerza de la clase dominante por ello la señora McEvoy invoca al finalizar su columna,  la justicia y la paz, podría ser quizás la última invocación a cambiar el Perú y reducir la terrorista desigualdad que más temprano que tarde generará la revolución que los oprimidos gestarán porqué no es posible estar peor.

Alfredo Bullard nos habla de la importancia de la libertad y si deseamos “cambiar” el régimen cubano, existen a juicio de Bullard demasiadas restricciones que el ciudadano de a pie modifica en sus relaciones diarias especialmente en el sector turismo hay que “bombardearla de libertad”, libertad que él NO ejerce pues NO admite debate contrario a sus ideas o estigmatiza al que piensa diferente como lo están haciendo en estos instantes en RPP dos personas entrevistadas por el señor Vargas Vega.

Lo curioso es que Bullard es el resultado de ese poder añejo que estigmatizó el debate de las ideas cuando éstas se oponían a lo que estimaban política, económica y culturalmente contrario a las ideas que defendían, y como él están todos los que intervienen en el actual debate a raíz de la huelga magisterial.

Hago mío, reitero, el párrafo extraído de la excelente  columna del señor Huerta.

Todo el párrafo expresa lo que precisamente el lenguaje permite debatir y que NIEGA lo que reclama el lenguaje y que hoy utilizan los que menosprecian y tildan de terroristas a los profesores en huelga que, en mi opinión, es la mayor esperanza de cambio que el Perú ha experimentado en las últimas décadas.
“Con estos radicales” peyorativamente habla una de las personas en RPP hace unos segundos, ¡¡¡hay que dialogar con ellos!!, esperemos que se cumpla esta aspiración.

“Por ello, como dice Nelson Manrique, el problema de que millones de alemanes durante la Segunda Guerra Mundial hayan calificado al pueblo judío como una raza peligrosa no es biológico sino social. Una fuerte propaganda a través de una intensa campaña de repetición de contenidos y omnipresente estímulo de emociones desarrollada por Joseph Goebbels. Es una imagen apocalíptica la que mostraba a los jóvenes nazis quemando pirámides de libros que consideraban subversivos al régimen, conscientes de que la palabra escrita podía poner en riesgo toda la ideología radical que proponían”.

¿Importa realmente la educación de nuestros hijos?

Salvo Nicolás Lucar que analiza la huelga poniéndose en los zapatos de los maestros, todos, políticos de viejo cuño o los nuevos descendientes de aquellos, periodistas -que no están obligados a colegiarse y mucho menos  a aceptar se evalué su trabajo por manipular y mentir a la población- columnistas, opinólogos y profesionales a los que se les desploman los puentes o se le mueren los pacientes por mala praxis y  que nunca aceptarán se evalué si son competentes o no, comentan la huelga de los maestros más o menos de la manera siguiente, cambiarán las palabras pero el fondo NO, .."Es justo el reclamo de los maestros postergados muchos años, pero las marchas no corresponden a tal reivindicación son manipuladas por Sendero Luminosos o el Movadef y bla,<bla, bla, incluyendo el recorderis de los años de violencia terrorista y los más de 69 mil muertos que dejó ese enfrentamiento".

Más o menos como cuando un hombre discute con una mujer, "con la razón de su lado muchísimas veces pero siempre termina preso".

La Ministra Marilú "sonrisitas" Martens se imagina como actriz secundaria en una película de "El Zorro" como la viuda negra  que fustiga a los esclavos de las minas para que obtengan metales preciosos y mueran dentro de ella a los que "El Zorro" salva para que mueran en sus casas.

Señora Ministra "sonrisitas" Martens no alucine, piense unos instantes antes de lanzar amenazas, realmente usted cree que SETENTITRES DÍAS  de huelga se pueden tirar al inodoro sin haber obtenido las reinvindicaciones que con toda justicia reclaman, ahhh, siii, siii, usted cree no sin razón que, regresando los maestros a clase con el rabo entre las piernas, ni con "Supermán" otro héroe al que usted le encanta ver, apoyándolos,  volverían a las calles, con toda seguridad que así sería, no obstante, olvida que en determinado momento de la vida de un hombre NO EXISTE MIEDO, porqué YA NO HAY NADA QUE PERDER y es preferible morir que vivir de rodillas y resignado a las migajas que, en este caso, Mr. Kuczynski, siempre que no esté "nervioso" ni abanicándose, les quiera dar.

Tampoco debe olvidar que sólo se necesita UN HOMBRE para cambiar los destinos de una Nación aunque estemos en el Siglo XXI, mucho menos a la sociedad que empieza a despertar.

Puede que el actual dirigente de los maestros sea ese hombre que aglutina la esperanza de millones de peruanos pobres, desheredados por personas como usted y si no lo fuera y se muestre como un vil cobarde surgirán otros pero el Perú NO volverá a ser el pueblo cobarde que ha sido hasta hoy, ES PEREFERIBLE PERDER UN AÑO EN LA VIDA QUE TODA LA VIDA DE NUESTROS HIJOS SEA UN FRACASO y aun peor SERÁN LOS ESCLAVOS MODERNOS   QUE RESCATARÁ “El Zorro” para que mueran en sus casas.

apoyemos la huelga magisterial hasta sus últimas consecuencias.










viernes, 25 de agosto de 2017

Carlos Bruce - Proyecto - vender terrenos en la frontera a extranjeros

http://www.expreso.com.pe/opinion/carlos-bruce/desarrollo-nuestras-fronteras-

“Con esta propuesta se lograría dar un gran paso hacia la generación de fronteras vivas con modernidad, donde, a partir de una visión de desarrollo integral, se asegure que el bienestar y protección de nuestros conciudadanos lleguen realmente a todos nuestros pueblos. Estos, que serían verdaderos vigías de nuestra integridad territorial”.

Mr. Kuczynski sigue haciendo de las suyas, primero el DS Nº 242-2017-EF sobre el pago de los “Bonos de Reforma Agraria” y ahora con el proyecto de vender terrenos en las fronteras, APROVECHANDO el desbarajuste creado por la “huelga magisterial”, el DS no se ajusta a los fallos del Tribunal Constitucional pero extrañamente NADIE SE OCUPA de analizarlo y discutirlo, para los congresistas el asunto no merece ningún pronunciamiento, jejejeje!!.

El congresista Carlos Bruce presenta un proyecto proponiendo que se vendan terrenos y se estimule la inversión industrial y de comercio en las fronteras, no sé si los peruanos en algún momento reflexionamos sobre lo que Mr. Kuczynski  considera un buen negocio, por ejemplo, con relación a la venta de terrenos en Tacna al grupo chileno “Saga Falabella”, muy suelto de huesos como si estuviera hablando de una de sus empresas, declaró que “los chilenos (usó “Gerente General”) están “NERVIOSOS” por el tema de los terrenos y agregó que le haga provecho al Ministro de Agricultura su “chocolatito”.

Mr. Kuczynski es un gran pendejo y uno de sus cholillos hace lo que él ordena sin querer  queriendo jajajaj!!!!.

Carlos Bruce piensa que la responsabilidad de crear fronteras vivas se le debe encargar a extranjeros, con cierta prudencia  si se trata de países limítrofes o vecinos. Francamente este cojudo nació idiota o estudió para serlo o piensa que, salvo él, el resto de la ciudadanía son unos burros y que cojudeces como no ceder a extranjeros (cualquiera, no si son chilenos o rusos, TODOS) terrenos para que inviertan en industria o comercio NO se ajustan a los tiempos de Internet jajajaj!!! los chilenos ya están tranquilos jejeje, ¿No es verdad Mr. Kuczynski?,  los trabajadores de su empresa (Perú) no le van a joder sus negocios jajajajaj!!!!.

Si tan interesado está Carlitos en promover el crecimiento fronterizo su proyecto debe propender a la inversión nacional Y NO DE COMERCIO, primero INDUSTRIAL porque la industria significa DESARROLLO, “Saga Fallabella” es un NEGOCIO y no genera empleo masivo directo tampoco indirecto, que nos explique el abandono actual de nuestras fronteras.

Ante todo este abuso un asalariado periodista nos cuenta lo que vivió el Perú entre 1980 y 1992 debido al terrorismo.
Este sujeto (el periodista) que debía ser menor de edad en 1980 se solazó mostrando toda la destrucción y pérdida de vidas humanas sin mencionar las causas que originaron la aparición de Abimael Guzmán, sabrá Satán quien le paga porqué NO ha aprendido nada, como no lo ha hecho Mr. Kuczynski y toda la recua que lo acompaña ganando ingentes cantidades de dinero mientras que los pobres Y LOS MAESTROS perciben sueldos de hambre y LOS ACUSAN DE TERRORISTAS, además de la desnutrición infantil, anemia, raquitismo, pero el periodista cuyo nombre no me da la gana de mencionar pero trasmite por la frecuencia 105.5 Modulada en el horario de 8 a 9.45 de la mañana todos los días.

No se equivoque Mr. Kuczynski, soy  viejo y no puedo recurrir a la fuerza, pero mientras pueda pensar, ningún peruano “a medias” tendrá como su chacra empresarial al Perú.

jueves, 24 de agosto de 2017

DECRETO DE URGENCIA Nº 011-2017-EF

Las disposiciones del Decreto de Urgencia deben ser implementada vía el Decreto Supremo correspondiente, no pretendo ser una suerte de oráculo nefasto y con esa intención traslado a ustedes uno de sus artículos que disponen que el MINEDU los cumpla, veamos:

Artículo 2.- Autorización para el incremento de la Remuneración Íntegra Mensual – RIM de los Profesores de la Carrera Pública Magisterial y de la Remuneración Mensual de los profesores contratados
2.1 Autorízase el incremento de la Remuneración Íntegra Mensual – RIM de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial así como de la remuneración mensual de profesor contratado en el marco de la Ley N° 30328, desde el 01 de noviembre de 2017.
2.2 Los montos, criterios y condiciones para la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo se aprueban por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última.
2.3 Para la aplicación de lo establecido en el presente artículo, exceptúase al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, desde el 01 de noviembre de 2017.

2.4 Asimismo, para la implementación de lo dispuesto en el presente artículo, autorízase al Ministerio de Educación con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación a solicitud de esta última.

Para los que NO son abogados y no manejan su lenguaje puede ser que interpreten este Decreto de Urgencia como la solución a la problemática de la remuneración del profesor.

Autorizar NO significa ORDENAR y según el texto del decreto  la implementación del incremento está librada al Decreto Supremo que "debería" dictar el MINEDU que implicará la modificación del presupuesto institucional, es decir desvestirán a un santo para vestir a otro. 

En ninguna parte de este decreto se "autoriza" a elevar la RIM a S(. 2000.00, ¿a cuanto asciende la RIM en estos momentos? no lo sé, ¿Cuanto falta para llegar a los S/. 2000.00?  Tampoco.¡ lo sé.

En consecuencia, es  muy poco lo que se ha avanzado al dictarlo, además todas las demás mejoras para las cuales se ha autorizado al MINEDU siguen los mismos pasos, se darán a propuesta de la Ministra de Educación.
Rem
Artículo 2.- Autorización para el incrementode la Remuneración Íntegra Mensual – RIM de losProfesores de la Carrera Pública Magisterial y de laRemuneración Mensual de los profesores contratados
2Artículo 2.- Autorización para el incrementode la Remuneración Íntegra Mensual – RIM de losProfesores de la Carrera Pública Magisterial y de la
uneración Mensual de los profesores contratados.1 Autorízase el incremento de la RemuneraciónÍntegra Mensual – RIM de los profesores de la CarreraPública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de ReformaMagisterial así como de la remuneración mensual deprofesor contratado en el marco de la Ley N° 30328,desde el 01 de noviembre de 2017.2.2 Los montos, criterios y condiciones para laaplicación de lo dispuesto en el presente artículo seaprueban por Decreto Supremo refrendado por el Ministrode Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, apropuesta de esta última.2.3 Para la aplicación de lo establecido en el presenteartículo, exceptúase al Ministerio de Educación y a losGobiernos Regionales de lo establecido en el artículo 6 dela Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2017, desde el 01 de noviembre de2017.2.4 Asimismo, para la implementación de lodispuesto en el presente artículo, autorízase alMinisterio de Educación con cargo a los recursos desu presupuesto institucional y sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público, a efectuar modicaciones
presupuestarias en el nivel institucional a favor delos Gobiernos Regionales, las cuales se apruebanmediante decreto supremo refrendado por el Ministrode Economía y Finanzas y la Ministra de Educación asolicitud de esta última

EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...