sábado, 26 de junio de 2021

ARCE CÓRDOVA: Salas Arenas no tiene facultades para suspenderme

https://elcomercio.pe/politica/elecciones/luis-arce-cordova-afirma-que-jorge-salas-arenas-no-tiene-facultades-para-suspenderlo-del-jne-elecciones-peru-2021-keiko-fujimori-pedro-castillo-fuerza-popular-peru-libre-segunda-vuelta-jurado-nacional-de-elecciones-nndc-noticia/?fbclid=IwAR2A0RekPwjksapCG-28B3YoTEOBKmkxs9x8inm19MwgpxtB5pPnJWqeBQ4

Luis Arce Córdova afirma que Jorge Salas Arenas no tiene facultades para suspenderlo del JNE

El magistrado dijo que solo puede ser suspendido del cargo por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el Congreso o un juez penal.

 

Lima, 25 de junio de 2021

Actualizado el 25/06/2021 10:29 p.m.

Luis Arce Córdova, magistrado del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), aseguró que el presidente del máximo organismo electoral, Jorge Salas Arenas, no tiene facultades para suspenderlo en el cargo, luego de que declinara a su nombramiento el último miércoles.

En entrevista con Willax TV, dijo esperar que el titular del JNE se “rectifique” del extremo de su resolución, pues los únicos que pueden suspender a un magistrado son la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el Congreso de la República o el juez penal en un proceso abierto. 

“El señor Salas Arenas no tiene facultades para suspenderme y no lo digo yo, que diga él cuál es el amparo legal que tiene. Qué dice la fiscal de la Nación defensora de la legalidad, qué dice la Junta Nacional de Justicia, qué dice el Congreso de la República. O el señor Salas tiene en su persona todos esos poderes. Lo que yo dije en mi carta se está plasmando”, acotó. 

Arce Córdova también cuestionó la actitud de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por no referirse a la decisión de suspenderlo como magistrado del JNE, la que calificó de “arbitraria” e “irracional”.

“La señora fiscal de la Nación, a quien todos conocemos como defensora de la legalidad, no ha dicho absolutamente nada, está convalidando una decisión arbitraria, irracional en el extremo de la suspensión”, subrayó. 

El suspendido magistrado del organismo electoral negó que haya pretendido afectar el proceso electoral de la segunda vuelta, pues es la institución que con “mayor rapidez” resuelve las causas. 

“En mi carta señalo con mucha claridad que reconozco que no hay posibilidad de renuncia, pero la Constitución también establece que lo que no está permitido está prohibido. Por eso es que declinaba a la representación que el Ministerio Público tuvo a bien hacer”, manifestó.

Según Arce Córdova, la “gota que rebalsó el vaso con agua” fue la última sesión del JNE y aseveró que desde enero era “obvia” la polarización de posiciones en el Pleno, como se vio en el caso de la postulación al Congreso del expresidente Martín Vizcarra en los comicios de abril. 

“Me opuse, desde el primer momento y mi voto fue solitario de la imposibilidad que tenía por ser un alto funcionario. En mi concepto era (ilegal) total su postulación, atentando contra el mandato de la Constitución”, sentenció. 

Cabe indicar que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) acordó abrir un procedimiento disciplinario inmediato contra Arce Córdova por su apartamiento arbitrario del cargo de miembro titular del JNE, pese a que dicho cargo tiene el carácter de “irrenunciable” en un proceso electoral. 

En segundo lugar, se le atribuye haber proferido en su carta de “declinación irrevocable” expresiones ofensivas contra altos funcionarios del Estado, del Poder Judicial, la propia JNJ, el JNE, el Ministerio Público y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). 

Luis Arce Córdova, magistrado del JNE, aseguró que el presidente del máximo organismo electoral, Jorge Salas Arenas, no tiene facultades para suspenderlo en el cargo.


QUE DECISIÓN DEBIÓ TOMAR EL PRESIDENTE DEL JNE

Primero veamos que norma el Código Penal sobre DELITOS CONTRA LA VOLUNTAD POPULAR:

Artículo 359°.- Atentados contra el derecho de sufragio Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años el que, con propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, realiza cualquiera de las acciones siguientes

1. Inserta o hace insertar o suprime o hace suprimir, indebidamente, nombres en la formación de un registro electoral. 

2. Falsifica o destruye, de cualquier modo, en todo o en parte un registro electoral, libretas electorales o actas de escrutinio u oculta, retiene o hace desaparecer los documentos mencionados, de manera que el hecho pueda dificultar la elección o falsear su resultado. 

3. Sustrae, destruye o sustituye ánforas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio. 

4. Sustrae, destruye o sustituye cédulas de sufragio que fueron depositadas por los electores. 

5. Altera, de cualquier manera, el resultado de una elección o torna imposible la realización del escrutinio. 

6. Recibe, siendo miembro de una mesa de sufragio, el voto de un ciudadano no incluido en la lista de electores de esa mesa o rechaza injustificadamente el voto de un elector incluido en dicha lista. 

7. Despoja a un ciudadano, indebidamente, de su libreta electoral o la retiene con el propósito de impedirle que sufrague. 

8. Realiza cambio de domicilio o induce a realizarlo a una circunscripción distinta al de su residencia habitual, induciendo a error en la formación del Registro Electoral }

Inhabilitació

Artículo 360°.- El funcionario o servidor público o miembro de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional que incurra en uno de los delitos previstos en este Título sufrirá, además, inhabilitación de uno a tres años conforme al artículo 36°, incisos 1 y 2.

SIGAMOS:

Arce Córdova DECLINA seguir perteneciendo al JNE porqué está IMPEDIDO DE RENUNCIAR y la declinación resulta manifiestamente IMPROCEDENTE por estar ejerciendo el cargo POR DOS PERÍODOS CONSECUTIVOS sin perjuicio que tal facultad (DECLINAR) no está prevista en la norma de la materia.

Ante la declaración de Arce Córdova, el Presidente del JNE debió -según Arce Córdova- aceptar la DECLINACIÓN o enviar a las instituciones  por el nombradas SE LE SUSPENDA en el cargo lo que equivaldría a SUSPENDER el Proceso en su fase final, con lo cual el Presidente ATENTARÍA contra el resultado del sufragio sin que se pueda saber cuanto demoraría y si el 28 de Julio tendríamos un nuevo Presidente Constitucional.

En mi opinión NO PUDO ser más acertada la decisión del señor SALAS ARENAS pues, concluidas o resueltas las apelaciones a las nulidades planteadas por Fuerza Popular, independientemente de quién haya resultado ganador, PODRÁ DENUNCIAR al impresentable ARCE CÓRDOBA por varios DELITOS y termine con sus huesos en la Cárcel, ES INACEPTABLE  que una sola persona ponga en jaque todo el Sistema Electoral y la democracia "a la peruana" y quede suelto en plaza FRESCO COMO UNA LECHUGA.


No hay comentarios:

EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...