El proyecto de "unión
civil" es una locura jurídica, ¿porqué?, veamos:
A raíz de una cita de la la
Biblia, muchos se han interesado en destruirla. Bien, como todos los que están
a favor de "legalizar" la unión de una pareja del mismo sexo
sostienen que la Biblia es una cojudez, que la Ley del Embudo y otras adjetivaciones,
analicemos estrictamente el tema desde el orden jurídico que nos rige:
Es indispensable tratar
previamente el Concubinato (Institución proscrita hasta la Constitución de 1979
y desarrollada por el artículo 326 del Código Civil). El Concubinato NO se
diferencia del Matrimonio, salvo el papel que declara casados a los
contrayentes. ¿Cuales son sus requisitos?
1) Que se contraiga por personas
de sexo diferente libres de impedimento matrimonial.
2) Que la unión tenga una
duración mínima de dos continuos continuos conduciéndose como esposos ante la
sociedad.
3) Que le Juez declara la Unión
de Hecho, decisión que debe fundarse NECESARIAMENTE en pruebas, entre ellas los
testimonios de familiares, amigos y vecinos.
El proyecto de "unión civil
entre parejas del mismo sexo" las protegería para asuntos como el Derecho
Sucesorio, la autorización para practicar un acto médico en el que podría
correr peligro la vida de uno de ellos o ellas y un par más, absolutamente
irrelevantes y hasta peligrosos para la pareja misma.
Si se aprobara el proyecto y se
convirtiera en Ley primero, sería una LEY ESPECIAL que, en caso de conflicto
con una norma general prevalecería sobre esta.
Cómo toda ley es pasible de ser
reglamentada, las preguntas que hago son las siguientes:
¿Qué criterio se usaría para
decidir que dos personas del mismo sexo están aptas para "unirse
civilmente"?
¿Cuanto tiempo se necesitaría,
viviendo en el estado de pareja se exigiría? pienso que, si para los concubinos
se exigen dos años, para las parejas de un mismo sexo debe pensarse en no menos
de 5 o 10 años.
Recuerden que esa vivencia debe
probarse, es decir, deben tener un mismo domicilio, presentarse ante la
sociedad como tales, tener amistades heterosexuales, además de las homosexuales
y familiares con las cuales comparten experiencias del hogar, asistir a
reuniones o que asistan a las suyas, que su hogar no sea el centro de orgías o
reuniones alborotadas de personas de un mismo sexo.
¿Que sucederá si uno de ellos o
ellas tiene un hijo o se divorcia porque descubrió que le gusta una persona de
su mismo sexo y también tiene hijos y los bienes que en esa relación hubiera
generado?
¿Que sucederá con el Derecho
Sucesorio si la situación se diera?, prevalecería el derecho del descendiente o
ascendiente contemplado en el Código Civil o se quedarían en la misma calle
para beneficiar exclusivamente a la pareja?.
Esta unión civil puede ser el
camino para desheredar, de los que no se han casado, ni han tenido hijos sin
ser homosexuales, a los parientes colaterales, uniéndose con otra persona del
mismo sexo.
En fin, si la locura jurídica
comentada es aprobada por la mayoría de los cuervos que viven destrozando la
mano del que los alimenta, no vayan los detractores de la Biblia a acudir a ella
pidiendo se corrijan las libiandades que hoy se pretenden legalizar.
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