sábado, 24 de agosto de 2013

Crminalidad Organizada (FIN)

CRIMINALIDAD ORGANIZADA (FIN)

El Derecho, más allá del “deber ser”, es regulador de la conducta de los individuos en sociedad, resumiendo éstas, diremos que son  relaciones dinámicas por excelencia.

No puede pues, ser ajena a la regulación los cambios producidos en las relaciones de las personas; por ello, en la actualidad en todos los países del Mundo Occidental se ha legislado o se piensa legislar sobre temas como: “la donación de órganos”, “fecundación in vitro”, “la firma digital”, “Protección de los Derechos de Autor en la Web”, cuestiones inimaginables hace sólo cincuenta años atrás.

También las relaciones entre los individuos ha sufrido cambios dramáticos, no recordamos siquiera que a lo que conocemos como “gays”, en la década de los 60 se les denominaba “vulnerables”, hoy estas personas pretenden el reconocimiento de una condición sexual inexistente, que, sin embargo, en no pocos países, se ha legislado aceptándola pues el número de “vulnerables” o “gays”, es una realidad inocultable; espero, como colofón a este tema que nada tiene que ver con el título de este artículo, que no sea su mención como antecedente de la dinámica antes referida, que nuestro País no copie las decisiones de otros.

El crimen, en este contexto, no sólo ha aumentado, se ha ido adaptando a la cada vez más compleja relación humana, se ha sofisticado, ha degenerado a tal grado que resulta difícil aceptar –no obstante la maciza realidad- que un humano pueda cometer ilícitos que horrorizan a la sociedad, por lo menos a aquella que aún conserva  respeto por sí misma y por el derecho de los demás. En este contexto, a la usanza de la “mafia siciliana”, en nuestro País, las bandas de delincuentes han sido tipificadas en nuestro  Código Penal, por lo menos desde 1924, no obstante, la sociedad se defiende y la tecnología contribuye a esa defensa,  de suerte que, la comisión de hechos punibles demandan hoy, dentro del “ite rcriminis” (secuencia del o los delitos) la incorporación y adecuación a la tecnología, tener una organización cubriendo todas las variables, en la medida que su ausencia  podría tornar ilusoria la comisión de un delito. Naturalmente todavía existen las bandas, pero estas están formadas por el lumpen de la sociedad, aquellas, las organizadas, cuentan con o deben contar –pues no me consta- con miembros “calificados”.

La Ley N° 30075 pretende combatir la criminalidad organizada, equivocadamente en mi concepto, no es de técnica jurídica dictar leyes para tipificar y disponer la aplicación de normas concordantes para delitos que ya constan en el Código Penal ni someterlos a procesos que no estando vigentes en la Capital del País, sólo confundirán a los operadores, en este punto, tendremos la vigencia del Código de Procedimientos Penales y del Código Procesal Penal (DL N° 954) aplicable sólo para los delitos de “corrupción de funcionarios”  antes de la publicación de la Ley N° 30075 y a partir de ella,  además, a los delitos a los que nos remite, en pocas palabras, determinados delitos se juzgarán con el Código de Procedimientos Penales, otros con el Código Procesal Penal y dentro de este, los cometidos por los funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones y atribuciones y los no previstos para juzgarse conforme al Código de Procedimientos Penales, menos si se cuenta con autoridades altamente corruptas a las que se les reconoce un derecho especial sumamente peligroso.

¿No hubiera bastado con incorporar las modificaciones al Código sustantivo y adjetivo respectivamente?, ¿Porqué se parchan, si les guste o no al Ejecutivo y Legislativo se incorporarán más temprano que tarde a los códigos referidos, sin  perjuicio de las modificaciones o derogaciones dispuestas?

Quedan muchos días para que entre en vigencia esta ley, sería oportuno su revisión y corregirla.

Si los miembros del Parlamento pretendían con ella y con su texto combatir el crimen organizado, primero y deben saberlo, las inconductas de los humanos pueden eventualmente, alcanzar un descenso en el índice de criminalidad si las leyes son diáfanas, fácilmente comprensibles y que no admiten dudas, sin embargo, lo menos que existe a mi juicio, es claridad y mucho de persecución que, traducida al cristiano, significaría perseguir a  los incómodos al régimen, luego,  pienso que se han excedido como se excedió el Presidente de la Nación al suscribir la autógrafa

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