He leído en “Diario 16” hoy 19
de julio una nota interesante que relaciona directamente al consumidor con el
proveedor y los grandes Centros Comerciales, a raíz de una Resolución del INDECOPI cuyo número ni
fecha se precisan en el artículo. Paso a transcribirlo y luego les dejo mi
comentario.
Fuente: Diario 16 – digital
INDECOPI Y LA “OBLIGACIÓN DE SER PERFECTO”
Un reciente pronunciamiento de
la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (la
Sala) ha establecido que “los remedios jurídicos –reparación, reposición y
devolución del dinero– que los proveedores ofrezcan en el mercado, en caso que
el producto se revele defectuoso (…), constituyen únicamente soluciones
residuales ante una infracción al deber de idoneidad ya consumado”. En otros
términos, aun cuando un negocio repare o reponga un producto defectuoso o
devuelva el dinero pagado por el consumidor, podrá ser sancionada.
Este criterio resulta de lo
más preocupante, porque significa que prácticamente se está obligando a los
negocios de cualquier tamaño a ser infalibles. Se está entendiendo la idoneidad
como una obligación de satisfacer plenamente, y en todos los casos, las
expectativas del consumidor, lo cual resulta imposible en la economía actual,
en la que los productos y los servicios se ofrecen en masa. Esto no hará sino
incrementar los costos en términos de controles de calidad para los negocios,
en perjuicio de los consumidores, costos que por lo demás pueden ser
significativos y representar sólo un beneficio marginal. Además, desincentivará
que los negocios implementen mejores servicios de atención de reclamos, pues
incluso si son eficientes al resolverlos, podrían ser multados.
De hecho, la Sala ha
considerado que “el deber de idoneidad debe responder estrictamente al análisis
respecto de si el producto adquirido o servicio prestado corresponde a lo
esperado por el consumidor, sin perjuicio del comportamiento de los proveedores
frente a los reclamos posteriores que pudieran plantearse por la existencia de
fallas”.
Sin embargo, en Contribuyentes
Por RESPETO consideramos, –como ya había considerado Indecopi– que la idoneidad
de un producto debe valorarse comparando lo que los consumidores esperamos
recibir y lo que efectivamente recibimos, y no en razón de un negocio perfecto
que solo puede existir en la mente de un burócrata. Y ante un caso de producto
defectuoso, si el proveedor, una vez detectada la falla responde adecuadamente
(en los términos de las garantías ofrecidas y lo establecido en el Código de
Protección al Consumidor), no tendría por qué ser sancionado. Sancionarlo por
no ser perfecto terminará reduciendo el periodo de las garantías, en perjuicio
de quienes la Sala debe defender: los consumidores.
La Sala pretende obligar a las
empresas a ser perfectas. ¿Qué tal si comenzamos a multarla por cada resolución
tan poco idónea que emite?
" lo cual resulta
imposible en la economía actual, en la que los productos y los servicios se
ofrecen en masa. Esto no hará sino incrementar los costos en términos de
controles de calidad para los negocios, en perjuicio de los consumidores,
costos que por lo demás pueden ser significativos y representar sólo un
beneficio marginal. Además, desincentivará que los negocios implementen mejores
servicios de atención de reclamos, pues incluso si son eficientes al
resolverlos, podrían ser multados"
MI COMENTARIO
Reparen amigos : EN LA QUE LOS
PRODUCTOS Y LOS SERVICIOS SE OFRECEN EN MASA, pregunto: ¿no es acaso cierto que esos productos no sólo
ofrecidos en masa, son también producidos en masa?, luego, si UNO SÓLO es
defectuoso TODOS los demás lo son, entonces, la solución es DEVOLVER por los
grandes almacenes TODO el stock correspondiente a la producción del bien
detectado defectuoso, más si creen solucionar el problema devolviendo el dinero
del consumidor que denunció, y seguir vendiendo el defectuoso debe ser
sancionada. ES ABSOLUTAMENTE inconsecuente con la salud del ciudadano declarar:
"Esto no hará sino
incrementar los costos en términos de controles de calidad para los negocios,
en perjuicio de los consumidores"
Para quien opinó así le
importa muy poco el consumidor y su salud, privilegia el negocio, UN ABSURDO
que no merece mayor comentario.
¿Porqué no escriben un
artículo similar a los países a los que exportan esos mismos productos, de
pronto los escuchan?
La Toyota RETIRÓ del Mercado
Mundial los vehículos cuyo defecto fue denunciado Y, POR CIERTO SE DETECTÓ EN
UN VEHÍCULO, pero sus efectos comprendían a toda la línea productiva del cual
salió el identificado por el defecto.
Cuando se desea defender un
despropósito gestado por la IN EFICIENCIA y que afecta directamente a la empresa
que produce el bien, podemos inventar barbaridades como las que acabo de comentar.
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