Buenas tardes amigos, he ubicado el siguiente enlace:
http://serviciodeestudios.bbva.com/KETD/fbin/mult/Unamiradaalsistemaperuanodepensiones_tcm346-189603.pdf?ts=1052013
Es un estudio que, sobre el Sistema
de Pensiones, tanto privado como público, son 192 páginas, Bibliografía
incluida, realizado por la Fundación del Banco Continental.
Es un análisis comparativo que en
toda su extensión lo que pretende es deslegitimar al Sistema Nacional, les
explicaré lo que he entendido y sólo de lo que he leído, pues los cuadros
estadísticos no son propicios para mi
formación académica o me tomará demasiado tiempo entenderlos.
Debo antes precisar que, como es
en la realidad, sólo las personas con altos ingresos, muy altos y de una
densidad (número de meses aportados en un período de 12 meses, a más meses
aportados en el período, mayor es la densidad) entre 80 y 90%, tienen asegurada
una pensión con alta capacidad adquisitiva, no igual pero suficiente para
mantener el estado previo a la jubilación.
He leído únicamente la parte que
nos interesa o nos debería interesar, la comparación entre el SNP y el SPP, en
realidad, todo lo podría resumir en el increíble deseo de obtener el aporte de
los independientes.
Naturalmente, como no podría ser
de otra manera, son conscientes que los independientes no percibirán una
pensión ni de lejos, igual al mínimo que paga la ONP, ¿Cual la solución?,
ah...papá Estado que completará la diferencia y, en esta opción, mencionan sólo el complemento y los requisitos, pero
no los pagos que deben hacerse al SNP por el diferencial existente entre lo que
se paga, en la actualidad a las AFPs y el mayor que debió pagarse al SNP, todo
siempre que el cliente de una AFP haya
cumplido los quince años de aportes (propuestos) al SNP o que reclamados le
hayan sido reconocidos.
Tampoco precisan que dicha
pensión se extinguirá cuando la CIC se agote.
Proponen que se reduzca los años
de aportes en el SNP a 15 años y que el Estado subvencione ese diferencial, lo
que en cristiano significa, que los que nunca aportaron por decisión propia o
los excluidos por no tener el ingreso previsto en la norma (S/. 750.00) y por tanto no pueden asegurar su vejez,
pagarán la diferencia.
Y este es el sustento que
alegarán PARA NO DEVOLVERLE SU PLATA a los aportantes que no tienen o no les da
la gana de solicitar al Estado el complemento.
Pero de nada les valdrá si todos
nos empeñamos en defender nuestros ahorros. Porqué eso son verdad ¡nuestros ahorros!.
Bueno ojalá que haya más de un interesado en el tema y pueda opinar en pro o en contra, la fuente del estudio les puede dar muchas luces que podrían, eventualmente, utilizar contra la iniciativa de devolución que estoy proponiendo.
Bueno ojalá que haya más de un interesado en el tema y pueda opinar en pro o en contra, la fuente del estudio les puede dar muchas luces que podrían, eventualmente, utilizar contra la iniciativa de devolución que estoy proponiendo.
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