Una vez más y no será la última,
me ocuparé del Sistema Privado de Pensiones esta vez en relación al retiro del
95.5% de los fondos que mantienen los jubilados o los que han llegado a los 65
años y no desean, al solicitar su pensión, optar por ninguna de las dos
alternativas previstas en la Ley, “Retiro Programado” o “Renta Vitalicia” en
una de sus versiones, especialmente a quienes todavía en un intento desesperado
auguran la desgracia y “desaparición” del Sistema Privado de Pensiones y la
ruina de los jubilados y por jubilarse.
En principio, como muy pocos están informados
esta ley (retiro del 95.5%) crea una tercera alternativa de jubilación, destinada en el caso de los jubilados a
aquellos que mantienen su fondos en las AFP pues decidieron acogerse al Retiro
Programado y por tanto sujetos a los vaivenes de la economía mundial y local,
NO es aplicable a los jubilados que perciben una Renta Vitalicia pues sus
fondos fueron transferidos a una aseguradora “a su solicitud” pactando con ésta
(la aseguradora) el monto de su pensión por el resto de su vida, finalidad
inexistente en el “Retiro Programado”, la pensión se pagará mientras existan
fondos y, en todos los casos –cualquiera sea el monto de ellos- estos duran no
más de quince años y mientras las AFP se quedan con todo el fondo, vía la
pensión lo devuelven mensualmente en sumas que causan espanto.
El economista Gonzales Izquierdo
interpretando la norma sentencia lo siguiente: El Retiro del 95.5% de los
fondos sólo es aplicable a los que se jubilarán desde el día en que se publique
la norma, si lo han hecho antes (aunque sea uno ó dos días NO les corresponde) espero que sepa
de lo que habla, porque, como lo reitero, además del “Retiro Programado” existe
la “Renta Vitalicia” y el retiro NO será posible conforme a la opinión del
señor Gonzales Izquierdo para aquellos que decidieron por la “Renta Vitalicia”
pero si para este señor tampoco le es aplicable a los jubilados acogidos al “Retiro
Programado”, no sabe lo que dice ¿por qué? Porqué los fondos, la PROPIEDAD de
los jubilados NO han cambiado de condición ni antes ni después de la ley,
siguen siendo FONDOS PROPIEDAD del
JUBILADO en la “Renta Vitalicia” precisamente las que recibían esos fondos a “solicitud
del que se iba a jubilar” YA NO SON PROPIEDAD
de éste (el jubilado) sino de la aseguradora que, a cambio le prometió
una pensión de por vida que se
reajustará trimestralmente según
el tipo de moneda en que se haya celebrado.
Como el señor Gonzales Izquierdo
no es abogado y basándose en el mandato constitucional que “las leyes NO tienen
efecto retroactivo y sólo rigen para el futuro” que la mayoría de gente
medianamente informada sabe que existe, declara sin ningún análisis al considerarse
un “referente” en estos temas y su opinión puede incluso matar de la impresión
a un jubilado que cifraba muchas esperanzas que le devuelvan los 20 o 30 mil
soles que aún conserva como fondo
debido a las pensiones recibidas en los últimos cinco años (POR DECIR ALGO),
pensión que dicho sea de paso no alcanza ni a la mitad de la pensión mínima
establecida para la ONP.
El señor Gonzales Izquierdo se
olvida que la irretroactividad está referida a la aplicación de la Ley nueva respecto de hechos consumados antes de
su promulgación, olvidó también que los fondos están en posesión de las AFP, fondos
de PROPIEDAD del jubilado sea o no mayor de 65 años (pues existen personas
jubiladas menores de 65 años) y que la ley dispone su retiro EN TANTO EXISTAN
es más, la Constitución no sólo en su artículo 2º que ordena “La persona humana
es el fin supremo del Estado” sino que en cuanto a los ancianos en situación de
abandono (en el caso de las AFP los ancianos están ABSOLUTAMENTE desprotegidos,
pues estos execrables negocios se
benefician a costa del hambre y miseria del jubilado) ORDENA DEFENDERLOS, asimismo en el Capítulo económico
se establece que LA PROPIEDAD ES
INVIOLABLE, en fin un economista “referente” hay tantos en nuestro País cuya
función es favorecer a quienes les pagan para opinar de una u otra manera,
pueden declarar lo que les viene en gana y
con su opinión levantar polvo donde NO existe.
Podría ser también que el señor
Gonzáles Izquierdo, habida cuenta de los
más de 100 mil jubilados (es una cifra antojadiza pueden ser muchos más) son
viejos y como están viviendo demasiado, haciendo eco de las declaraciones de
Christine Lagarde, desea que su existencia termine lo más pronto posible.
Aquí lo dejo, porque este robo
legal de las AFP COPIADO por el más oscuro defensor de los ricos Kenya Fujimori
Fujimori mereció también demonizar a la ONP al reducir las pensiones del 80% de
10 RMV como máximo, en la actualidad S/. 6,000.00, a S/. 600.00 y aumentarlo
desde 1992 a la fecha a S/. 857.00 y crear leyes que únicamente han contribuido
a su desprestigio, sobre las cuales he escrito bastante y no voy a insistir.
Quién piense lo contrario será un
placer debatir con él, desde ya muchas gracias por sus opiniones.
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