jueves, 30 de junio de 2016

Prima AFP - obstruye la devolución del 95.5% a los jubilados

Cuando se dictó la Ley 30425 "Devolución del fondo de la CIC hasta el 95.5% a las personas mayores de 65 años" la SBS después 40 días publicó un "Manual de Procedimientos" con la finalidad de reglar el trámite de la devolución del 95.5%, con ese simple manual logró impedir que los jubilados bajo la modalidad de "Retiro Programado" accedieran a la devolución que, por la Teoría de los "Hechos Cumplidos" consagrada por el Tribunal Constitucional, les corresponde, como en extenso estoy explicando para que el TC resuelva la Acción de Amparo interpuesta contra Prima AFP.  

Esta patraña del poder obligó al Congreso de la República a dictar una ley complementaria en la que se les incluía, agregando además, el destino del 4.5%  a EsSalud, incorporando el Retiro del 25% para los clientes de las AFP que desean adquirir un primer inmueble y el retiro del 25% para los clientes con enfermedad terminal o Cáncer.

Esta segunda disposición demanda un Reglamento operativo  sólo para los efectos de EsSalud y el uso del 25% para los fines o necesidades consignadas líneas arriba. Resulta, como es obvio, innecesario reglamentar la devolución del 95.5% pues el Manual anterior precisa los pasos a seguir, salvo que alguien piense que devolver el 95.5% en ambas leyes se refieran a fondos distintos o que las matemáticas no funcionan para los jubilados.

Muy bien hoy 30 de junio de 2016 a las doce del medio día me acerqué a Prima AFP para solicitar la cita informativa después de la cual debo esperar siete días, vencidos los cuales si esa es mi decisión solicitar la devolución del 95.5% de mi fondo acumulado.

Grande fue mi sorpresa pues en Prima AFP despachaban sin más y en Mesa de Partes a los jubilados que venían a solicitar la referida cita, naturalmente insistí en que se informara formalmente y me dieron un papelito, esperé mi turno y la colaboradora de Prima AFP me dijo que estaban esperando el "Reglamento operativo" para proceder de acuerdo a él.

Exigí que me dijeran cuales eran las razones legales por las cuales NO procedía la aplicación del Manual que norma la devolución vigente desde abril de este año. No hubo respuesta y me negaron la posibilidad de hablar con un abogado para que me explique el "porqué no se aplicaba el Manual para la devolución del 95.5%", la trabajadora me dijo consulte usted a la SBS o realice las consultas que estime pertinentes.

Como prueba irrefutable del desacato a la Ley comparto con ustedes el documento que me entregaron negándome la cita porqué debe esperarse el Reglamento operativo.





Me veré obligado a denunciar penalmente a los representantes del Prima AFP por esta flagrante violación a nuestro ordenamientos jurídico constitucional.

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