lunes, 14 de septiembre de 2020

LA DEMANDA COMPETENCIAL CARECE DE LÓGICA JURÍDICA, AUN ASÍ EL TC LA ESTIMARÁ

HE LEÍDO LA DEMANDA COMPETENCIAL en sus cinco primearas hojas, leer el resto es perder el tiempo.
El Procurador sostiene como fundamento principal de la demanda el menoscabo del ejercicio de la función presidencial, LO QUE NO ES CIERTO, el Presidente ilegal Vizcarra Cornejo Martirio Alberto, está en el ejercicio pleno de sus funciones.
Lo que pretende el Procurador y NO tiene los argumentos necesarios para evitar la sesión que determinará la Vacancia o se rechazará, enviándose al archivo la Moción de Admisión de la petición por uso INDEBIDO de su competencia establecida en el artículo 113° inciso 2° de la Constitución del Estado, la pregunta es ¿Cuál es el uso indebido?, NO existe, ¿que no se presentan PRUEBAS CONCRETAS de la inmoralidad PERMANENTE del ilegal Jefe de Estado?, ¡¡FALSO!!! las pruebas son contundentes y me relevan de cualquier comentario adicional y lo que es peor dejan al País a merced de un Truhan que sabe el diablo que otras felonías y arreglos tortuosos habrá concertado.
Sí, el TC estuviera conformado por personas, cuyos antecedentes nos dicen que pertenecen al cogollo delo Poder, demostrado SIN NINGUNA DUDA en la sentencia que resuelve la Demanda Competencial presentada por la Comisión Permanente del Parlamento contra el Ejecutivo por el GOLPE DE ESTADO que significó la DISOLUCIÓN del Congreso anterior, NO existe la menor esperanza que esta nueva DEMANDA que NO es igual a la anterior, en tanto se cumplió con la sola orden del ilegal mandatario, no se admita y se resuelva la Medida Cautelar. lo interesante es saber que le dirán al Congreso para que NO se celebre el día 18 de este mes, programada para estudiar y en su caso, defenestrar al presidente, ¿Suspenderán un proceso político en trámite?, le "ORDENARÁN" que no pueden vacarlo por Incapacidad moral. ¿Impedirán con el fallo sobre la Medida Cautelar, la celebración del pleno en el que se discutirá? y si no la admiten para fallar sobre el fondo y conforme al procedimiento demoran entre 60 y 70 días hábiles, al resolver cuando el nuevo Presidente está en ejercicio y defenestrado Vizcarra Cornejo Maximiliano Alberto, ¿Que dirán, "sustracción de la materia"?
Pocas son la opciones que tiene el TC y todas ellas kesionan la Cosntitución que juraron respetar y hacer cumplir. Jejejej!!! me gustaría leer el fallo y comprobar que bajo ha caído la sociedad peruana.

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