jueves, 17 de marzo de 2016

Devolución 95.5 % Fondos acumulados al llegar a los 65 años en las AFP

Devolución 95.5 % Fondos acumulados al llegar a los 65 años en las AFP

El Congresista Jhonny Lescano de Acción Popular  y Jaime Delgado (no sé el partido al cual pertenece), impulsarán el día de hoy 17 de marzo de 2016 desde las 9 de la mañana la insistencia en la ley disponiendo la devolución referida en el título observada por Humala Tasso Ollanta.

Los fujimoristas, el “saldo” de gana Perú, los del PPC y los congresistas simpatizantes de la causa defendida por ppk son férreos opositores a la norma no obstante que, con su firma se alcanzó la aprobación en el seno del Parlamento, dicen por el lobby de banqueros y dueños de las AFP, nacionales como extranjeros, para no precisar la coima recibida. Si no se viera el día de hoy Lescano indica se enterrará la Ley para siempre.

Pero, ¿cuál es la razón para la negativa si acaso saben el motivo de su oposición los congresistas aceitados por el poder –estando a la mención en el párrafo anterior- al mando de las AFP?. Veamos:
El dinero depositado por los clientes en las AFP son propiedad del cliente en la parte destinada para los fines previsionales (gozar de una pensión adecuada para un vivir tranquilo hasta el fin de sus días) la diferencia entre la propiedad del dinero aportado y lo descontado realmente es propiedad de las AFP en concepto de pago por administrar nuestra propiedad.

La Constitución del Estado PROTEGE LA PROPIEDAD y no puede existir propiedad más representativa que el dinero a través del cual se pueden adquirir bienes y servicios para hacerlos nuestros.

¿Sabrán los congresistas esta castiza definición de la propiedad?, ¿Sabrán si al oponerse, por el soborno recibido -véase  la mención sobre el lobby en el segundo párrafo- atentan contra la propiedad de miles de peruanos y la Constitución del Estado?.

Los Sistemas de jubilación privados tienen como finalidad asegurar la vejez de los afiliados al mismo, fatalmente el tener dinero sin ningún costo o a uno muy bajo impulsa a los ricos, necesitados siempre de más y más dinero pues también en esa clase de vida la competencia para gozar del mayor confort es despiadada, a mentir a desfigurar la realidad, lo importante es quitarle el poco dinero poseído por  personas honestas y convertirlo luego en un robo descarado pues  cuando se les exige devolverlo se defienden alegando perjuicio a las inversiones.

¿Qué significa en realidad la devolución del 95.5% de los fondos al llegar el momento de la jubilación o estando ya jubilado percibiendo pensiones con las que ni un “Perico” podría sobrevivir?
En la actualidad sólo existen dos modalidades para jubilarse en las AFP: “Renta Vitalicia” y “Retiro Programado” en esta última las AFP continúan con la administración de nuestra propiedad y se recibe pensión mientras existan fondos de nuestra propiedad y estos sin importar el monto de los mismos da igual un millón que cien mil Soles duran NO más de quince años. En consecuencia, sólo dos de cada diez clientes de las AFP al cumplir los 65 años se deciden por esta modalidad la inmensa mayoría lo hace por la “Renta Vitalicia” que durara hasta la  muerte del pensionista, por tanto la tabla de mortalidad (el promedio de vida de un peruano según este engendro es de 110 años) NO se ha establecido para el “Retiro Programado” en particular  sino para la Renta Vitalicia por las razones a continuación expuestas.

Un cliente de las AFP cumplidos los 65 años solicita su pensión, en el “Retiro Programado” el cliente la percibirá por no más de quinces años, es decir,  hasta los 80 años en promedio, ¿tendría algo que ver la irreal expectativa de vida a la que me he referido? ¡¡POR SUPUESTO!! ¡para reducir al máximo la devolución de los aportes del cliente! con la absoluta seguridad de su agotamiento  en no más de quince años. Si existieran clientes bajo esta modalidad percibiendo su pensión por más de quince años contados desde que cumplió los 65, muestren las Estadísticas y desmientan la presente conclusión.

En cambio en la “Renta Vitalicia” el robo es más vulgar y también sofisticado, primero todo lo ahorrado obligatoriamente a través de la vida laboral de un cliente por decisión “propia” de éste pasa a una compañía aseguradora generalmente dueña de la mayor participación en el negocio de la AFP de la que se trate primera consecuencia, la aseguradora recibe el dinero sin haber invertido un céntimo para captar la propiedad del cliente obligándose a cambio a pagarle una pensión, si el fondo es interesante más de medio millón de soles lo invitan para un café de negocios en las instalaciones de la aseguradora donde le explican con lujo de detalles cuanto percibirá como pensión y sus beneficios.

Ahora, como explicar todas la variables demandaría mucho tiempo, compartiré la información brindada por Prima AFP a mi persona en una imagen muy elocuente:




No hay que añadir nada más, cada quién juzgara el ofrecimiento de  estos negocios. Me pregunto si los congresista aceitados - véase  la mención sobre el lobby en el segundo párrafo- sabrán de estos “beneficios”. Para finalizar esta parte si se acercan a Prima AFP o a cualquier otra o a la SBS deben preguntar si todas esas modalidades referidas en la imagen compartida son realizables, hasta donde sé algunas formas de “Renta Vitalicia” no han sido reglamentadas para ser aplicadas.

Volviendo a la pregunta: ¿Que significa la devolución aprobada y observada por Humala Tasso Ollanta? INTRODUCE UNA NUEVA MODALIDAD DE PENSIÓN y únicamente para el sector jubilado bajo la modalidad de “Retiro Programado” pues en esta la AFP conserva los fondos y lo trascendente le permite a los por jubilarse la posibilidad de elegir entre tres opciones “Retiro Programado”, “Renta Vitalicia” o el Retiro del 95.5% de sus fondos y esta última ciertamente es la preocupación de las aseguradoras pues se les iría de las manos el dinero de los clientes de las AFP preocupación traducida en “lobbys especiales” y los “consultados” comprometidos a que no suceda semejante disparate, ¿acaso un pobre pero honesto ciudadano tiene derecho a su propiedad si con ella las aseguradoras incrementan sus riquezas? O como sostiene el señor Humberto Campodónico “Los jubilados son discapacitados mentales para administrar su dinero”, afirmación suscrita por la señora Verónica Mendoza.

Advertidos están los jóvenes a los cuales la jubilación le parece un tema tan lejano como al hombre invadir Saturno o el Planeta enano (no tan enano debido a recientes descubrimientos).
Ahora bien, reflexionamos sobre la “preocupación de los ricos y poderosos señores propietarios de las AFP”, ¿perderán el dinero de los clientes de las AFP obligados a entregarlo a una aseguradora para tener una pensión vitalicia? Veamos:

Descontemos a los poseedores de un fondo entre 100 y 200 mil Soles, estos optarán por retirar su dinero ¿por qué?  Porque en el primer caso recibirán como pensión más o menos S/. 550.00 mensuales y en el segundo no pasarán de los S/. 1,100.00 tanto en “Retiro Programado” como en “Renta Vitalicia”, es probable existan excepciones y por inseguridad y el riesgo de invertir adecuadamente se decidan por la Renta Vitalicia, corolario en este extremo las aseguradoras NO perderán a todo este segmento de futuros jubilados ¿Cuántos? Lo dirá el futuro.

Situación distinta enfrentarán los poseedores de más capital acumulado durante su vida laboral, estos pienso, meditarán mucho en retirar su dinero y entiendo de convertirse en Ley de la República el retiro del 95.5% de los fondos, las aseguradoras deberán crear incentivos (¡que les cueste quedarse con la propiedad de un cliente de las AFP!) para disuadir al por jubilarse de retirar sus fondos SI sin hacer ni arriesgar nada  puede recibir como pensión una suma asegurándole la vida durante los años que le queden en este Mundo.




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