sábado, 1 de junio de 2019

Ernesto Blume Fortini y la Reforma Constitucional - Rosa Bartra - Fernando Carvallo.


Los siguientes son los artículos que norman la iniciativa legislativa.

Artículo 107º.- El Presidente de la República y los Congresistas tienen derecho a iniciativa en la formación de leyes. También tienen el mismo derecho en las materias que les son propias los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y los colegios profesionales. Asimismo lo tienen los ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a ley.

Reforma Constitucional

Artículo 206º.- Toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas. La ley de reforma constitucional no puede ser observada por el Presidente de la República. La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros; a los congresistas; y a un número de ciudadanos equivalente al cero punto tres por ciento (0.3%) de la población electoral, con firmas comprobadas por la autoridad electoral.

COMENTARIO

Leamos con detenimiento el artículo 206°, para contrastar nuestra interpretación con la del Presidente del Tribunal Constitucional que durante 40 años ha enseñado Derecho Constitucional y sobre todo con la pretensión ejecutiva de aprobarla si o si antes de concluir el mes de junio de 2019-

Una primera y maciza conclusión es: el Presidente puede presentar las iniciativas que estime convenientes para reformar la Constitución o no, en la coyuntura, la "reforma política" es de primera prioridad del Ejecutivo para desterrar la corrupción y desarrollar el Perú que tiene mil y un problemas que no pasan, en mi opinión, por reforma constitucional alguna.

Muy bien, el Doctor Blume Fortini ha declarado que el Presidente no está habilitado para presionar al Congreso ni condicionarlo a aprobar las iniciativas que presente, sean o no de reforma constitucional (De acuerdo) menos, continúa Blume, si la ley que reforma la Constitución NO puede ser observada por el Presidente. (tengo algunas dudas sobre esta opinión).

Empecemos por la celeridad que exige el gobierno, veamos:

Si el Congreso aprueba en dos legislaturas ordinarias  consecutivas, necesariamente, y sólo en esa posibilidad, se puede omitir el Referéndum y el Presidente la celeridad que reclama en tanto hablemos de la reforma constitucional.

Pero si el Congreso sólo la aprueba en la presente legislatura y la rechaza en la que se inicia el 28 de julio del año en curso (2019), el Mandatario deberá convocar a un referéndum que, en el mejor de los casos se podría dar a fines de noviembre o comienzos de Diciembre y, la celeridad pretendida por el Ejecutivo se va por el caño.

Vizcarra en cuanto a la celeridad que solicita "manu militari" no ha sido bien asesorado o sus intenciones son dar un "Golpe de Estado".

Las leyes de desarrollo constitucional pueden o no ser aprobadas -tal cual- o modificadas por el Congreso, la pregunta es, ¿Si la autógrafa llega modificada, la aprobará o la vetará el Presidente?,

¿Que pasa entonces con su lucha contra la corrupción y el desarrollo del Perú que por encanto se producirá si son aprobadas sus iniciativas?

En cuanto a la opinión del Doctor Blume Fortini, de no poder observar una ley de reforma constitucional, ese NO es un impedimento,  en el peor de los  casos un riesgo si los artículos que reforman la Constitución son modificados por el Parlamento, que con su "ukase verbal" y luego escrito pretende evitar, pues si se ajustan a lo que ha pensado no existe razón alguna para preocuparse por ese impedimento ¿No es verdad?

Para dilucidar esta situación, en mi opinión, el Congreso NO debe aprobar la "Cuestión de Confianza" solicitada y que el Presidente tome la decisión que estime conveniente.

En la edición de ampliación de noticias en RPP piden diálogo, NO hay diálogo posible en mi concepto, decidamos la situación de Vizcarra que ahora está en la punta del iceberg.

Rosa Bartra CON TODO DERECHO le calló la boca al señor Carvallo por teléfono al haberla aludido sin la debida información.


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