domingo, 3 de noviembre de 2019

Jorge Morelli y el regreso del Disuelto Congreso



Un fujimoristta como Morelli Pando, describe un escenario impensado y que NO está oculto en la Constitución como desea hacerle creer a la gente que no lee. Cita, recortado el artículo 136° de la Carta Política, el texto completo es:
Artículo 136.- Restitución de facultades del Congreso disuelto

Si las elecciones no se efectúan dentro del plazo señalado, el Congreso disuelto se reúne
de pleno derecho, recobra sus facultades, y destituye al Consejo de Ministros. Ninguno de
los miembros de éste puede ser nombrado nuevamente ministro durante el resto del
período presidencial.
El Congreso extraordinariamente así elegido sustituye al anterior, incluida la Comisión
Permanente, y completa el período constitucional del Congreso disuelto.

¿Por qué piensa en un escenario tan complejo?
No lo puede tener "in pectore" ni el fujimorismo, sus aliados ni ninguna agrupación política, mucho menos el ejecutivo.
Entonces, por eliminación, solo queda el TC, pero para que ello ocurra, el fallo debe ser mucho antes de enero 26 del año 2020 siempre, condición necesaria, que declare la inconstitucionalidad de la disolución del Congreso, en cuyo caso el Congreso disuelto retoma sus poderes y destituye al Consejo de Ministros y, tal vez, aunque no sería oportuno, proceda con la vacancia del Presidente para que de inmediato sea enjuiciado COMO SERÁ con el gobierno que se instale el 28 de julio de 2021, un usurpador tiene que ser castigado.
Dudo que el TC lo haga, ya demostró la infamia que avala al rechazar la Medida Cautelar.
Es un escenario difícil de imaginar, usted que piensa amigo navegante.

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