sábado, 20 de abril de 2019

EQUIDAD, ENFOQUE O IDEOLOGÍA DE GÉNERO ¡¡¡LES DEBIERA INTERESAR!!!!! LA OCASIÓN LA PINTAN CALVA.

SI NO ES POR ANGAS ES POR MANGAS, ¡¡ATENCIÓN SEÑORES QUE SE OPONENE A LA IDEOLOGÍA, ENFOQUE O ENTIDAD DE GÉNERO!!
ECONOMIA Y FINANZAS
Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de desarrollar los contenidos técnicos del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo
Infantil Temprano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 161-2019-EF/10
SE RESUELVE:
Artículo 1. Creación y objeto del Grupo de Trabajo
Multisectorial
Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de
naturaleza temporal, con el objeto de desarrollar los
contenidos técnicos del Programa Presupuestal orientado
a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano, que
depende del Ministerio de Economía y Finanzas, con
una duración de doscientos diez (210) días calendario
contados a partir de su instalación.
Artículo 2. Funciones
El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes
funciones:
1. Diseñar el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano que contenga los factores e intervenciones efectivas respecto de cómo abordar el Desarrollo Infantil Temprano sustentado en la mejor evidencia científi ca disponible.
2. Participar de las discusiones técnicas temáticas que se organicen para el diseño del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano.
3. Coordinar con la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) la priorización de condiciones e intervenciones.
4. Presentar el documento que sustente el diseño del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano a la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3. Conformación
3.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado
por los/as siguientes miembros:
a) Un/a (1) representante de la Presidencia del
Consejo de Ministros.
b) El/la Viceministro(a) de Hacienda del Ministerio de
Economía y Finanzas, quien lo preside.
c) El/la Viceministro(a) de Políticas y Evaluación Social
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

d) El/la Viceministro(a) de Salud Pública del Ministerio
de Salud.
e) El/la Viceministro(a) de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud.
f) El/la Viceministro(a) de Gestión Pedagógica del
Ministerio de Educación.

g) El/la Viceministro(a) de Poblaciones Vulnerables
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
h) El/la Viceministro(a) de Construcción y
Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
i) El/la Viceministro(a) de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
j) El/la Viceministro(a) de Interculturalidad del Ministerio de Cultura.
k) El/la Viceministro(a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
3.2 Los/as miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial designan a un/a miembro alterno(a), mediante Oficio dirigido a la Secretaría Técnica, en un plazo no mayor de cuatro (04) días hábiles de publicada la presente Resolución.
3.3 Los/as miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen su cargo ad honórem.

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