domingo, 20 de marzo de 2022

PUEDE PLANTEARSE UNA ACCIÓN DE AMPARO PARA DEJAR SIN EFECTO LOS INDULTOS QUE SE CONCEDEN



El Doctor Guillermo Olivera Díaz, tiene una opinión que no puedo compartir, señala en el minuto nueve, que se puede plantear una Acción de Amparo para dejar sin efecto la Res. Suprema que otorgö el indulto a Fujimori. No lo estoy, Primero por una razón de fondo, NO CONOZCO, NO SE CONOCEN los fundamentos del FALLO del Tribunal Constitucional.

Segundo. La Resolución Suprema qjue otorga un INDULTO, tiene características especiales, se emite a solicitud de parte si se han cumplido determinados requisitos y es una atribución EXCLUSIVA y EXCLUYENTE del Presidente de la República en ejercicio, NO es una facultad de la Presidencia sino de quién la desempeña, en pocas palabras NO es un simple acto administrativo como por ahí he escuchado declarar a alguien, NO SE PUEDE APELAR si es denegada y si esa Resoluciön es materia de una acción de garantía (Hábeas Corpus por ejemplo) ESTIMADA por el Tribunal Constitucional, pretender qjue el actual Presisdente de nuestra Aldea interponga una Acción de Amparo tendríamos, si se declarase FUNDADA por el propio TC que el INDULTO dejó de ser una atribución del Jefe de Estado en la medida que es él (Presidente en ejercicio) el que plantea el amparo, contra una Resolución del mismo nivel de la anterior pero con otro actor (Pedro Pablo Kuzcynski) algo así como Pedro Picapiedra I contra Pedro Picapiedra II, el resultado será un arroz con "Tenia" que nos dejará flacos y sin aliento.

Concluyo, NO existe ninguna acción o decisión jurídica, jurisdiccional o presidencial aque deje sin efecto lo resuelto por el TC, calladitos están mejor o mandamos todo al canasto y que cada quién haga lo que se le de la gana.

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