De pronto BULLARD salta y sin garrocha de abogado de ricos a defensor de las comunidades indígenas y nativas. ¿Será así?, veamos:
PRIMERO:
¿Porqué en nuestra Constitución los recursos naturales renovables y no renovables son propiedad del Estado y si los dueños, amos, señores, descubren metales preciosos bajo el suelo de su propiedad son del Estado si, por principio lo accesorio sigue la suerte de lo prudencial, intentemos responder:
DUEÑO DE NADA
¿Sabía que usted es menos dueño de su terreno de lo que
cree? Aquí una historia de cómo el Estado se apropió de lo que es suyo.
ALFREDO BULLARD
abullard@comercio.com.pe
Actualizado el 26/07/2020 a las 07:00
Usted es dueño de un terreno. Haciendo una excavación para
unas obras encuentra una superficie dorada. Descubre una veta de oro. Es
grande. Piensa: “Voy a ser millonario”.
Olvida un pequeño detalle: su terreno está en el Perú. El
oro sobre el que está parado no es suyo. Es del Estado. Así lo dice la
Constitución, artículo 66: “Los recursos naturales, renovables y no renovables,
son patrimonio de la Nación”.
No entiende por qué. El recurso está en su propiedad. ¿Cómo
no va a ser suyo? Usted recuerda que ha visto películas donde quien encuentra
minerales o petróleo en su tierra se vuelve millonario. “Debe haber visto
películas gringas. Allí la ley es diferente. En Estados Unidos, el dueño del
suelo es dueño de lo que encuentre debajo”, le explica un abogado.
Pero allí no termina su tragedia. Su vecino, que se enteró
ocasionalmente de su descubrimiento, obtuvo del gobierno una concesión minera.
Ahora tiene el derecho otorgado por el Estado de explorarlo. El vecino pide una
servidumbre legal que le da derecho de explotar la mina usando la superficie
del terreno. Ahora es dueño de nada. Lo que parecía una bendición es en
realidad una maldición.
Parafrasea a Raimondi (que en realidad no dijo lo que dicen
que dijo): “Soy un mendigo sentado en un banco de oro”.
Este resultado es contrario al sentido común. Un buen día el
Estado se atribuyó para sí la propiedad de los recursos naturales, incluidos
los que están dentro de nuestra propiedad. Así quedó en nuestras
constituciones.
Curiosamente, en medio de los estropicios e irracionalidades
que arroja (casi diría que vomita) este Congreso, hay un proyecto (de José
Alejandro Vega Antonio) que ha visto el problema, pero no entiende la solución.
Plantea modificar los artículos 66 y 70 de la Constitución
para declarar que el propietario de la superficie es dueño también del
subsuelo. Pero la buena intención se queda atrapada en un error y en la trampa
estatista de que el dueño no puede serlo de los recursos naturales.Su intención
es correcta: darle poder de negociación al dueño del suelo, que incluye
comunidades que usan protestas sociales como alternativas a su inexistente
derecho de propiedad sobre los recursos naturales. Con ello, el propietario
(por ejemplo, una comunidad campesina) podrá obtener una participación económica
en lo que debería ser suyo desde un principio.
Pero el congresista olvida que el subsuelo ya es, desde los
inicios de la República, del propietario. Su cambio no cambia nada en realidad.
Eso ya está en el artículo 954 del Código Civil: “La propiedad del predio se
extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos
verticales del perímetro superficial y hasta donde sea útil al propietario el
ejercicio de su derecho”.e
Y es que el congresista no se atrevió a decir lo que debería
decir: los recursos naturales deben ser del propietario del predio donde se
encuentran. Con ello sacamos al Estado de una ecuación en la que no suma nada y
en la que nunca debía estar. Así damos capacidad de negociación real (y justa)
a quien es, por naturaleza, dueño del recurso. Todavía está a tiempo el
congresista Vega de corregir su error, su proyecto y darnos, por fin, una
solución.
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