lunes, 13 de agosto de 2018

ABORTO - SALE CALIENTITO

ABORTO, sale caliente

Si desean aprobar el aborto, propongo:
Modificar el Código Civil en los siguientes términos:


TÍTULO II
Relaciones Personales entre los Cónyuges
CAPÍTULO ÚNICO
Deberes y derechos que nacen del matrimonio
Obligaciones comunes de los cónyuges
Artículo 287º.- Los cónyuges se obligan mutuamente por el hecho del matrimonio
a alimentar y educar a sus hijos.
CONCORDANCIAS: Ley Nº 28970
R.A. Nº 136-2007-CE-PJ

Artículo 287ºA Los cónyuges se obligan a solicitar al Juez de Primera Instancia, especializado en familia, la interrupción del embarazo antes que el feto cumpla seis semanas de gestación exponiendo las razones de su solicitud y presentando las pruebas que son fundamento de la decisión.

Artículo 287ºB El Juez sin más trámite resolverá la petición dentro de las cuarentiocho horas de presentada, decisión en la que deberán estar presentes los solicitantes, declarando fundada, infundada o las acciones que deben los cónyuges cumplir, en cuyo caso, se entenderá que la interrupción del embarazo no fue concedida.

Artículo 287ºC Si los cónyuges no estuviera de acuerdo, deberán APELAR en el acto de la lectura del fallo del juzgador. Quién elevará ese mismo día a la Sala Superior el expediente y la Sala resolverá citando a los cónyuges dentro de las setentidos horas posteriores a la recepción del expediente, con su fallo termina el procedimiento y no es admisible por consideración alguna hacer uso del Recurso de Casación.

Artículo 288ºD Si la interrupción del embarazo fuere negada y los cónyuges procedieran a abortar al feto y llegara esta decisión, a oídos por cualquier medio de las autoridades del Poder Judicial, habrán incurrido en el delito de Homicidio agravado conforme a lo dispuesto en el Código Penal.

Naturalmente este es sólo un ensayo elaborado en 50 minutos, debe modificarse los artículos 316ª incorporando una obligación más, el 326º referido al concubinato, agregando también la convivencia imperfecta (los que tienen impedimento matrimonial), finalmente el 333º incorporando como causal de la separación de cuerpos el que la mujer aborte sin el consentimiento de su cónyuge varón (necesaria precisión, si fueran homosexuales, obviamente no existe permiso alguno que solicitar)

Por último, deberá adecuarse el Código Penal al tipo de homicidio que nace de esta obligación.

En realidad, bien estudiado las implicancias del aborto obligarán a otras modificaciones en el Código Procesal Civil PARA QUE LOS PLAZOS SE RESPETEN, carecería de todo objeto que la decisión del juzgador se pronuncie después de seis meses, por ejemplo, si no resuelve la solicitud en 48 horas de haber sido presentada con asistencia de los peticionantes, estos darán por denegada su solicitud apelando a la instancia superior con cuya decisión concluye el proceso tal como está normado en este proyecto.

Si tampoco están de acuerdo los PRO MUERTE ni los PRO VIDA, entonces ya no se trata de un cuestión de salud, de pobreza, de mejor calidad de vida, SINO DE PUROS Y ASQUEROSOS INTERESES.

Un amigo virtual al leer mi comentario escribió: La interrupción voluntaria y legal del embarazo se impondrá más temprano que tarde

A lo que he contestado:

No entiendo nada entonces,si la idea es matar indiscriminadamente no habrá ningún argumento que sea aceptado, cuando escribo MATAR no describo a un ser humano alumbrado luego de nueve meses de desarrollo en el vientre materno, sino del proceso que todos pasamos antes de poder llamarnos humanos y matar el feto en cualquier de esas etapas se está IMPÌDIENDO su nacimiento y por ende estamos matando esa vida en formación.

Amigo Injoque, si los pobres del Mundo (mujeres) deben abortar utilizando "palitos de tejer" como he leído ayer porque no tienen recursos para acudir a un médico, cómo, por ejemplo, podrían saber que su futuro bebé se está desarrollando con malformaciones.

Lo anterior nos obligaría (al Estado) si es incapaz de enseñar facilitar métodos de control que, en la actualidad existen, pero cuya aplicación deja mucho que desear, de suerte que, los cónyuges de un nueve bebé deforme puedan acudir al Juez para pedir la interrupción del embarazo.

Un señor de apellido Linares se dirige al señor Julio Fernando Injoque y le dice: "Julio no gastes pólvora en gallinazo", le respondí con las siguientes palabras:

La vida no es una ciencia exacta señor Linares, defiendo la vida pero no me sustraigo del problema, el amigo Julio Fernando Injoque tiene sus razones que se fundan en opiniones científicas sobre el comienzo de la vida y una culpa inexcusable de la religión -siempre desde su perspectiva-, y demanda se apruebe el Aborto Legal, como quiera que, no acepta otra solución, el día de hoy he compartido un trabajito que hice por la mañana MODIFICANDO el Código Civil bajo el título "Aborto - sale caliente", puede usted leerlo en el muro de mi página.

Es tiempo de pensar en el entendimiento en este tema en el que el poder mundial está metido hasta el pescuezo y la o las razones son muy simples la depredación de nuestro habitat porque no contentos con arruinar el de los animales hace buen tiempo que lo estamos haciendo en nuestro perjuicio, esta depredación va a cambiar la alimentación a la que hemos estado acostumbrados y como la población no deja de crecer en algunos años más la producción será insuficiente, se necesita reducir el crecimiento demográfico porque la sed de dinero y poder no tiene límites, fíjese usted con el problema comercial entre China y USA los asiáticos ya no le comprarán soja a los gringos, de pronto a los argentinos y al Brasil pero no en la cantidad suficiente pues con ella alimentan a los perros que después se despacharán en sus comidas, también tienen otro animal pero no recuerdo su nombre.

No diga usted que el asunto está cerrado, puede que sus nietos coman gallinazos si es que todavía hay un Mundo habitable.

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