Hoy en Gestión (Sección economía) publica el siguiente artículo:
Por: Elmer Cuba
El ajuste del salario mínimo es
un tema que hay que zanjarlo cuanto antes porque mientras no se
institucionalice con una ley (que incluya un mecanismo técnico de indexación)
cualquier gobierno lo seguirá modificando con criterio político, como ocurrió
en los últimos años.
Resulta positivo que en el
Consejo Nacional de Trabajo (CNT) se busque un acuerdo sobre este tema. Sin
embargo, dado su nivel inicial, el reajuste del salario mínimo debería hacerse
recién en cuatro años y, a partir de ahí, cada dos años, o cuando alguna
variable lo gatille antes, por ejemplo, una tasa de inflación alta.
Resulta popular hablar de
aumentar el salario mínimo, pero pocos reconocen que al monto al que está
fijado actualmente (S/ 930) no es ´mínimo’.
En realidad es muy alto, ya que a
ese nivel hay 42% de trabajadores dependientes urbanos, trabajen o no en
empresas formales, que ganan menos que ese monto.
Por ello, lo primero por hacer es
calcular cuál será el punto de partida para los ajustes posteriores del mínimo.
Según estimaciones de
Macroconsult, la mediana del ingreso laboral privado dependiente fuera de Lima
sería de S/ 940 en el 2018 y el salario mínimo está en S/ 930.
El aumento a esos niveles ha sido
un factor de informalización fuera de Lima. Es en el interior del país donde el
mínimo genera más fricciones.Desafortunadamente, en los ajustes del salario
mínimo que se han hecho en los últimos dos años, se nos pasó la mano, ya que es
muy improbable que en ese periodo la productividad del trabajo haya subido 24%
(que es lo que subió el salario mínimo).
Un salario mínimo bien fijado
defiende a los trabajadores menos calificados, pero si se fija mal puede
producir distorsiones e informalidad laboral y empresarial, sobre todo fuera de
Lima.
Una opción sería tener salarios
mínimos diferenciados por regiones, por la importante razón de existir
distintos costos de las canastas de consumo en cada una de ellas. En cambio, no
parece una buena idea tener salarios mínimos diferenciados por tamaño de
empresa, porque pueden tener efectos distorsionadores en el mercado laboral.
Son las mismas labores y ocupaciones, al margen del tamaño de la firma.
Actualmente en el Perú hay un
total de 4.95 millones de trabajadores dependientes urbanos en el sector
privado. De estos, 1.9 millones son formales en el sector formal; casi un
millón (948 mil) son informales en el sector formal (una tarea pendiente de
Sunafil); y 2.1 millones son informales en el sector informal. Si se sigue
aumentando el salario mínimo de espaldas a la evolución de la productividad
laboral se va a seguir impidiendo que avance la formalidad.
Por ejemplo, si el salario mínimo
se aumentara de golpe a S/ 1,400 (como proponen las centrales sindicales en el
CNT), eso no afectará a la gran empresa sino a las pequeñas y medianas empresas
intensivas en mano de obra que son mayormente de servicios y comercio, donde el
aumento hará que los trabajadores se informalicen y que aquellos que ya ganaban
por debajo, pero cerca, del mínimo, se alejen de la formalidad.
Con un aumento del mínimo de esa
magnitud, el porcentaje de trabajadores dependientes urbanos que pasaría a
ganar un monto menor a este subiría a 64%.
Es decir, un quinto de los
trabajadores urbanos dependientes del sector privado; esto es, un millón más
que ahora, pasarían a ganar menos que el salario mínimo.Es correcto ajustar el
salario mínimo por la inflación y la productividad para que no se retrase.
En el caso del ajuste por
inflación debería usarse el IPC de cada región. Y el ajuste por productividad
debe hacerse con la productividad laboral (no la de todos los factores). Una
buena ‘proxi’ de esta última es el PBI per cápita (o el PBI sobre la PEA
empleada). O, mejor aún, la productividad laboral promedio del segmento de la
población que gana, en la vecindad, el salario mínimo.
COMENTARIO
No soy Economista, soy Abogado, pero como toda persona con "cinco dedos de frente" tengo SENTIDO COMÚN, deseo antes de continuar, compartir con ustedes la evolución de la Remuneración Mínima desde el año 1992 a la fecha:
EVOLUCIÓN DE LA REMUNERACIÓN MÍNIMA
VITAL (RMV)
|
DISPOSITIVO
|
VIGENCIA
|
OBREROS
|
EMPLEADOS (mensual)
|
|
D.S Nº 003-92-TR
|
Del 09.02.1992
|
al 31.03.1994
|
S/. 2.40
|
S/. 72.00
|
D.U. Nº 10-94
|
Del 01.04.1994
|
al 30.09.1996
|
S/. 4.40
|
S/. 132.00
|
D.U. Nº 73-96
|
Del 01.10.1996
|
al 31.03.1997
|
S/. 7.17
|
S/. 215.00
|
D.U. Nº 27-97
|
Del 01.04.1997
|
al 30.04.1997
|
S/. 8.83
|
S/. 265.00
|
D.U. Nº 34-97
|
Del 01.05.1997
|
al 30.08.1997
|
S/. 10.00
|
S/. 300.00
|
D.U. Nº 74-97
|
Del 01.09.1997
|
al 09.03.2000
|
S/. 11.50
|
S/. 345.00
|
D.U. Nº 12-2000
|
Del 10.03.2000
|
al 14.09.2003
|
S/. 13.67
|
S/. 410.00
|
D.U. Nº 22-2003
|
Del 15.09.2003
|
al 31.12.2005
|
S/. 15.33
|
S/. 460.00
|
D.S Nº 016-2005-TR
|
Del 01.01.2006
|
al 30.09.2007
|
S/. 16.67
|
S/. 500.00
|
D.S Nº 022-2007-TR
|
Del 01.10.2007
|
al 31.12.2007
|
S/. 17.67
|
S/. 530.00
|
D.S Nº 022-2007-TR
|
Del 01.01.2008
|
al 30.11.2010
|
S/. 18.33
|
S/. 550.00
|
D.S Nº 011-2010-TR
|
Del 01.12.2010
|
al 31.01.2011
|
S/. 19.33
|
S/. 580.00
|
D.S Nº 011-2010-TR
|
Del 01.02.2011
|
al 14.08.2011
|
S/. 20.00
|
S/. 600.00
|
D.S Nº 011-2011-TR
|
Del 15.08.2011
|
al 31.05.2012
|
S/. 22.50
|
S/. 675.00
|
D.S. Nº 007-2012-TR
|
Del 01.06.2012
|
al 30.04.2016
|
S/. 25.00
|
S/. 750.00
|
D.S. Nº 005-2016-TR
|
Del 01.05.2016
|
al 31.03.2018
|
S/. 28.33
|
S/. 850.00
|
D.S. Nº 004-2018-TR
|
Del 01.04.2018
(Para microempresas a partir del 01-05-2018) |
en adelante
|
S/. 31.00
|
S/. 930.00
|
El mentiroso de Cuba precisa en su artículo lo siguiente:
"En los ajustes del salario mínimo que se han hecho en los últimos dos años, se nos pasó la mano, ya que es muy improbable que en ese periodo la productividad del trabajo haya subido 24% (que es lo que subió el salario mínimo)"
Si ven el cuadro en los dos últimos años la Remuneración Mínima Vital subió el 24% si tomamos como base S/. 750.00 vigente desde Junio de 2012 hasta el 30 de abril de 2016, pero desde la última vez que se aumentó 01 de mayo de 2016 a la actualidad el incremento es menor al 10%.
Lo anterior sólo grafica la profesión de Economista y quienes dicen serlo.
Muy bien, bastaría lo anterior para descalificar a Cuba y su comentario que sólo, repito, es ejemplo incontestable que por dinero los humanos, en especial los profesionales y dentro de ellos, los Economistas son capaces de cualquier cosa y ocupar, en razón de ellas, cargos importantes dentro del Estado, aunque sean unos imbéciles.
Si 42% de los trabajadores perciben menos que el actual ingreso mínimo se perjudicarán pues pasarán de 42 a 64% si se aumenta el mínimo legal (por ahora,supuesto, S/. 1,400.00 mensuales) que, según el mentiroso de Cuba, los empleadores no abonarán, ¿Por qué? por qué el sector informal seguirá huyendo como lo ha hecho desde el 1er. Gobierno de Fujimori, dado que son pequeños y medianos empresarios, considerando imagino al sector informal que labora en empresas formales; En pocas palabras los ricos NO pagan porqué la productividad no aumenta, mas ese incremento depende mucho más del empleador que del trabajador, en consecuencia, si aumenta el poder adquisitivo de la gente y no hay producción de bienes y servicios para cubrir la demanda que el aumento genera, es posible que sus efectos sean inflacionarios, sucede sin embargo, que los "servicios" y el "comercio" a su vez dependen de los agentes productores cuyos productos comercian y estos, por pertenecer a nuestra famélica industria se concentran en el sector textil, abastecido a su vez por el campo y las importaciones, ya sabemos como está el campo y la porquería que percibe un trabajador y digo porquería porqué su remuneración sin ningún beneficio laboral no cambiará si al Capital no le parece.
El mentiroso de Cuba ni siquiera lee, presenta sus cifras y ¡a callar todos!.
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