viernes, 24 de noviembre de 2017

COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA ELECCIONES 2017 PARA DECANO

El Código Civil es después de la Constitución la norma reguladora de la conducta en sociedad en su diversas manifestaciones, sus instituciones, entre ellas la DE REPRESENTACIÓN cumplen un rol fundamental en las relaciones personales o comerciales.

Negar valor a la REPRESENTACIÓN es un acto abusivo del derecho, más aún si la disposición que prohíbe que Juan represente a Fidel por encontrarse este último en Francia es ordenada, en este caso por el Comité Electoral responsable de la elección del nuevo Decano de la orden, es además de arbitraria, abusiva y carente de lógica UN ACTO DE PREPOTENCIA que le ha permitido, por ejemplo, a la señorita Annie Rodríguez (espero que sea su nombre) trabajadora de la ONPE votarme del local ubicado en el cuarto piso del Poder Judicial pues, al pedirle hablar con un representante me contestó vaya usted a la sede central (que está en Miraflores).

Intente conversar en la dirección de Defensa Gremial , no se encontraba quién debía cumplir tal función. Un joven empleado me informó que el artículo 67° del Reglamento Electoral prescribía que la solicitud  requiriendo el PIN y contraseña para el voto NO presencial era estrictamente personal.

Cuento con el PODER respectivo del colega que radica fuera de Lima para que en su nombre y representación retire el PIN y contraseña, para el Comité Electoral NO VALE NADA.

Esta barbaridad IMPIDE a los miembros de la orden que se encuentren en el interior o fuera del País ejercer su DERECHO a elegir.

El joven empleado me dio el número  (01) 7106625 directo del comité electoral nadie atendía.

Mi amigo y colega no sólo estará privado de elegir sino que además deberá pagar una multa por no hacerlo que es desde muy lejos más económica que viajar a Lima.

El Comité Electoral viola la Constitución, no respeta los mandatos del Código Civil siendo que  cualquier intento de suplantar al abogado que debe votar será fácilmente detectado y quien tenga la osadía de abrir la información que es recibida SELLADA estará incurso en el delito de usurpación de nombre.

Sólo encuentro una suerte de favorecimiento a los elegibles. QUE SE EXIJA  al Comité Electoral y a la Junta Directiva en funciones  informen de los colegas que por diversas razones se encuentran en el interior del País o en el extranjero, de suerte que podamos los Abogados saber que número de abogados NO han podido sufragar QUERIENDO HACERLO.

No hay comentarios:

EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...