Guillermo Castañeda Mungi - El ADULTO MAYOR ABUSADO
Deseo llamar la atención de la
ciudadanía sobre este tema, NO es cierto que se exija Certificado de Salud Mental,
es un negociado todo este asunto.
Cuando una persona mayor de
setenta años acude a una Notaría para vender alguna propiedad que le pertenece
habrá de bastar que el Notario o a quién
haya designado en su representación para formularle al “anciano” (tengo casi 70
años por eso el entrecomillado) algunas preguntas, la mayoría elementales que le
permitan saber si el vendedor goza de todas sus facultades.
Es más esta “advertencia”
puede prestarse para estafar a cuanto incauto la crea.
Antes del Dec. Leg. Nº 1049,
la Ley 26002 exigía que los mayores de 80 años contaran con un testigo que, digámoslo
así, certificara que la venta de la propiedad era la libre expresión de la
voluntad del enajenante.
En el supuesto que, un adulto
mayor de setenta años NO esté en condiciones de expresar su voluntad, se
demanda su interdicción nombrándose al curador que lo representará en los actos
de disposición de su patrimonio, generalmente un miembro de la familia.
Imagínense ustedes a las
estafas que estaría sometido un “anciano” mayor de setenta años INCAPAZ con los
angelitos que existen en el mercado con o sin título de “delincuente”,
jejeje!!!
EN MI OPINIÓN ESTA ES UNA MANIOBRA MUY BIEN PENSADA en la que el autor de la nota SIN SABERLO contribuye a difundir, PARA DESVIAR LA ATENCIÓN FUNDAMENTAL, que los "ancianos" puedan vivir sin sobresaltos económicos o tener que depender de los hijos que lo único que desean es que se muera porqué jode mucho, vía, por ejemplo una PENSIÓN DIGNA.
“Si bien la Ley del Notariado no
obliga a ese examen médico, la seguridad jurídica lo justifica, ya que el
notario da fe de la capacidad de las personas para el acto que están
interviniendo y por tanto qué mejor que pedir la evaluación de un médico sobre la
capacidad mental del contratante para tener la seguridad real de su voluntad y
así evitar futuras acciones legales tendientes anular la compraventa por falta
de capacidad del vendedor.”
“No se olvide que cualquier
consulta debe hacerlo a un notario, abogado especializado . Si tiene alguna
duda, tambien puede llamarme o enviarme un correo”.
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