sábado, 11 de noviembre de 2017

Guillermo Castañeda Mungi - El ADULTO MAYOR ABUSADO


Deseo llamar la atención de la ciudadanía sobre este tema, NO es cierto que se exija Certificado de Salud Mental, es un negociado todo este asunto.
Cuando una persona mayor de setenta años acude a una Notaría para vender alguna propiedad que le pertenece habrá de bastar  que el Notario o a quién haya designado en su representación para formularle al “anciano” (tengo casi 70 años por eso el entrecomillado) algunas preguntas, la mayoría elementales que le permitan saber si el vendedor goza de todas sus facultades.

Es más esta “advertencia” puede prestarse para estafar a cuanto incauto la crea.
Antes del Dec. Leg. Nº 1049, la Ley 26002 exigía que los mayores de 80 años contaran con un testigo que, digámoslo así, certificara que la venta de la propiedad era la libre expresión de la voluntad del enajenante.

En el supuesto que, un adulto mayor de setenta años NO esté en condiciones de expresar su voluntad, se demanda su interdicción nombrándose al curador que lo representará en los actos de disposición de su patrimonio, generalmente un miembro de la familia.

Imagínense ustedes a las estafas que estaría sometido un “anciano” mayor de setenta años INCAPAZ con los angelitos que existen en el mercado con o sin título de “delincuente”, jejeje!!!

EN MI OPINIÓN ESTA ES UNA MANIOBRA MUY BIEN PENSADA en la que el autor de la nota SIN SABERLO contribuye a difundir,  PARA DESVIAR LA ATENCIÓN FUNDAMENTAL, que los "ancianos" puedan vivir sin sobresaltos económicos o tener que depender de los hijos que lo único que desean es que se muera porqué jode mucho, vía, por ejemplo una PENSIÓN DIGNA.


“Si bien la Ley del Notariado no obliga a ese examen médico, la seguridad jurídica lo justifica, ya que el notario da fe de la capacidad de las personas para el acto que están interviniendo y por tanto qué mejor que pedir la evaluación de un médico sobre la capacidad mental del contratante para tener la seguridad real de su voluntad y así evitar futuras acciones legales tendientes anular la compraventa por falta de capacidad del vendedor.”


“No se olvide que cualquier consulta debe hacerlo a un notario, abogado especializado . Si tiene alguna duda, tambien puede llamarme o enviarme un correo”.

No hay comentarios:

EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...