miércoles, 27 de diciembre de 2017

ALBERTO KENYA FUJIMORI GRACIA PRESIDENCIAL, INDULTO HUMANITARIO

Los que hayan leído este blog  saben que desde el 27 de diciembre del año 2011 y antes también opiné sobre el indulto a Fujimori,en la actaulidad y ya concedido, algunos abogados pretenden desviar el tema del indulto humanitario estrictamente relacionado con la salud del indultado derivándola a una de carácter procesal, sosteniendo que los plazos para que la gracia presidencial se cumpla NO se dan en el caso del ajusticiamiento de seis personas en Pativilca. Bien, en  Derecho y por mandato constitucional cuando una norma legal entre en conflicto con la Constitución se prefiere lo dispuesto por ésta (la Constitución) y, nuestra Carta Política establece que:

Artículo 139.- Principios de la Administración de Justicia
Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
....
......
11. La aplicación de la ley más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre leyes penales.

Se plantea que los plazos se deben contar desde tal o cual hecho procesal, existe un debate sobre el tema, algunos como el Abogado Azabache opinan porque los plazos que habilitan al Presidente a conceder el derecho de gracia no se han cumplido otros no es cierta tal afirmación y que SI se han cumplido, al respecto el artículo 118º de la Constitución establece en su inciso..:

21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria..

En consecuencia, el debate sobre los plazos es una maniobra distractiva que da por sentado que el indulto por su estado de salud deviene en HUMANITARIO.

Por lo tanto y como sostiene el Dr. Nakazaki sólo si se prueba que la fibrilación auricular que sufre el Presidente NO es cierta, sólo en ese caso se podría revocar el indulto.

Muy bien, ¿Que supone la fibrilación auricular?

http://www.fundaciondelcorazon.com/informacion-para-pacientes/fibrilacion-auricular/que-es-fibrilacion-auricular.html

¿Qué es la fibrilación auricular?

Cuando el ritmo cardiaco normal (sinusal) se pierde, se produce una arritmia. La fibrilación auricular (FA) es la arritmia más frecuente y se produce cuando en condiciones normales:
La frecuencia cardiaca se eleva o baja. La frecuencia cardiaca es la velocidad a la que late el corazón; es decir, es el número de veces que se contrae por minuto. Lo normal es que la frecuencia esté entre 60 y 100 latidos por minuto. Se produce una arritmia cuando, en condiciones normales, la frecuencia cardiaca baja (braquicardia) o se eleva (taquicardia).
El ritmo cardiaco deja de ser regular. El ritmo cardiaco se refiere a cómo se producen los latidos del corazón; si son regulares o irregulares. El ritmo cardiaco se adapta a las necesidades del organismo en cada momento. Por eso se acelera al hacer ejercicio y va más lento cuando dormimos. Pero, en condiciones normales, debe ser regular.

Causas de la fibrilación auricular

En ocasiones, la fibrilación auricular aparece sin motivo aparente, pero otras veces sí hay un claro desencadenante. Éstas son las causas más comunes:
Hipertensión. La causa más frecuente de fibrilación auricular es la presión arterial alta o hipertensión arterial.
Problemas cardiacos. Cualquier enfermedad en el corazón (de las válvulas, angina de pecho, infarto...) puede provocar fibrilación auricular.
Enfermedades hormonales. En algunos casos puede ser resultado de alteraciones del tiroides o de otras enfermedades hormonales.
Desconocida. Cuando después de realizar las pruebas necesarias no se encuentra ninguna causa, la fibrilación auricular recibe el nombre de fibrilación auricular idiopática o de causa desconocida. Representa hasta un tercio de las personas afectadas.

Tipos de fibrilación auricular

No todas las personas tienen el mismo número de crisis de fibrilación auricular, ni éstas se dan en las mismas situaciones. Hay quien tiene varias al mes y quien sufre un solo episodio en su vida. Aun así, en función de su comportamiento y evolución, se distinguen dos tipos de fibrilación auricular:
Paroxística. Las crisis aparecen y desaparecen. Son de duración variable (de menos de un minuto a días). Es posible que una fibrilación auricular paroxística progrese a una permanente.
Persistente y permanente. La fibrilación auricular es constante, sin que en ningún momento reaparezca el ritmo cardiaco normal (sinusal).

CONCLUSIONES:

Si leemos con atención, en su padecimiento más grave (permanente) NO supone un estado terminal, puede no obstante, ser cierto que el encierro afecte el ritmo cardíaco y como un estado de tensión lo viven todos los internos, la mayoría en mazmorras y no con los beneficios de los que gozaba el ex presidente Fujimori y que ADEMÁS NO tienen relación con la edad, el indulto a Fujimori por esta dolencia DEBE EXTENDERSE A TODOS LOS SENTENCIADOS QUE CUMPLEN CONDENA en las cárceles peruanas que me recuerdan mucho a la película "El Expreso de Media noche" o "El Expreso de Oriente" que narra la historia real de un norteamericano en cárceles turcas, DEBE SER INDULTADOS DE INMEDIATO y por las mismas razones.


Este es el trabajo de los medios para manipular, engañar y distraer al pueblo que SÓLO UNIDO, pero de verdad, NO SERÁ VENCIDO.

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