Usted señora NO entiende o trabaja para las AFP, ¿No se da
cuenta que era muchísimo mejor proponer una pensión en función a los años
aportados?, comenzando desde los DIEZ AÑOS completos de aportes y por cada año
adicional 1/10 de incremento hasta los 20 años mínimos exigidos por el DL N°
19990.
NO puede prescindir de 20 años mínimos, Tampoco se da cuenta
del INMENSO DAÑO que le hace a los aportantes, piensa por ventura que darle S/.
4,300.00 que se terminará en una Semana que abonarle una pensión, inicialmente
de S/. 250.00 que se incrementar+a como lo he indicado y que, además, se DEBE
actualizar cada vez que se aumente la Remuneración Mínima Vital.
Ni siquiera ha leído la Segunda Disposición Transitoria de
la Constitución del Estado.
Me da mucha pena señora que usted carezca de la suficiente
información para dirigirse a sus votantes con la propiedad y seguridad que le
han otorgado CON LA VERDAD.
Ciertamente, para mí, no es inconstitucional la devolución,
por lo menos se puede discutir tal interpretación,
Está tan desinformada o reitero trabaja para las AFP, que no
comenta las barbaridades declaradas por la Dama de la triste figura, Ministra
de Economía a la sazón, que está tan desinformada como usted, NO CONOCE ni por el forro el
significado del Sistema de REPARTO.
No se olvide que mientras MÁS habla MAS prestigio pierde y
desnuda sus intereses.
No hay comentarios:
Publicar un comentario