domingo, 8 de enero de 2017

Decreto Legislativo Nº 1323
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
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"Cuanto más estudiamos la cuestión, tanto más estaremos obligados  a afirmar que la sociedad, en sí, es responsable de las acciones antisociales cometido en medio de ella; y que ningún testigo, ninguna, cárcel y ningún  verdugo puede disminuir el número de tales hechos; solamente puede hacerlo una reorganización de la sociedad misma".
Piotr Kropotkin

Pienso además en estos momentos en la Francia de Víctor Hugo, en “Los Miserables”, en Fiodor Dostoievsky, y “Crímen y Castigo”, en ambas obras literarias el personaje del inspector cobra singular importancia por la incansable y obsesiva búsqueda –aun en estado latente por muchos años en la perturbada mente del inspector- para encontrar al “delincuente” evadido de la prisión y cumplir con el mandato de la ley, en el segundo, castigar al asesino de la usurera empleando métodos  sicológicos hasta que la conciencia impone su letal destino, en ningún caso, sin embargo, interesó a la "justicia" representada por los inspectores, las circunstancias en las que se cometió el robo de un trozo de pan por hambre o el asesinato de la vieja prestamista injustificable sí,  explicable también.

El Decreto Legislativo 1323 que estará a su disposición comentado artículo por artículo, en una separata de no más de 30 páginas desde el lunes 16 de enero de 2017 se ha dictado por personas que desconocen la pobreza y seguro estoy que ni siquiera estadísticas se han consultado para saber los motivos y circunstancias que impulsan al “femenicidio” o la violencia ejercida contra personas con conductas y gustos diferentes a la mayoría de los mortales.

No es correcto legislar para satisfacción propia, de terceros ó contentar políticamente a un sector interesado en el castigo, este Decreto tendrá como consecuencia inmediata que las mujeres maltratadas NO denuncien, o usted amigo lector, o usted colega piensa que una mujer que depende exclusivamente del marido para su supervivencia y la de sus hijos estará dispuesta a que lo metan en la cárcel por quince años o cinco incluso cuando se afecta levemente la sicología de la agredida si la lesión ha sido leve o grave si le fracturaron una pierna, no existe sentido común en este Decreto.

Si al hombre le corta el pene su mujer, conviviente o amiga con derechos, después de haberlo dormido, ¿está justificada la agresión?, no, no,no, está usted equivocado dirán, ese tipo de delito esta contemplado en el Código Penal, ¿No está contemplado el asesinato o el parricidio  o el infanticidio?, ¿Por qué entonces se inventa el femenicidio?


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