domingo, 8 de enero de 2017

¡Hey señor Congresista Yonhi Lescano, defienda su proyecto antipornografía! 3

Hoy, domingo 08 de enero de 2017 en la edición digital del Diario Expreso, el señor David Santivañez informa a la ciudadanía de la NEUTRALIDAD EN LA RED Resolución de OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016.

He actuado con respecto a Internet de la forma mencionada por el señor Santivañez sin interesarme ni preocuparme por saber más, tal vez se deba a que obtenía lo que me interesaba de la información, estaba estoy y estaré satisfecho de esta maravillosa herramienta de trabajo y algunas veces de entretenimiento.

Desconocía la existencia del término NEUTRALIDAD EN LA RED en su aplicación no, como es obvio de las palabras.

Desde el 01 de enero de 2017 entró en vigor la Resolución OSIPTEL Nº 165-2016-CD-OSIPTEL salvo..el artículo 6º que entrará en vigencia desde el 01 de febrero de 2017.. Además debe mencionarse que:el Régimen de Infracciones y Sanciones rige desde el 01 de febrero de 2017, salvo el numeral aplicable desde el 01 de julio del año en curso.

Ahora bien, la Resolución norma excepciones al principio de NEUTRALIDAD EN LA RED, entre ellas si por mandato legal (por ejemplo: si el proyecto del Congresista Lescano se convierte en Ley) OSIPTEL dispondrá que los operadores y proveedores de Internet bloqueen todas las páginas con contenido pornográfico. No puedo compartir el texto de la Resolución primero porqué está en pdf y sólo se permite copiar como imagen y esta a su vez no es aceptada por Blogger al no ser ni gif, ni otra forma similar permitida para poder insertarla.

Pero negocios son negocios, de aprobarse el proyecto del Congresista Lescano, la resolución establece que los operadores  de  Internet pueden brindar servicios "diferenciados" esto es, comunicar los mismos y los usuarios finales -abonados al operador de que se trate-  podrán acogerse o no a la oferta de este servicio.

No me parece bien, no obstante  si se trata de una persona natural sin negocio es su derecho solicitarlo, al fin de cuentas si tiene hijos, nietos o niños bajo su responsabilidad, será el único culpable del acceso de los menores a páginas pornográficas y deberá perder su libertad. NO resulta razonable si el servicio diferenciado también pudiera ser acogido por las cabinas, estaríamos cambiando "mocos por babas".

Señor Congresista Lescano debe usted estudiar la Resolución y procurar mejorar su proyecto.


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