viernes, 6 de enero de 2017

LEY y JUSTICIA

Como ustedes saben soy Abogado y comprendo perfectamente las razones por las cuales somos tan mal vistos por la ciudadanía, especialmente por aquella que acude al Poder Judicial en busca de defender un derecho o contestar pretensiones interpuestas contra ellas, no obstante preciso, en tales circunstancias los ciudadanos comparten la responsabilidad en la medida que, dada la corrupción reinante en la administración de justicia, estiman la coima como el único camino para conseguir se respeten sus derechos y contactan con “abogados famosos”, “tiburones” les denominan algunos, dados sus “éxitos” en las causas que patrocinan y bueno no dudan en aceitar –vía el “tiburón”- las manos de administrativos, personal jurisdiccional y magistrados para “asegurarse” una sentencia favorable.

A aquellos ciudadanos sufrientes y “coimeadores” les hago saber el equivocado concepto de la justicia a la que han llegado sin retractarme un ápice sobre la corrupción existente en este Poder del Estado.

No todos los procesos se ganan “coimeando” especialmente en Primera Instancia pues la Constitución GARANTIZA la doble instancia procesal, es en ésta,  la Segunda Instancia, cuando no la Corte Suprema si a ella llega el proceso y DEPENDIENDO no del derecho en debate, sino del dinero que se discute,  aflora entonces  la ambición de una o de las dos partes en el Proceso, están dispuestos a todo con tal de ganar, naturalmente quienes deben decidir evaluaran si los que se les ofrece es pago suficiente para fallar a favor de  quien tiene la razón o alterarlo para favorecer al oponente sin arriesgar nada.

Lo anterior no significa que sólo por dinero las sentencias dan ASCO, también por amistad, en algún momento se les deberá devolver el favor.

En consecuencia, quién se enfrasca en un Proceso Judicial NO debe, repito, NO debe aceptar que los “tiburones” en Primera Instancia les digan que deben “aceitar” a tal o cual o al propio magistrado, ELLO ES MENTIRA BURDA, CRUEL Y APROVECHAMIENTO de su particular posición en el proceso, TAMPOCO deben por iniciativa propia entregar dinero para la “coima”, pues si ganan el perdedor apelará, en el supuesto que pierdan de inmediato culparán al “tiburón” endosándole toda clase de epítetos pero también pueden apelar, corolario la famosa “coima” irá a los bolsillos de los abogados de ambas partes.

Naturalmente existen otras formas de estafar al cliente, entre ellas,  cuando uno de los abogados se contacta con el adversario y ambos juegan a dos caras y de tal felonía han sufrido los que acuden en busca de justicia.

Bien, esta larga exposición tiene relación con la entrevista que se le hace al abogado Luís Rioja en Radio San Borja a las nueve de la mañana de hoy 06 de enero de 2017, el entrevistador nos da a conocer que el abogado Rioja es Doctor en Derecho, si así fuera lo que pasaré a comentar es mucho más grave.

El Doctor Rioja  ilustra a los oyentes en la interpretación del Derecho, especialmente en el uso de los términos a efectos de que su interpretación no dé lugar a posiciones encontradas, de toda su exposición, me ha quedado  -como dibujada en un lienzo- las diferencias entre gobernador y presidente que da lugar –es su versión- a la posibilidad de demandar la nulidad de la elección de  los actuales Gobernadores Regionales pues NO fueron elegidos como tales sino como Presidentes Regionales.

Chiste sobre los abogados: “Nárrame usted los hechos estrictamente en el orden que ocurrieron que yo me encargo de enredarlos”

Ningún otro chiste, en mi opinión, refleja con tanta exactitud lo expuesto por el Doctor Rioja, su posición o crítica resulta anodina, dirigida subliminalmente a los actuales Gobernadores abriendo las puertas a abogados inescrupulosos para, precisamente “asesorar” a los opositores de los Gobernadores para demandar la nulidad de su elección.

Corresponde pues conocer el concepto de Ley que me permito presentarles a ustedes amigos:

LEY.- (Mi concepto) Es aquella disposición dictada por el Congreso de la Nación o por el Poder Ejecutivo –vía facultades delegadas, con cargo a ser revisada por el Parlamento-, con la finalidad de normar derechos y deberes de los ciudadanos en la sociedad, es de carácter general –aplicable a todos los peruanos o extranjeros residentes en el País del que se trate,  puede igualmente ser especial cuando regula la situación particular de determinado sector (trabajo de las enfermeras en ámbito de la salud), sin dejar de ser general,  aplicable a todos los ciudadanos de ese sector o los que en el futuro se incorporen a él.

LEY.- (Doctrina) "La ley (en latín, lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.1 Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una «norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano, nacionalizado chileno, Andrés Bello definió a la ley, en el artículo 1º del Código Civil de Chile como «Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite».

Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las fuentes del derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el órgano legislador." Fuente Wikipedia.

En el siguiente enlace, muy breve comentario sobre la Ley Nº 30305

http://www.regionica.gob.pe/web/index.php?option=com_content&view=article&id=3232:en-cumplimiento-de-la-ley-n-30305-los-presidentes-regionales-son-ahora-llamados-gobernadores-regionales&catid=10&Itemid=35

“La norma publicada el 1º de Febrero del año 2015, en el diario oficial El Peruano, da cuenta de la Ley Nº 30305, “Ley de reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre la denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes”. 

En un artículo único se modifican los referidos artículos, donde también se precisa que el ahora presidente regional se llamará GOBERNADOR REGIONAL, y que es elegido para un periodo de cuatro años. 

“El mandato de dichas autoridades es revocable, conforme a ley. No hay reelección inmediata. Transcurrido otro período, como mínimo, los ex Gobernadores Regionales o ex Vicegobernadores Regionales pueden volver a postular, sujetos a las mismas condiciones”, se precisa. 

La promulgación lleva la rúbrica del Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso y de la jefe del Gabinete ministerial, Ana Jara Velásquez”. 

A efectos de demostrar que el Doctor Rioja está equivocado, indico:

El artículo 1º de la Ley 30305, antes de modificar el cambio de Presidente Regional por Gobernador Regional, alude a los gobiernos regionales y el 1º de febrero de 2015 los Gobiernos Regionales eran dirigidoss por Presidentes, en consecuencia, como se establece el nuevo nombre del Jefe máximo de los Gobiernos Regionales,  (Gobernador) no podemos por sentido común, lógica y precisión en el tiempo, interpretar que tal disposición es para el futuro  pues la ley se aplica al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial salvo que la misma fije otro plazo que en este caso NO se da.

¿De donde pues el Doctor Rioja deduce que se puede pedir la nulidad o revocatoria de la autoridad regional porqué se cambió el nombre de la persona que por votación popular es su jefe máximo, más aun cuando ninguna de sus funciones se ha cambiado o derogado.

Amigos hoy a las diez de la mañana en la misma Radio (San Borja) escuché a la señorita Úrsula Zegarra, representante de un colectivo que exige un servicio de agua potable decente y oportuno en  Iquitos, declaró y esto es lo que importa: “NO ESPEREN QUE HAGAMOS MARCHAS, el agua es un derecho, si faltara o se siguiera suministrando por gotas atentan contra nuestra propia vida.

El 17 de enero este colectivo hará una marcha en defensa de sus derechos, la señora Zegarra ha dicho “TODOS SOMOS REVOLTOSOS SI CONCULCAN NUESTROS DERECHOS” no olvidarlo señores del gobierno, especialmente usted señor Pedro Pablo Kucyznski, Presidente Constitucional de la República, OFRECIO ATENDER A LA AMAZONÍA “no la olvidaré” me parece que dijo al asumir el mando de la Nación el 28 de julio de 2016.





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