El Peruano martes 03 de julio de
2018
ECONOMIA Y FINANZAS
Crean Grupo de Trabajo de
Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 242-2018-EF/10
Lima, 2 de julio de 2018
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 39 de la
Constitución Política del Perú, los funcionarios y trabajadores públicos están
al servicio de la Nación;
Que, la Ley Nº 27815, Ley del
Código de Ética de la Función Pública, establece los Principios, Deberes y Prohibiciones
Éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la
Administración Pública; y, señala como uno de los fines de la función pública
el Servicio a la Nación, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del
aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía,
priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo
dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;
Que, a través del Decreto Supremo
N° 042-2018-PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y
lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente
y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades públicas, para
la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno,
además de establecer la transparencia, la corrección, la probidad, el respeto, la
veracidad, la igualdad, la objetividad, la rendición de cuentas, la
participación, la prevención y la neutralidad como principios que orientan la
integridad pública;
Que, mediante el Decreto Supremo
Nº 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción
2018-2021, estableciéndose que las máximas autoridades de las entidades
públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la
Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas
necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las
acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales;
Que, a través del Memorando
577-2018-EF/13.01, la Secretaría General, por especial encargo del Ministro de
Economía y Finanzas solicita conformar un Grupo de Trabajo que tenga por objeto
proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención
y lucha contra la corrupción en el Ministerio de Economía y Finanzas, entre
otros;
De conformidad con lo establecido
en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº
183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; la Ley Nº 27815, Ley
del Código de Ética de la Función Pública; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, Decreto
Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha
contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba
el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; y, el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanza,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Creación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha
contra la Corrupción del Ministerio de Economía y Finanzas Créase el Grupo de
Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF), con el objeto de proponer y articular la implementación de
medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en
el Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 2. Conformación
2.1 El Grupo de Trabajo de
Integridad y Lucha contra la Corrupción del MEF está conformado de la siguiente
manera:
1. El/la Ministro/a de Economía y
Finanzas, quien lo preside.
2. El/la Viceministro/a de
Economía.
3. El/la Viceministro/a de
Hacienda.
4. El/la Secretaria General.
5. El/la Jefe/a del Gabinete de
Asesores del Despacho
Ministerial.
6. El/la Director/a General de la
Oficina General de Asesoría Jurídica, quien
ejerce la Secretaría Técnica.
2.2 Los miembros
del Grupo de Trabajo pueden contar con un representante alterno, el cual se
designa mediante documento remitido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo
de dos (02) días hábiles contados desde la instalación del Grupo de Trabajo.
Artículo 3. Funciones
El Grupo de Trabajo de Integridad
y Lucha contra la Corrupción del MEF tiene como funciones las siguientes:
1. Proponer y articular la
implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra
la corrupción, destinadas a garantizar la ética e integridad en el cumplimiento
de las funciones de todos los servidores civiles que laboran en el MEF.
2. Promover acciones orientadas
al fomento de una cultura de ética y transparencia en todos los servidores civiles
que laboran en el MEF.
3. Impulsar la elaboración de un
Código de Ética e Integridad Pública en el MEF.
4. Realizar el seguimiento del
cumplimiento de las funciones establecidas en el Reglamento del Decreto Legislativo
Nº 1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de
corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
5. Proponer actividades y tareas
que puedan ser incorporadas en el Plan Anual de Integridad y Lucha contra la
Corrupción del MEF.
6. Realizar el seguimiento del
cumplimiento del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021
en el ámbito de competencias del MEF.
7. Fomentar y propiciar una
cultura de valores en el MEF.
8. Apoyar las acciones orientadas
a lograr la colaboración interinstitucional con otras entidades, en materia de
Ética e Integridad Pública.
9. Aprobar su Reglamento Interno.
10. Las demás funciones que le
sean asignadas por el/la Titular de la Entidad.
Artículo 4. Instalación
El Grupo de Trabajo de Integridad
y Lucha contra la Corrupción del MEF se instala dentro de las veinticuatro (24)
horas siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.
Financiamiento
La implementación
de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto
institucional del MEF, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 6. Publicación
Disponer la publicación de la
presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del MEF
(www.mef.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
El Consejo se instalará el día de hoy 04 de julio de 2018 y a más tardar el día viernes 06 de julio de 2018 cada uno de los miembros que conforman el "grupo de trabajo" podrá designar a la persona que lo representará en el seno del "grupo de trabajo", el alterno así designado, al no explicar la norma si es un trabajador del MEF o un particular cualquiera, tendrá la obligación de "fiscalizar" la gestión de quién le ha depositado su confianza para la tarea de la cuál es titular. Adicionalmente el representante, de ser un particular cualquiera que no significa, para entendernos, un concepto peyorativo, recibirá una compensación económica por su trabajo que es un derecho inalienable protegido constitucionalmente, ¿cuales serán sus condiciones laborales y en que escala se le consideraría?, por otro lado de ser un servidor del Ministerio ¿Cuales son los gastos que su presencia demandaría?, ¿Dejará las funciones que desempeña para asumir de lleno el compromiso de su representado en el "grupo de trabajo".?
Porqué, en lugar de formar un "grupo de trabajo" cuyas acciones y resultados se contemplan en todas las disposiciones legales citadas para fundamentar su creación que, en el mejor de los casos, creará un tsunami de miedo, una "olla de grillos" para tomar decisiones directamente relacionadas con las inversiones y desarrollo del País, no se nombró, si es que no está nombrado ya, un representante del MEF en cada una de las instituciones creadas para combatir la corrupción y, atendiendo a ellas REALIZAR LAS RECOMENDACIONES al titular del sector para que tome las decisiones correspondientes en salva guarda del dinero de todos los peruanos OPTIMIZANDO EL GASTO.
Finalmente, esta Resolución no menciona ni por asomo los problemas puntuales que han permitido, por ejemplo, que un grupo de personas enquistados por años, soliciten COIMAS para desenvolsar dinero para obras que beneficien al sector que dirige el solicitante.
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