sábado, 8 de julio de 2017

Raúl Tola, Indulto a Fujimori

http://larepublica.pe/impresa/opinion/893316-la-cuesta-del-indulto

El Presidente de la República no es político afirman los politólogos, no estoy de acuerdo, para mí PPK es un gringo muy sabido y debe mantener al ciudadano distraído y ocupado en temas de sentimientos encontrados en vísperas de Fiestas Patrias y se juzgue con benevolencia su discurso del 28 de julio, las fuerzas del poder están desatadas y los anuncios, en mi concepto y lo reitero una vez más, NO beneficiarán al pueblo comenzando por la eliminación de los sobre costos laborales.

Los comentarios que he leído sobre la declaración del Presidente de la República sobre un "perdón médico" lo pintan como un verdadero idiota. 

Realmente estimados lectores y amigos piensan ustedes que Pedro Pablo Kuczynski es un idiota, porqué sólo un idiota inventaría una atribución que no tienen los médicos respecto de un sentenciado por muy viejo y enfermo que esté. No, no, PPK es un gran pendejo, ¿Cuantas personas en el Perú han leído la Constitución de la República además de los abogados? y ¿Cuantas más la entiende y la interpretan incluyendo a los abogados?.

Piensan ustedes, por ventura, que el Primer Mandatario se lanza a una piscina que no tiene agua sin haber evaluado que con su declaración  podrá tenerla, SI pues, salvo que en verdad sea un estúpido y nadie que está en el lugar que ahora ocupa PPK hubiera llegado él si fuera un idiota.

Al introducir su alucinante teoría abre las puertas para que la mayoría de peruanos discutan el famoso perdón, que Constitución ni nada, el pobre chino se está muriendo de viejo y los médicos aconsejan perdonarlo Y LISTO EL CHIFA.

Pedro Pablo Kuczynski es un buen consejero y asesor, NO es un líder y en esas funciones (asesor y consejero) se ha aconsejado así mismo.

Reproduzco lo que la Carta Política del Perú sobre las atribuciones del Presidente Constitucional, sólo parte pertinente:

Artículo 118.- Atribuciones del Presidente de la República

Corresponde al Presidente de la República:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

9. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales.

21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria.

El Proceso de indulto es una discusión que se da sólo en la doctrina, el sabidazo del gringo plantea el "perdón médico" como un nuevo elemento, destinado a las masas reitero nuevamente.

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