miércoles, 31 de agosto de 2022

LICITACIÓN, COIMAS, JENNIFER NOELIA PAREDES NAVARRO

Algo no cuadra en el tema de Anguia, una obra de Tres millones de Soles no se entrega a tu "causa" a un enviado del poder, NO, por lo menos se deben cumplir las bases para darle la apariencia de legalidad.

Bien, los postores, aunque haya sido UNO deben presentar su oferta, está, NO puede superar el diez por ciento del monto base NI PARA ARRIBA NI PARA ABAJO, ES DECIR LA OFERTA NO PUEDE SER MAYOR DE TRES MIILONES TRESCIENTOS MIL NI MENOR DE de Dos millones setecientos mil Soles.

Como no escucho bien, consulto: ¿el Juez que dictó la prisión preventiva menciono estos parámetros?, Es muy importante pues, los Espino le dieron (SUPUESTAMENTE) Doscientos mil soles al Alcalde José Nenil Medina, luego lo tenían que recuperar, ya sea gastando menos en material (una pésima obra) o inflando los costos, ¿Como lo hicieron?, sería la hebra inicial del carrete. Digamos que ofertaron Dos millones Setecientos mil Soles, podían inflarla de acuerdo con el cuaderno de avance de obra, es aquí donde la mermelada se cocina, "aparece algo" que si no se toman las precauciones debidas perjudicaría la obra cuando no a los que dependen de ese "algo", lo hemos visto y lo seguiremos viendo por "Secula Secolorum", pregunta:

QUE INJERENCIA TENIA PAREDES NAVARRO EN ESTOS CÁLCULOS y si la tuvo, COMO FUE SU PARTICIPACIÓN,.

martes, 30 de agosto de 2022

¿SOMOS LOS PADRES CREADORES DE LA ACTUAL CRISIS MUNDIAL?

A mis amables lectores me dirijo, les pido disculpas porqué de un tiempo a esta parte sólo hablo de MI vida como si fuera el único ser viviente en el Universo, como si mis penas y extravíos  afectaran  sólo a MI  vida  que por más de cincuenta años la he compartido con mi esposa, mi querida y valiente esposa.

Perdónenme por revivir, cuando no, denunciar la crueldad de mi hija, especialmente contra su madre, esa madre que enfermita como es la cuidó durante 29 años a mi recordado hijo 26 y a mi todo el tiempo que estamos juntos.

No pretendo ser melodramático,los pueblos del Mundo enfrentan en la hora actual enormes desafíos, crueldad,  abandono, explotación y la vigencia dolorosa de la Guerra, ante esa inmensidad, el drama por el que atravesamos mi esposa y yo, resulta "baladi" soy el primero en reconocerlo mas, la maldad, crueldad, ensañamiento de un ser hacia otro u otros, me motiva a reflexionar sobre lo que acontece en nuestro Planeta, por qué son los antivalores los que hoy rigen el destino de la Sociedad Mundial.

Los hijos son o pueden ser, el reflejo de sus padres y reafirmo el "pueden" porque de padres devotos pueden nacer hijas como María Teresa Añez Nava, (se enfermó de Leucemia a los once años y Dios la llamó a su lado a los trece) o acaso (los hijos)  tener el rostro de "Jano" o rebelarse contra lo que ellos "sufrieron" y enfrentar la vida con la mirada opuesta a la de sus padres.

¿Cuanta responsabilidad le cabe a los lideres mundiales que estén relacionadas con sus orígenes y que han puesto, hoy, más cerca que nunca nuestra propia destrucción?, no puedo saberlo,puedo si compartir lo que han pensado otros MEJORES  que mis limitadas bondades y muchos defectos, disculpándome una vez más  queridos amigos, les pido que leamos juntos al teólogo Bert Hallinger:

LA  QUE DESPRECIA A SU MADRE SE DESPRECIA A SÍ MISMA Y A LA VIDA -- Bert Hellinger

Cuando una hija odia a su madre se odia a si misma y desprecia a la vida. A no engañarse, pues la soberbia se disfraza sutilmente, entonces quien desprecia la vida, la pierde.

Tomar a la madre es un proceso de purificación espiritual que requiere tiempo, mucha humildad y es el inicio del Camino del Amor Sano y Maduro que estamos todos llamados a recorrer.

Vale aclarar que se trata de una actitud interior de agradecimiento y honra por la Vida recibida de nuestros padres, no se trata de estar físicamente con ellos, ya que la misma Vida nos impulsa a ir más allá, a dejar nuestros padres para formar nuestra propia familia, hacer nuestro propio camino.

El filósofo alemán Bert Hellinger observó que sentir ese agradecimiento nos da fuerza vital para seguir hacia adelante; mientras que si hay resentimientos en nuestro interior producto de nuestros vínculos primarios (nuestros padres), esto nos impide una vida libre y liviana; por el contrario, se nos presentan situaciones que nos ratifican ese resentimiento; y esto sucede al servicio que podamos liberarnos de esa carga del pasado. Insisto, es una actitud interior que nos vuelve fuertes y libres para hacer nuestra propia Vida.

Por otro lado, en casos de vínculos dolorosos con los padres, el proceso de liberación será más difícil de transitar; pero es el desafío de quien le haya tocado ese destino, dejarlo atrás con agradeciendo por la vida recibida y seguir hacia adelante, sirviendo a la Vida, pues es lo que nos hace felices y plenos.

Esta reflexión y ejercicio basado en las enseñanzas de Bert Hellinger, tienen como propósito vivir desde la verdad de nuestra historia, con aceptación de aquello que nos haya tocado como destino en nuestra familia, y a través de este “si a la Vida tal como fue y tal como es”, recibiremos la fuerza vital necesaria para hacer nuestro propio camino de vida, y cumplir el propósito que nuestro Ser Esencial vino a experimentar a este planeta. ¡Así sea!

Una actitud que conduce a enfermedades graves es la negación del hijo de tomar a sus padres con amor y de honrarlos como sus padres. Tales hijos se elevan sobre la tierra porque ante un cielo u otra instancia superior se consideran mejores y elegidos. Así, por ejemplo, existen casos de enfermos de cáncer que prefieren morir antes que inclinarse ante su madre o su padre. -Bert Hellinger 

Vas a tomar una foto de tu mamá o una hoja con su nombre, y la colocas en una silla delante tuyo, como a unos 2 o 3 metros, y la miras mientras estás de pie.

Vas a mirar a tu mamá mucho tiempo, hasta poder dar un pasito hacia ella, y otro y otro, hasta poder acercarte a la foto y ponerla en tu corazón.

Mientras le miras, le puedes decir: mamá, te extraño, me has dejado muy sola, mamá estoy muy enojada contigo, muy enojada, te necesito tanto mamá…

Si hay odio, siéntelo profundamente, y luego lo dejas ir… lo sueltas… lo entregas a Dios: “Por favor Padre libera las memorias de dolor, rechazo, abandono, soledad, odio, venganza, miedos, ira, celos, envidias, divisiones, enfermedades en mi, en mi familia, en la familia humana. Gracias, por favor…. si….” Y sigo entregándome a la vida como es.

 

¿Quién es Bert Hellinger:

 

Bert Hellinger ​ fue un teólogo y espiritualista alemán, conocido por ser el creador de las constelaciones familiares, una hipótesis de terapia familiar en el contexto de la psicología sistémica ... Wikipedia

 

Cómo mirar a nuestra madre

Pocos entre nosotros han mirado a su madre de cerca. ¿Quién puede decir que ha visto a su madre, realmente visto, así como es? A continuación un ejercicio de cómo aprender a mirarla. Cierra los ojos.

Nuestra madre fue niña una vez, igual que nosotros. Tuvo padres, nacida en una familia determinada, con sus destinos particulares, que a ella la han afectado y formado. A veces, alguien murió demasiado pronto, tal vez la madre o el padre o un hermano. O quizá estuvo alguien muy enfermo y todos se han preocupado. De niña ella también se preocupó y quizás dijo: estoy dispuesta a hacerme cargo de esto para que a otro le vaya mejor. Ya de niña fue acarreada por un destino ajeno.

Así la miramos. Y de repente nos percatamos de lo siguiente: nuestras expectativas o nuestras pretensiones con respecto a ella ignoran por completo lo que su alma ha movido, lo que su alma ha tomado de ella a su servicio para otro propósito. ¡Qué extraño resulta entonces el exigir y desear interiormente, y decirlo también, que ella esté totalmente aquí para nosotros, que no piense en nada más que en nosotros! ¡Qué pobres somos pues en nuestra alma! ¡Qué alejados del amor y de la felicidad!

 

Lo primero que nos queda por hacer es mirar a nuestra madre cómo a una mujer corriente con una historia, con una larga historia por parte de su familia. Esta historia la ha hecho humana, es decir imperfecta y justamente esta imperfección la hace especialmente bonita y simpática.

El comienzo de la felicidad es poder ver a nuestra madre con su humanidad y quererla tal como es. Entonces prácticamente nada se opone más a la felicidad. Esto es el comienzo de la felicidad que permanece. La madre es la relación divina más grande para nosotros, no tiene la menor importancia como sea ella. Cómo madre es una revelación divina y nosotros nos quedamos frente a ella con devoción.

Y la vida detrás de la madre.

¿Cuál es su rostro? Es el rostro de DIOS. El rostro de de la vida detrás de nuestra madre es el rostro de Dios. Ambas, la vida y la madre, son una grandeza inconmensurable. Y nosotros como criaturas, en sintonía con nuestra madre y con la vida, nos hacemos grandes, con una grandeza indoblegable en el amor.

¿Un secreto más de la grandeza? Esta grandeza es “alegre”. El crecimiento personal es también un aprendizaje base para poder luego trabajar. Y ahora la aplicación práctica de éste ejercicio. Si un cliente se acerca con un problema ¿Cómo comienzan? Ustedes se imaginan extendiendo los brazos hacia su mamá y más allá de ella, hacia la vida. Y tal vez entonces tengan que hacer muy poco. ¿Por qué? porque los juegos de la muerte terminan entonces. 

¿De qué sirve entonces lo demás, nuestro deseo de serles, tal vez, superiores, de hacerles reproches y presentarles quejas? ¿Qué hacemos pues, frente a este espíritu? ¿Qué nos pasa cuando nos atrevemos a desearlos de otra forma de lo que fueron? ¿Estamos todavía en el amor hacia ellos, tal como son? ¿En el amor hacia sus padres, así como eran? ¿En el amor hacia su destino tal como fue? 

Preguntémonos si aún estamos en el amor hacia todos los que estuvieron antes que ellos y cuya vida, con sus experiencias y sus sufrimientos nos benefician en un movimiento común, que nos abarca a todos con igualdad y donde todos se encuentran aún presentes.




sábado, 27 de agosto de 2022

TÚ MADRE ES MI ESPOSA, NUNCA MÁS LA VOLVERÁS A DAÑAR

Silvia Brendell (amiga virtual) compartió esta nota interesante sobre la madre; me he tomado la libertad de copiar sólo el artículo pues la página original que lo contiene esta llena de anuncios.

Comparto la reflexión NO con dolor, he experimentado una montaña de dolor desde muy niño y los he superado TODOS, ahora con la hospitalización de mi esposa estoy libre de la presión emocional que su desequilibrio me causaba (estoy convencido que saldrá renovada) y al leer este artículo he deseado de inmediato que Mirtha Carloa Anderson Higinio la lea, mucho de lo que está escrito forma parte de su vida, NUNCA le voy a perdonar lo que le ha hecho a su madre y a mi como extensión de su sufrimiento Y NO EXISTE la menor posibilidad de reconciliación, es más perseguiré ante la autoridad que ella y el gusano asqueroso que es su esposo vayan a parar a la Cárcel.

Mi gratitud a Silvia Brendell por compartirlo.

Suimeichung Silang. /(Escritora y cultora de una filosofía que no me he ocupado en revisar)

Leamos juntos, por favor:

Como tratamos a la madre, así nos tratará la VIDA.

La madre nos enseña a recibir amor, a pedir abrazos, a desarrollar la ternura, cariño, dulzura. Quién está en conexión y armonía con su madre BRILLA.
Quien rechaza a su madre, generalmente también rechaza a una pareja. Quién se cree superior a su madre, inconscientemente no se permitirá una vida plena.

Quien no respeta a su madre, tampoco lo hará con su pareja.

Es inútil trabajar sobre la relación de pareja mientras uno de los dos no está en armonía con su madre.
No nos permitiremos abrazos ni vínculos amorosos , si el vínculo con la madre está roto.
No podemos permitimos vivir toda una vida en resentimientos porque nuestra madre no me dió amor, me abandonó, mal trató, humilló, etc.

Todo lo que recriminas de ella, la vida se encargará de que vivas el mismo dolor.
Tu Madre fue el canal de tu existencia, sin duda tuvo una vida más dura, más difícil , más solitaria que tú.
Ella no tuvo el nivel de consciencia que tienes tú, ni la oportunidad de sanar.

Esto no significa que no hayas sufrido, créeme ella también tuvo una madre distante, fría y descariñada.

Tú eliges romper el patrón doloroso o repetir el mismo programa.
Desconoces muchos de sus dolores, sus abusos y miedos.

Imagina lo que significó ser hija de tus abuelos, o ser la esposa de tu padre.
Tú abuela tampoco tuvo el nivel de consciencia, ni una crianza amorosa
para recibir y dar amor.
Rompe el ciclo que por generaciones a causado conflictos emocionales.
Cuando trabajas en sanar el vinculo con la madre, todas tus relaciones comienzan a fluir incluyendo la pareja, dinero, exito y abundancia son energías que fluyen con el vínculo de nuestra madre.
Sanar a la madre no es llegar a ser las mejores amigas, es simplemente reconocerla y aceptarla, tomar distancia si es necesario pero renunciar a buscar una relación que quizás no existe”.

Escrito por: Suimeichung Silang.

 


QUE ES LA JUSTICIA?

Creacion humana cuya actividad es mantener la Paz en la Sociedad de una Nación o en el Mundo, recurriendo a instituciones que permiten alcanzar tan noble objetivo,  Fiscales y  Jueces  portan este estandarte y deben ejercer sus funciones con honor y responsabilidad.

Estos funcionarios no deben ser considerados como si fueran dioses ni tenerles miedo como si fueran demonios,

En la búsqueda de la JUSTICIA, alguien pierde y otr loo gana, el perdedor sumido en su derrota y desesperacion, DESPOTRICA de f deiscales y jueces, muy pocos lo hacen dentro del proceso porque tienen temor a las represalias.

Tiene derecho a vengarse un Juez o Fiscal NO DEBERIA, pues cuenta con recursos que le permiten sancionar las inconductas de los justiciables si le faltaron el respeto sin la menor justificacion, o acaso los litigantes deben inclinarse y   adorarlo. cómo a un dios aunque lo perjudique con esttupidas decisiones, los litigantes son humanos como fiscales y jueces, ahhh, pero estos SON TERCEROS que deben resolver un pleito y NO pueden dejar de ser imparciales, la venganza por los agravios sufridos debe estar desterrada de la mente de fiscales y jueces, fatalmente en nuestra Aldea, fiscales y jueces, son coimeros, sinvergüenzas y expertos magos para que la gente vea negro lo que es blanco.

Si un Juez resuelve que su sentencia La debe ejecutar otro, decidió una estupidez y merece que se le llame IDIOTA, que NO es un insulto sino la expresión colérica de una conducta que causa mucho daño al justiciable.

jueves, 25 de agosto de 2022

JUDITH ANDREA BELLOTA GUZMAN, ME NEGÓ EL DERECHO A LA DEFENSA, SEÑOR FISCAL IVAN JESÚS LOO SUN

Correo electrónico enviado al señor Fiscal Superior IVAN JESÚS LOO SUN al que adjunté el siguiente escrito acompañado DE PRUEBA INDUBITABLE  del Delito contra la Administración de Justicia cometido por  la Juez BELLOTA GUZMÁN JUDITH ANDREA.

BELLOTA GUZMÁN ME NEGÓ DERECHO DE DEFENSA

José Guillermo Anderson Anderson josephwandersonanderson@gmail.com

Adjuntos17:42 (hace 14 minutos)
para Jaler
Sin perjuicio de RESPONDER LA ABSURDA Y MAL INTENCIONADA rESOLUCIÓN 47, donde sin criterio ni conocimiento de la disciplina sobre la cual debe administrar justicia, adjunto las FOTOS tomadas con mi Celular a la Pantalla de mi PC PROBANDO SIN  LA MENOR DUDA que la Denunciada BELLOTA GUZMÁN  no puede continuar un día más en el cargo.
Atentamente
José Guillermo Anderson Anderson
CAL 12576

PD. Son demasiadas imágenes, el Sistema no permite que las envíe, pero están en mi Celular y en mi PC puedo aportas cuando usted lo disponga.
POR FAVOR NOTIFICARME LA RECEPCIÓN DEL ESCRITO Y LAS IMAGENES.







Caso N° 236-2022

Especialista:

Cuaderno:

Escrito N° 0

Sumilla: Pide agregar a

la Denuncia

 

Señor Fiscal Superior de la Fiscalía Mixta de Sicuani

JOSÉ GUILLERMO ANDERSON, en la DENUNCIA interpuesta contra la Magistrada Judith Andrea BELLOTA GUZMAN por Delito contra la Administración de Justicia y otro (que fuera desestimado), reiterando MIS DATOS PERSONALES, Correo Electrónico, Casilla SINOE, Teléfono Celular, domicilio en la ciudad de Urubamba, Y POR MI PROPIO DERECHO, a usted digo:

Adjunto fotos tomadas a la pantalla de mi PC en la que PRUEBO SIN que nadie puede objetar mi afirmación.

La Juez DENUNCIADA concedió el uso de la palabra al abogado de la parte contraria mediante Resolución 47 y precisó el link (enlace sería lo correcto) para participar en la audiencia.

El enlace fue: meet.google.com/jep-obdr-wzq

Muy bien, cuando se concede la palabra a una de las partes TACITAMENTE se entiende convocada a la audiencia a la contraria.

La palabra fue concedida el día de HOY y PARA HOY,  notificada a mi parte alrededor de las DOS DE LA TARDE, la hora se estableció entre las 4 y 5 de la tarde.

La Juez ME NEGÓ EL DERECHO A LA DEFENSA y como prueba adjunto FOTOS tomadas con mi Celular a la Pantalla de mi PC que usted deberá  incorporar al Expediente PARA RESOLVERLO de inmediato, hace mucho que presenté mi DENUNCIA señor Fiscal Superior, sin que pase nada y la Juez Bellota Guzmán hace de las suyas.

 

POR TANTO:

Solicito que la investigación  contra  la Magistrada, Judith Andrea BELLOTA GUZMAN se resuelva de inmediato.

Urubamba, 25 de agosto de 2022

 

José Guillermo Anderson Anderson

CAL 12576

 


FISCAL SUPERIOR RAFAEL VASQUEZ CUBA - MI ESPOSA ESTÁ HOSPITALIZADA

Buenos días señorita, me equivoqué en la fecha y me equivoqué aun más ayer al molestarme con ustedes, ME DISCULPO POR ELLO.
Hoy NO CUENTO con los recursos para movilizarme al Cusco, sin embargo, como el Fiscal Superior Dr. Vásquez Cuba me pide lo mismo que en su primera resolución, ruego analicen la documentación que he acompañado, QUE, ADEMÁS,  se pronuncie  sobre la actuación del Fiscal Jhonam Zanabria Guzmán y las denuncias son MUY CLARAS   Y PRECISAS.

Mi esposa está internada, NO tengo ya la presión sicológica que su desequilibrio me causaba, SE QUE SE RECUPERARÁ.

Mas, el que la haya internado NO significa que la delincuente de mi hija y la cosa que tiene por esposo queden impunes, pues lo que le han hecho a mi esposa no tiene perdón ni del diablo, tampoco, como es obvio, ha desaparecido la inconducta de las fiscales Cahuata y Caballero, que han demostrado, negligencia, desconocimiento, incompetencia y venganza al notificarme sus resoluciones, olvidando sus funciones que SON DEFENDER A LA MUJER VIOLENTADA.

En consecuencia, pienso que, antes de pedirme que repita lo que ya he expuesto, LO QUE SE REQUIERE ES QUE REVISE los expedientes en los despachos de las quejadas, tambien la falta del concesorio de APELACIÓN a la decisión DOS de Jhonam Zanabria Guzmán, no interesa y lo RECALCO, SUBRAYO E INSISTO que el mencionado funcionario haya sido designado para ejercer su función en Paruro.

Reiterando mis disculpas a usted y la auxiliar del Fiscal Superior Vásquez Cuba, LE COMUNICO QUE PUBLICARÉ EN UNOS MOMENTOS este correo.

MUCHAS GRACIAS

José Guillermo Anderson Anderson
CAL 12576

miércoles, 24 de agosto de 2022

Señora Juez BELLOTA GUZMAN - MI ESPOSA ESTA HOSPITALIZADA

El martes 22de este mes,mi esposa me dijo, que si no me internaba mejor cada uno por su lado, le contesté que bueno pera habría que ir al Hospital,  me dijo YA, fue la mano de Dios, de inmediato me comunique con el Dr. ELMER AMADEO PALOMINO VEGA que acepto tal como muchas veces me lo había dicho, sin más nos embarcamos,  el Dr, la examinó y cuando mi querida gordita se dió cuenta que la iban  a internar monto en cólera y bueno ello decidió que el Dr. dispusiera su hospitalización, pasamos cerca de tres horas intentando convencerla, SE NEGABA, finalmente nuestra hija y el apoyo del Médico consiguieron que aceptará.

Ayer, le lleve su ropita y artículos de higiene, no pude comprar la pasta de dientes ni el cepillo, mi esposa cargaba en su cartera "cuen mil usos" la  pasta y muchísimas cosas más, pero la cartera no estaba, pedí ayuda a Mirtha Carola Anderson Higinio, ni siquiera me contesto, así que prescindi de esos artículos.

Le he manifestado mi preocupación al Dr. Palomino, pues el Hospital de Salud Mental JUAN PABLO II, es el único EN MAS DE CINCUENTA AÑOS. de vida matrimonial en el que mi esposa ingreso y salió SIN NINGUNA MEJORIA, le he solicitado que la apoye si será su Médico o la recomiende con el que sea designado, NO ME HA RESPONDIDO aun, pero estoy seguro que lo hará.

Nuestra hija con la cosa que tiene de compañero acaban de adquirir una camioneta 4x4 DEL AÑO, pero no.paga la pension y ahora la necesito más que nunca, debo viajar al Cusco muy seguido.

Le he solicitado a la Juez modifique el depósito de la pensión HASTA que a mi esposa le den de alta o que mi hija proporcione la clave de la tarjeta, ESTOY ESPERANDO que decida.

La maldad y perversidad de MIRTHA XAROLA ANDERSON HIGINIO Y SU "COSA"  no tiene límites, maneja el dinero de mi esposa para que mi gordita no cumpla con el hogar en proporción al 50 por ciento de la pensión que recibe.

domingo, 21 de agosto de 2022

PLAZO RAZONABLE CASO YENIFER PAREDES NAVARRO

El 28 de diciembre de 2010. en el Suplemento de Análisis Legal de El Peruano, (jurídica N° 335) el Juez Superior de la Corte Superior de Lambayeque, EDWIN FIGUEROA GUTARRA publicó un artículo sobre el Plazo Razonable, excelente contribución para los operadores del Derecho, lo pueden leer digitando el nombre y el número del Suplemento.

He comentado el plazo razonable que le ha otorgado el Juez a los abogados de Yenifer Paredes Navarro en los términos siguientes en facebook.

"El señor Juez ha concedido "UN PLAZO RAZONABLE" para la continuación de la Audiencia de Prisión Preventiva en el caso de la señorita Yenifer Paredes, DE UN DÍA (el lunes) pues el martes 23 desde las nueve de la mañana se retomará la vista,, me llama la atención que los Abogados hayan estado de acuerdo, pues, según ellos mismos, los folios a revisar SON MÁS DE CUATRO MIL, en mi concepto es una desventaja defender a la investigada y armar la defensa en un sólo día, QUE, ADEMÁS, no tiene relación con el tiempo que la Fiscalía ha tenido para presentar su requerimiento.
Por otro lado, el Ministerio Público -en la misma audiencia- denunció la presencia de un DRON sobre la Casa de la Fiscal de la Nación, pero había desaparecido cuando quisieron filmarlo, jejeje!! a lo mejor en tal "operativo" que es la connotación que le quiso dar el Fiscal, mereciendo la intervención del Abogado, no se si de la señorita Paredes o del otro inculpado, para dejar las cosas claras, está la mano del que "malogró" las tres cámaras de Palacio de Gobierno, "noticia bomba"de la que dio cuenta la prensa, pues, con la misma vara que mides serás medido.
La señorita Paredes debe perder TODA esperanza, estará guardadita quizás DIECIOCHO MESES, ¿Qué...es usted inocente..., por favor, usted es una investigada peligrosísima, se le atribuye una conducta culpable, luego, el principio de PRESUNCIÓN DE INOCENCIA en su caso no se considerará...?...¿Entendió señorita Paredes Navarro?"

El Doctor Figueroa Gutarra, nos ilustra sobre los cuatro componentes que se deben considerar para otorgar un plazo razonable, estos son:1)

1) La naturaleza y complejidad de la causa;

2) La actividad procesal del imputado;

3) La actuación de los órganos jurisdiccionales.

4) la afectación que genere la demora en la situación jurídica de la persona involucrada en el proceso.

Si analizamos estos componentes, tendremos que:

1) NADA ESTÁ CLARO, la supuesta organización criminal NO pasa de ser una posibilidad que los medios se han encargado de direccionar, al punto que, el Presidente peruano siente que se le mueve el piso. Tampoco se puede involucrar alegremente a la señorita Paredes Navarro en la supuesta organización criminal y si lo que pretenden es, establecer un indicio relevante de su existencia utilizando a la "hija" del Presidente se descubriría toda la estructura armada para no sólo vacar sino encerrar a Castillo Terrones y su familia, en consecuencia, el CASO ES COMPLEJÍSIMO para los espúreos fines del poder y asi lo debió entender el Juez.

2) La investigada no puede ser evaluada desde el punto de vista procesal, pues, es con su entrega voluntaria que, para ella, se inicia un largo, tortuoso y tormentoso proceso y si lo que quieren es, comprometerla en un intento de fuga o conducta culpable, porqué estando en Palacio el día de la intervención Fiscal (UN SUPUESTO que deberá demostrarse sin ninguna duda) están exagerando la actividad coercitiva del Ministerio Público, pues, si un investigado MIENTE o un reo se ESCAPA, tales conductas NO configuran delito alguno, pues por encima de los ilicitos que la imputan está el deseo de CONSERVAR SU LIBERTAD o VOLVERLA A tener respectivamente.

3) Bueno en este punto, el Juez desnudará la persecución, no se canso de repetir y repetir PLAZO RAZONABLE para una resolución que deja mucho que desear.

4) NO se sabe si está involucrada o no, es una persona sin antecedentes y encontrarse ad portas de ser encarcelada (no me cabe duda que así será) debe afectarla muchísimo, es una dura prueba para la familia presidencial, si están metidos en cochinadas, la primera persona que se puede quebrar es la señorita Paredes Navarro.

 

TERCERIZACION LABORAL

Desde mañana 22 de agosto de 2022 las empresas no podrán tercerizar (encargar a otra empresa que le suministre personal para sus labores de producción o prestación de servicios), porque las empresas tercerizar?, hay varias razones, veamos:

PRIMERO. Solo tercerizan las medianas y grandes empresas para evitar los incrementos por demandas de su Sindicato o porque la regulación del trabajo está previsto en la ley, me explico, en el sector textil, para citarlo de ejemplo, existe un marco legal que regula esta actividad que el empresariado siempre ha saboteado, tercerizar las etapas de producción, evita que se vean obligadas a cumplir las disposiciones laborales que regulan ese sector fabril, así, los trabajadores "contratados" por la empresa "A" deben cumplir con lo que está ordene, 

Como funciona el sistema?, la empresa "B" dedicada a fabricar artículos de plástico, "contrata" a la empresa "A" para que le suministre personal CALIFICADO en el manejo de sus maquinarias, extrusoras, inyectoras y demás, la empresa "A" constituida por los mismos dueños de la empresa "B" mediante testaferros tiene personal para el trabajo requerido y provee el personal pedido, estos trabajadores en su relación con "A" ganan mucho menos que si trabajarán para 'B" contratados por ella, NO tendrán derecho a ninguno de los beneficio que haya obtenido el Sindicato, "B" considerará, para efectos contables como GASTOS NO LABORALES, pueden ser por servicios o que se yo, es decir, NO paga lo que debe pagar al personal contratado a la empresa "A" y deduce los servicios prestados por está, en este punto, siendo que los dueños de (A y B) son los mismos, se pueden cocinar muchos entuertots en perjuicio del Tesoro Público.

SEGUNDO. Con este procedimiento, si bien NO pueden sustituir a todo el personal al impedirlo la ley de creación del sistema tercerizador, los trabajadores contratados por "B" siempre estarán en salmuera, desde que los tercerizados realizan el mismo trabajo a un costo mucho menor.

Salvando muchas explicaciones, hoy en RPP se entrevistó al abogado laboralista Palomino, me disculpo por no recordar sus nombres de pila, este señor dijo Que el apocalipsis se avecina para los empresarios, MUCHA GENTE SERA DESPEDIDA, LA INFORMALIDAD AUMENTARA Y DESAPARECERAN LOS BENEFICIO SOCIALES

NO HABRA DESPIDOS, puede que se contraté por lo bajo y sin beneficios, más, en este escenario está el Estado y el propio trabajador, NO EXISTE un empleador tan estúpido que se deshaga de torneos, fresadores, y personal a su servicio con muchos años de experiencia, salvó claro está que el trabajador sea más imbécil que su patrón.

ES HORA DE CAMBIOS Y DE LUCHA, EL PUEBLO UNIDO DEBE ENFRENTAR SU REALUDAD Y MIEDO HASTA LAS ULTIMSS CONSECUENCIAS.

viernes, 19 de agosto de 2022

EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN EN RECAUDACIÓN

Embargo en forma de intervención en recaudación.-
Artículo 661.- Cuando la medida afecta una empresa de persona natural o jurídica con la finalidad de
embargar los ingresos propios de ésta, el Juez designará a uno o más interventores recaudadores, según
el caso, para que recaben directamente los ingresos de aquella.
La disposición del párrafo anterior es aplicable, también, a las personas jurídicas sin fines de lucro.
La resolución cautelar debe precisar el nombre del interventor y la periodicidad de los informes que debe
remitir al Juez.

Como la demandada no ha cumplido con pagar la Pensión de agosto, depósito en mi cuenta del BN, para esos fines, la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA SOLES  de los S/. 1,400.00 (Un mil cuatrocientos Soles) importe total de la Pensión ORDENADA por la Juez Bellota Guzmán, a mi esposa NO le ha depositado NADA y pareciera que ha retirado ILEGALMENTE  la Pensión de Jubilación de su madre del mes de agosto, EL MONTO ÍNTEGRO que ABONÓ en su cuenta la ONP, esta en investigación  en el Banco de la Nación, digo, pareciera, porque le quitó la Tarjeta de esa institución con la cual retiraba el dinero de mi esposa quién le proporcionó la Clave.

He intentado  persuadir a mi hija para que pague y a su esposo le envié correo electrónico en el que pedía que pague o publicaría mi último escrito absolviendo las preguntas respecto del embargo del que doy cuenta en el primer párrafo.

Mi hija no respondió y NO depositó nada. Sandro Ricardo Cazorla Vivanco me constestó el correo burlándose de mi advertencia con unos muñecos.

Muy bien, no volveré a intentar copiar y pegar el escrito de absolución PRESENTADO, copiaré el original que conservo en mi PC y soy el único responsable de su contenido ES EXPRESIÓN DE LA VERDAD y los posibles daños que esta publicación les pueda originar SON DE EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE RESPONSABILIDAD DE MI HIJA Mirtha Carola Anderson Higinio y de su esposa Sandro Ricardo Cazorla Vivanco, por ser lo que son, PERVERSOS SERES HUMANOS que acuden  a la Iglesia a golpearse el pecho para, saliendo de ella, ser los mismos desgraciados.

Expediente N° 00200-2021

Especialista

Cuaderno: PRINCIPAL

Escrito N° 0

Sumilla: Absuelve traslado

 

Señora JUEZ del 1er. Juzgado de Paz Letrado de URUBAMBA DJ del Cuzco

JOSE GUILLERMO ANDERSON ANDERSON en la demanda por ALIMENTOS incoada contra mi hija, MIRTHA CAROLA ANDERSON HIGINIO, a usted digo:

Que, empezaré por precisar ¿Cuál es el objeto de un Proceso de Alimentos?

HONORABLE señora Juez, SOBREVIVIR es el objeto de un Proceso en el que se pretende que el obligado a PRESTAR ALIMENTOS abone  a favor del que los necesita (Alimentista) una cantidad “X” de dinero que estará en relación con los ingresos de aquel y necesidades del que demanda, por lo menos en principio,  pues, el Alimentante (obligado) litigará para NO pagar o pagar lo menos que pueda.

En resumen, señora Juez, un juicio de alimentos  PROTEGE LA VIDA DEL O LOS ALIMENTISTAS, GENERALMENTE para su sobrevivencia.

En este orden de somero análisis, me permito HONORABLE señora Juez,  trascribir el artículo aplicable del Título Preliminar del Código Procesal Civil aplicable  a  nuestro proceso

Principios de Vinculación y de Formalidad.-

Artículo IX.- Las normas procesales contenidas en este Código son de carácter imperativo, salvo regulación permisiva en contrario.

 

Las formalidades previstas en este Código son imperativas.

 

Sin embargo, el Juez adecuará su exigencia al logro de los fines del proceso. Cuando no se señale una formalidad específica para la realización de un acto procesal, éste se reputará válido cualquiera sea la empleada.

 

BIEN, definamos ahora que se entiende por NEGOCIO:

 

1.     Ocupación, actividad o trabajo que se realiza para obtener un beneficio, especialmente el que consiste en realizar operaciones comerciales, comprando y vendiendo mercancías o servicios. (Google)

2.      

Veamos el concepto de NEGOCIO FAMILIAR

 

En conclusión, una empresa familiar es aquella en la que la propiedad y/o la dirección de la empresa se encuentran en manos de una familia que tienen vocación de continuidad, ya que desean que la empresa continúe en un futuro en manos de sus descendientes (Barroso, et al., 2012). (Google)

 

En la definición que precede, POCO IMPORTA si prolongar el negocio de la demandada y su esposo tengan o no el deseo de asegurarlo para sus descendientes cuando  ya no estén, VIVEN EXCLUSIVAMENTE y con AMPLIA HOLGURA de tales ingresos, pues, el negocio de helados que también tienen quizás represente el 0.05% del total que, por el momento no conozco con exactitud pero supera con facilidad los VEINTE MIL SOLES MENSUALES, monto del que tomaremos conocimiento si, con la SENTENCIA por usted dictada  limpian sus heces, como lo está haciendo la delincuente demandada.

COMENTARIO:

Las dos últimas líneas están mal redactadas, pero es lo que escribí. CORRECTO HUBIERA SIDO, desde "...conocimiento si, con la Sentencia por usted dictada limpian sus heces,  como lo está haciendo la delincuente demandada, su Despacho está en la obligación que la demandada RESPETE Y CUMPLA con lo que disponga en lo sucesivo.

 

Veamos también si están obligados a pagar impuestos….

 

Renta de primera categoría-SUNAT 2022

2 junio, 2022 Nancy Bonilla Vellanueva

 

El artículo 23° del reglamento de la ley del impuesto a la renta nos menciona lo que genera la renta de primera categoría.

Si eres persona natural y propietario de bienes inmuebles como departamentos, terrenos, cochera, etc. o bienes muebles como vehículos, maquinarias, herramientas, equipos, etc. Y los alquilas (arrendamiento) a una persona natural o jurídica, te corresponde pagar el impuesto a la renta de primera categoría a la SUNAT, equivalente al 5% del monto del alquiler.

Que el negocio familiar cuyo embargo por intervención en recaudación SOLICITO, sea INFORMAL, que no pague el impuesto que acabo de citar o el impuesto a la Renta A SUS UTILIDADES es problema de la SUNAT que en modo alguno enerva EL DERECHO A SOBREVIVIR  demandado en nombre de mi esposa y en el mío propio.

Veamos igualmente que dice la Ley del Impuesto a la Renta:

Artículo 1°.- El Impuesto a la Renta grava: a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. b) Las ganancias de capital. c) Otros ingresos que provengan de terceros, establecidos por esta Ley. d) Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta Ley. Están incluidas dentro de las rentas previstas en el inciso a), las siguientes: 1) Las regalías. 2) Los resultados de la enajenación de: (i) Terrenos rústicos o urbanos por el sistema de urbanización o lotización. (ii) Inmuebles, comprendidos o no bajo el régimen de propiedad horizontal, cuando hubieren sido adquiridos o edificados, total o parcialmente, para efectos de la enajenación. 3) Los resultados de la venta, cambio o disposición habitual de bienes.

CONCLUSIÓN

El NEGOCIO FAMILIAR de la Demandada y su familia responde perfectamente al contenido del artículo del Código Procesal Civil que me ordena explique.

Estando a lo expuesto, HONORABLE señora Juez:

Tenga, por absuelto el traslado y proveer como corresponde en este extremo, debo mencionar que la denuncia penal NO se contrapone con la medida cautelar solicitada pues ésta tiende a asegurar lo que la demandada NO LE DA LA GANA DE PAGAR, por lo no pagado se le debe DENUNCIAR e inscribir su incumplimiento.

OTROSI DIGO.- Que, al proveer el escrito 2097, OLVIDA el contenido del 2109, donde preciso que la tarjeta del Banco de la Nación ye fue devuelta a mi esposa por la delincuente, y corre usted traslado sólo del 2097.

NO provee mi escrito de CINCO FOJAS, PRESENTADO EL 04  DE AGOSTO DE 2022, en el que solicito se inscriba en el Registro Nacional  de DEUDORES MOROSOS ALIMENTARIOS, Revise por favor la página de seguimiento del Expediente, el cargo y el escrito RECEPCIONADO se me han traspapelado, naturalmente conservo en mi PC la redacción original, más, no se puede digitar la presentación de un escrito si este hecho no hubiera ocurrido.

POR TANTO:

Sírvase tener por absuelto el traslado y resolver como se ha pedido.

 

Urubamba, 18 de agosto   de 2022

 

José Guillermo Anderson Anderson


La demandada sabe muy bien cuanto la quiere su madre, ayer mi querida gordita DEJÓ DE TOMAR su jugo de fresa para llevárselo a su hija, la capté justo cuando lo colocaba en su  Cartera "cien mil usos" y un pan con Palta, no pudo ver que la veía porque estaba de espaldas a mí,  ESE FUE NUESTRO DESAYUNO, por eso la manipula a su  antojo y la predispone contra mí, tanto, que le ha dicho en relación a su Pensión de Agosto que he sido yo quién retiró el dinero en el Cajero, María Jesús NO sabe usarlo.

Conociendo el amor de su madre, le está diciendo que se van a mudar muy pronto, mi gordita me cuenta y no me dice nada  respecto a que  no podrá ver a su hija, tampoco sus ojos me lo dicen, pero su voz y movimiento de cabeza si muy pronto sufrirá si acaso es cierto.

ANTE ESA POSIBILIDAD, ME COMENTA: "NOS IREMOS A LIMA, NADA TENEMOS ACÁ".

NO QUERÍA LLEGAR A ESTE PUNTO, NUNCA HE DESEADO ESTA CONFRONTACIÓN, PERO NO ME HAN DEJADO NINGUNA OPCIÓN. 

¿POR QUE HAY TANTA MALDAD EN EL CORAZÓN DE MI HIJA?

 

 



CONFESIÓN SINCERA, versión del Abogado Carlos Caro

La confesión sincera en la jurisprudencia de la corte suprema de justicia de la república
Resumen
La confesión es una figura jurídica regulada en el artículo 160° del Código Procesal penal de 2004 como uno de los más importantes medios de prueba, la misma que consiste en el reconocimiento sincero y espontáneo de los hechos imputados por parte de la persona que se encuentra siendo investigada como autor o partícipe de un ilícito penal. Para que sea válida la confesión, y eficaz, requiere que sea confirmado con el resto de elementos de convicción actuados válidamente en el proceso penal instaurado en contra del imputado. Esta figura jurídica, en el sistema procesal inquisitivo fue considerada prueba plena, en la actualidad sólo es un medio de prueba más, pero no cualquiera, su importancia radica en el plus de certeza para sustentar una sentencia condenatoria. La confesión puede ser entendida como la declaración que en contra de sí mismo realiza el imputado, reconociéndose responsable del delito y de las demás circunstancias que son materia de investigación y proceso penal. El procesado admite haber cometido una conducta penalmente típica, reconoce de manera libre y voluntaria ante la autoridad competente, su participación en el hecho que funda la pretensión represiva del Ministerio Público ya deducida en su contra.
Los delitos pueden ser cometidos por un sujeto o una pluralidad de estos, cuando se trate de un individuo no existe mucha complicación pues, bastará que se corrobore lo confesado y el proceso termina. ¿Porque debe corroborarse la confesión si es sólo un individuo?, PORQUÉ PODRÍA ESTAR ENCUBRIENDO al verdadero autor del ilícito.
Cuando son varios los sujetos activos, debemos diferenciar si el delito fue ocasional, por ejemplo, cuatro amigos celebran el cumpleaños de uno de ellos, se bebe y se come en la celebración, estos mismos amigos se retiran de la reunión o del Restaurante, ya en la calle deciden asaltar al primer tonto que tenga el Celular en la mano, se presenta el tonto y cometen el DELITO DE ROBO. Este NO es un delito de una organización criminal, el robo no se planeó, fue un improntus de uno de los amigos que los demás aceptaron.
Más si es una "Banda criminal" la autora del latrocinio, hay muchos detalles que comprobar, primero ¿EXISTE tal organización? quien brinda su confesión sincera ¿Pertenecía a la misma?, el abogado Caro, sostiene que las declaraciones de los Espino "puede comprometer" a la señorita Paredes, NO PUEDO NEGAR que existe tal posibilidad, más, el hecho que los Espino, la esposa del Presidente y su hermana sean amigos y hayan obtenido la "Buena Pro" en dos obras, una en Lima y otra en Cajamarca, por Dios santo NO significa que exista una organización criminal y las personas citadas formen parte de ella. Son amigos desde antes que el actual Mandatario ejerciera su efímero poder, ¿Existen otras obras en las que los mismos personajes hayan confabulado para ganar una licitación jodiendo a los demás postores?
El abogado Caro, indica que reconocerse autor de un ilícito, prácticamente significa extender el hecho ilegal a quienes hayan participado, en la medida que se juntaron para cometerlos.
Naturalmente, el señor Caro tira la piedra pero se cuida que lo vayan a mirar, "la declaración de los Espino arrojará luces sobre tales hechos"
EL PODER QUE QUIERE BOTAR AL PRESIDENTE USANDO A INSTITUCIONES CORRUPTAS, no mide sus innobles esfuerzos, los medios con RPP a la cabeza, seguido muy de cerca por Exitosa y Lucar, convienen que la plata que "le dieron" los familiares de Castillo Terrones a los Espino, estaban destinados a formar el Capital que la empresa de sus amigos necesitaba para poder postular, que miércoles importa que los aumentos de Capital y el Capital mismo deben constar en las bases, si no lo cumplen son retirados como postores, además los aumentos o reducción de Capital se OTORGAN por Escritura Pública y se inscriben en los Registros Públicos.
Siguen navegando en aguas turbulentas y pantanosas, no demorará que se encuentren con su propia medicina cargada de racismo, odio y de lloriqueo por haber perdido la teta.

jueves, 18 de agosto de 2022

DE QUE SE PRECIA EL MINISTERIO PUBLICO DEL QUE ES JEFA, SRA. PATRICIA BENAVIDES

TODO EL DAÑO QUE LE ESTÁN HACIENDO A MI ESPOSA LAS AUTORIDADES DE URUBAMBA, EL MINISTERIO PÚBLICO EN PARTICULAR, INSTITUCIÓN ESTA  QUE POR INTERMEDIO DE LA FISCAL DE LA NACIÓN DECLARA QUE, EN EL CASO DEL PRESIDENTE DE LA NACIÓN CUMPLEN CON LA LEY, LE PREGUNTO, SEÑORA PATRICIA BENAVIDES, Fiscal de la Nación, PORQUE LOS SUBALTERNOS ACTÚAN COMO LAS FISCALES PROVINCIALES CAHUATA,  CABALLERO Y EL FISCAL SUPERIOR RAFAEL VÁSQUEZ CUBA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CUSCO, será porque somos ciudadanos simples y sin poder a los cuales se les puede pisotear INCUMPLIENDO FLAGRANTEMENTE SUS RESPONSABILIDADES CON ABSOLUTA IMPUNIDAD.

DE QUE SE PRECIA EL MINISTERIO QUE USTED ENCABEZA SEÑORA BENAVIDES, SI LO QUE HACEN Y MUY MAL CON EL PRESIDENTE DEL PERÚ, LO MULTIPLICAN "N" VECES EN CASOS EN LOS QUE ESTÁN OBLIGADOS A EJERCER TODOS SUS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE CONSAGRA LA LEY PARA DEFENDER A UNA MUJER VÍCTIMA DE LA MÁS CRUEL DE TODAS LAS VIOLENCIAS, LA SÍQUICA, MI ESPOSA SUFRE DE LA MENTE Y LAS PERSONAS QUE USTED A NOMBRADO O DESIGNADO PARA EJERCER SU DEFENSA Y DE TODAS LAS MUJERES VIOLENTADAS, LO QUE HAN HECHO HASTA ESTE MOMENTO  ES ENSAÑARSE CON SU MAL, POR QUE LA DESGRACIADA DE NUESTRA HIJA MIRTHA CAROLA ANDERSON HIGINIO Y SANDRO RICARDO CAZORLA VIVANCO NOS QUIEREN MUERTOS...SOMOS VIEJOS SEÑORA Fiscal de la Nación... y los viejos NO IMPORTAN en nuestra podrida y rastrera sociedad, ENCABEZADA PRINCIPALMENTE POR INSTITUCIONES  COMO LA QUE PRESIDE O DE LA QUE ES JEFA SUPREMA, PERO CON ESTE VIEJO SE HAN EQUIVOCADO, MORIRÉ PELEANDO POR LA SALUD DE MI ESPOSA QUE ES ASEGURADA OBLIGATORIA Y LA DELINCUENTE DE MI HIJA SECUNDADA POR LAS FISCALES QUEJADAS Y  CON EL SILENCIO DE QUIEN DEBE  SUPERVISAR SU TRABAJO, NO LA LLEVAN A LA CONSULTA MENSUAL  QUE NUNCA DEBIÓ DEJAR,   yo no puedo, PUES EN SU ENFERMEDAD EN CRISIS AHORA,  represento lo peor de un ser humano.

¿DE QUE SE PRECIA, REITERO LA PREGUNTA, EL MINISTERIO BAJO SU RESPONSABILIDAD, SEÑORA PATRICIA BENAVIDES?

POR ALGUNA RAZÓN QUE NO ENTIENDO, YA NO PUEDO COPIAR Y PEGAR DOCUMENTOS QUE PRESENTO A LA AUTORIDAD.

TAMPOCO Y NO RECUERDO HABERLO HECHO, ENVIAR RESOLUCIONES EN PDF que no tienen permiso para ser compartidas

EN CONSECUENCIA ASUMO TODA LA RESPONSABILIDAD DE LAS PUBLICACIONES QUE HAGO CONTENIENDO ESCRITOS DIRIGIDOS Y PRESENTADOS  A LA AUTORIDAD QUE SE MENCIONE.

Caso N°  191-2022

Especialista:

Cuaderno:

Escrito N° 0

Sumilla: Cumple mandato

 

Señor Fiscal Superior de la OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO – DJ -CUSCO

JOSÉ GUILLERMO ANDERSON, en la DENUNCIA interpuesta contra los Fiscales CAHUATA ESQUIVEL, CABALLERO QUISPE,  ROSARIO CORNEJO Y ZANABRIA GUZMÁN Y CUMPLIENDO LA PROVIDENCIA NÚMERP uno DICTADA POR SU Despacho,  a usted digo:

Que, acompaño para el caso de las señoras Fiscales: Katia CAHUATA ESQUIVEL responsable desde su Despacho de INVESTIGAR la VIOLENCIA que sufre la mujer y miembros del grupo familiar, tanto física como sicológicamente, RESPONSABILIDAD, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES  que son la razón de ser de la Fiscalía en las que laboran las señoras fiscales DENUNCIADAS CAHUATA ESQUIVEL Y CABALLERO QUISPE KATHERINE (adjunta a la Fiscal Provincial), los siguientes documentos:

1.- OFICIO N° 930-2022-MPFN- FPEVCMEIGF- URUBAMBA y la respuesta de HABER SIDO RECIBIDO, resalta EN ESTE DOCUMENTO la EQUIVOCADA DIRECCIÓN de mi departamento que se ubica en la calle Sucre y no en Calle  Palacio donde reside  el denunciado y mi hija,  PERO NO EN LA CUADRA CINCO sino en la OCHO que consta sin duda en las declaraciones que ambos prestaron en su oportunidad.

Si lo anterior adolece de equívocos INJUSTIFICADOS  E INJUSTIFICABLES, lo es más que, UDAVID, desoyendo el mandato de la Fiscal Provincial, decidiera sin argumento o fundamento médico trasladar a mi esposa a la ciudad del Cusco para la evaluación respectiva, he coordinado con la Jefa de Medicina Legal para que la UDAVIT, coordine con mi Mirtha Carola Anderson Higinio a efectos de su traslado con personal  de UDAVIT, el día de mañana 21 de julio de 2022, voy a estar presente trasladándome por mi cuenta.

El NO haber dispuesto de INMEDIATO que se Oficie nuevamente a Medicina Legal para que el Doctor Cabezas Límaco Jorge Luis se apersone a esta ciudad de Urubamba, ha causado ENORME DAÑO A la SALUD MENTAL DE MI ESPOSA, agregando que la Fiscal adjunta CABALLERO QUISPE KATHERINE, me informó que el OFICIO NO ERA NECESARIO que había que  esperar la comunicación del Siquiatra Cabezas Límaco.

2.- A fojas UNO y foliada con el número 97 el requerimiento a la fiscal provincial  Cahuata Esquivel quién deriva mi petición a la adjunta Caballero Quispe, pidiendo se solicite la presencia del Médico Siquiatra JORGE LUIS CABEZAS LÍMACO y que Caballero Quispe NO atendió sino hasta la fecha en que remitió el Oficio N° 930 anteriormente indicado.

Respecto a la señora Fiscal Rosario Cornejo Cabrera, le pedí se INHIBIERA de seguir conociendo la DENUNCIA que interpuse contra mi hija y su esposo, SIN QUE EN NINGÚN MOMENTO hasta el día de este escrito se pronunciara, no poseo ninguna copia, se deben haber traspapelado, SIN EMBARGO EN MI blog CONSTA UNA DENUNCIA PÚBLICA CONTRA LA MENCIONADA FISCAL que, a continuación copio:

jueves, 5 de agosto de 2021

SEÑORA FISCAL ROSARIO CORNEJO CABRERA - URUBAMBA - DISTRITO JUDICIAL DEL CUSCO, CARPETA FISCAL 572-2021. ¿A QUIÉN DEFIENDE USTED?

ANTECEDENTES:

 

BUENOS DIAS, MESA DE PARTES ÚNICA DE URUBAMBA LE INFORMA QUE SU DENUNCIA SE CREÓ CON EL NÚMERO DE CARPETA FISCAL N° 575-2021, FISCAL RESPONSABLE DRA. ROSARIO CORNEJO CABRERA.

 

OBSERVACIONES: CUALQUIER CONSULTA COMUNIQUESE UD DIRECTAMENTE AL CORREO: rocornejodj@mpfn.gob.pe o al celular 997728381

HACE EXACTAMENTE VEINTIDOS DÍAS se admitió mi DENUNCIA, me proporcionaron un número equivocado, HOY LA ASISTENTE DE LA FISCAL A LA QUE DENUNCIO POR ESTA VÍA A FALTA DE UN ÓRGANO DE CONTROL INTERNO EN URUBAMBA, ME INFORMÓ QUE LA DENUNCIA TIENE POR NÚMERO 572-2021.

El día de hoy la situación en el hogar de mi hija ha estado POR DESBORDARSE y la que sufre las consecuencias es mi esposa, que se sigue agravando,  PERO A LA DENUNCIADA PÚBLICAMENTE -ROSARIO CORNEJO CABRERA- LE PARECE que es un asunto menor, PRIMERO PORQUÉ NO ME RECIBIÓ y dispuso en el auto apertorio que las investigaciones se inicien el ONCE DE AGOSTO, pretendió la denunciada ROSARIO CORNEJO CABRERA, que firme LA RECEPCCIÓN DE  su Resolución enviando a su asistente PUES ELLA NO PUEDE ATENDER ESTAS COMPLICACIONES HUMANAS Y MENOS APLICAR EL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD téngase en cuenta que la señora Fiscal denunciada ostenta el cargo desde el año 2012 mediante resolución N° 2097, es decir tiene  o quizás debo decir, DEBIERA TENER MUCHA EXPERIENCIA.

PONGO EN CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES DE CONTROL INTERNO DEL MINISTERIO PÚBLICO para las acciones que correspondan. 

En cuanto al Fiscal ZANABRIA GUZMÁN, por el cual NO se dispone nada, adjunto la DECISIÓN DOS y mi escrito de APELACIÓN a la misma, presentado al Correo de la señorita KAREN QUISPE:……. que es  con el que me comuniqué hasta la decisión dos del FISCAL ZANABRIA ORTIZ, HE ADJUNTADO A ODCI LOS CORREOS (PARTE DE ELLOS enviados a la señorita Karen Quispe, los mismos que por SI SOLOS SE EXPLICAN).

Adicionalmente otros escritos dirigidos vía correo electrónico al Despacho de Zanabria Guzman comunicando la gravedad del estado de mi esposa.

POR TANTO:

Solicito tener presente y que la investigación continúe incorporando los documentos acompañados y se tomen las medidas que correspondan contra los denunciados.

Urubamba,  20  de julio de 2022

 

José Guillermo Anderson Anderson

CAL 12576


ESTE ESCRITO ES RESPUESTA A LA RESOLUCIÓN UNO RECAÍDA EN EL EXPEDIENTE AL QUE SE ALUDE.

A CONTINUACIÓN EL QUE HE ENVIADO HOY,  hace como dos horas VÍA CORREO ELECTRÓNICO, RESPONDIENDO LA RESOLUCIÓN DOS, que contiene el mismo requerimiento de la UNO, en el que preciso lo siguiente:


Parece que el señor Fiscal Superior no recuerda que expliqué EL MISMO requerimiento que hoy formula al absolver la Resolución UNO. y lo hice con mucha claridad en cuanto a Cahuata Esquivel y Caballero Quispe.

En cuanto a la Fiscal Cornejo Cabrera, NO TENÍA NADA pero he ubicado la mayor parte de lo poco que hizo, que en EN REALIDAD NO HIZO. En cuanto tenga dinero, ojalá para la fecha en que me ha citado los  presentare;  el Caso sigue paralizado. 

También me parece extraño que no mencione al Fiscal Jhonam ZANABRIA GUZMÁN  responsable del Caso: 3262-21, el hecho que haya renunciado y lo nombraran para el Distrito de Paruro, en nada enerva el Derecho que reclamo y la inacción del señor Vásquez Cuba me llama mucho la atención. 

El señor Rafael Vásquez Cuba, debe tener presente QUE LA PERSONA QUE NECESITA ATENCIÓN MÉDICA ES MI ESPOSA y de ello no dice NADA, y al citarme para el día 25 de este mes SÓLO CONTRIBUYE A LA MALA  FE DE LAS FISCALES QUEJADAS, las cuales NO pueden continuar en sus cargos, pues, si se sienten ofendidas por mí, han podido llamarme la atención, LO QUE NO PUEDEN HACER ni usted TAMPOCO señor Vásquez Cuba, es ABANDONAR A MI MARÍA JESÚS HIGINIO RATTO, me podrán matar, me importa una mierda, MI GORDA NECESITA ATENCIÓN Y ESTÁN OBLIGADOS A ALLANAR EL CAMINO PARA QUE SUCEDA Y EXIGIR A ESA DESGRACIADA DE HIJA QUE TENEMOS QUE LA LLEVE A SU CONSULTA.



EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...