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jueves, 1 de diciembre de 2016

Decreto Legislativo 1252

Código Civil artículo I Título Preliminar  dispone:

Abrogación de la ley

Artículo  I.- La ley se deroga sólo por otra ley.

La derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquélla.

Por la derogación de una ley no recobran vigencia las que ella hubiere derogado.


La Disposición Derogatoria del Decreto Legislativo 1224 Deroga el DS Nº 059-96-PCM excepto los párrafos 1º y 2º del artículos 19º y el artículo  22º. que a continuación trascribo

Artículo 19.- Tratándose de contratos de concesión, el plazo de los convenios de estabilidad jurídica regulada en los Decretos Legislativos Nºs.662 y 757, se extenderá por todo el plazo de la concesión.

Para el otorgamiento de las garantías y beneficios contemplados en estos dispositivos legales, se aplicarán los plazos y requisitos de la inversión contemplados en los respectivos contratos de concesión, no siendo aplicable el plazo de dos años a que se refieren dichas normas.

(Tercera Disposición Complementaria del D. Lea. Nº839) Ley de Promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.


Artículo 22.-  El valor de transferencia de los bienes al Estado al término de la concesión o su renovación, será el valor contable de los bienes que no hubieran sido totalmente depreciados. La transferencia estará inafecta de todo tributo creado o por crearse, incluso de aquellos que requieren mención específica para su inafectación o exoneración.

 El concesionario podrá depreciar anualmente los bienes materia de la concesión de acuerdo a su vida útil, no pudiendo exceder en este caso la tasa anual de 20%. Alternativamente, podrá depreciar íntegramente dichos bienes durante el período que reste para el vencimiento del plazo de la concesión, aplicando para tal efecto el método lineal.


(Sexta Disposición Complementaria del D. Leg. Nº839) Ley de Promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.

El Decreto Legislativo 1252 ha modificado el Dec. Leg. 1224 y deroga la primera disposición complementaria final de este dispositivo, dejando subsistente los artículos del DS Nº 059-96-PCM

Espero que los señores que han redactado la norma hayan previsto el tema, pues, aun derogado el Decreto Legislativo 839 por incompatibilidad con el Decreto Legislativo 1252, en la medida que este NO lo deroga expresamente, seguirán vigentes los artículos 19 y 22 de conformidad con el mandato del Decreto Legislativo 1224.

No debe olvidarse  además, que, el reglamento de las leyes NO pueden desnaturalizarlas,

Finalmente téngase presente que este Abogado trabaja solo y por razones elementales de tiempo no me es posible analizar todas las normas relacionadas con los decretos legislativos mencionados.


sábado, 23 de julio de 2016

EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES EN EL FUTURO INMEDIATO





Este artículo ha merecido muchas opiniones, sólo he leído una con atención no porqué las demás no merezcan el respeto a sus autores, sino por su tenor, permitiéndome comentar mi percepción del negocio de las AFP "la estafa mejor montada contra los trabajadores" y un sistema que -por donde se mire- hace más ricos a los ricos y promete miserias futuras a los aportantes.

Preciso que, el comentario de "Javier" lo comparto tal cual incluyendo pequeños errores de "dedo" de su autor.

He aquí la opinión:

"Javier
Interesante discusión, pero como defensor de la Seguridad Social y una de sus principal manifestación, como son las pensiones, debo señalar lo siguiente:

En el sistema previsional del Perú, las pensiones están siendo tratadas como meros postulados de corte político e ideológico, como simples entelequias, desconociendo y vulnerando abiertamente su trascendencia como derechos humanos y fundamentales. Actualmente, se transita por un proceso de embate, deformación, y no de reforma, como algunos quieren hacerlo creer. El sistema previsional ya no es más una de las principales e importantes estrategias políticas, económicas y sociales en favor del Estado y la sociedad en general (interés colectivo), sino una estrategia del Poder Legislativo, eminentemente, de corte populista en perjuicio de los primeros (mayores problemas sociales y fiscales), que los viene concretando en normas que desregularizan las instituciones propias del Derecho previsional peruano, inclusive rebasando o vulnerando abiertamente la Carta Marga, en materia de seguridad social (Artículos 10 y 12, fundamentalmente).

La finalidad del ahorro forzoso previsional (afiliación y pago de aportes obligatorios) para generar una renta que permita sufragar la vejez, y que es característica innata de los sistemas pensionarios, pierde importancia y queda supeditada a la libertad de cada una de las personas afiliadas al SPP. Así pues, La Ley de retiro del fondo previsional (el 95.5% o el 25%), esto es, el libre retiro de fondos, no contribuye ni aporta al bienestar económico del Estado ni de la sociedad, menos al sistema de pensiones en general. Por el contrario lo embate, deforma y deconstruye. Se norma políticamente el sistema de pensiones, con lo cual tampoco está de acuerdo Richard Webb, puesto que el señala que se debe evitar ello.

Entonces, frente a esta crisis, urge urge implementar y fomentar un nuevo modelo multipilar del sistema de pensiones, universal y solidario, siguiendo las pautas previstas por el Banco en 1994 – que fueran reformuladas posteriormente en el 2001 y 2005–, en el que estén involucrados – con preeminencia del diálogo social – toda la sociedad, las instituciones competentes y el Estado, bajo el liderazgo del Gobierno de turno. Urge esta reforma, pues nos econtramos en un escenario en el que la evolución demográfica es dinámica, la informalidad laboral es alta, la cultura previsional no recibe la atención devida y los esquemas privados de pensiones vienen siendo el centro de embates de los sistemas de pensiones.
Nuestra vejez, como la de muchos en la actualidad, depende de ello".


MI COMENTARIO:

Bien, debo precisar antes de continuar que, el señor Alfredo Thorne (Ministro de Economía por juramentar del Primer Gabinete del Presidente -electo- habría sido Director de una AFP).

Hoy sábado 23 de julio de 2016 a las seis de la mañana vi la repetición de uno de los programas de Redes y Poder y escuché (entre cambio de canales) el inicio de la entrevista al señor Ricardo Escudero que, dicho sea de paso no la vi en su momento porqué el conductor de Redes y Poder es una persona que no me simpatiza y cuando habla lo que hago es cambiar de Canal.

El señor Escudero trató el tema de las AFP y las consecuencias sobre el Sistema Privado de Pensiones frente a la devolución del 95.5% de los fondos cuando se cumplen los 65 años y el 25% para el pago de un crédito hipotecario.

Este señor criticó duramente al Congreso de la actual gestión por su populismo y falta de visión al dictarlas, "disco rayado por tantas reproducciones del concepto", pero esta vez, en consonancia con la Resolución SBS-3663-2016 - Reglamento Operativo de la Ley N° 30478, aborda el tema de la sobrevivencia, sobre el cual me ocupo en la SEPARATA YA TERMINADA pero pendiente de por lo menos dos revisiones antes de dedicarme a venderla, NO he escrito un libro porqué sería una inversión muy arriesgada considerando que tanto la Ley N° 30425 y 30478 pueden ser derogadas por el nuevo Parlamento a instancias de la iniciativa que proponga el Ejecutivo.


Como quiera que, tanto la opinión del señor Javier cuanto la del señor Escudero defienden el Sistema Privado de Pensiones, comentaré ambas conjuntamente:

Nadie tiene la vida comprada, por tanto, la muerte acecha en cada paso dado, entendida así y considerando que los Sistemas Previsionales comprenden un largo trayecto en el que en uno se aporta para un fondo común sólo debemos esperar cumplir con la edad y recibir la pensión que nos corresponda, mientras que en el otro el aporte se realiza en una cuenta personal de suerte que, la pensión a pagar será la sumatoria de estos más el rendimiento que hayan tenido en el tiempo (puede ser un año o treinta) considerando la expectativa de vida del pensionista luego de cumplida la edad para solicitar la jubilación.

La expectativa de vida es el gran cuento del Sistema Privado, que, en el Sistema Público NO es una condicionante para calcularla, seguramente existen estudios al respecto con la misma finalidad, pero NO basados en uan expectativa de vida IRREAL como acontece en el Sistema Privado de Pensiones.

Otro cuento del Sistema Privado son las penosas pensiones que paga el Sistema Público (ONP) y que está quebrado, he explicado hasta el cansancio el porqué de esta situación y no lo repetiré, ha de bastar buscar en este blog mis comentarios al respecto.

El Sistema Privado de Pensiones paga pensiones que no tienen una definición en nuestro idioma porqué las míseras son las de la ONP.

Que 130 mil millones de Soles son en números gruesos el dinero que administran (ADMINISTRAN, NO SON DUEÑOS) las AFP, ¿Cuántos de esos millones se han invertido en el desarrollo industrial del Perú?.

Quieren seguir medrando, garantizando más que miseria a sus clientes, no pues, esa no es la forma.

El día de ayer un buen amigo me dijo lo siguiente:

¿Por qué no se destina el 20% de los aportes mensuales de los trabajadores clientes de las AFP a un fondo común del cual puedan disponer CADA CINCO AÑOS.

Me parece una idea genial, aunque siempre estaré por DEROGAR EL SISTEMA y sustituirlo por un BANCO DE PENSIONISTAS que sin duda alguna puede aplicar la sugerencia del párrafo anterior.

Para terminar en cuanto a la "sobrevivencia" nuevo caballito de batalla de las AFP y que estas aplican exigiendo a los clientes que desean retirar el 25% de sus fondos firmar una DECLARACIÓN JURADA indicando   que este retiro REDUCIRÁ la pensión, como se rebajaría la pensión de sobrevivientes si muriera antes de jubilarse o quedase inválido.

Naturalmente es una posibilidad que una persona fallezca al día siguiente de haber realizado el retiro o se quede inválido, pero ello NO es causal de proyectarse al futuro y que el cliente no tenga ninguna otra opción más que firmar la Declaración Jurada si desea disponer de SU DINERO. En mi Separata amplío la opinión.

Tanto Javier como el señor Escudero sostienen que hay que mejorar el sistema, sino les gusta un BANCO DE PENSIONISTAS creen una institución híbrida donde co-existan aportes para jubilación y de estos se detraiga el 20%  colocándolos en un fondo común, de suerte que,   cada cinco años puedan (podrían no hacerlo) ser retirados por los afiliados.


En resumen, el nuevo gobierno tiene la obligación de diseñar un sistema pensionario que contribuyendo al desarrollo industrial del País, garantice a los afiliados una pensión DIGNA que sea reajustable en el tiempo y que en esa institución se encuentren representados trabajadores activos y pensionistas en una proporción no menor al 40% y que el control que ejerzan sea realmente efectivo.

Temo que la angurria y más de 24 años de existencia de las AFP, propiedad de aseguradoras, acostumbradas a recibir dinero sin el menor esfuerzo determinará que, los poderosos y dueños del Perú lo impidan. Mas, deberán saber que las protestas se dejarán sentir.




miércoles, 13 de julio de 2016

El Gerente General de Prima AFP, Renzo Ricci y el Retiro del 95.5% de los fondos de los mayores de 65 años.


En el siguiente enlace:

El Gerente General de Prima AFP, señor Renzo Ricci nos ilustra sobre las malévolas consecuencias del retiro del 95.5% de los fondos que mantienen los mayores de 65 años jubilados o no.




Muy interesante, los que tengan una posición a favor o en contra del retiro del 95.5% deben leer el artículo y pronunciarse.

Este es el fondo del asunto y el poder no dejará de pelear para que se deroguen la ley 30425 (retiro del 95.5%) no dicen nada concreto -lo han hecho antes- sobre la solicitud del 25% para la adquisición de un primer inmueble.

No soy economista pero las matemáticas simples ayudan un poco a entender lo que se pretende, veamos:

El mayor problema según el señor Renzo Ricci del retiro del 95.5% de los fondos es que complica las inversiones de largo plazo puesto que, "NO SABRÍAN CON EXACTITUD" cuando -dentro de esas inversiones de largo plazo- deberían de disponer de efectivo para devolver la plata que no es suya.

Muy bien, primero analicemos con lógica "las inversiones de largo plazo", no cuento con los datos precisos en cuanto a porcentajes de inversión interna y externa por la que tanto han reclamado los dueños de las AFP, pero digamos, sólo como ejemplo que, LAS ÚLTIMAS REPRESENTAN EL 40%, más o menos 52 mil millones de soles la diferencia de 80,0000 mil millones se debe invertir en territorio nacional. Veamos primero en el frente interno ¿quienes cuentan con una estabilidad económica tal que los inversores nacionales estén dispuestos a invertir 80,0000 millones de soles a 20 años, ¿el gobierno? lo dudo mucho, ¿los Bancos? pienso que sí, especialmente los que son dueños de las AFP ¿que harán los Bancos con 80,000.00 millones de soles? ¿los pueden invertir en el mercado nacional a largo plazo, teniendo en consideración que cada año se incrementan los pensionistas? pienso que no existe una institución en el frente interno con estabilidad económica para garantizar el pago de los intereses por 20 o más años, menos la devolución del Capital, entonces son los Bancos los que "prima facie" podrían invertir en Bonos soberanos de países altamente desarrollados, luego tal cuestión se resuelve matemáticamente, veamos: 

Cada año se incorporan 8000 nuevos pensionistas (es una cifra arbitraria) que se sumarán a los que ya perciben una pensión, todo ello sin que se retiren los fondos por los pensionistas y que los que van a serlo tampoco opten por el retiro, PERFECTO, la pregunta es: ¿De cuanto dinero QUE NO ES SUYO deben disponer las AFP para pagar, bajo la modalidad de "Retiro Programado" cada año y en que porcentaje se incrementa este por la incorporación de nuevos pensionistas? conocida esa cifra proyectan sus ingresos y obviamente luego de las sumas y restas se quedan con la parte del León.

Los 52,000 millones, que se pueden invertir en el extranjero directamente por las AFP correrán la misma suerte, no hay mucho que agregar al respecto.

No he mencionado a las aseguradoras las grandes perdedoras con la reforma, ellas deberán esforzarse por ofrecer nuevas y mejores formas de pensión desde abril de este año 2016.

Ahora analicemos el mismo escenario pero con la posibilidad cierta del retiro de los fondos que, irán a manos de sus legítimos propietarios que no tendrán otra opción -si-sólo se maquilla la estafa de las AFP- y las aseguradoras no mejoran su oferta.

El señor Renzo Ricci declara que NO sabrán de cuanto dinero deberán disponer para cubrir las solicitudes de retiro teniendo las inversiones realizadas (QUE NO HAN SIDO CONSULTADAS A LOS DUEÑOS DEL DINERO) a largo plazo. Primero, ello no es cierto la informática y la base de datos que cada una tiene, más la experiencia en la próximos años, digamos uno, (dado que el nuevo gobierno no ve con buenos ojos que los clientes de las AFP retiren su dinero, su propiedad, pues ello en consonancia con la defensa de intereses ni siquiera de las AFP sino de captadores de capital extranjeros, "no es una buena idea" frase recurrente en el nuevo Presidente (electo) para muchos temas), podrán saber muy bien el escenario futuro.

En este contexto, sino se deroga el Sistema Privado de Pensiones, simplemente desaparecerá como consecuencia inevitable de su pésima gestión en cuanto a ofrecer una pensión digna a sus clientes Y LO SIGUEN HACIENDO jejejej!!!, y lo que es peor LOS CLIENTES se quedarán sin pensión, somos un País acostumbrado a la ley del "perro muerto" y los ricos no son ajenos a esas prácticas.

Termino diciéndole al señor Renzo Ricci que no se preocupe, el sistema desaparecerá por su propia incapacidad o digo mejor la excelente perfomance para sus bolsillos y miserias inimaginables para sus clientes.

Propongan algo inteligente que les permita ganar -nadie trabaja gratis para otro- pero que no sea lo que sucede en la actualidad.

viernes, 24 de junio de 2016

DEROGARÁN LA LEY DE RETIRO DEL 95.5% DE LOS FONDOS DE LAS AFP POR JUBILADOS O NO.

Desde hace algunos días podemos leer en los medios lo que los clientes de las AFP pueden hacer con el 25% que retirarán para la cuota inicial de su primera vivienda, la SBS, siempre según los medios, viene trabajando aceleradamente en el Reglamento; en la TV incluida, como es obvio, en la definición de medios, las aseguradoras meten miedo sobre los riesgos de invertir sin el debido conocimiento dirigido a los jubilados que potencialmente pueden retirar el 95.5% de sus fondos.
Toda esta información para mí cumple un sólo objetivo; (preocupación que traslado a los 84 congresistas que aprobaron el retiro para los jubilados bajo la modalidad de RETIRO PROGRAMADO -hubiera sido suficiente señalar que ya estaban comprendido en la Ley 30425-, el 25% también para los enfermos terminales y el 4.5% de descuento para EsSalud), distraer a la opinión pública que perciben que se está trabajando, POR TANTO TODOS asumen que la ley se está ejecutando, NO ES CIERTO AMIGOS la Ley NO ha sido publicada y mientras no lo sea todo no pasa de un engaño aterrador permítanme la licencia; Hoy se cumplen DOCE DÍAS de haber sido aprobada por los 84 congresistas a los que dirijo mi preocupación.
Ayer entrevistaron al economista Elmer Cuba en Redes y Poder (está a favor de revisar e incluso derogar esta norma) y cuando el entrevistador le preguntó sobre las AFP no dijo una sola palabra.
¿SE PUBLICARÁ LA LEY señores Congresistas o ha sido un juego mefistofélico y que espera al nuevo Parlamento para que la derogue?.

sábado, 28 de noviembre de 2015

¿Y si no pueden devolver el fondo de los que llegan a los 65 años?

Cuando se precisa un hecho se debe probar, no basta con mencionarlo, así de sencillo, con mayor razón si quién propone un cambio o los efectos dañinos que el mismo podría generar, es candidato a un puesto público, un funcionario en ejercicio o un profesional a quién se le reputa muy capaz en el área que domina.

Partiendo de la premisa anterior, no es entendible  para mí que, personas como el Ministro de Economía o un candidato que declara haber “renunciado a su nacionalidad y que el punto se acabó, no hay discusión”, para citar dos de los muchos, dentro de los  pocos que se oponen a la devolución del 95.5% del fondo acumulado por los clientes de las AFP  al cumplir los 65 años de edad, sin que en ningún caso expliquen por qué se pone en riesgo el Sistema si los clientes llegados los 65 años retiran SU PLATA como la única opción aceptable.

He tenido la oportunidad de leer el Dictamen aprobado en la Comisión de Economía, se resume en 21 proyectos de los 34 primigenios que finalmente quedan en trece, de los cuales se extraen tres temas, pues los demás implican cambios no sustanciales, en mi opinión, para frenar la ambición y la angurria de los dueños de las AFP, estos son: prorrogar la jubilación adelantada por desempleo hasta diciembre del año 2018, la imprescriptibilidad de las retenciones no abonadas a las AFP que, dicho sea de paso, una vez jubilado el cliente, ese dinero SE QUEDA CON LAS AFP , siendo la tercera propuesta la devolución de los aportes, las tres han sido aprobadas.

Los fundamentos de la norma, más que a las consecuencias para los clientes del Sistema Privado de Pensiones en el Perú se ha  limitado a señalar las deficiencias de la ONP y porqué se creó el Sistema Privado,  han estado referidos a su comportamiento en Chile, Colombia y México, el resultado de su aplicación como los intentos de reforma no dieron el resultado esperado y los clientes en esos países siguen recibiendo pensiones miserables con ayuda inclusive del Estado, algo que no ha sucedido en el Perú, pues los fascinerosos inversionistas y dueños de las AFP, establecieron el apoyo estatal que, por las exigencias para alcanzar la pensión mínima que ofrece la ONP, es muy difícil acceder al beneficio.

En realidad habría mucho que decir sobre el dictamen pero no es el tema preocuparnos por los cambios que, en mi concepto sugieren la DEROGACIÓN del Sistema Privado de Pensiones, sustituyéndolo por un Banco de Pensionistas (es mi propuesta).

También hay datos inexactos respecto a cómo se benefició al Sistema Privado en perjuicio del Sistema Público de los que tampoco me ocuparé pues demandará una pequeña historia jurídico legal.
“Es un golpe mortal al Sistema Privado de Pensiones” (Hércules Marthans, Segura del MEF y el gringo que dice ser peruvian) ¿por qué?  ¡Que lo expliquen, los estaré esperando!.

En su ayuda (de Segura, Marthans y el peruvian gold and wáter) me permito reiterar lo que he escrito en otros post, al hacerlo, necesariamente debo citar un dato estadístico contenido en el dictamen, “los clientes jubilados están creciendo a un promedio de 8000 personas anualmente” (agregado y negritas me pertenecen) precisa el dictamen, NO indica a qué ritmo se incorporan  los clientes; puede ser verdad el incremento de pensionistas, sin embargo si se lee con cuidado el cuadro, sólo una vez aumento en 9000 personas el resto ha estado entre 4000, 6000 y 8000 personas, esta última cifra es la que menos veces se repite.

La relación actual entre aportantes y jubilados es de 28 a 1, muy bien, aceptemos que se jubilan 8000 clientes al año, 650 aproximadamente mensuales, digamos, para que  les de algún mal de estómago a las personas citadas, que el promedio de fondo que serán retirados mensualmente alcanzan la suma de S/. 200,000.00 por cliente, ello significa que mensualmente se retiran de las AFP 130 millones de nuevos soles que, NO se van a esconder debajo del colchón ¿no es verdad?, sino que ingresarán al tráfico comercial en diferentes formas de inversión que, en un escenario complicado, por las declaraciones del Premier Cateriano al sustentar el Presupuesto para el 2016, significa un valioso ingreso al mercado interno.

Anualmente, por una simple operación aritmética, saldrían de las arcas de las AFP 1,530.000.00 millones de Nuevos Soles para las manos de sus legítimos propietarios.

S/. 1,530.000.00 millones salen, es decir, se dejarán de invertir. Muy bien, ¿Cuánto dinero ingresa a las AFP mensualmente?, en este caso, pensaré en una cifra modesta para que el dolor se profundice en los sujetos mencionados, digamos que el promedio de aportes es de S/. 150.00 que multiplicado por 2,800.000.00 clientes, arrojan 420 millones de Nuevos Soles S/. 5,040.000.00 millones anuales.

Es decir, tendrían un diferencia a favor de 290 millones de Nuevos Soles frescos mensuales agregándose al capital de inversión que ya tienen y que sumados los doce meses del año alcanzarían 3,480 millones y si es cierto lo que dicen los fascinerosos dueños de las AFP que los 123 mil millones de Nuevos Soles de Capital aportado para invertir o en proceso de hacerlo está constituido por el 50% de los aportes y 50% del rendimiento (ojo en 22 años, es decir que cada 11 años han recibido una suma igual o muy parecida a 34 mil millones de Nuevos Soles cifra inferior a la que tendrían con la devolución como hemos visto)  NO encuentro cuál es la razón para que se diga que los mayores de 65 años al  retirar todo su dinero ponen en riesgo el Sistema Privado de Pensiones creado para el beneficio de sus sinvergüenzas dueños.

Así pues, la devolución del 95.5% de los fondos que tienen los clientes al cumplir los 65 años es un acto de justicia y no de populismo. No obstante, existe una razón que podría explicar por qué gente como el gerente general del Banco de Crédito del Perú, realizan propuestas dignas de un humano limitado  mentalmente, condición de la que lejos está esta persona. ¿Cuál puede ser?, el que las AFP no puedan devolver 1,530 millones de Nuevos Soles anualmente, imposibilidad que puede tener varias explicaciones económicas, como por ejemplo, la percepción en determinada unidad de tiempo de los beneficios de lo invertido que no coincide con los meses en los que se debe efectuar la devolución, o la que sería muy preocupante, que todo no sea más que un bluff, total en el papel pueden danzar millones la realidad los desmiente, de darse estos hechos, el Estado debe intervenir de inmediato, ordenar una auditoría a las 4 AFP y a la SBS que las supervisa en un plazo que NO excederá por ningún motivo, razón o causa por justificada que pueda presentarse, de 120 días naturales, al mismo tiempo ORDENAR la imposibilidad de salida del País de los dueños de las AFP en caso domicilien en el Perú, sus directivos y testaferros, como el de todas las empresas relacionadas, e INMOVILIZAR SUS PATRIMONIOS –empresas, dueños, directivos o testaferros-, plazo que, además, debe servir para derogar el sistema privado de pensiones y sustituirlo por otro que tenga como objetivos beneficiar al pensionista y contribuir al desarrollo industrial de la Nación.
 Además existe otra razón, si hoy invierten para perder, pues de ahora en adelante invertirán para que gane el cliente SIN DEJAR DE GANAR ELLOS.



miércoles, 29 de octubre de 2014

Deroguemos el Sistema Privado de Pensiones

Antes de la aparición de las computadoras personales, la creación de  Internet que cambiaron el Mundo  para siempre, era imposible  manifestar mi discrepancia respecto de temas no sólo con los que NO estaba de acuerdo, sino que eran escandalosas mentiras. Gracias a los blogs, hoy en día puedo opinar. Consciente soy de su limitada capacidad de difundir el pensamiento comparada con la que tiene el más humilde diario publicado en el Perú, especialmente si se trata de temas complejos y de muy larga maduración.

Hoy he leído el Blog de la AFP "Habitat" que tiene en el Diario Gestión, deseo compartirlo con ustedes y darles mi opinión:

La oportunidad de los Jóvenes Talentos
28/10/2014
04:31

Son pocas las oportunidades que tengo de tomar contacto con jóvenes profesionales del futuro, pero ese momento me enriquece por su talento, energía y entusiasmo, pero también surgen la típica pregunta “¿qué pasa con las AFP? Parece que no sirven”. Esto me da paso para explicarles algunos de los beneficios que el Sistema Privado de Pensiones (SPP) ofrece, sobre todo a los jóvenes de hoy y profesionales del futuro.
Empiezo por explicarle al joven que el dinero que ahorra mes a mes es de su propiedad. Él directamente puede decidir en qué tipo de fondo invertirlo y, al terminar su vida laboral, tendrá una pensión o se llevará su dinero dado, que es propio. De inmediato, surge una nueva pregunta: ¿y cuando aporto a la ONP, no es mi dinero? “Efectivamente, no es tu dinero”, es mi respuesta. Es  como poner dinero para organizar una fiesta. Tú puedes poner más, otros menos y finalmente todos van a gozar de la fiesta por igual, pero si no vas a la fiesta, entonces perdiste tu dinero.  En el SPP el trabajador siempre tiene el dinero para él mismo, sea como pensión o, si el fondo no es suficientemente grande, lo llevas completo.
Además, si pasa algo inesperado al trabajador, el SPP cubre a través de un seguro de sobrevivencia o invalidez parte de tu pensión.  Las AFP nunca se quedan con tu dinero, siempre estará para uno mismo o para sus beneficiarios.
Es normal que las personas pensemos en proteger a nuestros familiares, y es entonces cuando señalo que el SPP ofrece justamente este beneficio.  “¿Y en qué consiste el seguro?”  Con el aporte continuo proteges a tus beneficiarios: cónyuge, hijos, padres. Lo interesante es que la empresa de seguro aporta al fondo del trabajador el dinero requerido para cubrir la pensión de invalidez o sobrevivencia por todos los años a futuro que corresponden.
“Pero las pensiones no son buenas”. Es obvio que los jóvenes tengan esa idea debido a los comentarios sobre las pensiones de hoy. La oportunidad que tienen los jóvenes es ahorrar por los 40 años de vida laboral activa, a diferencia de los pensionistas de hoy quienes aportaron solo 20 años de su vida laboral. Por matemática simple, en promedio tendrán la oportunidad de crear un fondo mayor que les permita tener una mejor pensión.
El otro elemento a tomar en cuenta es la continuidad de aportes y esto no depende de las AFP, tampoco depende de la gestión de inversión, solo depende del mismo trabajador y de su compromiso en aportar para obtener una pensión adecuada.
Finalmente termino diciéndoles que, todos los trabajadores afiliados al SPP son accionistas de las principales empresas del Perú. Con su fondo son participantes importantes de las mejoras en infraestructura que vienen desarrollándose pero además, están invirtiendo en el extranjero. Las AFP son solo las administradoras de los fondos de todos los trabajadores afiliados al SPP, el dinero no es de las AFP, el fondo es de los trabajadores peruanos y justamente esta situación, entre otras, sustenta con sólidamente la continuidad de este sistema; sin embargo, viendo a futuro el SPP, queda comprobado que por el modelo aplicado, es autosostenible, no requiere aportes de parte del Estado, no genera incremento de impuestos ni movilización de fondos para cubrir la pensión de los trabajadores.
Es claro que el fondo depende de los ahorros personales y que el fondo debería crecer con los aportes de la persona, sea como trabajador dependiente y como independiente.
 MI  OPINIÓN
La nota distorsiona y miente, por ello RETO al autor de la misma para que nos diga:
PRIMERO.- Si es verdad el siguiente párrafo: "

Empiezo por explicarle al joven que el dinero que ahorra mes a mes es de su propiedad. Él directamente puede decidir en qué tipo de fondo invertirlo y, al terminar su vida laboral, tendrá una pensión o se llevará su dinero dado, que es propio. 


Que nos diga:  en que artículo de la Ley se establece que, llegados a la edad de jubilación (tengo 66 años y seis meses, hace un año y seis meses inicié los trámites de mi jubilación) puedo pedir la devolución de lo "ahorrado".

SEGUNDO.- Si es verdad el mismo párrafo, que nos explique por qué en el que ahora extraigo del artículo, se precisa:
 "En el SPP el trabajador siempre tiene el dinero para él mismo, sea como pensión o, si el fondo no es suficientemente grande, lo llevas completo".

¿Cual es la verdad?

a) ¿Si el "ahorro" me pertenece?, como se entiende el último párrafo transcrito, pues, NO es lo mismo llevarme mi dinero porque es propio, que llevármelo si NO es lo suficientemente grande.

b) ¿Que se entiende NO suficientemente grande?

c) ¿No será que lo único que puedo retirar son S/. 5,810.00 (Cinco mil ochocientos diez y 00/100 Nuevos Soles).

TERCERO.- Si es verdad el párrafo siguiente: " ..no requiere aportes de parte del Estado, no genera incremento de impuestos ni movilización de fondos para cubrir la pensión de los trabajadores".

Que el autor nos explique, cual es el concepto del BONO COMPLEMENTARIO que paga El Estado a los clientes de las AFP, cubriendo la diferencia existente entre la porquería que pagan y  la Pensión Mínima establecida para la ONP.

Seguro estoy que NO van a responder, porque es MENTIRA lo sostenido en los párrafos extraídos de la nota principal.

El autor celebra el talento de los jóvenes, apelo a ese "talento" a efectos que, siempre que su "talento" lo permita, analizar lo expuesto en la nota y verificar si lo que digo es cierto.




viernes, 3 de octubre de 2014

Deroguemos la Ley del Sistema Privado de Pensiones

En este enlace:

http://gestion.pe/tu-dinero/afp-conviene-recibir-pension-afp-aseguradora-2110222

Se analiza si es mejor recibir su pensión de jubilación en una AFP, bajo la Modalidad de RETIRO PROGRAMADO o en la de RENTA VITALICIA, deseo darles mi opinión:


La señora de la foto, no parece una "avivata", pero podría tratarse de una "percepción" solamente. Veamos,  el número cabalístico de los fascinerosos que dirigen las AFP, es S/. 200,000.00, todos sus ejemplos giran en torno a esta cifra, de pronto, también podría  ser una percepción, jeje!!.

Bien, ¿como llega un trabajador asalariado a reunir S/. 200.000-00?, les pondré un ejemplo y en un escenario maravilloso. 
               
Consideremos a un trabajador que gana S/. 1,500.00 mensuales, en Nuevos Soles constantes, durante 30 años, sin detracciones por comisiones, que el Mercado Financiero Nacional e Internacional no sufrieron ninguna crisis. Muy bien, en ese escenario, luego de 30 años de aportes se habrá acumulado S/. 54,000.00, digamos que el rendimiento fue de 300% en esos 30 años, entonces se acumularon como cuenta individual casi S/. 220,000.00, con ese dinero y en la modalidad RETIRO PROGRAMADO, se puede recibir una pensión de alrededor de S/. 1,100.00 mensuales con la condición que no tenga hijos y una esposa que no puede ser menor que el pensionista en más de cinco años. S/. 1,100.00 es apenas S/. 300.00 más que el máximo que paga la ONP y que sería lo que cobraría el pensionista del ejemplo si hubiera estado afiliado a la ONP y sin preocuparse por el estado ideal que imaginamos para que el cliente de una AFP pueda percibir la cifra ya anotada.

Ahora bien, si además tenemos en cuenta que la pensión de jubilación se calcula únicamente con el promedio de las remuneraciones de los últimos 120 meses, es decir DIEZ años, y saben que, son los años más difíciles para los trabajadores sean o no profesionales; En la actualidad una persona de 40 o más años de edad no es de interés para la industria o los servicios.

El sueldo de un hombre que pasa los 55 años profesional o no, si es que mantiene su empleo estará muy lejos del que percibía en sus años mozos, más aun cuando hoy NO existe estabilidad laboral y los Sindicatos han sido reducidos a su mínima expresión.

El fondo que haya acumulado NO se usa para calcular la pensión en las AFP, sirve para que ingrese como factor en el caso de la expectativa de vida que es de 110 años.


Permítanme dejar el tena aquí, y decirles que las AFP pueden ser buenas pero de ninguna manera con sueldos que no superen los dos mil dólares mensuales en los últimos 120 meses de la vida laboral de un peruano.

DEROGUEMOS EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES NO HAY OTRA ALTERNATIVA.

martes, 23 de septiembre de 2014

DEROGUEMOS LA LEY DE LAS AFP

Buenos días amigos, me permito  opinar sobre la acción que propongo y forma parte del Título de este Entrada. Antes compartiré una nota aparecida el día de hoy, 23 de Setiembre de 2014, en el Diario "Gestión":


"Gestión – Edición 23-09-2014

 Devolución de aportes de AFP y ONP a independientes debe ser en su totalidad, según EY
Martes, 23 de septiembre del 2014
·         ECONOMÍA
El manejo de dineros de terceros en la ONP es peligroso, a largo plazo, porque no se podrá igualar al sistema privado y existe la tentación de que aportes se deriven para otros fines, señaló Juan paredes, socio de EY.

Milagros Sánchez Vargas
msanchez@diariogestion.com.pe
La norma que indicaba el aporte obligatorio de trabajadores independientes a AFP u ONP se derogó hace poco, pero la devolución de dichos aportes debería medirse en base al total del descuento, señaló Juan Paredes, socio líder de Auditoría y especialista en Servicios Financieros de EY.
Actualmente, se han generado muchos debates respecto al monto que debería ser sujeto a devolución, entre aportes o comisión o seguros, pero según Paredes: “si te quitaron S/. 10, te deben devolver tal monto. Hubo costos y alguien los tendrá que asumir”.
Definitivamente, esto será un problema porque la gente espera que se le devuelva todo, pero se debe evaluar la devolución sin involucrar los intereses de los demás. “Debe haber una solución aceptable por parte del Gobierno y lasAFP, las comisiones deberían bajar y esa tendencia debería seguir en el futuro”, acotó.
Algo que resaltó el socio de E&Y es que, los independientes deben tener un sistema previsional que los cuide y les permita asegurar su vejez, pero no debe estar basado en el sistema público (ONP), ya que ahí los que pagan son los que trabajan (gente joven), y se convierte en un sistema piramidal, que cuando caiga no habrá joven que pueda aportar.
“Manejar dinero de terceros en el sistema público es peligroso, a largo plazo. Hemos dado un avance en cuanto a la institucionalidad, pero el sistema (público) no podrá igualar al privado porque se deben cumplir muchas leyes. Y, segundo, existe la tentación de que los aportes se deriven para otros fines (por bajas remuneraciones)”, agregó.
Así, señaló que el sistema de AFP es bueno, pero hay que mejorarlo, puesto que la ONP es un sistema que fracasó y la tasa de nacimiento ya no crece como antes.
Estamos en descenso en cuanto a tasas de natalidad, porque los peruanos cada vez más queremos menos hijos, lo que proyectaría en el futuro una escasez de jóvenes, sentenció Paredes.
Respecto a los tamaños de los fondos se deben equilibrar los riesgos, por ejemplo, “Pensión 65” es un sistema que ayuda a los más pobres, pero dedicar cada vez más nuestros impuestos para este tipo de pensión no es lo recomendable. “Debemos tener un sistema que asegure nuestra vejez, pero sin poner peso en el resto de las generaciones”, agregó.
Finalmente, sentenció que la SBS mantiene un rol paternalista ya que se preocupa por el uso de nuestro dinero a futuro. Sin embargo, sus reglas han originado que las tasas de rentabilidad se mantengan casi idénticas entre los fondos de AFP.




MI COMENTARIO

El personaje que comenta es un convencido que los peruanos somos "una clase especial de idiotas", ¡hay que devolver los aportes!, el muy pendejo dice que si aportaste 10 te deben devolver 10, los costos (las comisiones y seguro que cobran las AFP) alguien tiene que asumirlos, lo que en cristiano significa que le reclamarán al Estado y es probable que no quieran pagar  los intereses que esos aportes han generado.

Señala que NO se deben afiliar a la ONP porque es un sistema fracasado, que como el sistema se sostiene con el aporte de los que trabajan, es decir, los que pasan a ser jubilados, sus pensiones se obtienen de los aportes de los que todavía laboran,para este señor sólo jóvenes.

Sucede amigos, que, antes de 65 años están los que tienen 60, 50, 40, 30 y 20, por lo tanto, no únicamente jóvenes.

También este personaje indica que la sociedad peruana está teniendo cada vez menos hijos y si se afilian a la ONP, llegará un momento en que no existirán jóvenes y todo se derrumbará. Bueno, para bruto nadie estudia; En el viejo Continente hace muchísimo tiempo que se habla de la renovación generacional, pues con un promedio de un hijo por familia las cosas se pintan color de hormiga, mas en España, por ejemplo, el Sistema Público de Pensiones goza de envidiable salud y hace más de 20 años que los "mercaderes de la miseria" (lease AFP) están luchando para que desaparezca, algo de bueno debe tener ¿no creen? y mucho de malo el que proponen los "mercachifles del engaño y del poder".

Nos dice este señor, copiando un debate que publiqué en mi blog sobre la ONP y las AFP ¡en España!, que compartiera de la Revista "Lampadia", en el que se usa el término piramidal (si la base se reduce continuamente, es obvio que colapsará) para referirse al Sistema Nacional de Pensiones, es cierto que la tasa de natalidad y por ende  el crecimiento de nuestra población ha venido disminuyendo sostenidamente desde 1980, pero aun así estamos creciendo dos puntos y medio porcentuales por encima de los europeos, es decir crecemos 2.5 veces más.

Si realmente nuestros Congresistas con o sin ánimo de reelegirse piensan en los peruanos y no sólo como votantes, DEBEN DEROGAR la Ley  que creo el Sistema Privado de Pensiones, crear un Banco de Pensiones que pague una tasa de interés superior, en cualquier caso y tiempo , no menor de uno o dos puntos porcentuales, además de seguir  administrando la cartera de inversiones dejadas por las AFP, QUE NO TIENEN PORQUÉ QUEJARSE, pues NO es su plata, además se aumentaría de inmediato las pensiones actuales y se ajustarían al nuevo monto las que reciben los clientes de las AFP.

No se dejen engañar afiliarse a la ONP es la mejor y ÚNICA OPCIÓN, pues, si el Sistema Privado de Pensiones sigue funcionando  como hasta ahora y OHT y el Parlamento no la derogan, SIEMPRE, amigos, RECALCO, SIEMPRE, se podrán trasladar al Sistema Privado si acaso mejora y ofrece mejores pensiones y otros beneficios que los brindados por la ONP,  algo QUE NUNCA SUCEDERÁ si se afilian a la AFP, pues JAMÁS, REITERO JAMÁS podrán regresar a la ONP especialmente los que nunca han contribuido a ninguno de los dos sistemas.

Actualmente NO tenemos asegurada una Rentabilidad Mínima, tampoco se han incorporado a cada AFP el Director Independiente que nos represente y la SBS acaba de autorizar que las AFP puedan invertir hasta el 42% de nuestro dinero en el extranjero y ¿nosotros que? , ¡es nuestra plata!, los MEDRCADERES DE LA MISERIA, sin nuestro consentimiento arriesgan el dinero, más cuando llegamos a la edad de jubilación se NIEGAN a devolvérnosla.

¡¡DEROGUEMOS LA LEY, HA SIDO DESDE SU CREACIÓN UNA ESTAFA!!

EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...