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domingo, 22 de octubre de 2017

FEDERICO SALAZAR, LAS AFP, EL MIEDO Y EL TERROR


El club de los ancianos, por Federico Salazar

Cuando un ser humano considera que la o las personas a quién se dirige son idiotas o retrasados o simplemente no están informados del tema que toca o le faltan datos para contrastar la información por qué no fueron citadas en la exposición escrita u oral es posible que el mensaje que recibe lo considere no sólo correcto sino además una verdad que debe enfrentarse para no caer al abismo.
Federico Salazar toca como no queriendo el tema de las pensiones especialmente la pagada por el Estado pero a  las AFP no las toca ni con el acento de una  letra.

Nos dice muy suelto de huesos además de bien remunerado que el crecimiento de la población puede disminuir hasta menos del 1% cuando termine si es que termina su período el gringo viejo Mr. Kuczynski o este Abogado se muere antes.

Nos dice y sería cierto (un crecimiento poblacional  menor)  que cada vez menos trabajadores tendrían un empleo y siempre en aumento los que pasan de los 65 años, que es la edad actual de jubilación, de suerte que, aumentan los pensionistas y al mismo tiempo se reducen los trabajadores activos que le permiten al Estado costear el costo de las pensiones.

Una estadística es un conjunto de datos que NO pueden analizarse de manera aislada o utilizar dos variables para pretender demostrar un hecho o una proyección, por ejemplo, si nacen dos millones de niños al año  que, entre los 18 y los 64 años serán trabajadores aportantes en un estado de cosas ideal, ¿Cuántos mayores de 65 mueren y  de esos fallecidos ¿Cuántos dejan cónyuge e hijos menores de 18 años o que sufran alguna discapacidad –únicos casos en que parte de la pensión que percibía el titular pasan a formar parte de los ingresos de las personas que dependían económicamente de él?, ¿Cuál es el promedio de ingresos de un trabajador en actividad y el de los pensionistas?; Si el aporte de los activos que, en la hora actual, sus ingresos son de 2 x 1 respecto de un pensionista –un activo gana el doble que el pensionista de menor ingreso para tocar sólo el mínimo vital- ¿Cuántos aportes se necesitan para cubrir la menor remuneración de un pensionista?, ¿Cuántos activos ganan más de dos veces la mínima pensión de un jubilado?, puedo seguir citando datos que deben considerarse DENTRO DE UN ESTADO IDEAL DE LA RELACIÓN TRABAJADOR PENSIONISTA A CARGO DE LA ONP, pero no vale la pena pues Federico Salar ha escrito MENTIRAS, infundiendo miedo y terror a la población.

Presto estoy a debatir con este señor o cualquiera –con cifras que pueda leer- sobre este tema pues la mejor estafa montada contra los trabajadores DEBE DESAPARECER, es decir el gringo viejo Mr. Kuczynski  DEBE DEROGAR EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES pero para que ello ocurra o el Sol sale de noche o yo vuelvo a nacer.


domingo, 6 de agosto de 2017

Federico Salazar y su intuición, subjetiva, arbitraria e insegura


http://elcomercio.pe/opinion/columnistas/defensa-ollanta-humala-federico-salazar-noticia-447873

La intuición es subjetiva, arbitraria, insegura. Es lo contrario de lo que se le exige a un juez como criterio juzgador. La ley es, más que para los legos, para la autoridad judicial.

Si pues, señor Federico Salazar, a confesión de parte relevo de pruebas.

Puede usted opinar, reflexionar, criticar y clamar por la injusticia que su intuición que por serlo es necesariamente subjetiva, arbitraria e insegura, quejarse y revolverse como el demonio dentro de un humano en proceso de exorcismo y nunca pasará de ese peldaño. 

Tenga usted buen domingo, de pronto Luzbel lo ilumina y lo tendremos dentro de siete días defendiendo intuitivamente que la carregenina tomada en dosis inocuas durante 365 días al año es un bálsamo para la salud de sus hijos.

domingo, 18 de junio de 2017

Federicos Salazar - ¡pura vida es leche!

Alfredo Torres y Federico Salazar escriben hoy 18 de junio en El Comercio, ambos defienden a las empresas ambos también  al "grupo Gloria", de la misma manera ambos aluden al comentario de Alfredo Bullard   tan inteligente como esquizofrénico digno de un Neardenthal y de Maritza Reátegui respectivamente, cuyo análisis carece de credibilidad tal como lo he demostrado al comentarlo,  es probable que los tres varones se nutran con los salchichones de Braedt, la señora Reátegui podrá escribir lo que se le antoje seguro estoy que no come salchichones.

Para defender el poder y  la plata nadie tiene el menor escrúpulo, en este punto  Alfredo Torres es mucho más sensato e inteligente que Salazar, para este pendejo periodista con cara de yo no fui que usa Sacos "pasarrillos" permítanme la alusión y la comparación con los pantalones, "pura vida es leche" ¡¡¡lo dice Digesa!!!! jajajajaj!!!,

Pobres los niños pobres ya no podrán tomar su lechecita "pura vida", por la puta madre, NO es leche nadie ha dicho que NO es alimenticia, se ha cuestionado su composición química y la posibilidad de que la "carregenina" tomada con regularidad pueda producir cáncer o sabrá Dios que otras posibles enfermedades podría desarrollar a lo largo de la existencia humana yo a mis 69 años sigo tomando leche y muchas veces "lo he hecho" con "pura vida" o su "leche chocolatad" creyendo que eran leche y leche con chocolate, gracias a Dios sólo lo la he tomado en muy pocas ocasiones quizás un mes completo sumado todos los consumos.

Nadie ha explicado que clase de "alimento" es "pura vida" y cual su porcentaje nutritivo frente a la leche evaporada y NADIE debe preocuparse porque se prohíba la importación de leche en polvo, que se produzca la escasez con la que amenazan, también tendremos la oportunidad de probar una vez más la traición de los peruanos  esta vez aplicada a nosotros mismos.

SI NOS QUEDA AMOR Y DECENCIA NO COMPREMOS PRODUCTOS ENVASADOS TRATADOS QUÍMICAMENTE, HAGAMOSLO POR NUESTROS HIJOS.


domingo, 11 de junio de 2017

Federico Salazar y la defensa de "pura vida"

http://elcomercio.pe/opinion/mirada-de-fondo/pura-demagogia-federico-salazar-433586


No he escuchado a ninguna persona interesada o no en el tema de "pura vida", seguro que copiaron al cómico mexicano "Clavillazo" para el nombrecito; que hayan expresado que "pura vida"· era por decir lo menos dañino para la salud,  puedo convenir con el señor Salazar que en algunos programas televisivos se deja esa aureola de engaño con resultados negativos  para nuestra salud.

Sin embargo. el meollo, el núcleo de la discusión es ofrecernos una cosa por otra el que haga o no daño a la salud  NO se ha probado científicamente aunque conocedores del tema indican que algunos de sus componentes pueden contribuir a sufrir cáncer. 

No encuentro una razón lógica para la defensa cerrada de "pura vida" y con ella el inicio de transparentar el contenido de los productos que ofrecen (400 son los que tiene Gloria, según su Gerente General Roberto Pryday para citar únicamente a la "madre del cordero"), tal vez el señor Salazar haya recibido un interesante incentivo para opinar como lo hace.

Lo grave y reprobable es que nuestras autoridades CONOCEDORAS del engaño no lo hayan impedido, imponiendo a la empresa multas sucesivas y progresivas sino lo comunicaba a la opinión pública y potenciales consumidores.

En fin, el gobierno está actuando muy a destiempo pero lo está haciendo QUE SE TERMINE DE REGULAR LA LEY DE ALIMENTACIÓN SALUDABLE y gente como Mosés Heresi deje de proteger a zamarros como Gloria y otros cuyo negocio es ENGAÑAR para obtener espectaculares ganancias.


martes, 24 de enero de 2017

Alonso Gurmendi Dunkelberg Profesor e Investigador de la Universidad del Pacífico

El día de ayer 23 de enero de 2017 me parece en El Comercio leí la columna de Federico Salazar no la comenté porqué estoy de acuerdo con su opinión.

Hoy en el mismo diario, un profesor de la Universidad del Pacífico nada menos le responde considerando que la opinión del señor Salazar es bien intencionada no por ello desafortunada.

Hace algún tiempo escribí en este blog “EL JUEZ  CREADOR DEL DERECHO” por tanto, atendiendo al comentario del señor Gurmendi Alonso, debería retractarme del mismo  sin alusión a este pre claro profesor de la prestigiosa Universidad del Pacífico.

Compartiré el texto íntegro del artículo del señor Gurmendi y luego les daré mi opinión.

El Comercio 24-01-2017
Matrimonio con Constitución, por Alonso Gurmendi Dunkelberg
“El control difuso se produce cuando un juez inaplica una norma por ser inconstitucional. Es lo que la jueza hizo”.
Matrimonio con Constitución, por Alonso Gurmendi
Profesor e investigador de la Universidad del Pacífico

No tengo el gusto de conocer a Federico Salazar. Como liberal, sin embargo, conozco bien el papel que ha cumplido en la formación y difusión del liberalismo peruano. He visto siempre a Federico Salazar como un aliado en la lucha por la libertad en el Perú.
Es precisamente por ser consciente de su reputación que quedé tan sorprendido con su columna del pasado domingo “Matrimonio sin ley”. En ella, hace una crítica bastante dura a la reciente sentencia del Séptimo Juzgado Constitucional de Lima, que ordenó al Reniec reconocer el matrimonio mexicano de Óscar Ugarteche y Fidel Aroche. Para él, la jueza violó el derecho peruano porque “un juez no puede ni debe usar una sentencia para expresar su opinión sobre lo que debería ser la ley”.
Detecto en sus argumentos una vieja postura de libertarios y conservadores: la oposición al llamado “activismo judicial”, la práctica mediante la que un juez se aventura a innovar y producir nuevo derecho allí donde antes no existía. Estoy, sin embargo, en desacuerdo con su apreciación. La sentencia del Séptimo Juzgado no toca temas de activismo judicial, sino de “control difuso”.
El control difuso es una institución legal fundacional del derecho peruano. A diferencia del “control concentrado”, que ocurre cuando el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de una norma de forma general, el control difuso se produce cuando un juez –cualquier juez– inaplica una norma por ser inconstitucional, pero no de forma general, sino específicamente para el caso en cuestión. Se trata de una atribución judicial expresamente recogida en el artículo VI del Código Procesal Constitucional, que señala que “cuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra de inferior jerarquía, el juez debe preferir la primera”.
Esto es exactamente lo que la jueza hizo en su sentencia. Así, señaló que “las leyes no pueden ser contrarias a la propia Constitución” y que esta recoge, entre otros, el derecho a la igualdad ante la ley y el respeto a los derechos humanos. Luego concluyó que el artículo 234 del Código Civil (que regula el matrimonio entre hombre y mujer) “no se adapta” a la situación social y jurídica actual y que, por tanto, denegar el matrimonio por la única razón de que los contrayentes son homosexuales vulneraría el derecho a la igualdad y los derechos humanos. Esta es la esencia del argumento de la jueza: que hay un principio constitucional que prima sobre una limitación legal. Todos los demás argumentos (que son en los que se basa Federico Salazar para su artículo) son secundarios y no sirven para deslegitimar el razonamiento principal.
De hecho, la misma jueza se cuidó de precisar que no estaba incurriendo en “activismo judicial”. Señala que “no es adecuado pronunciarse si se debe o no regular el matrimonio de personas del mismo sexo en nuestro país”, ya que su función se limitaba a “verificar si es que se han vulnerado o no los derechos constitucionales del señor Ugarteche”. Esto es exactamente lo que Federico Salazar le pide que haga: “aplicar la ley o denunciarla, pero no crear sus propias leyes”. En este caso, la jueza aplicó la ley: la ley que le dice que la Constitución prima por sobre el Código Civil. La jueza, en cambio, no creó ni una sola norma nueva. Las personas homosexuales todavía no pueden casarse en el Perú. Lo único que ha ocurrido es que si obtienen el derecho a hacerlo en el extranjero, la protección constitucional contra la discriminación impedirá que la ley peruana desconozca ese derecho adquirido. (el resaltado me pertenece)

Creo sinceramente que la preocupación de Federico Salazar fue genuina y bien intencionada. No por ello, sin embargo, dejó de ser menos equivocada y, francamente, desafortunada. El control difuso es un principio fundamental del derecho peruano que se enseña desde el primer ciclo de la carrera. No aplicarlo es lo que sería una arbitrariedad judicial. Confío en que con estas precisiones, podremos regresar a Federico Salazar al lado correcto del derecho y de la historia.

MI COMENTARIO

Antes de referirme a dos errores del señor Gurmendi, comentaré el significado de “DERECHO ADQUIRIDO”.

En esencia es un derecho que ha nacido y se ha establecido en la esfera de un sujeto, las normas posteriores que se dicten no pueden afectarlo.

¿Qué significa esto?, por ejemplo, el Sindicato de la empresa “X” celebró con los representantes de dicha empresa el 01 de enero de 2017, una nueva negociación colectiva mediante la cual se reconoce a los trabajadores un bonificación igual a una remuneración bruta mensual adicional a su sueldo cada vez que tome sus vacaciones anuales, sin embargo, el gobierno de turno dispone mediante ley del Congreso  en abril del año 2017 que en las negociaciones colectivas están prohibidas las percepciones distintas a las gratificaciones de julio y diciembre cualquiera fuese su denominación y las razones que se invoquen para su disfrute.

En este caso antes de la disposición de abril de 2017 y por el tiempo que dure la negociación colectiva (generalmente un año) los trabajadores que les corresponda sus vacaciones deben gozar de la bonificación ¿por qué si los que no la han recibido, podría alegarse, no tienen ningún derecho adquirido?, 

Falso, las relaciones colectivas involucran como es obvio a dos entidades y lo que acuerden ellas en ejercicio de su libertad de contratar u acordar dentro de las  relaciones laborales son derechos adquiridos que deben gozar los trabajadores que cumplan con los requisitos para que ingresen a su patrimonio, no es una expectativa es un derecho concreto que además de los requisitos para su goce requiere el solo  paso del tiempo para percibirlo y dentro de la duración de la negociación colectiva.

Naturalmente podrían existir criterios para discutirlo sí, por lo menos uno de los trabajadores no alcanza a reunir los requisitos para gozar de sus vacaciones dentro del plazo de la “negociación colectiva”, pues vencida esta y vigente la ley que prohíbe la bonificación, ¿le corresponderá percibirla o no?, pero es otra historia.

El “matrimonio” de dos homosexuales en un Paìs donde tal unión se reconoce será un “derecho adquirido” en el Perú, NO, ¿por qué no?, primero porque no ha sido otorgado por una autoridad peruana ¡pero si no podía otorgarlo porqué en el Perú no existe tal “matrimonio”, precisamente, por qué no existe, los involucrados se “unen en matrimonio” en otra nación y desean que el Perú inscriba ese “estatus” “matrimonio” que no está legislado, ¿se puede inscribir en los Registros Públicos, vamos, la disolución de un matrimonio que nunca se celebró atendiendo a nuestras leyes? pero vayamos más allá, pensemos que, el Congreso de la República prohíbe el “matrimonio” homosexual en el mes de Marzo cuando empieza la primera legislatura, ¡podrán invocar los homosexuales SU DERECHO ADQUIRIDO y solicitar se inscriba su “matrimonio”, ¡NO!, ¿por qué? Por qué tal derecho sólo es válido donde se contrajo y el famoso “derecho adquirido” se puede alegar si el Congreso de la Nación de la que se trate lo proscribe con posterioridad a su celebración.

En cuanto a la supuesta contradicción entre la Constitución y el Código Civil, el señor Gurmendi considera que, para evidenciar tal contradicción basta con señalar que la Constitución prohíbe todo tipo de discriminación sea, por raza, sexo, genero, religión…..y que el Código Civil sólo contempla el matrimonio heterosexual, no escribe, salvo que no lo sepa, que la Constitución también  protege la familia e impulsa el matrimonio heterosexual como institución fundamental de la Nación, es decir NI SIQUIERA ES UN DERECHO para los ciudadanos heterosexuales.


Por tanto, la Juez ha prevaricado pues al no existir norma que regule el “matrimonio” entre homosexuales, debió acudir a los principios de Derecho y si no existieran, al derecho consuetudinario que, en este tema tampoco existe, por tanto debió ampararse en el DERECHO NATURAL y bueno que el señor Gurmendi profesor e investigador de la Universidad del Pacífico haya calificado de desafortunado el comentario del señor Federico Salazar me obliga a escribirle le dedique unos días a refrescar sus conocimientos del Derecho Civil y presentar sus excusas al señor Salazar.

lunes, 9 de enero de 2017

JHON VS YONHI - ROCA REY - FEDERICO SALAZAR

El Comercio: Edición digital 09-01-2017
Jhon vs, Yonhi por Bernardo Roca Rey
He copiado sólo parte del artículo pues repite en la primera lo que otra persona publicó en Perú 21 hace un par de días atrás y que también comenté.
Si los medios bajo la fachada pueril de la “Democracia” y la “Libertad de Información” están dispuestos a defender contra viento y marea ¡¡que siga la fiesta  del negociazo pornográfico!!, es su derecho como el mío  contestarles y oponerme.
Los apellidos de “abolengo” en nuestra putrefacta sociedad se han reducido a eso, y pueden escribir y despotricar como les parece contra lo que sea cuando se atenta contra sus “intereses”.
En el caso del autor del artículo pretende engatusar a la opinión pública con decisiones sajonas como si los peruanos no pudiéramos pensar, a propósito de pensar, no sabía que la pornografía es manifestación del pensamiento, he considerado hasta ahora y me ratifico, obviamente, que la pervertida pornografía y lo son en su mayoría, bueno para “mentes retrógradas” como ha bautizado el señor Jorge Bruce a todos los que están de acuerdo con el “Proyecto Lezcano” y seguro para Bernardo Roca Rey  soy un retrógrado, es la expresión de deseos sexuales aberrantes, sólo para  ellos que han superado el “oscurantismo de la era de información” es  lo más normal del mundo.
Ha de pensar Bernardo Roca Rey que soy incapaz de entender la “democracia” y la “libertad” y no me ampararé en Cuba pues los resultados con respecto al Perú  hablan por sí solos.
El señor Bernardo Roca Rey ve amenazada la “libertad” porqué si el Proyecto Lezcano se convierte en Ley obligará a los operadores de la WEB a bloquear para el Perú toda página pornográfica,  la Resolución de OSIPTEL que entró en vigencia el 01 de enero de 2017 sobre la “NEUTRALIDAD EN LA RED” así lo contempla, pero no debe preocuparse por el negocio señor Bernardo Roca Rey ni pierda el entusiasmo sus páginas preferidas siempre estarán a su disposición sólo deberá cubrir un costo mensual adicional.
Tampoco olvide señor Bernardo Roca Rey que NO se está prohibiendo el negocio de la pornografía que con tanto calor defiende argumentando falacias incapaces de resistir un sencillo análisis, sólo una de las formas de su difusión que tiene en Internet un canal imposible de controlar.
HE AQUÍ EL ARTÍCULO DE BERNARDO ROCA REY
“Por supuesto que la protección de los menores es una preocupación principal de todo ciudadano de bien, de los padres de familia y de la sociedad. Pero hay que ser muy cuidadosos de no lesionar derechos mayores de los adultos, a los que corresponde primariamente velar por el cuidado de sus hijos. (Por qué no piensa igual sobre la curricula escolar y la famosa identidad de género, eduquemos a los padres y ellos se encargarán, o es una campaña coordinada para terminar de joder al Perú.como lo pretende hacer Verónika Mendoza y su club, contacte con ella, piensa como usted)
En el 2013, la Unión Europea rechazó la pretensión de prohibir la pornografía en Islandia: más que los supuestos riesgos del incremento de la pornografía, pesó el rechazo a cualquier eventual censura a las libertades fundamentales. (Vea usted su porno y comparta esa experiencia con sus hijos y nietos, explicándole lo hermoso y normal que es que flagelen a una chica desnuda y la penetren, máquinas, hombres o consoladores)
¿Y por qué es tan importante la libertad de expresión? Pues, porque en la tradición, doctrina e historia occidental, este derecho fundamental se vincula estrechamente a la existencia misma del sistema democrático, como garantía del debate de ideas (estoy en eso señor Bernardo Roca Rey y usted no da la talla para debatir conmigo) y propuestas, y del resto de libertades. Basta ver lo que pasa en regímenes autoritarios, como Corea del Norte o Cuba, para imaginar el desastre a que lleva la censura. 
Es por ello que, volviendo al caso peruano, la Constitución establece: “Toda persona tiene derecho: a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”.
Por lo demás, es de imaginar el aciago precedente que se sentaría con una ley como la que propone Lescano. Hoy se haría con contenidos sexuales de Internet… ¿Y luego con qué más? ¿Con la violencia? Siempre habrá pretextos que serán aprovechados por grupos interesados, para avanzar en la conculcación de libertades básicas y debilitar la democracia, lo cual no podemos permitir.(Ahh caray, tiene usted miedo que conculquen libertades básicas (el porno es básico para usted se justifica entonces su miedo), no se preocupe por el resto, las cosas llegan cuando tienen que llegar y los culpables han sido siempre y nuestra<realidad lo confirma, el poder, que por exceso de ejercicio olvida que los humanos no somos números en una cuenta bancaria)
Además, la iniciativa de Lescano entrañaría una absoluta contramarcha a los intentos del gobierno de Pedro Pablo Kuczynski de simplificar trámites y procesos burocráticos, y crearía una maraña de arbitrariedad, abuso y corrupción. ¿Se imaginan a un burócrata tratando de definir qué es obsceno o pornográfico y qué no lo es? ¿Y quién controlará a los controladores en las miles de cabinas que hay en todo el territorio? (informese mejor y ingrese al Portal de OSIPTEL lea el significado de neutralidad en la red)
En el mundo informal, criollo y de la coima en que vivimos, eso sería abrir una caja de Pandora y quedar a expensas del criterio arbitrario, caprichoso o interesado (según el humor y el “incentivo”) de burócratas encargados de aplicar la nueva ley.
El Congreso no puede ser un circo donde se sacan proyectos absurdos como conejos bajo la manga. Por el bien del país, y de las libertades democráticas, sobran razones, constitucionales, democráticas y prácticas, para rechazar y archivar el proyecto Lescano y cualquier otra iniciativa similar. (Negocios son negocios) veremos si hasta ese nivel ha descendido la mafia congresal.
EN ESTA MISMA EDICIÓN DE EL COMERCIO Y SOBRE MISMO TEMA ESCRIBE FEDERICO SALAZAR, NO LA REPRODUZCO Y LO INVITO A LEER Y OPINAR EN ESTE BLOG HACIENDO PURÉ MIS IDEAS, CLARO SI ES QUE PUEDE.

EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...