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martes, 19 de noviembre de 2019

Nadine Heredia, Ollanta Humala ¿Serán acusados?


Acabo de ver la diligencia de "Control de Acusación" contra Heredia, Humala y otros, Los abogados han utilizado un recurso dilatorio como es el "sobreseimiento" (archivar la causa por falta de pruebas) en diferido, se realizó ayer en horas de la tarde.

La argumentación del Abogado Pedraza no tiene el peso jurídico como para archivarla en el extremo para el que la pide.

Pienso que recién en Enero del próximo año podremos conocer la decisión del Juzgador.

En mi opinión A NADIE VAN A SENTENCIAR en el proceso del doy cuenta y mucho menos en el caso de los fiscales del señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, salvo en el caso de Keiko Fujimori para el que se está inventando la descabellada teoría de que existe "LAVADO DE ACTIVOS" por el que la van a encerrar casi podría asegurarlo.

Dentro de unos minutos continúa la apelación del caso de los Abogados comprometidos en Arbitrajes.

domingo, 12 de mayo de 2019

Se podrá probar el delito de Lavado de Activos en el caso Heredia/Humala




La dificultad probatoria, por Óscar Solórzano

La dificultad probatoria en los casos de lavado de activos en el marco del financiamiento de campañas políticas se intensifica aun más que en los delitos comunes producto de la relación compleja entre el delito de lavado y el delito previo (que origina los activos). En especial, en lo que concierne a los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal.

En cuanto al primero, la pregunta que se debe hacer el juez es si los fondos de la caja 2 de Odebrecht tienen origen ilícito, pues de lo contrario no existe el lavado. La respuesta es compleja para los que no conocemos el detalle del expediente. Sin embargo, creo que hay una alta probabilidad de que sí lo sean: al crear una contabilidad paralela, la empresa ha tenido que hacer operaciones fraudulentas, como contratos ficticios, que permitieron desviar los fondos regulares.

En regla general, las empresas criminales cometen delitos, como mínimo, de fraude contable y tributario, que en principio originan los activos maculados. Un ejemplo concreto es el Caso Siemens (Alemania) que criminalizó la creación de cuentas ilegales destinadas a sobornos.

El segundo elemento tiene que ver con el conocimiento que debe tener el investigado sobre si lo recibido era de dudosa procedencia. La pregunta que se deberá hacer el juzgador es si el receptor sabía o debía presumir que el dinero era ilícito y que, a pesar de ello, lo tomó. La legislación ha desarrollado una modulación que se conoce como dolo eventual, que consiste en que el investigado ha podido sospechar en algún momento que el dinero tenía origen espurio y aun así lo aceptó.

En ambos casos, la probanza dependerá fundamentalmente de la calidad de los elementos de convicción de la fiscalía y del valor probatorio que el juez les dará en juicio. Siguiendo el estándar internacional, el juez deberá interpretarlas de manera flexible y distinta a los delitos ordinarios. Todo un reto para nuestro sistema de justicia en principio (excesivamente) garantista.

MI COMENTARIO


El análisis del colega que opina es muy interesante, si siguiéramos su línea interpretativa es posible en el caso puntual de la pareja presidencial que, conocieran el origen del delito fuente, sin embargo, es bueno saberlo, en Derecho Penal no se sentencia por presunciones, en consecuencia, siguiendo siempre al colega opinante, la Fiscalía deberá presentar pruebas SOLIDAS de que ambos o por lo menos uno de ellos conocía que, el dinero que recibieron para su  campaña era ILÍCITO.

Muy bien, ciertamente para los que desconocemos en detalle el expediente resulta complejo afirmar o negar un hecho,  no obstante, ello, pienso que lo primero que debemos definir es si ODEBRECHT  era una empresa criminal, segundo si la famosa "Caja 2" acumulaba dinero proveniente de delitos tributarios como los que considera el colega Solórzano.

"Prima facie" las empresas no se constituyen para delinquir, obviamente sé que también existen empresas NO criminales sino fantasmas utilizadas para determinados fines, ocultar dinero mal  habido por ejemplo.

Odebrecht NO es una empresa criminal, (asociación para delinquir), era y los acontecimientos que descubren el caso "Lava jato" lo han demostrado, una empresa coimera que, a mi juicio tenía dos niveles, una la coima directa para ganar una licitación o concurso y la otra una inversión (financiar campañas electorales).

En ese contexto, los dineros entregados a Heredia no se hicieron usando empresas fantasmas o constituidas por el beneficiario de la inversión (lo entregaron en su mano) que bien pudo hacerle sospechar que las cosas estaban mal encaminadas, menos si supuestamente era orden del Presidente brasileño en ejercicio, por lo tanto, es poco razonable deducir que Heredia o su marido sospecharan que el dinero era ilícito.

Si con posterioridad y ya elegido el gobierno de Heredia/Humla, este par hubiera recibido dinero, probado que sea el conocimiento de la ilicitud de su procedencia o el favorecimiento (corrupción pura y dura) destinado a conculcar derechos de postores "honestos",  deberían ser condenados.

La coima es DELITO e involucra al que lo da y al que lo recibe y es de ejecución inmediata no necesita un delito previo, las consecuencias  son su resultado, por tanto, NO existiría "Lavado de Activos" porqué el corrupto no investiga si el dinero que recibe proviene de un delito anterior, su actuación vil y repudiable es complacer los requerimientos de quién le paga para hacer o dejar de hacer algo.

Así pues, sólo si la "Caja 2" acumulaba las ganancias extras producidas por las coimas (léase addendas al contrato primigenio) y estas son utilizadas para nuevas coimas, indudablemente, a mi juicio, nos encontraríamos frente a un Delito de "Lavado de Activos", lo que se necesitaría probar en este caso es que las "adendas" no tenían ninguna justificación o que justificada la modificación del contrato que le da origen, esta fue sobrevaluada y además debe probarse que los Heredia/Humala intervinieron para que así fuera.

Un detalle que no debe perderse de vista es la fecha de los descubrimientos de las coimas y/o "inversiones" podrían ser  la fuente principal que permitiría probar las hazañas de los que gobernaron el Perú en perjuicio del pueblo y de sus más elementales necesidades.

En fin y  de acuerdo con el colega Solórzano se necesitaría leer el expediente completo.


lunes, 7 de mayo de 2018

Ollanta Humala - Incautación de su Casa.




¿Que sucede si no se pudo probar el delito y por tanto la causa es sobreseída, pero el inmueble ya fue transferido por el Estado?
Es correcto lo que precisa el Dr. Nakazaki. Además, el embargo ES GARANTÍA para asegurar la reparación civil en caso de ser culpables del Delito o delitos por los que se les juzga, la incautación NO garantiza, se está "cobrando" por adelantado una sentencia condenatoria que todavía NO se ha dictado y que haya quedado consentida o Ejecutoriada.
Lo que deploro es que se use a los hijos para cuestionar una medida, en mi concepto IRRACIONAL, ¿Los niños se quedan sin casa? !!NO¡¡, la decisión judicial requerida por la Fiscalía los deja en abandono y sujetos a toda clase de peligros, ¡¡por supuesto que NO!!, sus padres deben velar por su desarrollo un hecho como el que sufren los progenitores NO les impide cuidar y velar por sus hijos y si se tienen que mudar a Ventanilla y sus hijos estudian en Surco o La Molina, deberán cambiar de institución educativa o hacer lo que corresponda para que sigan estudiando en su escuela actual.
Este argumento "ad hominem" NO puede sostenerse.
LA DECISIÓN ES ABUSIVA E IRRACIONAL o lo que quieren es sentar los motivos para que Heredia/Humala tomen las de "villadiego" y cazarlos para comprobar sus delitos.

Sinceramente espero que la Fiscalía solicite dejar sin efecto su decisión y el Juez la apruebe.

martes, 1 de mayo de 2018

Mavila Huerta en los sórdidos caminos de la justicia

https://elcomercio.pe/politica/vale-lavarse-manos-mavila-huertas-noticia-516538

No he comentado la resolución del TC sobre el caso Heredia/Humala, no pienso hacerlo, no vale la pena, donde todo está podrido la porquería flota sola.

Si me gustaría opinar sobre  este artículo. La señora Huerta indica que, al declarar el Fiscal Vela que si se produce una fuga o se entorpece la investigación,  está implícitamente culpando al TC.

Debo recordarle que, nadie quiere ir a la cárcel aunque fuera dorada, como la que disfrutó Alberto Fujimori, menos si en la conciencia de los  Heredia/Humala existe certeza de su culpabilidad, además y no debemos olvidar que ejercieron el poder y quien disfrutó de los placeres que brinda hundiendo en el olvido a la mayoría de peruanos, también conoce la vida y milagros de mucha gente, geste que al ser requerida aportará su cuota de apoyo. Si se fuga o no, si entorpece o no la investigación NO es el punto que justificaba tener encerrada a los Heredia/Humala sino la POSIBILIDAD QUE LO HICIERAN.

También debo recordarle a la señora Huerta que tal como se viene manejando las investigaciones y el poder detrás de ellas, nadie terminará en la cárcel porqué todos son culpables en mayor o menor medida; Y si agregamos que muchas pruebas son el plato de fondo de los programas políticos nada se podrá probar porqué son pruebas manipulables y objeto de manipulación y como la mayoría de peruanos luchan por sobrevivir, les importa más un huevo cocido en su mesa que  Caballo loco vaya preso o que regrese el cara dura de Toledo y si a lo dicho agregamos la lucha contra la violencia a  la mujer, la enseñanza de la homosexualidad y como esta se construye a lo largo de la vida, que el derecho de matar le asiste a las mujeres porque son "dueñas de su cuerpo" y la incitación sexual por los medios como principales protagonistas, tendremos demasiadas distracciones para calmar el hambre y nos sigan robando manteniéndonos en la miseria y la ignorancia.

Pero sin disculpar a la firmante del artículo le recomiendo que piense siete veces siete cuando quiere dar una opinión muy mal acompañada de un vaso de gaseosa y un pan negro con mucha mermelada.

miércoles, 19 de julio de 2017

César Nakasaki, si falla la medicación debe acudirse a la cirugía

César Nakazaki a quién conocí cuando vivía en Chiclayo y el ejercía en la misma ciudad, no es sólo un buen Abogado es una excelente persona y sabe muy bien porqué lo digo.

Hoy en RPP en un debate con otro colega, Wilmer Medina, éste a favor de la decisión del Juez Richard Concepción Carhuancho y mi amigo, espero que todavía me considere así -hace años que no estamos en contacto-, en contra.

En un pasaje del debate César Nakasaki precisó que, para variar la comparecencia restringida a prisión preventiva debe probarse que la primera fracasó, y cita la comparación que encabeza este comentario, si el tratamiento medicamentoso fracasa recién puede pensarse en la cirugía (no son sus palabras exactas, estoy recordando).

El colega Medina a su turno expresó lo que a su experiencia como procesalista correspondía,  sin hacer mía su respuesta y siendo que, lo reitero una vez más, he compartido en este blog para conocimiento de mis amables lectores y amigos los artículos 268º al 271º que norman la "Prisión Preventiva" de suerte que con mayor conocimiento de este articulado estén en condiciones de valorar la opinión de los profesionales consultados (el derecho no es patrimonio exclusivo de los abogados ni una ciencia oculta, por el contrario su esencia es y debe ser siempre entendida por la ciudadanía) en ese orden de ideas, he sostenido que ningún abogado, menos yo e incluyendo a César Nakasaki conoce el Expediente completo ni todas las pruebas que contiene la "carpeta fiscal" que en su momento serán el sustento de la acusación penal y como quiera que, el debate de los que están en contra y quienes aprueban la medida se ha centrado en el peligro de fuga el único de los requisitos que el Fiscal no ha demostrado y se ha sostenido, según los defensores de los ex-mandatarios (no es un lapsus) en el adelanto de legítima de una de sus propiedades a las hijas de ambos y que llegó tarde a una cita, un poco más y lo regresan a la universidad al  Fiscal, he expuesto mi posición que ratifico.

¿Fracasó la medida coercitiva de comparecencia restringida? y es necesario operar, veamos:

Los Humala/Heredia son gente con dinero y bienes muebles e inmuebles directamente o por interpósita persona, de pronto también inversiones, en condición de libertad pueden desaparecer todos los rastros de ese patrimonio si es que no empezaron ya, una prueba indiciaria de esos movimientos es  la transferencia ya mencionada, desde esta perspectiva y el hecho macizo del adelanto de legítima puedo sostener que la medida de comparecencia restringida ha fracasado, sin perjuicio de los contactos que todavía tienen en diferentes esferas del poder que le deben deber más de un favor y la condena que les espera si fueran declarados culpables son consideraciones más que suficientes para elaborar la teoría del peligro de fuga.

Ahora bien, es muy extraño, por decir lo menos que, se esté ejerciendo presión a los magistrados en uno y otro sentido pues y lo sabe muy bien  César Nakasaki que, fue factor importante en la condena a Fujimori la presión devastadora ejercida por los medios en ese sentido.

Por otro lado, la palabra "peligro" NO significa que se consumará en la realidad, manejar un vehículo también es peligroso, la realidad nos prueba que es una posibilidad y se debe a esa eventualidad la exigencia  del brevete de conductor.

Los Humala/Heredia en libertad PUEDEN fugar y debe prevenirse el hecho, ¿Está mal hacerlo, es excesivo el celo?, ¿Seremos los peruanos testigos una vez más que los ricos y poderosos pueden hacer lo se les de la gana con la justicia?, ¿Cuál será decisión de la Sala?, no lo sabemos, pero si revoca la resolución del Juez no quedará títere con cabeza en nuestra sociedad.

Lo que todos debemos pedir, quizás esta sea la mejor oportunidad, es una justicia célere (RÁPIDA) que se dote al Poder Judicial de los recursos humanos y económicos indispensables y ORAR para que, en esa nueva realidad la corrupción se reduzca al mínimo.

Me gustaría que se confirme la prisión preventiva y que el juicio oral termine en el menor tiempo posible, podría ser para fin de año y empezar el próximo con alguna esperanza, de cambio en el Poder Judicial.

martes, 18 de julio de 2017

Alberto Otárola y la defensa de Humala


http://elcomercio.pe/politica/otarola-persona-prision-llegar-tarde-audiencia-443170

Sobre los abogados se han difundido muchos chistes, la mayoría  por la conducta poco ética y crematística de estos profesionales (soy Abogado) que, están siempre en el ojo de la tormenta no sólo por su comportamiento también y en gran medida motivados por los clientes.

Gracias a la opinión del señor Alberto Otárola, recuerdo uno en el que un abogado le dice a su cliente: "cuéntame tu problema, no olvides de hacerlo  ORDENADAMENTE que yo me encargo de enredarlo".

Cómo el señor Otárola al permitirsele opinar se ha propuesto enredar a la opinión pública con comentarios como el que sigue:

"Sobre las transcripciones de los recientes audios presentados por el fiscal Juárez sobre el Caso Madre Mía, dijo que “no se han practicado las diligencias correspondientes para hallar la verosimilitud de estos documentos”, ya que el juez no ha escuchado los audios".

Ayer trascribí, con el deseo de colaborar con mis amigos y amables lectores, los artículos 268º al 271º del Código Procesal que rigen la prisión preventiva, los que hayan leído los mismos saben ahora que, basta que exista la posibilidad del "peligro" NO la certeza pues, si así fuera la medida coercitiva de limitación de la libertad ambulatoria preventiva sería insuficiente.

El incidente resuelto por el Juez NO ha determinado si la pareja Heredia/Humala son culpables de los delitos que se les imputan sino que, por su antecedentes en casos anteriores (la compra de testigos pudo muy bien determinar que ese caso haya sido enviado al archivo y NO tiene el Juez EN ESTE PROCESO que analizar la verosimilitud de las prueba, le ha de bastar precisarlas para configurar la  teoría del peligro de fuga planteada por el Fiscal) y presentes (el intento de falsificar su propia letra por la señora Heredia), su condición de ex - mandatarios (no es un lapsus) les ha permitido acumular el dinero y contactos suficientes para procurarse evadir la justicia, no es poca cosa el encierro que les espera si son declarados culpables en sentencia sobre la cual ya no pueda presentarse ningún recurso, es decir haya quedado ejecutoriada. Adicionalmente, los procesados niegan ser autores de tales felonías.

Estando a lo anterior,  nadie que tenga "dos dedos de frente", menos un Juez, puede omitir que los antecedentes procesales de los inculpados Heredia/Humala representan PELIGRO DE FUGA una posibilidad totalmente inexistente  para un ciudadano común y silvestre que se ha conducido dentro del proceso como lo ha hecho la ex - pareja presidencial, aunque esté sometido al proceso penal vigente por un delito de la misma o menor gravedad.

Pero abogados como el señor Otárola están dispuestos a confundir a la opinión pública ENREDANDO HECHOS Y CONCEPTOS y como el pueblo está tan espléndidamente educado  da por cierta la "barbaridad" resuelta por el Juez, de suerte que, si la Sala revoca la decisión en este incidente, nadie se sentirá afectado, finalmente luego de un proceso de algunos años los declararán INOCENTES,  saldrán libres y a disfrutar en la Riviera francesa gracias al dinero obtenido engañando y burlándose del pueblo que le confió su destino O lo que sería un castigo demoníaco volverán a postular para dirigir el País.

Después de todo este lío, el señor Hugo Coya ¿seguirá pensando en el racismo  y que con ese cuento le meten la yuca a todos los peruanos?.





viernes, 14 de julio de 2017

Con prisión preventiva

El 17 de abril del  año en curso, bajo el  título "Sin prisión prventiva" en este blog comenté el siguiente enlace:

http://www.expreso.com.pe/judicial/duberli-rodriguez-no-se-puede-pedir-prision-preventiva-humala/´

No  confío y difícilmente confiaré en la Justicia peruana, pero debo reconocer que por lo menos en el caso de la pareja que administró el País en el lustro pasado ME HE EQUIVOCADO, no obstante "una golondrina no hace verano" y aun falta resolver la apelación que deben interponer los hoy encarcelados Heredia//Humala.

No he leído los fundamentos del Fiscal para solicitar la medida restrictiva de libertad, tampoco los argumentos de la defensa para oponerse a la misma,  dudo muchísimo que algún otro abogado lo haya hecho, la constante presencia  en los medios de  los profesionales es la principal razón de las consultas NO los conocimientos exactos del contenido de los expedientes, es importante precisar esta circunstancia para no sobre calificar a profesionales en el ejercicio de su trabajo.

No es oportuno comentario adicional alguno, debo sí precisar que, la presentación de un permiso (necesario a medio año de estudios con pérdidas de clase e incluso postergación de exámenes) y que los pasajes adquiridos para el viaje de  las hijas de las personas recluidas conteniendo la fecha de retorno al País NO significa que habrán de regresar.

Naturalmente con los padres presos, la posibilidad que NO regresen es muy alta razones paternas y sociales que no hacen falta explicar pueden justificar tal decisión por lo menos hasta que se resuelva la apelación, ojalá y sea en muy pocos días, esa si sería una pieza procesal digna de ser leída, especialmente si revoca el fallo del Juez Carhuancho.

Es tan oportuno resaltar que los abogados de Humala/Heredia y ellos mismos tuvieran conciencia de la posibilidad de su encarcelamiento pues es la única razón que explica las pancartas tan bien elaboradas que exhibían en las afueras de la Sala Penal Nacional.


EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...