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sábado, 18 de junio de 2016

PPK Y EL FUTURO DEL PERÚ - PENSIONES

PPK Y EL FUTURO DEL PERÚ – PENSIONES (paginas 132, 145 a  148 Reactivación Económica)

El Plan de Gobierno del nuevo Presidente del Perú en el tema de las pensiones no conserva, no mantiene el análisis utilizado para sus demás propuestas, se ubica en el proyecto mayor “REACTIVACIÓN ECONÓMICA” siendo en puridad un diagnóstico del problema que merecerá otro ya en el ejercicio del poder,  pero no su solución cuya posibilidad (la solución) deberá aguardar por lo menos un año y sin parámetros claros que nos permitan proyectarnos al futuro, encomendándose la responsabilidad de “la reforma” el Ministerio de Economía  y todos sabemos, por lo menos en este sector del Ejecutivo, como han procedido los encargados de esta cartera en el Gobierno de Humala Tasso Ollanta, mucho me temo que la cuestión se agravará con el nuevo Ministro de Economía que ya nos dio prueba del proceso para “destrabar las inversiones”, proponiendo el tema del dinero tan deseado por los humanos que, en palabras castizas y vulgares podríamos resumir en: “CUANDO SE HABLA DE DINERO (dividir la propiedad comunal en pequeñas parcelas individuales es fomentar de hecho y bajo la sombre perversa de ley con nombre propio, el enfrentamiento futuro, divide y vencerás. Para mí NO es una buena idea) HASTA EL MÁS SERVIL  IDIOTA PARA LAS OREJAS”.

El Plan de Gobierno del Presidente podemos comprimirlo en las declaraciones al Diario Gestión en el enlace siguiente:


El presidente electo del Perú, Pedro Pablo Kuczynski, enfatizó que se necesita implementar una reforma para mejorar las pensiones en el Perú, y en el caso de las AFP se necesitan varias reformas importantes.
“Lo que tengo absolutamente claro es que en el Perú necesitamos una reforma de las pensiones. La pensión mínima tiene que ser mayor”, declaró en RPP Noticias.
Asimismo, consideró que las pensiones de los policías deben tener reajustes, al igual que las que reciben los maestros.

“El actual sistema de AFP necesita varias reformas importantes”, acotó.Fin de la cita.


Antes de darles a conocer mi posición, compartiré TODO lo concerniente a las pensiones que se mencionan en el Plan de Gobierno de “Peruanos por el Kambio” obviando los puntos colaterales como la reducción de sobre costos laborales, la creación del Seguro de Desempleo e incluso el programa “voluntario” para la compra de una vivienda, programa que será administrado por la AFP veamos:

Páginas 132

LINEAMIENTO ESTRATÉGICO 3: Provisión de una seguridad social de calidad.

Un elemento primordial de nuestra propuesta es que los beneficios del crecimiento económico se trasladen hacia la creación de empleos y la provisión de mayores beneficios sociales para los trabajadores y la población en general. Nuestra propuesta es que la política económica esté orientada a cumplir con los objetivos sociales que son indispensables para el desarrollo sostenible. No deja de ser preocupante que de una Población Económicamente Activa (PEA) de 15.8 millones, tan solo 5.5 millones de trabajadores cuenten con acceso a un sistema de pensiones, y que 5.4 millones carezcan totalmente de algún seguro de salud (INEI, 2014)8. Para lograr una seguridad social de calidad proponemos lo siguiente: a) un seguro de desempleo para la población que recién entre a la fuerza de trabajo; b) una reforma previsional que garantice una pensión mínima a los trabajadores del sistema de pensiones privado, al igual que tienen los trabajadores del sistema público; c) la creación de un fondo de vivienda privado voluntario, separado de las pensiones, y manejado por las Asociaciones de Fondos Privados (AFP); y d) universalizar el seguro de salud, fusionando los sistemas de información de Essalud y el Sistema Integrado de Salud (SIS).

Página 145

LINEAMIENTO ESTRATÉGICO 3: PROVISIÓN DE UNA SEGURIDAD SOCIAL DE CALIDAD

Nuestro desarrollo económico ha sido inequitativo, reduciendo o desactivando las políticas de protección social que corresponden a nuestros trabajadores. Nuestra economía se ha convertido en una máquina de proliferación del subempleo y de creación de empleos informales. De acuerdo con el informe de empleo en Lima Metropolitana para el bimestre Octubre–Noviembre, la tasa de empleo aumentó en 2.2% respecto del año anterior. Sin embargo, la tasa de subempleo, es decir, aquellos que carecen de protección social, aumentó en 6.4%, y si solo incluimos los subempleados que trabajan a tiempo parcial, en 14.9%. Como lo mencionamos anteriormente, de un total de 15.8 millones de trabajadores que forman parte de la PEA, 5.4 millones carecen de algún tipo de seguro de salud, y tan sólo 5.5 millones de personas cuentan con acceso al sistema de pensiones (INEI, 2015)26.
La política económica ha sido exitosa en la reducción de la pobreza y el control de la inflación, pero sigue siendo muy deficiente en la creación de empleos con protección social. Nuestro objetivo es la creación de 3 millones de empleos formales durante los cinco años de gobierno, de los cuales la mitad serán nuevos empleos, mientras que el resto se derivará de la creciente incorporación de trabajadores informales al sistema. No es casual que con estos niveles de desprotección social, los niveles de evasión tributaria sean tan altos. Necesitamos hacer cada vez más atractiva la formalidad. Ofrecer una protección social adecuada y moderna será uno de estos alicientes. En otros capítulos de este Plan de Gobierno abordamos temas como agua y desagüe, seguridad ciudadana, salud pública y otros, que en su conjunto deberán de ofrecer al ciudadano más incentivos para trasladarse hacia la formalidad.

Nuestra propuesta se basa en cuatro políticas que deberán facilitarnos el logro de estos objetivos:
 Primero, la creación de un seguro de desempleo que proteja a los nuevos trabajadores, para que puedan migrar entre empleos sin correr el riesgo de no contar con ingresos o beneficios.
 SEGUNDO, UNA REFORMA PREVISIONAL INCLUSIVA, QUE GARANTICE A LOS TRABAJADORES UNA PENSIÓN DE RETIRO AL FINALIZAR SU VIDA LABORAL, Y QUE NO SE CONVIERTAN EN UNA CARGA PARA SUS FAMILIARES.
 TERCERO, UN FONDO DE VIVIENDA PRIVADO, QUE LES PERMITA A LOS TRABAJADORES ADQUIRIR UNA VIVIENDA Y OBTENER ACCESO A UN CRÉDITO HIPOTECARIO.
 Cuarto, la universalización de la cobertura de los servicios de salud, que asegure la protección de todo trabajador y sus familiares.


Acción estratégica 2: Reforma previsional
Recientemente el sistema previsional ha sido objeto de un intenso debate y la población se encuentra dividida entre detractores y defensores. Sin embargo, son incuestionables los beneficios que otorga al trabajador un sistema de pensiones bien definido y con participación pública y privada, que ofrezca a los usuarios una jubilación digna al final de su vida laboral. Lamentablemente, una gran parte de la población no percibe este tipo de beneficios y, en muchos casos, prefiere asegurar su futuro por su propia cuenta. Esto no es casual, pues nuestra población es joven y percibe su contribución como un impuesto y no como un ahorro del que pueda disponer al final de su vida laboral. Tampoco lo concibe como un recurso del que pueda disponer para emergencias antes de que llegue su retiro. Nuestro sistema previsional, desafortunadamente, se ha vuelto muy rígido, costoso y poco competitivo y no ha priorizado las necesidades de los trabajadores.
Existen tres razones fundamentales por las que conviene tener un sistema previsional bien definido, sea éste financiado mediante mayores impuestos o con contribuciones individuales (Antón, A., Hernández, F., & Levy, S., 2012)28:

 Primero, las pensiones proveen a los trabajadores un respaldo de subsistencia para su retiro. Muchos trabajadores informales, prosiguen sus labores más allá de la edad de retiro, para asegurar la subsistencia y evitar ser una carga para sus familias, con todos los riesgos que esto supone para su salud y su integridad.

 Segundo, el fortalecimiento del sistema previsional fortalece la productividad de la economía en tanto permite la renovación cualitativa de la fuerza laboral. Los trabajadores que siguen trabajando más allá de la edad del retiro tienen una productividad inferior a la de los más jóvenes y, perpetuarse en el empleo, no hace sino evitar que los más jóvenes, con nuevas capacidades y conocimientos, los reemplacen. La rotación intergeneracional es una de las mayores fuentes de aumento de la productividad de un país. Un ejemplo en esta dirección ha sido el efecto positivo de Pensión 65, que ha permitido a muchos trabajadores dejar la economía de sobrevivencia y migrar a las ciudades con una pensión de retiro.

 Tercero, hay un efecto presupuestal positivo. Una coherente política previsional permite al gobierno delimitar claramente la responsabilidad fiscal de la privada. No hacerlo podría significar que la población en edad de retiro ejerza tal presión fiscal que resulte en un excesivo endeudamiento del aparato público. Ejemplo de este fenómeno son las crisis fiscales que atraviesan actualmente países de la región, como Brasil, y de Europa.

Nuestra propuesta la podemos resumir en las siguientes seis políticas, la cuales formarán parte de la nueva Reforma Previsional:
 Primero, la coexistencia de Pensión 65 para trabajadores de estratos socioeconómicos bajos financiada por impuestos, con un segmento privado, que sería obligatorio, pero con mayores beneficios para los trabajadores de mayores ingresos.
 Segundo, extender la política de pensión mínima, introducida para los trabajadores que están en la Oficina de Normalización Previsional (ONP) durante el gobierno de Alejandro Toledo, al segmento privado. Esto garantizaría que todos los trabajadores tendrán derecho a una pensión, aún aquellos que contribuyan al Sistema Privado de Pensiones. ESTA GARANTÍA SÓLO SE EJECUTARÁ EN EL CASO DE QUE SU ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES (AFP) NO PUEDA CUBRIR LA PENSIÓN MÍNIMA Y DEBA REEMPLAZAR A LA RENTABILIDAD MÍNIMA.
 Tercero, las AFP podrán garantizar créditos individuales, sean personales o hipotecarios, hasta con el 20% del fondo pensionable, pero bajo la condición de ser amortizado antes de que el trabajador se retire.
 Cuarto, se propone una reducción gradual en las comisiones hasta converger a estándares internacionales.
 Quinto, se abrirá a la competencia la provisión de fondos previsionales obligatorios y voluntarios, de forma que esta competencia induzca una reducción en las comisiones.
 Sexto, se propondrá un beneficio tributario a los aportes voluntarios, de manera que los contribuyentes puedan posponer el pago del impuesto a la renta al momento del retiro del fondo y no al momento de realizar el aporte. Los aportes voluntarios no tendrían restricciones y podrán usarse como instrumento de ahorro.

3.2.1. Metas e indicadores
 Ofrecer un diagnóstico con propuestas de reforma en el primer año de gobierno.


3.2.2. Ruta estratégica
 Propuesta de Reforma Previsional integral
 Responsable: Ministerio de Economía y Finanzas.

Bien en este plan existen por lo menos un par de incoherencias, la primera atribuir al Ex – Presidente Toledo la creación de la Pensión Mínima en la ONP, es una barbaridad esta alusión y segundo, si bien es cierto la “RENTABILIDAD MÍNIMA”  está prevista en las AFP los dueños de estos negocios se han opuesto a respetarla.

Finalmente, en la actualidad existe una pensión mínima EXACTAMENTE IGUAL a la que paga la ONP, pero se cristaliza con el aporte del Estado, es decir de todos los contrayentes, cubriendo la diferencia existente entre la pensión resultante de los aportes en la AFP con la mínima que paga la ONP, que fácil solución, veremos cuan ingeniosos son para no  sacar plata del bolsillo de un ciudadano para apoyar a las AFP.

MI PROPUESTA

Deroguemos el Sistema Privado de Pensiones también el Público y se cree el Banco de los Pensionistas, cuyo Capital inicial estará compuesto por los fondos que manejan las AFP y los que correspondan al Estado.

El Directorio de esta nueva institución financiera estará conformado por los trabajadores activos y jubilados, por representantes del Estado y eventualmente por un representante de las Compañías aseguradoras.

Sus funciones serán las de cualquier institución del mismo tipo que opere en el País con un margen aceptable en favor de sus propietarios.

Con un Banco podremos otorgar al ahorrista trabajador beneficios inexistentes en la actualidad sin comprometer su jubilación y sería en esta etapa de la vida el asesor financiero idóneo para orientarlo en las inversiones que pudiera pensar en realizar con el ahorro de toda su vida.

No se tendrán que calcular complicadas fórmulas y datos usadas para saber cómo se maneja el dinero de sus ahorristas, las cuentas siempre serán individuales y el accionista trabajador o pensionista tendrá  al incremento de su capital como en cualquier otro Banco, Financiera o Caja de Ahorros, obviamente siempre bajo la Supervisión de la SBS.
Siendo un tema muy especializado mis ideas no pueden ser más que generalidades, los expertos podrán profundizar para mejorar el actual sistema bancario nacional. Por ello los apuntes siguientes tendrán que leerse bajo las limitaciones propias de un Abogado.

Esta nueva institución financiera tendrá por Capital accionario la totalidad de los ahorros de los clientes de las AFP alrededor de 130 mil millones de soles  más el aporte del Estado contabilizando únicamente el aporte de sus afiliados actuales, mención especial merecerían las aseguradoras que hasta la fecha se han beneficiado sin invertir tiempo y recursos para captar la totalidad de los fondos de los ex - clientes de las AFP, que decidieron entregarles “a su propia solicitud” el ahorro de su vida laboral, pagando una prima por adelantado para recibir una pensión de carácter vitalicia, pues con la reglamentación actual  los que se han jubilado sólo podían escoger entre la aseguradora y el retiro programado en el que los fondos siguen en poder de las AFP y estos (los fondos) sólo duran un promedio de quince años,  siendo que para ello se deberá recabar la información individualizada de estas empresas aseguradoras de manera que los jubilados cuya pensión abonan las aseguradoras se incorporen también al Banco de Pensionistas obviamente con su dinero del que sólo se podrán descontar los gastos administrativos en los que haya incurrido la aseguradora entre el momento de recibir el dinero del jubilado y la fecha de creación de este nuevo ente inversor.

El Banco de Pensionistas tendría un Directorio conformado por tres representantes de los trabajadores activos aportantes, tres de los pensionistas y el número que resulte para los representantes del Estado, no tendría por qué existir representantes del sector privado salvo que, en la constitución de este nuevo ente financiero se contemple su participación y bajo los requisitos establecidos en sus Estatutos, podría eventualmente incorporarse a representantes de las aseguradoras.

El Banco de Pensionistas actuará dentro del Mercado Financiero con las mismas obligaciones y derechos que cualquier otra institución bancaria presente en nuestra economía, no obstante, como quiera que su finalidad primera serán los pensionistas, sus inversiones y/o préstamos deben gozar de trato preferente, de suerte que las inversiones, préstamos, rendimiento y utilidades se destinen al desarrollo industrial del Perú.

Los pensionistas tendrían asegurada una pensión mínima no inferior a la Remuneración o Sueldo Mínimo Vital (SMV) actualizado a la fecha de acceder al derecho y reajustable cada vez que se incremente el SMV por el Estado, le pensión máxima no debería ser mayor a 10 SMV reajustables cada vez que se incremente por el Estado el marco de referencia (SMV).

El Banco de Pensionistas deberá contar con profesionales de primera línea y sus programas de inversiones presentados y aprobados anualmente por su Directorio el mismo que dará cuenta a la Junta General de Accionistas que por el número de los mismos deberán necesariamente estar representados el método para la representación deberá estudiarse.

 En fin, los que saben de economía podrán aportar sus ideas y desde luego mejorar sustantivamente estos apuntes iniciales, perdonen  si me salgo un poco de la seriedad de este comentario para precisar que los economistas o especialistas inversores NO podrán ser aquellos que hoy en día se consultan para despotricar de la reciente ley aprobada por insistencia en el Congreso de la República y no pueden serlo por su marcada tendencia a defender el capital privado, si fuere necesario se contratarán expertos internacionales como última opción pues pienso que todos los años se gradúan jóvenes con las más altas calificaciones en Universidades como la Pacífico.







miércoles, 22 de octubre de 2014

DEROGUEMOS LA LEY DE CREACIÓN DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES

Voy a compartir una noticia a la que NO puedo agregar ni una coma.

Caso Cascadas y las AFP
Las pérdidas que generó el Caso Cascadas, para los fondos de pensiones, varían entre los 31 y 44 millones de dólares. Estas cifras las dio a conocer la superintendenta del ramo, Tamara Agnic, a través de la información emitida por la Superintendencia de Pensiones.

ANGELA BARRAZA RISSO· HOY 13:10
CHILE, POLÍTICA, PORTADA

Descripción: AFP caso cascadas
En septiembre del año pasado, el Caso Cascadas salió a la luz al ser reveladas las transacciones irregulares realizadas por las sociedades controladas por Julio Ponce Lerou.
Las llamadas cascadas fueron acusadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) de infringir la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Mercado de Valores.
Según indicó emol, las pérdidas en los fondos de pensiones se calculó a partir de las pérdidas que informaron las propias AFP y de la información que obtuvo la Superintendencia de Pensiones en procesos de fiscalización.
“La Superintendencia de Pensiones velará porque las AFP emprendan efectivamente todas las acciones legales que se requieran para indemnizar a los chilenos que hayan sido afectados por el caso Cascada, pues la ley establece que tienen un deber fiduciario que las obliga a realizar las gestiones que sean necesarias para cautelar que las inversiones de los fondos de pensiones obtengan una adecuada rentabilidad y seguridad”, dijo la superintendenta del ramo, Tamara Angic.
“El rango que hemos estimado se levantó sobre los criterios que consideramos más razonables en términos financieros y legales. No obstante, debe tenerse en cuenta que es una cifra absolutamente referencial, pues son los Tribunales de Justicia los que, en definitiva, deberán determinar si hubo efectivamente perjuicios, su cuantía y las indemnizaciones que procedan”, sostuvo Angic.
Hace un mes y medio aproximadamente, la Superintendencia ofició a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y a las AFP Provida, Planvital, Habitat, Cuprum y Capital para que cuantificaran los perjuicios provocados por tener participación accionaria en las cascadas de Soquimich (SQM) y para que dieran cuenta de las acciones legales que van a seguir para cautelar la rentabilidad y seguridad de los fondos de pensiones de los trabajadores.
La autoridad subrayó que “la Superintendencia de Pensiones velará porque las AFP emprendan efectivamente todas las acciones legales que se requieran para indemnizar a los chilenos que hayan sido afectados por el caso Cascada, pues la ley establece que tienen un deber fiduciario que las obliga a realizar las gestiones que sean necesarias para cautelar que las inversiones de los fondos de pensiones obtengan una adecuada rentabilidad y seguridad”.
Hasta hoy, podemos decir que, de las AFP mencionadas, Provida inició una acción civil contra Leonidas Vial Echeverría y dos de sus sociedades.
Habitat ya interpuso una acción criminal contra los responsables por los perjuicios. Por su parte, AFP Capital presentó una acción civil, persiguiendo el mismo objetivo.
AFP Cuprum ha manifestado publicamente su intención de iniciar acciones civiles, pero en términos concretos, aún no hace nada.
Por otro lado, AFP Planvital y la AFC, luego de cuantificar los fondos que administran, determinaron que no sufrieron ningún perjuicio como efecto de las operaciones del caso Cascada.
Por su parte, la integrante de la comisión de Trabajo del Senado, Carolina Goic señaló que es fundamental concretar importantes cambios regulatorios para que los fondos de los trabajadores no sea afectado y asegura que la AFP estatal es un primer paso: “Tras lo que hemos visto en el caso Cascada es necesario revisar cómo protegemos a los cotizantes de las AFP que están obligados a emplear el sistema previsional y se ven perjudicados en sus fondos o ahorros previsionales.”
En términos concretos y más allá de las acciones legales que las AFP están cursando, nadie se ha pronunciado respecto de la reposición a los fondos de pensiones de miles de chilenos que se vieron afectados por este caso de corrupción en el que personeros de nuestra política se han visto involucrados, al igual en que en el Caso Penta.
Angela Barraza RissoEl Ciudadano

 

martes, 24 de abril de 2012

El Juez, creador de Derecho.

El Juez como creador de Derecho - constitución del actor civil en el nuevo Código Procesal Penal peruano.

El Poder Judicial ostenta el extraño privilegio de la desconfianza ciudadana, fundamentalmente por las decisiones jurisdiccionales y algunos malos manejos en el entorno de cada magistrado, nadie repara que sus fallos pueden apelarse, derecho inalienable de los justiciables y garantía constitucional en la que se sustenta precisamente la capacidad de resolver  con independencia de los jueces.

Además de los actos de corrupción que no se pueden negar o la incapacidad manifiesta  del juzgador, existe un matiz no analizado, ausencia de creación jurídica, “la ley es la ley”, sentencia que un distinguido colega me recordara hace muy pocos días; pregunto ¿las normas que rigen la vida en sociedad son invariables?, usted amigo (a) responderá con un rotundo no, porqué, entonces,  los administradores de justicia se limitan a aplicar el código cuando saben perfectamente que la resolución que tomen, fundada en el mandato de la ley que le sirve de sustento, no responde en justicia al diferendo sometido a su decisión.

Olvidan la máxima que todos aprendemos en la Universidad, “cuando esté en conflicto la justicia y el derecho, debemos preferir la justicia”; ah…..felizmente no todos los jueces piensan así,  hay quienes crean derecho y con sus fallos dan la voz de alerta sobre la inoperancia de determinado mandato procesal, para centrarnos en este tema, cuyo fundamento es la justicia dentro del proceso.

Han transcurrido ocho años desde que se dictó el Código Procesal Penal en vigor, sin  que  el trámite que debe seguir la constitución del actor civil se haya modificado, veamos:
El actor civil conocido como parte civil en el Código de Procedimientos Penales derogado, es el derecho que tiene la víctima o sus deudos, según corresponda, de exigir se repare el daño causado como consecuencia del ilícito, para ello deberá constituirse como tal, repárese en el término “actor”, no es un simple “observador” participa o debería participar en el proceso, haberle negado tal derecho sin oírlo en la audiencia correspondiente vulnera el principio de  igualdad procesal, una de las garantías que consagra el nuevo proceso penal y que debe ser corregida.

Hoy se corre traslado de la solicitud al  Ministerio Público y al o los procesados incluyendo, de corresponder,  a terceros como posibles responsables y con su absolución el Juez de la investigación preparatoria resuelve, apelada la resolución es la Sala superior quien luego de poner en conocimiento al Fiscal superior señala día y hora para la audiencia.  No obstante, la Sala puede rechazar liminarmente la apelación sí el apelante después de haber sustentado, en una, dos, siete ó más hojas, los fundamentos por los cuales  debe desestimarse la resolución del grado,  éste no pide expresamente su revocación.

Tomar una decisión de esta naturaleza –porque no se escribió, lo que en “x” números de hojas se ha sustentado-, es un atentado a la lógica, al sentido común, prestándose incluso a  interpretaciones de otro orden.





EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...