miércoles, 4 de mayo de 2022

Sra. Juez YONI LEONOR ANGULO CORNEJO,...PORQUE RETIENE 31 DIAS MI EXPEDIENTE DE ALIMENTOS?

Tiene interés personal en perjudicar a mi esposa y a mi, LLEVA 23 DIAS SIN RESOLVER MI DESESTIMIENTO Y MUCHOS MAS DESDE QUE LA APELACION INGRESO A SU DESPACHO.

Es usted amiga con la demandada o el cavernícola con el que vive?

Por qué permitió que la señora Mercado recibiera mi escrito de DESESTIMIENTO sin legalizar mi firma y me invitará  hacerlo SIETE DIAS DESPUES de haberlo presentado?

Está usted respaldada por la Presidente del podrido Poder Judicial, señora ELVIA BARRIOS ALVARADO y la incompetencia de su personal,  pero eso no le da derecho a permitir que la demandada nos deje sin alimentos y aboné la pensión como le da la gana o no pague los devengados PUES LE HAN DICHO QUE NO DEBE NADA,  o forma usted parte de la confabulación contra mi persona PORQUE  

 HE  DENUNCIADO LA CORRUPCION TOTAL DE LAS AUTORIDADES EN URUBAMBA.

martes, 3 de mayo de 2022

CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN NO NOS CAMBIARÁ LA VIDA - ROY FRITCH



Cito al señor Fritch porque su visión de nuestra realidad corresponde a la que tiene el poder,  "QUE NADA CAMBIE" y reproduzco el pequeño diálogo que hemos tenido:

José Guillermo Anderson

Solo las personas con escasa capacidad para analizar piensan como usted señor Fritch, NINGUN PAPEL en cualquier edad de nuestra tierra nos dará nada, es su aplicación por hombres HONESTOS el secreto de la revolución que significa una NUEVA Constitucion.

Roy Fritch

José Guillermo Anderson

Quiero entender dos cosas de su escrito:

1 ningún papel en nuestra tierra nos dara nada

2 cuál es el secreto de la revolución?

Tal vez estamos en sintonías muy distantes

José Guillermo Anderson

El punto uno, DE ACUERDO.

El punto dos, recuerdo una cita atribuida a don Alfonso Barrantes entrevistado por Martínez Morosini que le increpaba tal como usted lo hace, el tema de la revolución, Barrantes respondió: QUE EN EL PERÚ EXISTA UN GOBIERNO HONEST es ya una revolución.

Sigo en el punto dos, CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN en una Aldea como la nuestra plagada de sinvergüenzas HEREDEROS de los ladrones de la época virreynal que la consolidaron al fundarse la República, ES UN ACTO HEROICO visto el cargamonton de mentiras para que nada cambie, y por serlo (heroico) es una revolución en si misma, lo que necesitamos es HOMBRE HONRADOS y reconocer, acompañando a Vallejo, decir: "HAY HOMBRES HUMANOS MUCHÍSIMO QUE HACER".

No estamos en la misma sintonía, es evidente, el secreto es llegar a la verdad sin arrugar ni emplear bajezas que hasta el momento no se dan, salvo mis calificativos a la gente que ha disfrutado el poder durante DOSCIENTOS AÑOS como mínimo.

KARELIM LÓPEZ EN SU LABERINTO ARRASTRARÁ AL PRECIPICIO A SU EXPERIMENTADO ABOGADO



Ciertamente el Testigo (no puede ser cualquiera, sino quien estuvo presente en el evento del que da cuenta), no puede declarar lo que no conoce y si su dicho NO requiere pruebas, porque la prueba es el testigo mismo, tales testimonios se constituyen en indicios que deben corroborarse con la actuación de otros (indicios) y sólo en ese caso tanto el Fiscal primero y el Juez al evaluar la acusación están facultados para considerarla, siendo únicamente el Juez el que puede estimar o no esos testimonios.

Atendiendo a lo anterior si el Testigo ha mentido y SE PRUEBA su mala intención, esta persona (Testigo) será sancionado por el Delito contra la Administración de Justicia dentro de la investigación en la que participó.

Nadie en su sano juicio puede creer las declaraciones de la señora López quien dice conocer al Presidente de nuestra Aldea el 08 de noviembre, ese mismo día es TESTIGO del pedido de renuncia formulado por el Presidente al señor Bruno Pacheco, es decir, una persona que NO conoce a un tercero presente en el Despacho al que habla llegado, le pide a la persona que renuncie por el motivo que sea, dando pie a que una desconocida se entere de algo que puede ser un "bumerang" y a elocubraciones como de las que TODOS (los interesados en el destino de nuestra Aldea) somos testigos, si ello sucediese, QUIEN PIDE LA RENUNCIA ES UN IDIOTA REDOMADO. Y, bueno, el Presidente Constitucional de nuestra Aldea, no es ningún idiota, mas, si ello hubiere ocurrido, el señor Presidente del Perú debe RENUNCIAR EN EL ACTO, sería un riesgo para el País, tener a un idiota como responsable del destino de treintidos millones de personas. Espero que entiendan SOMOS TESTIGOS, ¿De que somos testigos? de las declaraciones de Karelim López, digamos que un millón de personas siguen el proceso y TODAS declaran lo mismo, ¿Será suficiente, un millón de testimonios para condenar a alguien? NO, por supuesto que NO, son un millón de indicios que tienen una sola fuente, ¿Cual? "Karelim López", para que el testimonio tenga el rigor jurídico de prueba, deberá corroborarse con otros indicios que deben fluir cristalinos del Caso en investigación

lunes, 2 de mayo de 2022

LA CCL, QUIERE BENEFICIARSE DE LA COYUNTURA Y DE LA EXONERACIÓN DEL IGV

https://rpp.pe/economia/economia/ley-que-exonera-de-igv-a-alimentos-basicos-podria-encarecerlos-advierte-la-ccl-noticia-1402706

RPP,consignaba en primera plana la advertencia de la CCL (Cámara de Comercio de Lima) a  estas horas está refundida en la diversidad de noticias de las que da cuenta en su portal.

¿Cual es la advertencia?, QUE LA REDUCCIÓN DEL IGV podría aumentar en lugar de bajar el precio de los CINCO PRODUCTOS  liberados del impuesto (Azucar, , Aves, Huevos, Pastas y sólo Pan), ¿Cual el fundamento?

Que, los que producen y los comerciantes finales de  estos cinco productos EXONERADOS del IGV, no tienen como correlato el <CRÉDITO FISCAL de los insumos que otros productores fabrican para la elaboración, por ejemplo del Pan y Pastas (los importadores de Trigo, para citar uno de sus componentes, la levadura sería otro), en consecuencia, como NO podrían usar el Crédito Fiscal, incorporarían este costo al precio final, por lo tanto, al costar más la levadura, a pesar de la exoneración  que gozará el Panadero, el Pan podría subir.

Bueno, lo anterior es UNA FALSEDAD el Reglamento de la Ley 31452 establece el GOCE DEL CRÉDITO FISCAL para los productores de insumos, como el Maiz para las aves, la levadura etc.....Lo que en realidad quieren los miembros de la CCL es que el Crédito Fiscal se extienda a todos los productos formen o no parte de la cadena de producción de los CINCO ALIMENTOS DE LA CANASTA BÁSICA EXONERADOS DEL IGV, siempre querrán más NO IMPORTA el daño que le hagan al Tesoro Público y a los pobres. 

En consecuencia LOS PRODUCTOS FINALES EXONERADOS, DEBERÁN BAJAR DE PRECIO. 

Nueva Constitución< es un LEGICIDIO por Abogado Ramón Ramírez Erazo

¿

El colega Ramírez Erazo anota con certeza las promesas impracticables que, algunas personas han planteado recientemente para "justificar" la Asamblea Constituyente y de ser así dictar una nueva Constitución.

Es partidario de restablecer la Carta de 1979, considerando, leo entre líneas, que, al hacerlo, las promesas podrían ser cumplidas.

En este escenario, es importante  saber que la Constitución del Estado, es madre y guía de todas las normas que regulan la vida en sociedad dentro de una Nación o una Aldea como la nuestra, ninguna norma dictada desde que entra en vigencia puede vulnerar sus postulados, repito, desde su vigencia NO SE PUEDE legislar contra el sentido expreso de la Ley de Leyes, donde tengo dudas es, en cuanto al desarrollo  de su articulado en los campos que deben NECESARIAMENTE  regularse, por ejemplo, el CONCUBINATO, o el DERECHO DE PROPIEDAD entre muchos otros, ¿Por qué? por la interpretación que como toda ley informa la redacción del texto constitucional, lo que es blanco para Ramírez Erazo puede ser blanco veteado para mí o  blanco con sombras cremas para cualquier otro y, desde este extremo, la Nueva Constitución puede normar, como lo hace la vigente, las razones justificativas de las EXPROPIACIONES que, para Ramirez Erazo es un LEGICIDIO. No debemos olvidar compatriotas que ES NUESTRA ALDEA, NUESTRA CASA y PODEMOS expulsar a quién pretenda o se haya apropiado de parte de ella, amparados en  la Constitución derogada, lo que se haya hecho bajo su amparo que signifique perjudicar a la Nación o nuestra Aldea DEBE SER REVISADO Y DECLARADO SIN EFECTO de corresponder, revirtiendo al DOMINIO DE NUESTRA ALDEA, EL BIEN O LOS BIENES AFECTADOS, lo que fatalmente NO se puede esperar del Gobierno bajo el amparo de la nueva Carta Política es resarcir los daños causados pero podemos compensarlos al expropiar, es decir SE NACIONALIZA, por ejemplo, la Planta de Fosfatos (si acaso se haya dado en concesión) sin compensación alguna para quién la manejaba o, en el peor de los casos,  si no se hubiera recuperado el Capital invertido cumplir con la devolución de la parte que pudiera faltar que INEVITABLEMENTE deberá pasar por el estudio de los BALANCES  anuales y determinar las utilidades obtenidas para la liquidación final del explotador del yacimiento o lo que fuere.

También debo anotar que, sea para restablecer o promulgar una nueva Carta Magna es indispensable DEROGAR la vigente ó DECLARAR SU INEFICACIA en el primer caso o DEROGAR LA  ANTERIOR A SECAS en el segundo.

¿Derogar y declarar que es ineficaz significan lo mismo?

NO, porque   DEROGAR implica toda la Constitución  la ineficacia debe PUNTUALIZARSE, pensar que TODA LA CONSTITUCIÓN ES INEFICAZ nos coloca en tierras movedizas de la que saldremos sólo con ayuda.

En resumen, el colega Ramíres Erazo no  ha evaluado en toda su dimensión las múltiples oportunidades que tendremos si se DICTA UNA NUEVA CONSTITUCIÓN, manteniendo, si se desea, lo bueno de la actual, lo aprovechable de la de 1979 y redondear su redacción con lo más importante LA REALIDAD QUE VIVIMOS.

sábado, 30 de abril de 2022

Cacería Implacable - Película Completa Doblada de Acción | NetMovies - P...


https://www.youtube.com/watch?v=VVM5hWyVKaM

Estoy viendo esta película noruega, un sujeto calculador y muy inteligente, casado con una mujer espéndida, con tacos le lleva por lo menos 15 centímetros, nuestro personaje mide 1.68mt.
Tiene muchas obligaciones y se arriesga a robar una valiosísima pintura que su esposa, sin saber las necesidades de su marido le comenta que era propiedad de un amigo suyo que él acababa de conocer.
El chato, averigua las actividades de este señor y realiza el robo, sin embargo, antes de salir reflexiona sobre su mujer y el deseo que tenía de tener un hijo, toma su celular y la llama, adivinen que, suena en el departamento en el que se encontraba, jejej!!!, hasta aquí llegué, me pregunto quién persigue a quién después del adorno...... NO SE LA PIERDAN

GABRIEL BUSTAMANTE SANCHEZ, LA LEY 30114 y DEVOLUCIÓN DEL FONAVI

El señor Bustamante Sánchez ha sido, ignoro si continua, 

Gerente General

Bustamante Corredores de Seguros Srl

 - 17 años 1 mes

Arenales 1833 305 Lima 14 Perú


Presidente

ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS DE SEGUROS

 - actualidad13 años 10 meses

AV ARENALES 1833 - 305 LINCE

www.gabrielbustamante.pe


Es un conocedor de la rama de los SEGUROS, donde LA PLATA LLEGA SOLA, ha incursionado en temas que tienen mucha relación con su actividad como son LAS AFP, no lo veo muy claro y seguro  en cuanto al FONAVI, dice cosas poco convincentes y olvida mencionar  información relevante que JURÍDICAMENTE deben explicarse.


Este caballero, declara a voz en cuello QUE TODOS TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN y que los beneficiarios (los suertudos) de viviendas o inversiones del Estado para brindar una mejor calidad de vida (tendido de redes de agua y desagüe entre otros) tienen derecho a la devolución de sus aportes, bastando para ello que el Banco de Materiales informe a la Comisión Ad hoc quienes pagaron los préstamos y los que no lo hicieron se les descontará del monto que les pueda corresponder-


Sin desearlo, HOY consulté mi situación en el fonavi y si bien me corresponde la devolución,  se me informa que la 72 Disposición de la Ley 30114 publicada en el Diario Oficial el 30 de noviembre de 2013 (Ley del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2014) ha declarado.......


¿Que dice la referida Disposición?:


SEPTUAGÉSIMA SEGUNDA. Dispónese que la devolución a que se refiere la Ley 29625, comprenderá la totalidad de las contribuciones recaudadas de los trabajadores dependientes e independientes, de acuerdo con la información del Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco de la Nación y la SUNAT, siendo los beneficiarios aquellos que se hayan registrado hasta el 31 de agosto de 2014 y que se encuentren en el respectivo padrón de beneficiarios que elabore la Comisión a que se refiere la Ley 29625 , excluyendo a quienes, directa o indirectamente, se hubieran beneficiado con los recursos a que se refiere el Decreto Ley 22591, y sus modificatorias. El proceso de Liquidaciones de las Aportaciones y Derechos y la conformación de la Cuenta Individual de aportes por cada beneficiario, a que se refiere la Ley 29625, se efectuará en función a los periodos de aportación que se determinen para cada beneficiario por edades; correspondiendo a cada período aportado el resultado de dividir el total de los recursos a devolver entre la cantidad de beneficiarios multiplicado por el promedio de períodos aportados. La Comisión a que se refiere la Ley 29625 se aprobará semestralmente, mediante resolución, el padrón de beneficiarios, para la devolución de aportes priorizando a los mayores de 65 años o personas con discapacidad, entre 55 y 65 años de edad y los menores de 55 años de edad. Todas las entidades públicas y privadas deberán remitir, a solo requerimiento, la información de los beneficiarios de la Ley 29625.


¿QUE DICE LA LEY 22591?

Es la Ley de creación del Banco de la Vivienda del Perú que FUE EL ENCARGADO en primera instancia del manejo de los fondos del Fonavi que luego se trasladaron al Banco de Materiales, debido a la  LIQUIDACIÓN  de aquel Banco.

El señor Bustamante alienta el espíritu DINERARIO del ser humano, no importa cuan viejo sea, el DIINERO nubla el razonamiento y quién tiene una posibilidad de cobrar NO ACEPTARÁ de manera alguna la opinión de aquellos que no comparten la posición del señor Bustamante.

Lo cierto es que, la sugerencia que formula el señor Bustamante de que la Comisión Ad Hoc  oficie al Banco de Materiales a fin de que informe la relación de Beneficiarios del FONAVI y quienes cumplieron con devolver el beneficio TODAVÍA NO ESTÁ CLARA.

También indica este señor Bustamante Sánchez que está proponiendo que, los ex-aportantes al FONAVI cuyo empleadores hayan desaparecido y NO cuente con ningún documento que acr}edite su vínculo laboral, DECLAREN BAJO JURAMENTO que laboraron para dicho empleador por el tiempo que duró el vínculo, esta propuesta, puede sonar muy bien pero NO será realizable, PARA JUBILARSE EN LA ONP ésta institución RECONOCE COMO MÁXIMO cuatro años a aquellos que no pueden  demostrar la relación con su empleador, para ello se deberá recurrir a los archivos de esta institución (ONP) donde TODOS LOS EMPLEADORES ESTÁN OBLIGADOS a entregar sus libros de planillas.

Cuando le hago estos cuestionamientos (los hice hoy día) el señor Bustamante Sánchez  no responde y cita opiniones a favor de las AFP.

Cada quién debe velar por sus intereses Y NO PERDER TIEMPO NI REGALAR PLATA.




 

 



EXISTEN CUERVOS QUE NO SON MENSAJEROS DEL MAL, SON EL MAL MISMO

Mi esposa continúa AGRAVANDOSE, NO DUERME, solo dormita por escasos minutos sentada en una silla y a punto de caerse por su joroba, pues aho...