lunes, 4 de marzo de 2019

ROSA MARÍA PALACIOS Y SU SINGULAR INTERPRETACIÓN DEL Decreto Legislativo N° 1410

La periodista tiene un espacio en vivo que podemos ver a través del Diario La República, hoy, 04-03-2019,  siendo las 21 horas con 20 minutos vi  y escuché sus graciosos comentarios sobre el tema Lescano, recordaré sus desatinos (los que conservo en mi memoria pues no veo la misma basura dos veces):

PRIMERO.- Palacios afirma: "La periodista tiene todo el derecho de  conservar el anonimato" -para el pueblo naturalmente, pues los periodistas saben muy bien quién es-, agrega entonces que no existe el anonimato para el Procurador, Fiscal y para el Juez en caso de iniciarse las investigaciones preliminares que SON LOS QUE FINALMENTE INTERVIENE O PUEDEN INTERVENIR  EN EL PROCESO. ¿Por qué es graciosa, jocosa y cargada de veneno de víbora su opinión? Porqué esta señora que dice ser abogada, no se refirió con el mismo empeño para cuestionar un proceso de corrupción en el que las pruebas danzan por doquier sin que importe un olluco podrido el Orden Jurídico de este País pues de lo único que carece es del secreto procesal y que a la postre ha terminado viciando el proceso en el que no se podrá condenar a nadir  pues las pruebas han  sido manipuladas y materia de la opinión de abogados y del pueblo mismo que gracias a gentuza como los periodistas habrá de servir para mantener en silencio a los opositores al régimen actual, lo cómico es que la señora Palacios y todos sus pares palabreadores y manipuladores como ella en representación del reyezuelo de Palacio exigen NOMBRES pero para el caso Lezcano no, jajaja!!!

SEGUNDO.- En apoyo de su venalidad se atreve a comentar el inciso 2) del artículo incorporado al Código Penal bajo el N° 151-A que prescribe la conducta agravante en ese inciso con la siguiente redacción:

2. La víctima y el agente tienen o han tenido una relación de pareja, son o han sido convivientes o cónyuges, tienen vínculo parental consanguíneo o por afinidad.

¿Que dice Palacios? asume que Lezcano y la "acosada" anónima son amantes o lo han sido y que esta relación, obviamente, es o era extramatrimonial y que por lo tanto, no es necesaria la reiterancia en el acoso.

Comentario de pocilga y una afrenta para Lezcano y la periodista aunque sea cierto  que fueron AMANTES, mas no es sólo un insulto de callejonera tipo  Claudia Cisneros, sino que es una barbaridad jurídica, el nervioso Lezcano -sus razones tendrá- responde SIEMPRE a las llamadas de la "acosada" y como el delito es de COMISIÓN pues NO existen delitos por invitación, en cada llamada posterior a la inmediata precedente la "acosada" santifica SU CONSENTIMIENTO autorizando de hecho las bromas  del parlamentario,, salvo en la que ella escribe SUFICIENTE y por cual el nervioso, "hay algo  de locura en el amor y algo de razón en la locura" Nietzche, pide disculpas SOSTENIENDO QUE EL NO HA ESCRITO lo de desnudita, Palacios habla de "calatita" muy aleccionador, para el caso, el cambio de la palabra, calatita es más procaz en un entorne de requerimiento sexual y NO de comisión.por lo menos para quién lo dice o escribe en esas circunstancias, pues el acto se hubiera consumado si la "acosada" se exhibe desnuda para su amiguito por la razón que fuera, intimidante o no o porqué de ello dependía su trabajo.

La señora Palacios cobra muy bien, porque no me dan el empleo para enseñarle un poco de derecho si acaso está en condiciones de entenderlo. NO TRABAJO GRATIS POR SI ACASO.



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