martes, 8 de diciembre de 2020

LOS APORTES A LA ONP NO SON TRIBUTOS, SON ¡¡¡¡¡OBLIGACIONES PRIVADAS!!!!!

No sé la frecuencia, pero Lucar en su programa entrevista a un señor de apellido Bustamante (me parece) que es experto en seguros, hoy, 08 de diciembre de 2020, este señor dijo algo sobre las contribuciones a la ONP que, no, por conocido, se ha entendido en su exacta dimensión. Preciso el señor Bustamante que:
"El 13% de los aportes a la ONP es PRIVADO, por tanto NO es un tributo, esta pequeña aclaración despeja cualquier duda sobre el perjucio que sufriría el Estado o la amenaza de que los actuales pensionistas se queden sin Pensión si se devuelven los S/. 4,300.00 aprobados en el Congreso a los NO jubilados por no alcanzar el mínimo de años cotizando para percibir su pensión, (un despropósito y daño IRREVERSIBLE a los aportantes y ex-aportantes, las razones las he expuesto más de una vez).
La alternativa expuesta por la ex - Ministra de Economía Alva Luperdi, es muchísimo mejor, no daña el futuro de los viejos y establece lo que un Sistema de Pensiones NO puede dejar de tener, UN MÍNIMO DE AÑOS APORTANDO para generar el derecho pensionario.
Que, el Estado tenga un deficit en las cuentas PRIVADAS de los aportes a la ONP por el despilfarro y ROBO perpetrado, por gobiernos anteriores e incluso el actual, no es problema que deban pagar con su VIDA FUTURA, los trabajadores actuales, mucho menos los que ya gozan de su pensión.
Estoy EN CONTRA de fastidiarle la vida a los viejos, tengo un hermano de 68 años que aportó por un período de DOCE AÑOS, no tiene pensión y bueno, por su edad, difícilmente completará el mínimo exigido para jubilarse y terminará el Estado en ABANDONARLO por los años que le queden de vida, si le dan S/. 4,300.00 se los gastará en un par de meses a lo sumo Y NO PODRÁ JUBILARSE.
La propuesta de Alva Luperdi se proyecta al futuro, "Cómo no tiene 20 años" y sólo DOCE, recibirá por los primeros 10 años el 50% de la pensión mínima que abona la ONP y por cada año adicional se incrementaría la pensión, en un décimo del monto que le falta para alcanzar el mínimo pénsionable, de suerte que, quién, por ejemplo, aportó 19 años recibiría S/. 475.00
Las protesta de los trabajadores y de los que no alcanzaron ni siquiera DIEZ años de aportación ES INFUNDADA y reclaman para PERJUDICARSE, ¡¡¡DE RIPLEY!!!.
Si, pero usted no se da cuenta que ¿Cómo NO hay trabajo o este es informal sin derecho alguno, tales deficiencias las debe pagar el Estado no el desprotegido trabajador?
¡¡CIERTAMENTE! pero el Sistema Público de Pensiones permite el pago facultativo, ¿Debió hacer uso de ese Derecho, no es verdad? La demanda que presentará el Estado, a mi juicio, NO prosperará y me parece muy poco probable que, de presentarse también la solicitud de MEDIDA CAUTELAR de suspensión del mandato de una Ley, sea estimada por el TC.

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